Lunes, 09 Junio 2014 07:50

Decreto facilita acceso de nuevos emisores al mercado de capitales

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El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, informó que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1019 de 2014, mediante el cual se modifica el régimen de las emisiones que se colocan a través del Segundo Mercado. En este mercado los valores son ofrecidos a inversionistas profesionales y se permite un proceso simplificado de autorización de emisiones en la Superintendencia Financiera de Colombia.

El funcionario explicó que a través de la nueva normatividad los interesados podrán emitir valores dirigidos a los inversionistas profesionales a través de este esquema, mediante un proceso de emisión más expedito y con menores costos, teniendo en cuenta la flexibilización de los requisitos de calificación e inscripción en bolsa de valores.

De acuerdo con el Jefe de la cartera de Hacienda, dicho decreto tiene por finalidad promover el uso del denominado Segundo Mercado, al facilitar el acceso de nuevos emisores al mercado de valores y generar un aumento en la oferta de nuevas alternativas para los inversionistas profesionales, entre otras.

Esto es particularmente relevante para pequeñas firmas y empresas familiares que consideran que el proceso de emisión normal involucra una revelación excesiva de información. Así mismo, facilita el proceso para emisores de una sola vez, como los consorcios de los proyectos de infraestructura, que podrán utilizar ahora este mecanismo simplificado.

“Esto permitirá, por ejemplo, el desarrollo de importantes proyectos de infraestructura para el país al facilitar su financiación mediante el acceso al mercado de capitales”, aseguró.

El Ministro recordó además que Colombia tiene un ambicioso plan de infraestructura 4G con un presupuesto de $47 billones que impulsará la competitividad de la industria y el agro.

Dentro de las modificaciones contenidas en el decreto –añadió el Ministro– se encuentra la incorporación de un prospecto de colocación simplificado, dejando los detalles más complejos a la relación entre el emisor y los potenciales inversionistas.

Se establece así mismo que la calificación de los nuevos valores es opcional, al igual que su inscripción en la Bolsa de Valores de Colombia (BVC). “Esto reducirá considerablemente los costos en los que incurre un emisor al acudir a este mecanismo de financiación”, resaltó el titular del Ministerio de Hacienda.

La flexibilización de los requisitos es posible, teniendo en cuenta que estas emisiones deben estar dirigidas únicamente a inversionistas profesionales, los cuales pueden realizar una adecuada gestión del riesgo de sus inversiones en este tipo de activos, incluso bajo estos requerimientos más ligeros para los emisores.
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