Acuerdo entre Gobierno y centrales obreras pone fin al decreto Pisos de Protección Social
Richard santaTras más de 3 años de una queja ante la Organización Internacional del Trabajo, OIT, el Gobierno Nacional y las tres centrales sindicales, CUT, CTC y CGT se reunieron para conciliar de manera voluntaria, una reclamación ante la OIT presentada en virtud del artículo 24 de la Constitución, por incumplimiento de los convenios 03, 12, 17, 24, 25 y 144 por la expedición del artículo 193 de la Ley 1955 de 2019- Plan Nacional de Desarrollo, sobre Piso de Protección Social y el decreto reglamentario 1174 del año 2020.
Para la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, este acuerdo es una oportunidad para mejorar las condiciones de las y los trabajadores en Colombia en torno a la seguridad social y el derecho a una pensión digna.
“Hemos llegado a un acuerdo con presencia de la OIT, de una conciliación voluntaria por primera vez ocurrida en el continente americano, en torno a que se retira esta querella y el Gobierno Nacional se compromete expresamente a derogar el decreto 1174 del Piso de Protección Social, que ya estaba inactivo sobre la base de la sentencia 276 de la Corte Constitucional. Este Gobierno se compromete a seguir avanzando, continuaremos teniendo reuniones periódicas para la realización del monitoreo y hacer seguimiento del decreto derogatorio y sobre todo, de las medidas que favorezcan a las y los trabajadores de Colombia”, puntualizó la Ministra.
Para las centrales obreras, el decreto 1174 del Piso de Protección Social, recortaba los derechos de las y los trabajadores en Colombia, que, por no tener un salario mínimo, se les negaba el acceso a la pensión.
“Nos parece muy positivo este ánimo de concertación con el Gobierno y lo celebramos ante la OIT”, dijo Fabio Arias, presidente de la Central Unitaria de Trabajadores, CUT.
“Celebramos que el acuerdo que hemos suscrito con el Gobierno pone punto final a una queja formulada ante la OIT, pero adicionalmente es un logro de un punto que estuvo en la mesa durante el paro nacional, que era la derogatoria del decreto 1174, eso ha sido posible en este Gobierno del Cambio”, expresó Percy Oyola, presidente de la Confederación General del Trabajo, CGT.
“Este es un acuerdo muy importante, puesto que es una reclamación que hemos venido haciendo las tres centrales obreras ante la OIT por el decreto 1174 y hoy llegamos a un feliz acuerdo de conciliación, gracias a la buena gestión del Gobierno del Cambio y su Ministerio del Trabajo”, subrayó Jorge Peña, ejecutivo de la Confederación de Trabajadores de Colombia, CTC.
Las partes acordaron:
Derogar expresamente el decreto 1174 de 2020 (Piso de Protección Social), aunque el precitado decreto no se esté aplicando, en virtud de la Sentencia C-276 de 2021 de la Corte Constitucional.
El Gobierno, promoverá y apoyará iniciativas normativas que posibiliten que los trabajadores y trabajadoras que laboran al servicio de otra persona (natural o jurídica), a tiempo parcial o de menores ingresos, sean afiliados obligatorios en calidad de dependientes, del Sistema de Seguridad Social Integral.
El Gobierno impulsará iniciativas que garanticen el trabajo decente y la justicia social a través del rediseño del sistema de protección social, para asegurar la oferta necesaria, pertinente y de calidad, que garantice una protección universal frente a los riesgos en salud, desempleo y la vejez.
El Gobierno con la asistencia de la OIT, adoptará medidas para que los trabajadores informales, tengan derecho a la seguridad social, incluido el reconocimiento de prestaciones económicas relacionadas con incapacidades de salud de origen común y de riesgos laborales, maternidad y paternidad, que pueda surgir.
A este respecto, el Gobierno se compromete a que cualquier iniciativa gubernamental, cambio normativo y medidas adoptadas serán consultadas de manera tripartita.
Las partes acuerdan adoptar una hoja de ruta que contemple medidas de divulgación y campañas de sensibilización para avanzar en la protección social de los trabajadores.
Las partes de este acuerdo de conciliación se reunirán al menos cada dos meses, durante el siguiente año, para hacer seguimiento al cumplimiento de lo aquí estipulado.
Con la suscripción de este documento, las partes acuerdan el cierre de la reclamación objeto de esta conciliación, una vez se publique el decreto señalado en el literal a) del acta, en consecuencia, se comprometen a dar cumplimiento de buena fe a lo establecido en los acuerdos.
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