La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, dentro del marco del Plan de Cobro 2016 y como parte de las medidas para recuperar la cartera morosa en el departamento de Antioquia, adelantó 108 diligencias de remate de bienes. Para el cuarto trimestre del año tiene programado el remate de 37 bienes inmuebles, así: 31 lotes, 4 casas, 1 parqueadero, 1 consultorio.
En Antioquia hay 43.915 morosos que adeudan $812.682 millones por concepto de los impuestos administrados por la DIAN, que constituye el 17.2% de la cartera total de la Entidad; estos morosos los componen 22.100 personas jurídicas y 21.815 personas naturales.
Las actividades económicas que desarrollan estos se concentran en Comercio al por mayor y al por menor no especializado (9.421); le siguen: Industria manufacturera (5.622), Actividades profesionales, científicas y técnicas (3.757); Construcción (2.650) y Agricultura, ganadería, pesca y silvicultura (2.621).
En el período enero – agosto, las 34 Direcciones Seccionales de Impuestos de la DIAN recuperaron cartera por un valor de $3.7 billones, cumpliendo con ello la meta establecida. En la Seccional de Impuestos de Medellín por su parte, en el mismo período, se recaudaron $477.902 millones.
Continuando con las acciones de cobro en Antioquia, se embargaron sumas de dinero depositadas en cuentas corrientes y/o ahorros por valor de $30.733 millones. En lo que va corrido del mes de septiembre se han constituido 846 depósitos judiciales por la suma de $3.895 millones, para pagar tributos en mora.
Por el no pago del IVA y la Retención en la fuente se han instaurado 324 denuncias penales, por el delito de omisión del agente retenedor y/o recaudador, las cuales corresponden a 1.414 obligaciones en mora que ascienden a la suma de $15.924 millones.
No pagar oportunamente las obligaciones con la DIAN, afecta la financiación de los gastos y las inversiones que debe hacer el Estado para realizar obras públicas y prestar los servicios que requieren todos los ciudadanos, incluido el moroso y le significa a este último un alto costo financiero debido a que deberá:
- Liquidar intereses moratorios a la tasa del 32.01% que es la más alta legalmente permitida entre el 1 de julio y el 30 de septiembre.
- Cancelar costas procesales derivadas del proceso de cobro.
- Asumir el embargo y remate de sus bienes, en el caso de la retención en la fuente e IVA, el cierre del establecimiento de comercio o lugar donde ejerza la actividad y la sanción de pena privativa de la libertad de 4 a 9 años, junto con el pago del doble del valor no consignado, más el monto adeudado.
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