El Programa Negocios Responsables y Seguros de la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB) y la UNODC ha capacitado a 6.000 empresarios sobre la importancia de prevenir el lavado de activos.

 

En el marco del Día Nacional de la Prevención del Lavado de Activos, la CCB y la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) lanzaron los Modelos de Riesgos de Lavado de Activos para las Entidades Sin Ánimo de Lucro (Esales) y para el sector inmobiliario.

 

Este delito ha significado la exclusión del sistema financiero, pérdida de clientes e incluso la pérdida del patrimonio y la extinción de dominio de bienes de empresarios. Por ello, las entidades aliadas brindan a los empresarios una serie de herramientas para prevenir el lavado de activos.

 

Para el caso de las Esales, el Modelo se constituye en el primer paso para el cumplimiento de la recomendación que hizo para Colombia el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) según el cual los países deben asegurar que las ESALES no sean utilizadas para el lavado de activos.

 

El vicepresidente de Articulación Público Privada de la CCB, Jorge Mario Díaz, explicó que la iniciativa Negocios Responsables y Seguros, liderado por la UNODC y la CCB, lleva seis años trabajando por mitigar los riesgos que afectan la actividad empresarial, especialmente aquellos asociados a las actividades ilícitas como el lavado de activos, la corrupción, la extorsión y el contrabando.

 

Díaz recordó que, “gracias a esta labor el programa ha logrado impulsar acciones de política pública, así como herramientas de prevención y estrategias de sensibilización, para que empresarios y ciudadanía comprendan que es necesario reducir al máximo el riesgo y las consecuencias económicas y sociales del lavado de activos en el sector real”.

 

En ese sentido el ejecutivo destacó los resultados de la Encuesta de Percepción de Seguridad Empresarial, medición con la que la CCB, cada dos años, viene construyendo un estudio acerca de la percepción de los empresarios frente a la importancia de prevenir el lavado de activos.

 

De hecho, según la más reciente versión de la encuesta, realizada en 2014, el 50% de los empresarios dijo contar con herramientas directas para prevenir este delito, frente a un 12% que así lo manifestó en 2012. Es decir, hubo un incremento de 38 puntos en el indicador.

 

Por otra parte, la CCB y la UNODC realizaron un balance de su gestión al frente del programa y recordaron que a la fecha 6.000 empresarios han recibido formación sobre herramientas de prevención de lavado de activos, al tiempo que han hecho la publicación de un documento general y tres especializados sobre el tema, dirigidos a los sectores de infraestructura, transporte de carga terrestre y juegos de azar, que se suman a los dos presentados en el evento.

 

Campaña No Voy Yo
Durante el evento y con la presencia del director de la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), Luis Edmundo Suárez y el representante de la UNODC, Bo Mathiasen, la CCB hizo el lanzamiento oficial de la campaña de Cultura de la Legalidad, la cual a través del mensaje “No Voy Yo con el lavado de activos, la corrupción, el contrabando y la extorsión”, busca sensibilizar a los ciudadanos sobre qué es el lavado de activos y sobre cuáles son los delitos relacionados con esta práctica que afectan la actividad empresarial.

La Contaduría General de la Nación, emitió la Resolución 571 del 30 de octubre de 2015, mediante el cual se prorroga el plazo para el reporte de la información financiera, económica, social y ambiental a través del Sistema Consolidador de Hacienda de Información Pública – CHIP, indicada en la Resolución 375 de 2007, para el corte Julio – Septiembre de 2015.

 

Para conocer la Resolución 571 completa, haga clic aquí.

Con la firma del presidente de la República, Juan Manuel Santos, entró en vigencia el decreto que moderniza los procedimientos empleados para conformar la lista de liquidadores, promotores y agentes interventores de la Superintendencia de Sociedades.

 

El Decreto 2130 de 2015 promueve la participación efectiva de personas idóneas en los procesos que se adelantan en la entidad. Además, contempla aspectos novedosos como un manual de ética para los auxiliares de justicia y un nuevo régimen de conflictos de interés.

 

La norma contiene nuevas pautas para la fijación de los honorarios de los liquidadores, promotores y agentes interventores de esta forma las asumen un menor costo por estos servicios. También busca elevar los estándares de selección y endurece los requisitos para la conformación de la lista de auxiliares.

 

La expedición de este decreto complementa la puesta en marcha, hace unos meses, de la herramienta de selección automatizada de liquidadores, promotores y agentes interventores y contribuye con la agilización de los procesos a través del uso de las tecnologías de la información.

 

Esta herramienta tecnológica cuenta una base de datos actualizada con las características de los agentes, con información como estudios realizados, experiencia profesional y un resumen de su gestión en procesos anteriores.

 

La reforma de que trata el Decreto 2130 de 2015 también establece que los aspirantes a desempeñarse como promotores o liquidadores presenten un examen de admisión en el que evidencien su idoneidad para desarrollar esta labor.

 

Con la entrada en vigencia de la nueva norma, la Superintendencia de Sociedades hará una actualización de las listas de agentes y exigirá a los nuevos aspirantes, una calificación del curso en las distintas materias.

Al respecto el Superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, recalcó que este decreto es de la mayor relevancia porque a partir de su expedición, las empresas que tramiten procesos de reorganización y liquidación judicial contarán con un sistema más transparente y eficaz que asegure un óptimo manejo de los recursos de que dispones.

 

El Decreto 2130 de 2015 reglamenta el artículo 67 de la Ley 1116 de 2006 (Ley de Insolvencia) y deroga el Decreto 962 de 2009.

Desde el primero de noviembre entraron en vigencia los cambios que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, hizo a su plataforma de atención a los contribuyentes, en lo referente al agendamiento de trámites a nivel nacional y la solicitud de citas.

 

Por eso, la entidad publicó dos infografías en las cuales explica claramente cada uno de los cambios de acuerdo a la ciudad, indicando el horario y las líneas de atención de cada sede.

 

Para conocer el Agendamiento para trámites a nivel nacional, haga clic aquí.

 

Para conocer la forma de Programar citas, haga clic aquí.

El Ministro de Trabajo, Lucho Garzón, confirmó que su despacho ha recibido cartas de algunas empresas asegurando que no tienen más alternativa que despedir a sus servidores, frente a lo cual los llamó a que busquen y estudien alternativas distintas a tratar como parte de sus pasivos a los trabajadores.

 

Precisó que en su Cartera no hay procedimiento aun estudiando solicitudes de despidos colectivos, pues hasta el momento sólo han informado de la situación por la que atraviesan, sin solicitar permiso al Ministerio del Trabajo para proceder a la desvinculación de personal.

 

"Hay que buscar alternativas y no pensar que el principal activo que es el trabajador sea el responsable, eso no es justo", afirmó Garzón, quien recalcó que su tarea no es generar desempleo, sino empleo.

 

Sostuvo que, por ello, hay que buscar alternativas para que los nuevos representantes, los nuevos contratistas y los nuevos empleadores, asuman esos trabajadores que en empresas como Hyundai, Pacific, Dimantec y Archie ´s están hoy frente al riesgo de perder su empleo.

 

"Los trabajadores le han prestado a esas empresas un gran servicio, y no pueden ser ahora tratados como parte de sus pasivos", afirmó Garzón.

 

Recalcó además que insistirá con los empresarios en que se haga ese gran esfuerzo de buscar todas las alternativas posibles para evitar que los trabajadores se queden sin empleo.

El Gobierno Nacional a través del Ministerio del Trabajo acaba de actualizar los formatos para emitir dictamen y evaluar la pérdida de la capacidad laboral y ocupacional, originadas por lesiones de riesgos laborales de los trabajadores colombianos.

 

Esta es una herramienta fundamental para la expedición del dictamen que les facilita a los médicos realizarlo de manera más objetiva y acorde a los avances normativos y técnicos definidos en el nuevo Manual Único de la Pérdida de la Capacidad Laboral y Ocupacional, expedido por el Gobierno Nacional el año pasado.

 

Según lo explicó el viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Enrique Borda Villegas, "Lo novedoso de la aplicación es que le permite al trabajador conocer en detalle cómo se realizó su calificación y los fundamentos que se tomaron para su resultado final".

 

Los nuevos formatos tendrán que ser diligenciados por los trabajadores que se encuentren en proceso de calificación por pérdida de la capacidad laboral y ocupacional de todos los sectores, ya sea público, oficial, semioficial y privado, independientemente de su tipo de vinculación laboral, clase de ocupación, edad, tipo y origen de discapacidad o condición al Sistema de Seguridad Social Integral.

 

Estos a su vez, serán remitidos a las juntas de calificación de invalidez, así lo señala la Resolución 3745 del presente año.

 

La directora de Riesgos Laborales, Andrea Torres Matiz, confirmó que los nuevos formatos comienzan a utilizarse de inmediato, los cuales están disponibles en la página web de la entidad, link: http://fondoriesgoslaborales.gov.co/seccion/normatividad/resoluciones.html

 

Es de recordar que actualmente la calificación se realiza con base en el Manual Único de la Pérdida de la Capacidad Laboral y Ocupacional, expedido el año pasado por el Gobierno Nacional, la cual es remitida por las Juntas de Calificación de Invalidez, aportando los criterios técnicos, científicos de evaluación y calificación de pérdida de capacidad laboral porcentual ante una deficiencia, discapacidad y minusvalía ocasionadas como consecuencia de una enfermedad o accidente.

 

Son cuatro formularios establecidos con rutas claras para la calificación de acuerdo con la etapa de ciclo vital de las personas, es decir, aporta tablas diferentes para niños, adolescentes, adultos y adulto mayor, teniendo en cuenta su ocupación y labor, lo que permite un dictamen más equitativo.

 

Además, contienen información general del dictamen, de la entidad calificadora, datos generales y antecedentes laborales del calificado, examen físico y valoración del rol laboral y/o ocupacional; y concepto del dictamen pericial y grupo calificador.

La Dirección de Impuestos y Adunas Nacionales, DIAN, publicó para comentarios el proyecto de decreto “Por el cual se reglamentan los artículos 70 y 73 del Estatuto Tributario.”; dando cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

Se recibirán comentarios, observaciones y sugerencias sobre este proyecto de resolución del 5 al 8 de noviembre de 2015, en el correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">

 

Para conocer el proyecto de decreto completo, haga clic aquí. 

El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, anunció que se radicó ante la Corte Constitucional la sustentación del Incidente de Impacto Fiscal en contra de la sentencia que permite la deducción del 25% de los pagos laborales en el IMAN y en el IMAS. (Sentencia C-492 de 2015).

 

El alto funcionario indicó que “la sentencia tiene un costo fiscal de $335 mil millones anuales”, y beneficia a las personas con mayor capacidad contributiva, es decir, a las personas con ingresos anuales superiores a $43 millones, en contra del principio de progresividad y “pone de presente que el fallo omite la obligación de quienes tienen mayor capacidad de asumir obligaciones correlativas a sus ingresos”.

 

Por ejemplo, antes del fallo, un empleado o trabajador independiente con ingresos superiores de $500 millones anuales ($41.667.000 al mes) tributaba con IMAN a una tarifa implícita de 15.9% y en consecuencia pagaba $79,6 millones de impuesto de renta. Para este segmento de personas, la Corte redujo la tarifa implícita a 9,8%, lo que se traduce en un descuento en el impuesto de $30,8 millones de pesos, pues pasaría a pagar $48,8 millones (suponiendo que el valor por IMAN es superior a la renta ordinaria).

 

El Ministro le solicitó a la Corte diferir los efectos del fallo por un año para que en el marco de la reforma tributaria estructural se revise de manera sistemática, integral y uniforme el ordenamiento tributario en su conjunto y en particular los beneficios existentes.

 

El IMAN (Impuesto Mínimo Alternativo Nacional) y el IMAS (Impuesto Mínimo Alternativo Simple) son dos sistemas alternativos de determinación del impuesto de renta que fortalecían el principio de progresividad del sistema tributario. El IMAN creó un “piso” mínimo de tributación para personas de altos ingresos. El IMAS permite presentar una declaración simplificada del impuesto en el cual se establecen tarifas reducidas y procedimientos simples para efectos de facilitar el pago.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 111 del 29 de octubre de 2015, por medio de la cual modifica parcialmente la resolución no. 220 del 31 de octubre del 2014 y se solicita la información prevista en el decreto 2733 de 2012.

 

La presente Resolución solicita la siguiente información:

 

  • Información de Fondos de Inversion Colectiva - Formato 1021 - Versión 7
  • Fondos de Pensiones Voluntarias - Formato 1022 - Versión 8
  • Depositos de Títulos Valores y Rendimientos o Dividendos Cancelados - Formato 2273 - Versión 1
  • Fondo de Cesantias - Formato 2274 - Versión 1
  • Fondos de Pensiones Obligatorias - Formato 2277 - Versión 1
  • Información Certificado de Ingresos y Retenciones para Personas Naturales Empleados - Formato 2276 - Versión 1
  • Deducción Empleadas Victimas Violencia - Formato 2280 - Versión 1
  • Información de la Compra de Bonos Electronicos - Formato 2278 - Versión 1
  • Información Predial - Formato 1476 - Versión 9
  • Información Vehículos - Formato 1480 - Versión 9
  • Impuesto de Industria y Comercio, Avisos y Tableros - ICA - Formato 1481 - Versión 9
  • Descuentos Tributarios Solicitados - Formato 1004 - Versión 7
  • Ingresos Recibidos para Terceros - Formato 1647 - Versión 2
  • Ingresos no Constitutivos de Renta ni Ganancia Ocasional - Formato 2275 - Versión 1
  • Codigo Unico Institucional (CUIN) Entidades Públicas - Formato 2279 - Versión 1

 

Para conocer la Resolución 111 completa, haga clic aquí. 

 

Para conocer los anexos de esta resolución, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 000112 del 29 de octubre de 2015 que establece el grupo de obligados a suministrar a la DIAN, por el año gravable 2016, información tributaria establecida y señala el contenido las características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega.

 

Para conocer la Resolución 112 completa, haga clic aquí.

Anexo 1 EspecificacionTecnica 1021v7

Anexo 2 EspecificacionTecnica 1022v8

Anexo 3 EspecificacionTecnica 2273v1
 
Anexo 4 EspecificacionTecnica 2274v1

Anexo 5 EspecificacionTecnica 2277v1

Anexo 6 EspecificacionTecnica 2276v1

Anexo 15 EspecificacionTecnica 2279v1

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