Decreto 1468, reduce tiempos sobre aplicación de Análisis de Impacto Normativo
Richard santaEl Gobierno nacional agilizó la expedición y revisión periódica de los reglamentos técnicos, que son aquellos documentos que establecen los requisitos obligatorios de desempeño y calidad para los productos que se comercializan en Colombia, con el fin de garantizar la seguridad de los consumidores.
A través del Decreto 1468 del 12 de noviembre de 2020, se determinó un proceso rápido y acorde con estándares internacionales, para el Análisis de Impacto Normativo (AIN). Este es un mecanismo de evaluación, que tiene como fin evidenciar tanto los resultados deseados como los impactos probables, positivos y negativos, que se generan al proponer o modificar un reglamento técnico.
El AIN sirve para demostrar que la reglamentación técnica adoptada es la mejor alternativa entre varias para mitigar los riesgos asociados a los productos.
“La norma reducirá los tiempos que toma aplicar esta herramienta de planeación. También permitirá mayor participación de los empresarios y que las entidades estatales se familiaricen con buenas prácticas regulatorias. En general, significará más eficiencia en el proceso de expedición de los reglamentos técnicos”, explicó el ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo.
Hay unos 90 reglamentos técnicos vigentes para pinturas, etiquetado, alambre de acero liso y grafilado, gasodomésticos, ollas de presión, cilindros para gases industriales y medicinales, baldosas, productos preempacados, calzado, refrigeradores, leche y bebidas alcohólicas, entre otros.
El Decreto soluciona problemas de ambigüedad y confusión, al generar claridad sobre las disposiciones aplicables en cuanto a la metodología, plazos y mecanismos.
Así mismo, no solo establece un procedimiento estándar en la elaboración de los Análisis de Impacto Normativo - AIN, sino que mejora los tiempos de producción normativa, optimizando el proceso en más de 45 días.
Es el resultado de un trabajo adelantado conjuntamente entre el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en el marco del Comité de Mejora Regulatoria y bajo los postulados de Estado Simple, Colombia Ágil, que incluye un componente destinado a intervención de normas de alto impacto y revisión de normas obsoletas.
La normatividad establece que para el periodo de notificación internacional de los reglamentos técnicos ante la Organización Mundial de Comercio (OMC), se empleará un tiempo de 60 días, alineándose con lo establecido en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (Acuerdo OTC) y la Resolución Andina 827.
Adicionalmente, establece la posibilidad de realizar algunas consultas de manera simultánea en el proceso de expedición de los reglamentos técnicos.
También define dos tipos de AIN que las entidades reguladoras podrán utilizar de acuerdo con las características de sus actos administrativos y el grado de exigencia para su cumplimiento: un AIN Simple destinado a las modificaciones menos gravosas y un AIN Completo para aquellos reglamentos técnicos nuevos o cuya modificación hace más gravosa la situación para los regulados.
Otros aspectos reglamentados son los casos de competencias conjuntas sobre un mismo tema, las buenas prácticas, los conceptos del Departamento Nacional de Planeación y la Dirección de Regulación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y la consulta pública.
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