Jueves, 31 Julio 2014 10:15
¿Nuevo declarante de renta? recuerde: debe estar inscrito en el RUT
Escrito por Fernando Salazar
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, recordó a las personas naturales que a partir de este año son nuevos responsables del Impuesto Sobre la Renta, que lo primero a tener en cuenta al momento de declarar, es estar inscrito en el Registro Único Tributario –RUT.
Si aún no está inscrito, adelante este trámite en un Punto de Contacto de la DIAN. Tan solo es necesario presentar el documento de identidad en original y una fotocopia del mismo.
La inscripción en el RUT debe hacerse de acuerdo al perfil de cada persona:
Si aún no está inscrito, adelante este trámite en un Punto de Contacto de la DIAN. Tan solo es necesario presentar el documento de identidad en original y una fotocopia del mismo.
La inscripción en el RUT debe hacerse de acuerdo al perfil de cada persona:
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Nueva Persona Jurídica que no requiere registro mercantil o certificado de cámara de comercio.
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Persona Jurídica comerciante con NIT asignado antes del mes de septiembre del año 2004 y que aún no ha hecho la reinscripción.
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Persona Natural no comerciante que realiza actividades excluidas del IVA (Ej. Asalariados, Rentistas de Capital, Transportador, actividades de la práctica médica u odontológica sin vinculación laboral, entre otros. Ver artículo 476 del Estatuto Tributario).
- Persona Natural comerciante con NIT asignado antes del mes de septiembre del año 2004 y que aún no ha hecho la reinscripción.
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Sucesión Ilíquida.
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Comerciante (Personas Natural o Jurídica) que aún no cuenta con el NIT y requiere el registro mercantil.
- Persona Natural del Régimen Simplificado del IVA No Comerciante.
Para conocer los detalles de la inscripción al RUT de acuerdo a su perfil, haga clic aquí.
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