Jueves, 26 Junio 2014 07:37
Contadores, a actualuzar datos antes del 30 de junio en la JCC
Escrito por Fernando Salazar
Hasta el 30 de junio hay plazo para que los contadores públicos y demás instituciones afines, actualicen los datos de domicilio, estudios y actividades realizadas, ante la La Junta Central de Contadores, JCC.
Este es un requisito que quedó establecido en el Artículo 14 de la Resolución 013 de 2014, en la cual se indica que:
“Los contadores públicos y las entidades que presten servicios propios de la ciencia contable, a los cuales se les haya expedido tarlela profesional a tarjeta de registro, según sea el caso, deberán aclualizar anualmente y antes del primero de marzo de cada año, a través del medio tecnológico que establezca la UAE Junta Central de Contadores, la inforrnacién que permita garanlizar que los datos que reposan en el registro de conladores públicos y el de las personas jurídica$ que presten servicios propios de la ciencia contable, sean reales, fided ignos y aclualizadas. Para el año 2014, el plazo máximo de actualización de la información de que trata el presente ariículo vence el 30 de junio”.
Para conocer la Resolución 013 de la Junta Central de Contadores, haga clic aquí.
Este es un requisito que quedó establecido en el Artículo 14 de la Resolución 013 de 2014, en la cual se indica que:
“Los contadores públicos y las entidades que presten servicios propios de la ciencia contable, a los cuales se les haya expedido tarlela profesional a tarjeta de registro, según sea el caso, deberán aclualizar anualmente y antes del primero de marzo de cada año, a través del medio tecnológico que establezca la UAE Junta Central de Contadores, la inforrnacién que permita garanlizar que los datos que reposan en el registro de conladores públicos y el de las personas jurídica$ que presten servicios propios de la ciencia contable, sean reales, fided ignos y aclualizadas. Para el año 2014, el plazo máximo de actualización de la información de que trata el presente ariículo vence el 30 de junio”.
Para conocer la Resolución 013 de la Junta Central de Contadores, haga clic aquí.
Publicado en
Noticias
Lo último de Fernando Salazar
Inicia sesión para enviar comentarios