Conceptos

Conceptos (349)

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 472 del 28 de noviembre de 2022, por el cual responde a una consulta sobre arrendamiento financiero.

La consulta hecha a la entidad fue la siguiente:

1 ¿Se deben reconocer como arrendamientos financieros?
2 ¿Si es un arrendamiento financiero, en qué momento se debe registrar la venta del bien, por parte del arrendador, y por qué valor en los casos en donde se ha renovado el contrato?
3 ¿Qué asientos contables debe hacer el arrendador, desde el momento en que compra el bien?

Para conocer el Concepto 472, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública – CTCP- emitió el Concepto 2022 – 0297 a través de la cual respondió a un peticionario que elevó su inquietud sobre la aplicación de la Guía de Orientación Contable en Materia de Reconocimiento, Medición, Presentación y Revelación de Información Financiera para los Clubes de Fútbol con Deportistas Profesionales emitida por la Superintendencia de Sociedades en mayo de 2022.

Al respecto el CTCP explicó que el artículo 10 de la Ley 1314 de 2009 expresa que “Autoridades de supervisión. Sin perjuicio de las facultades conferidas en otras disposiciones, relacionadas con la materia objeto de esta ley, en desarrollo de las funciones de inspección, control o vigilancia, corresponde a las autoridades de supervisión:

1. Vigilar que los entes económicos bajo inspección, vigilancia o control, así como sus administradores, funcionarios y profesionales de aseguramiento de información, cumplan con las normas en materia de contabilidad y de información financiera y aseguramiento de información, y aplicar las sanciones a que haya lugar por infracciones a las mismas.

2. Expedir normas técnicas especiales, interpretaciones y guías en materia de contabilidad y de información financiera y de aseguramiento de información. Estas actuaciones administrativas, deberán producirse dentro de los límites fijados en la Constitución, en la presente ley y en las normas que la reglamenten y desarrollen”. Negrilla fuera de texto”.

Así las cosas, la misma Ley le otorga a las superintendencias, la expedición de guías de orientación contable, dentro del alcance de los marcos normativos contables vigentes.

Para conocer el Concepto 297, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó el Concepto 415 del 15 de noviembre de 2022, en el cual responde a una consulta referente a los pasivos litigiosos. Algunas de las consultas hechas a la entidad fueron:

1) Indicará el concepto contable de pasivo litigioso, la forma de contabilizarlo y las afectaciones que pueda sufrir en los eventos definidos en la norma.
2) Indicará la diferencia entre los términos Pasivo Litigioso y Pasivo Contingente.
3) Indicará si el crédito litigioso es el que se debate ante jueces o también el que se debate ante entidades administrativas, como la DIAN.
4) Indicará desde qué momento se debe revelar el pasivo litigioso, si se requiere notificación de la admisión de una demanda o si basta con un requerimiento de la contraparte o una diligencia de conciliación o acto equivalente.

Para conocer el Concepto 415, haga clic aquí.

Por medio del Concepto 464 del 15 de noviembre de 2022, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, respondió a una consulta sobre la Contabilización – venta bienes comunes.

Para conocer el Concepto 415, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, por medio del Concepto 436 del 2 de noviembre de 2022, respondió a una consulta referente al Reconocimiento del ingreso - Profesiones liberales.

Para conocer el Concepto 436, haga clic aquí.

Por medio del Concepto 350 del 8 de noviembre de 2022, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, responde a una consulta sobre Documentos equivalentes digitales - Devolución de recursos de la cuota de fomento de la papa.

La consulta elevada a la entidad fue la siguiente:

1. Una persona natural obligada a llevar contabilidad ¿podía manejar documentos equivalentes digitales de compra en Excel sin contar con la firma del proveedor para el año 2017 a 2020?

2. ¿Es procedente realizar devolución al recaudador con los soportes antes mencionados, sin contar con documentos equivalentes físicos numerados de forma consecutiva?”

Para conocer el Concepto 350, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 390 del 2 de noviembre de 2022, referente a los pasivos inexistentes. La siguiente fue la consulta elevada a la entidad:

“Dentro de la compañía que laboro surge el siguiente interrogante:
Después de la ejecución de una auditoría forense, se evidencia que algunos proveedores han facturado doblemente servicios prestados, que desafortunadamente no fueron detectados antes del reconocimiento contable.

Ahora bien, los proveedores aún no han aceptado este error o fraude, sin embargo, la compañía ve necesario el reconocimiento del menor valor del pasivo a dichos proveedores y su corrección en las utilidades acumuladas y de ser necesario Reexpresar estados financieros.

Sin embargo, se tiene la duda si el informe de dicha auditoría forense es soporte suficiente para disminución de pasivo y la corrección del costo, pues si bien el proveedor no va a emitir una nota de crédito por dichos servicios, bajo el principio de la "esencia sobre la forma" de la normativa NIIF para Pymes, se entendería que la esencia de este hecho es que la compañía no debe esos pasivos.

Sin embargo, al validar lo que la misma norma detalla sobre la baja en cuentas de un pasivo, nos queda la duda si dicho informe es suficiente soporte”.

Para conocer la respuesta de la entidad y el Concepto 390 completo, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó el Concepto 484 del 1 de noviembre de 2022, por medio del cual responde a una consulta referente a la Categorización de los TIDIS en el EFE.

Para conocer el Concepto 484, haga clic aquí.

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