La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 21 del 7 de abril de 2017, por la cual se adiciona un Parágrafo Transitorio al artículo 1 de la Resolución 12761 de 2011, referente a la excepción de la obligación de presentar declaraciones y diligenciar recibos de pago, en forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos de la DIAN los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario que tengan vigente un contrato de estabilidad jurídica suscrito con la Nación.
Para conocer la Resolución 21 completa, haga clic aquí.
Publicado en
Resoluciones
Etiquetado como
Lo último de Richard santa
- Ley 2434, reduce las barreras para la adquisición de vivienda
- Ley de Financiamiento disminuirá el impuesto de renta corporativa
- Regla de validación DEAT07: definición del cálculo de ICA y ReteICA
- Entrega de información de la Declaración Andina de Valor a través de la DIAN
- Acuerdan calendario para negociación sobre el salario mínimo 2025
Inicia sesión para enviar comentarios