El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, dio respuesta a una consulta referente a los cambios de la tasa de interés técnico con la implementación de las NIIF. La consulta textual fue la siguiente:
“Para efectos de aprobación por parte de esa superintendencia de los cálculos actuariales con corte en diciembre 31 de 2014, deben realizarse con los mismos parámetros financieros establecidos en el Decreto 2782 de 2001?
Cambiaría la tasa de interés técnico en razón de la implementación de las normas internacionales de información financiera, a la tasa libre de riesgo? En caso afirmativo, por favor informar si es posible considerar tasas de emisión de TES, tipo B, en la unidad Pesos, ponderadas según cuantía de la emisión”.
En su respuesta, el CTCP señaló que: “Se pueden utilizar las tasas de emisiones TES mencionadas por la consultante. Sin embargo, es posible que sea necesario el cálculo de tasas futuras implícitas, situación que se puede presentar al no existir un mercado amplio de TES como un periodo de vencimiento suficiente para cubrir los vencimientos esperados de todos los pagos por beneficios”.
Para conocer el Conceto completo, descargue el archivo adjunto a esta noticia.
- Concepto CTCP sobre la tasa de interés técnico y las NIIF (958 Descargas)
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