Miércoles, 18 Octubre 2023 09:19

Reforma pensional cuenta con viabilidad fiscal de MinHacienda

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El concepto de impacto fiscal de la ponencia para segundo debate, del proyecto de ley de reforma pensional, emitido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, manifiesta que la iniciativa permite alcanzar los objetivos propuestos por el Gobierno Nacional como son: mejorar la sostenibilidad, la cobertura y la suficiencia que implica una pensión digna para las y los trabajadores colombianos y una mayor equidad.

Para la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, el concepto fiscal es un respaldo contundente a un trabajo juicioso y responsable entre todos los sectores económicos, expertos y academia.

“Es muy importante resaltar el mensaje de responsabilidad fiscal y buen diseño técnico que esta propuesta de reforma trae consigo. Las y los colombianos pueden estar tranquilos sobre la sostenibilidad fiscal que plantea. El Ministerio de Hacienda en su concepto así lo manifiesta. La viabilidad fiscal de la reforma pensional respalda la sostenibilidad de esta iniciativa”, puntualizó la Ministra.

El concepto del Ministerio de Hacienda es claro al resaltar que:

“La implementación de la propuesta de reforma consistente con las disposiciones del articulado de la ponencia para segundo debate, implicaría un impacto fiscal neto que se acoge a las posibilidades financieras de la Nación, en el marco de las restricciones fiscales actuales y proyectadas. Todas las consideraciones incluidas son fiscalmente factibles, manteniendo la sostenibilidad del Sistema de Protección a la Vejez y de las finanzas públicas en el largo plazo, de modo que pueden incorporarse en la planeación financiera del Gobierno Nacional, en línea con las restricciones presentadas en el Marco Fiscal de Mediano Plazo (MFMP), el Marco de Gasto de Mediano Plazo (MGMP) y en estricto cumplimiento de la regla fiscal”.

El mencionado concepto también ratifica lo que el Gobierno del Cambio ha planteado en todos los escenarios, que es la mayor cobertura en protección integral a la vejez que la propuesta ofrece. Esta mayor cobertura es generada por el esquema de pilares y los elementos progresistas que incorpora, entre los que están:

a) La protección a toda la población mayor de 60 años mujeres y 65 años hombres, que se encuentren en condiciones de extrema pobreza y vulnerabilidad, recibirán una renta correspondiente, al menos al umbral de pobreza extrema (aproximadamente $223.000 para el año 2024).

b) La población que será objeto del pilar semicontributivo, que corresponde a población que cotizó al sistema contributivo, al menos 300 semanas y que no logra el mínimo de semanas necesarias para la pensión, recibirá una renta vitalicia subsidiada, que será un ingreso permanente en la vejez.

También, la reforma propuesta plantea en el artículo 75 la creación de una Comisión Técnica de Protección Social Integral para la Vejez que monitoree y haga seguimiento al gasto fiscal en pensiones, entre otras funciones, de forma que se podrán hacer los ajustes necesarios periódicamente para impedir que situaciones de alto impacto puedan llegar a presentarse.

El concepto fiscal muestra un aumento al año 2100 del pasivo pensional de la Nación, correspondiente a 40 puntos del PIB aproximadamente.

“Este costo adicional debe ser analizado a la luz de un importante aumento de cobertura en protección a la vejez, de un impacto social mayor y sobre todo, del alto impacto económico que va a generar el que las y los colombianos mayores tengan unas pensiones equitativas, suficientes y subsidios dignos para esta población extremadamente pobre y vulnerable”, subrayó la Ministra del Trabajo.

Adicional, es importante señalar que en el escenario actual el gasto al que se expone la Nación si no se hace la reforma y por consiguiente el monto del pasivo pensional, no solamente corresponde a las obligaciones pensionales que se puedan generar con la población beneficiaria del Régimen de Prima Media, administrado por Colpensiones, sino que debe contemplar también la presión que genera en el sistema los traslados de los afiliados de los fondos privados hacia Colpensiones, así como la carga fiscal que compromete al Estado, por cuenta del Fondo de Garantía de Pensión Mínima, hoy administrado por los fondos privados.

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