Viernes, 22 Agosto 2014 08:56
Contador público puede certificar ingresos desus hermanos, pero ¿es ético?
Escrito por Fernando SalazarEl Consejo Técnico de la Contaduría Pública emitió un concepto sobre las inhabilidades del contador público. La consulta textual fue: “Deseo saber si un contador público puede certificar los ingresos de sus hermanos”.
En su respuesta, la entidad señaló que esta situación no está prohibida por la ley, caso contrario sería si actúa como revisor fiscal, situación que si prohíbe el artículo 50 de la ley 43 de 1990.
Señala además, que entre los principios básicos de la ética profesional se encuentra el artículo 37.3 de la ley 43 de 1990 que dice que “el contador público deberá tener y demostrar absoluta independencia mental y de criterio con respecto a cualquier interés que pudiera considerarse incompatible con los principios de integridad y objetividad”, por lo cual el contador público no debería firmar una certificación cuando no puede demostrar independencia mental.
Para conocer el concepto CTCP completo, haga clic aquí.
En su respuesta, la entidad señaló que esta situación no está prohibida por la ley, caso contrario sería si actúa como revisor fiscal, situación que si prohíbe el artículo 50 de la ley 43 de 1990.
Señala además, que entre los principios básicos de la ética profesional se encuentra el artículo 37.3 de la ley 43 de 1990 que dice que “el contador público deberá tener y demostrar absoluta independencia mental y de criterio con respecto a cualquier interés que pudiera considerarse incompatible con los principios de integridad y objetividad”, por lo cual el contador público no debería firmar una certificación cuando no puede demostrar independencia mental.
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