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Resolución 1240, información en el registro único de beneficiarios finales - RUB
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la Resolución 1240 del 28 de septiembre de 2022, por la cual se modifican los artículos 10, 13 y el Anexo l – Anexo Técnico de la Resolución 000164 del 27 de diciembre del 2021, sobre la oportunidad de suministrar información en el registro único de beneficiarios finales – RUB.
Resolución 037, Obligados a suministrar información en el Registro RUB
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la Resolución 037 del 17 de marzo de 2022, por la cual se modifican los artículos 4, 10 y 13 de la Resolución 000164 del 27 de diciembre de 2021, referente a los obligados a suministrar información en el Registro Único de Beneficiarios Finales – RUB.
REGISTRO UNICO DE BENEFICIARIO FINAL RUB - ASPECTOS TEORICOS Y TALLER PRACTICO
REGISTRO UNICO DE BENEFICIARIO FINAL RUBASPECTOS TEORICOS Y TALLER PRACTICO DIA 1. ASPECTOS TEORICOS
DIA 2. TALLER PRACTICO
JUAN DANIEL PARRA PALENCIA
Abogado y especialista en Derecho Tributario y Gobierno y Gestión Pública Territorial de la Pontificia Universidad Javeriana. Es asesor del Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN y hace parte de la Oficina de Tributación Internacional. Miembro del equipo negociador de Convenios para Evitar la Doble Imposición Tributaria de Colombia. Representa a Colombia en el WP-10 del Comité de Asuntos Fiscales de la OCDE, grupo de trabajo encargado de revisar los estándares de Intercambio Internacional de Información en materia tributaria y cumplimiento fiscal. Así mismo, representa a Colombia en el APRG y PRG del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información para Fines Fiscales de la OCDE, donde se evalúa el cumplimiento legal y práctico de los estándares internacionales de intercambio de información por parte de los países. Por último, lidera el grupo de trabajo de la DIAN encargado de la regulación normativa del beneficiario final y la creación del Registro Único de Beneficiarios Finales – RUB. Así mismo, representa a Colombia en el APRG y PRG del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información para Fines Fiscales de la OCDE, donde se evalúa el cumplimiento legal y práctico de los estándares internacionales de intercambio de información por parte de los países. Por último, lidera el grupo de trabajo de la DIAN encargado de la regulación normativa del beneficiario final y la creación del Registro Único de Beneficiarios Finales – RUB.
CRISTIAN CICUA
MBA con Especialidad en Gestión de Proyectos. Ingeniero de Sistemas y actual estudiante de un Máster en Marketing Digital. Experiencia de 6 años en el desarrollo de aplicaciones móviles y aplicaciones web.
Módulo 2 Taller Práctico. $97.000 más IVA Curso completo $170.000 más IVA
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APLICACIÓN DE NORMAS EN PROPIEDAD HORIZONTAL
APLICACIÓN DE NORMAS EN PROPIEDAD HORIZONTAL ASPECTOS CONTABLES, TRIBUTARIOS, DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS, BENEFICIARIO FINAL, RESPONSABILIDADES LEGALES Y ADMINISTRATIVAS
Este curso es un aporte académico que se desarrolla a propósito de las responsabilidades Tributarias, Contables y legales de las Propiedades Horizontales, independiente de cualquiera que fuere su clasificación (Residencial – Mixta – Comercial) lo que demanda los Consejos Directivos, Administradores, Contadores y Abogados, la necesidad de estudiar, las normas; lo anterior con el ánimo de estar preparados en el cumplimiento de estas disposiciones ante las exigencias de los residentes y las autoridades. Atendiendo lo anterior se ha estructurado el presente curso, mediante dos módulos que permitirá de manera práctica y descriptiva abordar los temas que contribuirán a la comprensión de la disposición, en aras de facilitar la implementación y cumplimiento de la misma.
MÓDULO 1. RESPONSABILIDADES CONTABLES, TRIBUTARIAS, DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS, BENEFICIARIO FINAL
Se enfocará en las responsabilidades y cumplimiento de las normas vigentes en materia contable y tributaria y minimizar el riesgo frente a las entidades gubernamentales.
MÓDULO 2. ASPECTOS LEGALES, ADMINISTRATIVOS, ORGANIZACIÓN DE LA ASAMBLEA
El éxito de la asamblea, en particular en la legalidad de sus decisiones, inician desde el mismo momento de la convocatoria y todo lo que se desprende posteriormente, sea presencial o virtual, por ello, debe tener aspectos procedimentales claros, para evitar la nulidad de las decisiones que se tomen en las distintas formas de reunión. Aspectos que deben conocer ampliamente los Administradores, el consejo de Administración y los Revisores Fiscales.
Gabriel Gaitán León
Consultor y asesor empresarial internacional, con casi 30 años de experiencia; Miembro del Grupo de Implementación de las PYMES, organismo asesor de la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad; Miembro de la Comisión para Micro, Pequeñas y Medianas entidades de la Asociación Interamericana de Contabilidad, comisión MicroPymes; fue consejero (2016-2019) del Consejo Técnico de la Contaduría Pública de Colombia – en representación del Ministerio de Hacienda. Participó en la creación de las Leyes de Formalización; de Emprendimiento y Empresarismo. Asesor del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo en el establecimiento de políticas públicas relacionadas con entidades BIC, Economía Naranja y Entidades sin Ánimo de Lucro. Dirigió los Comités Técnicos del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, del sector Financiero, de Entidad Sin Ánimo de Lucro y del sector Real. Miembro de la Comisión Técnica de expertos NIIF y ahora Revisor Fiscal del Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia. Fundador y Socio de G&G INTEGRAL DE CONSULTORÍA LTDA, firma miembro de ARISTA GLOBAL GROUP, siendo líder de proyectos de Aplicación e Implementación de NIIF, NAI, NICSP y TAX, dentro y fuera de Colombia, en más de 450 entidades. MBA con doble titulación: Universidad Complutense de Madrid y la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia; Contador Público en Colombia y Ecuador, de la Pontificia Universidad Javeriana; Certificado en NIIF, NIA, Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público por ACCA, Inglaterra; Certificado Internacional como Auditor Anticorrupción ISO37001. Columnista, Catedrático y Conferencista internacional.
Álvaro Sánchez Uribe
Magíster en Derecho programa en tributación de la Universidad Externado de Colombia, Especialista en Derecho Tributario y Aduanero de la Universidad Católica de Colombia, Contador Público de la Universidad de Ibagué, con más de 25 años de experiencia, se ha despeñado en el campo fiscal ocupando cargos directivos técnicos en la DIAN. Catedrático en Posgrados en Gerencia de Impuestos, Derecho Tributario, Revisoría Fiscal y Auditoría Externa, Diplomados en materia tributaria y Conferencista, en las materias y temas de Sistemas de Facturación, Procedimiento Tributario, Auditoría Tributaria, Impuesto de Renta, Impuesto sobre las Ventas IVA - En varias universidades del país.
Lucero Téllez Hernández
Abogada especialista en derecho público – administrativo y probatorio, candidata a maestría en Gerencia Tributaria de la Universidad Sergio Arboleda. Profesora Universitaria de pregrado, posgrado y conferencistas a nivel nacional en temas de impuestos. Funcionaria de la DIAN con 30 años de experiencia en el sector público en temas de impuestos.
Alexander Coral Ramos
Abogado, profesor universitario de pregrado y posgrado de varias universidades a nivel nacional, experto en derecho laboral y seguridad social, derecho mercantil y la propiedad horizontal. Con dos posgrados y candidato a Magister en Derecho, autor de varios libros de derecho y consultor jurídico del sector industrial, comercial y propiedad horizontal, en éste última de centros comerciales, zonas industriales, mixtas y residenciales a nivel nacional y conferencista de varias empresas de capacitaciones, entre ellas, Actualícese.com.
PLATAFORMA: Online FECHAS: Módulo 1 Octubre 24 de 2022 Módulo 2 Octubre 25 de 2022 HORARIO: 4:00 p. m. a 9:00 p. m. INVERSIÓN: Cada módulo cuesta $ 85.000 más IVA Seminario Completo: $ 150.000 más IVA
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OBLIGACIÓN DEL REGISTRO ÚNICO DE BENEFICIARIO FINAL RUB
OBLIGACIÓN DEL REGISTRO ÚNICO DE BENEFICIARIO FINAL RUB
1. Todas las personas jurídicas con ánimo o sin ánimo de lucro, obligadas a reportar el Beneficiario Final- RUB 2. Sujetos excluidos de la responsabilidad del RUB 3. Legislación aplicable 4. Criterios para reportar al Beneficiario Final 5. Relación del RUT con el RUB en solo registro 6. Qué es NIESPJ 7. Debida Diligencia 8. Ejemplos prácticos 9. Plazos para realizar el reporte 10. Formatos 2684 y 2688 11. Taller diligenciamiento del prevalidador para el RUB 12. Régimen sancionatorio
Álvaro Sánchez Uribe
Magíster en Derecho programa en tributación de la Universidad Externado de Colombia, Especialista en Derecho Tributario y Aduanero de la Universidad Católica de Colombia, Contador Público de la Universidad de Ibagué, con más de 25 años de experiencia, se ha despeñado en el campo fiscal ocupando cargos directivos técnicos en la DIAN.
Catedrático en Posgrados en Gerencia de Impuestos, Derecho Tributario, Revisoría Fiscal y Auditoría Externa, Diplomados en materia tributaria y Conferencista, en las materias y temas de Sistemas de Facturación, Procedimiento Tributario, Auditoría Tributaria, Impuesto de Renta, Impuesto sobre las Ventas IVA - En varias universidades del país.
Lucero Téllez Hernández
Abogada especialista en derecho público – administrativo y probatorio, candidata a maestría en Gerencia Tributaria de la Universidad Sergio Arboleda.
Profesora Universitaria de pregrado, posgrado y conferencistas a nivel nacional en temas de impuestos. Funcionaria de la DIAN con 30 años de experiencia en el sector público en temas de impuestos.
* Incluye certificado y memorias.
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DIAN publicó compilación de doctrina sobre Registro Único de Beneficiarios Finales, RUB
Con el propósito de promover el entendimiento y cumplimiento de las obligaciones legales relacionadas con el Registro Único de Beneficiarios Finales – RUB, la Subdirección de Normativa y Doctrina publicó la compilación de la doctrina oficial.
Esta primera versión organiza la doctrina en los siguientes ejes temáticos:
Obligados a suministrar información en el RUB
Determinación del beneficiario final
Debida diligencia
Régimen sancionatorio
Acceso a la información
Consulte aquí la Compilación de la Doctrina del RUB 1ª versión.
DIAN levantó contingencia para obligados a reportar en el RUB
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que de acuerdo con lo establecido en el artículo 19 de la Resolución 164 de 2021, modificada por la Resolución 1240 de 2022, se levanta la contingencia certificada el pasado 31 de julio de 2023 para los obligados a suministrar la información en el Registro Único de Beneficiarios Finales -RUB- cuyo plazo era hasta el 31 de julio de 2023. Lo anterior, con base en la certificación emitida por la Subdirección de Soluciones y Desarrollo.
Esta medida aplicó para las Personas Jurídicas y Estructuras sin Personería Jurídica, que presentaron inconvenientes al momento de realizar su reporte y que manifestaron sus incidentes por los diferentes canales de servicio (PQSR, Puntos de Contacto, Contact Center), así como las comunicaciones enviadas a la Subdirección de Administración del Registro Único Tributario -RUT, hasta la fecha del vencimiento.
A la fecha han reportado información 848.753 organizaciones, las cuales han realizado más de 32 millones de registros de beneficiarios finales.
De esta manera y según el artículo 19 de la Resolución 164 de 2021 “(…) Cuando por inconvenientes técnicos atribuibles a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), el obligado a suministrar la información no pueda cumplir con la presentación electrónica de la información a la que se refiere la presente Resolución, tendrá la obligación de suministrar la información dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) comunique oficialmente el restablecimiento de los servicios informáticos, sin que ello implique extemporaneidad en la presentación".
De acuerdo con lo anterior, la DIAN informa que hasta el 15 de septiembre de 2023 podrá realizar el registro de la información.
Únicamente debe ingresar al Portal Oficial de la DIAN con sus credenciales y seguir las instrucciones. Para ingresar a la página de registro, haga clic aquí.
La DIAN cuenta con un espacio en su web para que acceda a la información necesaria para realizar su reporte. Para acceder, haga clic aquí.
DIAN asesorará sobre reporte de RUB mediante llamada telefónica
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, presentó un nuevo servicio de programación de llamadas para orientación en el reporte de beneficiarios finales del RUB.
Mediante este nuevo servicio, los ciudadanos podrán programar la llamada telefónica de un agente de servicio especializado de la DIAN en el día y la hora que requieran, así podrán obtener orientación y asistencia en todo lo relacionado con el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB).
Cómo hacerlo
Ingrese a https://www.dian.gov.co, escoja el menú sitio web institucional, luego haga clic en el menú superior Atención al ciudadano / contáctenos / Servicio programación de llamadas o ingrese directamente al link: https://portalos.outsourcing.com.co:9558/
De esta manera, los contribuyentes podrán programar la llamada inmediatamente y uno de nuestros agentes de servicio lo contactará el día y a la hora elegida, para brindarle acompañamiento en la presentación del reporte de Beneficiarios finales, a través de los servicios digitales de la DIAN.
Recuerde:
El suministro inicial de la información en el RUB debe efectuarlo de manera electrónica por parte de las personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica o similares, constituidas, creadas u obligadas al 31 de mayo de 2023, a través de los servicios digitales de la DIAN, a más tardar, el 31 de julio de 2023, indicando la fecha en la que reporta la información.
Las personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica o similares, constituidas, creadas u obligadas a partir del 01 de junio de 2023, deberán hacer el reporte inicial de la información en el RUB de manera electrónica, a través de los sistemas informáticos de la DIAN, a más tardar dentro de los dos (2) meses siguientes a:
La inscripción en el Registro Único Tributario (RUT), o
A la inscripción en el Sistema de Identificación de Estructura Sin Personería Jurídica (SIESPJ), o
Al momento en que se encuentran obligadas por el cumplimiento de lo establecido en el artículo 4 de la Resolución 0164 de 2021, proporcionando en todo de caso, la información correspondiente a la fecha en que se efectúa el suministro de la información.
DIAN brinda nuevo servicio para orientación en el reporte de beneficiarios del RUB
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, ofrece un nuevo servicio de programación de llamadas para orientación en el reporte de beneficiarios finales del RUB.
Mediante este nuevo servicio, los ciudadanos podrán programar la llamada telefónica de un agente de servicio especializado de la DIAN en el día y la hora que requieran, así podrán obtener orientación y asistencia en todo lo relacionado con el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB).
Cómo hacerlo
Ingrese a www.dian.gov.co, escoja el menú sitio web institucional, luego haga clic en el menú superior Atención al ciudadano / contáctenos / Servicio programación de llamadas o ingrese directamente al link: https://portalos.outsourcing.com.co:9558/
De esta manera, los contribuyentes podrán programar la llamada inmediatamente y uno de nuestros agentes de servicio lo contactará el día y a la hora elegida, para brindarle acompañamiento en la presentación del reporte de Beneficiarios finales, a través de los servicios digitales de la DIAN.
Recuerde:
El suministro inicial de la información en el RUB debe efectuarlo de manera electrónica por parte de las personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica o similares, constituidas, creadas u obligadas al 31 de mayo de 2023, a través de los servicios digitales de la DIAN, a más tardar, el 31 de julio de 2023, indicando la fecha en la que reporta la información.
Las personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica o similares, constituidas, creadas u obligadas a partir del 01 de junio de 2023, deberán hacer el reporte inicial de la información en el RUB de manera electrónica, a través de los sistemas informáticos de la DIAN, a más tardar dentro de los dos (2) meses siguientes a:
La inscripción en el Registro Único Tributario (RUT), o
A la inscripción en el Sistema de Identificación de Estructura Sin Personería Jurídica (SIESPJ), o
Al momento en que se encuentran obligadas por el cumplimiento de lo establecido en el artículo 4 de la Resolución 0164 de 2021, proporcionando en todo de caso, la información correspondiente a la fecha en que se efectúa el suministro de la información.
Proyecto de resolución, modifica resolución sobre Registro Único de Beneficiarios Finales
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de resolución por la cual se adiciona un parágrafo a los artículos 8 y 10 de la Resolución 000164 del 27 de diciembre de 2021, sobre el Registro Único de Beneficiarios Finales.
La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 24 de junio de 2023, a través del siguiente buzón de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.