Jueves, 06 Febrero 2014 15:58
Gobierno reglamenta esquema de ahorro voluntario de cesantías para desempleados
Escrito por Fernando Salazar
Mediante el Decreto 135 del 31 de enero de 2014, el gobierno estableció el esquema por el cual las personas ahora podrán ahorrar parte de sus cesantías, para que cuando estén desempleadas puedan contar con un apoyo económico.
El componente de las cuentas de cesantías de los trabajadores, hace parte del Mecanismo de Protección al Cesante/ Seguro de Desempleo, Ley 1636, que se creó para disminuir los efectos del desempleo que enfrentan los trabajadores y facilitar la vinculación nuevamente de esta población al mercado laboral.
El nuevo decreto 135 del 31 de enero de 2014, cobija a todos los trabajadores dependientes, incluidos los remunerados con salario integral y a los independientes que se encuentran afiliados a las Cajas de Compensación familiar, para que voluntariamente ahorren parte o la totalidad de sus cesantías, para que en el momento en que queden sin trabajo puedan recibir ese dinero ahorrado más un porcentaje que les reconoce el Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante, FOSFEC.
Al ahorro de cesantías hecho por el trabajador, solo se puede acceder cuando éste quede sin trabajo y haya estado afiliado a una Caja de Compensación Familiar. No obstante, el ahorro voluntario se puede revocar en cualquier momento y utilizarlo para cualquiera de las otras alternativas que ofrece la norma como vivienda y educación, por ejemplo.
Para que el trabajador autorice voluntariamente a las Administradoras de Fondos de Cesantías privados o al Fondo Nacional del Ahorro, FNA, el monto o porcentaje del ahorro, el Ministerio del Trabajo estandarizará un formato, para que se diligencia, el cual puede radicar el empleador o ante el fondo de cesantías o la caja.
Decreto 135 del 31 de enero de 2014.
El componente de las cuentas de cesantías de los trabajadores, hace parte del Mecanismo de Protección al Cesante/ Seguro de Desempleo, Ley 1636, que se creó para disminuir los efectos del desempleo que enfrentan los trabajadores y facilitar la vinculación nuevamente de esta población al mercado laboral.
El nuevo decreto 135 del 31 de enero de 2014, cobija a todos los trabajadores dependientes, incluidos los remunerados con salario integral y a los independientes que se encuentran afiliados a las Cajas de Compensación familiar, para que voluntariamente ahorren parte o la totalidad de sus cesantías, para que en el momento en que queden sin trabajo puedan recibir ese dinero ahorrado más un porcentaje que les reconoce el Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante, FOSFEC.
Al ahorro de cesantías hecho por el trabajador, solo se puede acceder cuando éste quede sin trabajo y haya estado afiliado a una Caja de Compensación Familiar. No obstante, el ahorro voluntario se puede revocar en cualquier momento y utilizarlo para cualquiera de las otras alternativas que ofrece la norma como vivienda y educación, por ejemplo.
Para que el trabajador autorice voluntariamente a las Administradoras de Fondos de Cesantías privados o al Fondo Nacional del Ahorro, FNA, el monto o porcentaje del ahorro, el Ministerio del Trabajo estandarizará un formato, para que se diligencia, el cual puede radicar el empleador o ante el fondo de cesantías o la caja.
Decreto 135 del 31 de enero de 2014.
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