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La Superintendencia de Sociedades amplió, hasta el próximo 31 de agosto, el plazo para que las empresas obligadas reporten sus informes de prácticas empresariales.

 

El objetivo de la entidad, al ampliar el plazo, es facilitar el reporte del informe a las cerca de 8.000 sociedades que se encuentran obligadas a entregar dicha información.

 

La información recopilada por la Superintendencia de Sociedades en el informe 42 permite, a las autoridades, hacer análisis sobre el avance de las empresas colombianas en la implementación de políticas de Responsabilidad Social Empresarial y Prácticas de Gobierno Corporativo.

 

La SuperSociedaes reitera que el reporte de la información no requiere documentos adicionales de soporte, salvo que así lo requiera expresamente por medio de acto administrativo.

 

Con el fin de garantizar mayor celeridad y transparencia, la SuperSociedades, pondrá en operación a partir de este jueves 27 de julio el aplicativo STORM para que los interesados diligencien el informe en el siguiente vínculo http://www.supersociedades.gov.co/delegatura_aec/informes_empresariales/Paginas/storm.aspx

 

Sin embargo, las sociedades que en los últimos días hayan reportado correctamente sus informes y que cuenten con el respectivo radicado están exentas de diligenciar el formulario.

 

Para cualquier información sobre los asuntos aquí planteados, podrá consultar la guía de diligenciamiento que encuentra en el sitio web mencionado, o bien, podrá comunicarse con funcionarios de esta entidad en la línea de atención telefónica número 2201000, ext. 8080, en Bogotá.

La ministra de Comercio, Industria y Comercio, María Claudia Lacouture, anunció una nueva línea de crédito de PTP y Bancóldex por $4.000 millones, destinada a la modernización industrial de las micro y pequeñas empresas del sector de confecciones.

 

"Hemos puesto en marcha créditos a través de Bancóldex, acciones de mejoramiento en innovación y emprendimiento con el Programa de Transformación Productiva (PTP), lanzamos desde el año pasado un plan de desarrollo productivo para el sector de confecciones y de textiles, donde hay más de 200 empresas que son parte de este proceso", dijo la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Claudia Lacouture.

Aparte de la línea anunciada, ya hay disponibles otras tres que le sirven a las empresas de textiles y confecciones. Una de ellas es la Línea para la modernización de Mipymes exportadoras, cuyos recursos pueden ser utilizados para la modernización o para inversiones de desarrollo sostenible y eficiencia energética, con un cupo disponible de $110.000 millones.

También está la Línea Pymes competitivas para escalamiento productivo, con el fin de impulsar directamente la actividad económica de las empresas, que tiene un cupo disponible de $100.000 millones; y la Línea para la financiación de consultorías, que busca impulsar el crecimiento acelerado y sofisticado del sector empresarial y maneja un cupo disponible de $4.000 millones.

Con estas acciones se busca fortalecer la productividad textilera.

En marzo de 2017 el sector de ‘hilatura, tejeduría y acabado de productos textiles’ creció su producción 14,5% con respecto al mismo mes de 2016. Comparado el mismo periodo, la confección de prendas de vestir se incrementó en 3,2%.

Los textiles y las confecciones representan el 72 por ciento de las exportaciones del sistema moda, del que también hacen parte los cueros en bruto y preparados, las manufacturas de cuero, el calzado y otros productos del sector.

Más apoyo para el sector
Entre agosto de 2010 y junio de 2017, Bancóldex ha desembolsado créditos por $731.684 millones y, además, junto a iNNpulsa y el Fondo Nacional de Garantías (FNG), ha apalancado recursos por más de 1 billón 611 mil millones de pesos para el sector textil y de confecciones de Colombia, mediante créditos, avales a préstamos y cofinanciación de proyectos de innovación.

iNNpulsa también ha cofinanciado 71 proyectos de innovación por $19.744 millones desde su creación (2012) y el FNG ha respaldado créditos que suman $860 mil millones.

"Las barreras se han disminuido, estamos trabajando con iNNpulsa y Bancóldex para generar herramientas y generar competitividad para los empresarios. Lo que tenemos que hacer es seguir trabajando constantemente Gobierno y sector privado para generar un resultado positivo en el país", aseguró la ministra.

La financiación otorgada por Bancóldex, entre 2010 y 2017, incluye 45.020 operaciones, las cuales beneficiaron a más de 35.500 empresas. El sector de MiPymes recibió el 58% de los desembolsos.

En su 7ª versión, a cumplirse entre el 24 y el 28 de julio, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN, adelantará la Jornada “Al día con la DIAN, le cumplo al país”, estrategia enmarcada en el Plan Nacional de Cobro y en el Plan de Choque Contra la Evasión y el Contrabando, que en el presente mes desplaza sus 34 Direcciones Seccionales de Impuestos por las diferentes regiones, para visitar 7.766 contribuyentes que adeudan a la Entidad $360 mil millones.

 

En esta ocasión, la DIAN concentrará sus acciones de cobro en los contribuyentes autoretenedores, agentes retenedores y omisos del Impuesto de Renta y Complementario Personas Naturales del año gravable 2015.

 

Adicionalmente a las visitas a morosos, y de manera simultánea, en todo el país se adelantarán diligencias de embargo a 3.850 contribuyentes morosos, que pese a las llamadas del Centro Nacional de Cobro y a las diferentes gestiones persuasivas para que paguen los tributos en mora por valor de $215 mil millones desde 2016 continúan debiendo.

 

En esta 7ª versión que inicia hoy e irá hasta el viernes 28, como es habitual, se adelantarán Jornadas Integrales de Atención y Control en todo el territorio nacional, buscando fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones; crear conciencia de la importancia de la declaración y pago de los impuestos, así como de la expedición y exigencia de la factura; orientar a los interesados en la Normalización de sus activos omitidos o que hayan incluido pasivos inexistentes en sus declaraciones de renta.

 

Es así como en Bogotá se harán visitas en la localidad de Usaquén; en Medellín en diferentes sectores del Área Metropolitana; en Cali y Jamundí, en el norte y sur occidente de Barranquilla; en los diferentes sectores de El Bosque en Cartagena y en los municipios de Bucaramanga, Lebrija, Girón y en la zona de Chimitá.

 

En el primer semestre del año, la DIAN ha efectuado 2.817.507 acciones enmarcadas en el Plan Nacional de Cobro y en el Plan de Choque Contra la Evasión y el Contrabando, que permitieron recaudar por concepto de gestión $ 3.7 billones. Entre otras acciones, se destacan las siguientes: envío de cerca de 1.6 millones de correos electrónicos requiriendo a contribuyentes omisos; inexactos; con arrastres indebidos en sus declaraciones; y en general recordando la presentación y pago de las diferentes declaraciones tributarias; aproximadamente 682 mil llamadas telefónicas desde el Centro Nacional de Cobro; 390 mil mensajes de texto a celulares; 72.350 citaciones a oficinas de cobranzas de la DIAN; 36.768 visitas a morosos.

 

En esta séptima jornada además de las visitas a morosos, van a ser requeridas 58.897 personas naturales que no han cumplido con la obligación de presentar la declaración de Renta y Complementarios del año gravable 2015, y que de acuerdo con la información exógena reportada por terceros están obligados a declarar impuesto de renta.

 

Por correo electrónico se contactarán 42.992 personas y 15.905 mediante cartas físicas para que presenten su declaración de renta del año 2015. Si lo hace voluntariamente atendiendo este llamado persuasivo, deberá liquidar la sanción de extemporaneidad del 5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes, así como los intereses de mora (30.97%) si hay lugar al pago de impuestos pendientes.

 

Los días 2 y 3 de agosto serán citados cerca de 1.000 seleccionados de la ciudad de Bogotá para participar en la Feria de Servicios de la DIAN y orientarlos en el cumplimiento de su obligación. Una de las orientaciones básicas consiste en que la información exógena publicada en el portal de la DIAN es solamente un referente, un servicio más para el diligenciamiento de la declaración, y que en el caso de detectar errores que contrarían la realidad de la operación económica, debe reclamar al informante por cuanto la DIAN no puede corregir unilateralmente dicha información.

 

Medidas de control al contrabando de carne y ganado en pie La DIAN adelanta de manera permanente operativos de control y fiscalización en diferentes puntos aledaños a la frontera, se ha reforzado el control en los 7 pasos con Venezuela, y se ejecutan controles a la facturación en los expendios para tener la trazabilidad de estos productos, a fin de evitar el ingreso de carne y ganado en pie de contrabando, tal como quedó establecido en la mesa de coordinación fronteriza.

El 9 de agosto, inician los vencimientos de las fechas máximas establecidas por el calendario tributario para para la presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios Personas Naturales, año gravable 2016, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT del contribuyente.

 

Estos vencimientos inician con los dígitos 99 y 00 y terminan con 01 y 02 el 19 de octubre. Consulte la fecha exacta correspondiente a su NIT en el calendario tributario disponible en: http://www.dian.gov.co/descargas/Servicios/publicaciones/2017/Calendario_Tributario_21022017.pdf

 

La DIAN estima que cerca de 2.130.000 Personas Naturales presentarán declaración del Impuesto Sobre la Renta y Complementario por el año gravable 2016, quienes pagarán por concepto de dicho impuesto la suma de $1.6 billones, una vez descontadas las retenciones en la fuente que les hayan practicado, los anticipos del impuesto pagados el año anterior y los saldos a favor.

 

La entidad invita a consultar los aspectos más relevantes para cumplir con la responsabilidad de declarar y pagar esta obligación en www.dian.gov.co, ingresando al enlace del micrositio: http://www.dian.gov.co/micrositios/renta_gravable2016/index.html

 

Tenga presente la siguiente información:
Los cambios al Impuesto de Renta Personas Naturales previstos por la Reforma Tributaria - Ley 1819 de 2016, aplicarán para la declaración año gravable 2017, que se presentará en 2018.

 

La declaración de Renta Personas Naturales año gravable 2016, se presentará bajo el procedimiento y contexto normativo definido por la Leyes 1607 de 2012 y 1739 de 2014.

 

Usted deberá declarar Impuesto de Renta Personas Naturales por el año gravable 2016, si es Residente fiscal en Colombia (Residente para efectos tributarios) y ha cumplido con alguna de las siguientes condiciones:

  • Patrimonio bruto superior a 4.500 UVT ($ 133’889.000) a 31 de diciembre de 2016
  • Ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT ($ 41’654.000) durante el año gravable 2016
  • Compras y/o consumos en efectivo, con tarjetas de crédito, préstamos o por cualquier otro medio de pago de bienes como casas, apartamentos, lotes, vehículo u otros activos y/o consumos de bienes superiores a 2.800 UVT ($83’308.000) durante el año gravable 2016
  • Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras superiores a 4.500 UVT ($ 133´889.000) durante el año gravable 2016
  • Responsable del IVA en el régimen común, al cierre del año gravable 2016

 

Tenga en cuenta que también deben declarar renta, las sucesiones ilíquidas, donaciones o asignaciones modales que cumplan con las condiciones mencionadas, y las personas naturales NO RESIDENTES, si la totalidad de sus ingresos no estuvieron sometidos a la retención en la fuente de que tratan los artículos 407 a 411 del Estatuto Tributario. Artículo 1.6.1.13.2.7 de la Sección 2, Capítulo 13, Título 1, Parte 6, del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016.

La Superintendencia Financiera informó que personas inescrupulosas que dicen llamarse “Central de Pagos Nacionales”, están utilizando el nombre de la Entidad y nombres y números de teléfono de funcionarios de este organismo de control para engañar a los ciudadanos.

Esta falsa firma contacta al ciudadano a través de llamadas telefónicas asegurándole que es el supuesto ganador de un premio en efectivo y que, para reclamarlo, debe realizar un pago cuyo comprobante deberá entregarlo a “Central de Pagos Nacionales”.

Al ser un engaño, una vez cumplido el requisito del pago previo no hay una devolución de dichos recursos y tampoco la entrega del mencionado premio.

Al respecto, la Superfinanciera advierte que NO tiene relación alguna con la firma que se presenta como “Central de Pagos Nacionales” y que de ninguna manera sus funcionarios ofrecen, avalan o participan en el desarrollo de productos, servicios o premios como los ofrecidos por dicha firma.

En consecuencia, la Superfinanciera presentó la denuncia penal correspondiente ante la Fiscalía General de la Nación.

La Superintendencia Financiera de Colombia insiste a la ciudadanía en que verifique siempre la información que le suministran, contactándonos a través de nuestros canales institucionales:

• Ventanilla única virtual en nuestro portal web
www.superfinanciera.gov.co
• Sede principal: Calle 7 No. 4-49 en Bogotá
• Conmutador: (571) 594 02 00 – (571) 594 02 01 Ext. 1651
• Línea gratuita nacional: 018000 120100
• Centro de Contacto (571) 307 8042
• Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

El Gobierno Nacional objetó el proyecto de ley por el cual se modifica la cotización mensual el régimen contributivo de salud de los pensionados, por motivos de inconstitucionalidad e inconveniencia.

 

La decisión adoptada protege, entre otras, la garantía del derecho a la salud de 4,4 millones de afiliados y el esquema de subsidios cruzados que hoy beneficia a una buena parte de la población.

 

Entre otros, el citado proyecto adolece de vicios de su formación, dado que la votación del informe de conciliación, carecía de unanimidad, se eludió el debate parlamentario y no fue saneado.

 

De la misma forma, la exención tributaria que contempla la citada iniciativa no cuenta con el aval del Gobierno.

También se considera que el proyecto es violatorio de los principios de equidad y progresividad en materia tributaria, así como de los de solidaridad y progresividad de la seguridad social.

 

El proyecto propone una modificación a la carga impositiva de un grupo específico de contribuyentes, omitiendo analizar su capacidad contributiva, la progresividad del sistema de salud, y la capacidad contributiva del resto de contribuyentes que pertenecen al sistema.

 

Se violan los principios de solidaridad y progresividad en la seguridad social en la medida en que la iniciativa disminuye las fuentes de recursos en beneficio de un grupo específico de aportantes, lo que dificulta la ampliación de cobertura de servicios, la prestación del servicio de salud de afiliados y rompe con el esquema de subsidios cruzados que sustenta el sistema de salud.

 

La medida incorporada por el proyecto de ley se estima regresiva en la medida en que priva al sistema de saluda de una importante fuente de financiamiento, sin establecer cómo se va a sustituir.

 

También pone en riesgo la garantía del derecho fundamental a la salud de una gran parte de la población, estimada en cerca de 4,4 millones de afiliados.

 

Lo anterior, debido a que se verán afectados los recursos disponibles para financiar los beneficios de salud a los que actualmente tienen derecho, por cuenta de la eliminación de una importante fuente de recursos, afectando a la población más necesitada.

 

La iniciativa compromete la financiación del Sistema de Salud pues genera un impacto fiscal promedio anual de $3,7 billones, entre el 2017 y el 2022.

 

En un horizonte de 20 años, el valor presente neto del impacto ascendería a $100 billones a precios del 2017, entre el 2017 y el 2035.

 

El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, dijo recientemente las razones de la objeción, entre ellas, que el Congreso de su propia iniciativa no puede tomar la decisión de bajar las tarifas de los tributos, al tiempo que indicó que el Gobierno fue consistente a lo largo de todo el debate en que no la avalaba, por lo que hay un vicio en la constitucionalidad.

 

De la misma forma, mencionó que en la votación del informe de conciliación en la Plenaria del Senado se hicieron cerca de 5 votaciones, algunas de ellas sin el quórum suficiente.

 

También, que es un proyecto que le baja cotización a salud tanto al pensionado del salario mínimo como al pensionado que recibe una pensión de 18 millones de pesos.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó una explicación detallada sobre la factura electrónica, que contiene factores como sus características, quienes están obligados a aplicarla, los planes a partir del 1 de enero de 2019, y los avances sobre el tema en el país.

 

Para conocer el ABC sobre la factura electrónica completa, haga clic aquí.

En la mesa intersectorial de pensiones y beneficios económicos, la Ministra del Trabajo, Griselda Janeth Restrepo Gallego lideró la reunión donde se aprobaron los incentivos de la vigencia 2017-2018 para los ciudadanos ahorradores que están vinculados al programa Beneficios Económicos Periódicos-BEPS que adelanta Colpensiones.

 

Se trata del estímulo que se les otorgará a las personas que han ahorrado en el programa BEPS, cuyo objetivo es mejorar el nivel de ahorro de los vinculados y activar el ahorro en los afiliados que no han realizado la primera transacción.

 

Al respecto, la titular de la cartera hizo un llamado: “este es un programa muy importante que le está dando oportunidad a los ciudadanos que no han tenido la posibilidad de tener un aporte efectivo para pensión, y que a través de un ahorro van a poder reactivar los recursos que han aportado…por cada peso que usted aporte, el Estado a través de Colpensiones, entrega el 20% de lo que se ahorre. De la misma manera hizo un llamado a los colombianos para que el ahorro se convierta en un hábito de vida para el futuro.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, hace un llamado a las personas naturales residentes en el exterior, para que revisen si les corresponde la obligación de presentar y pagar el Impuesto de Renta para Personas Naturales año gravable 2016.

 

Tenga en cuenta que, si usted reside en el exterior, deberá declarar Impuesto de Renta Personas Naturales por el año gravable 2016, si es Residente fiscal en Colombia (Residente para efectos tributarios) y ha cumplido con alguna de las siguientes condiciones:

  • Patrimonio bruto superior a 4.500 UVT ($ 133’889.000)
  • Ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT ($ 41’654.000)
  • Compras y/o consumos en efectivo, con tarjetas de crédito, préstamos o por cualquier otro medio de pago de bienes como casas, apartamentos, lotes, vehículo u otros activos y/o consumos de bienes superiores a 2.800 UVT ($83’308.000)
  • Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras superiores a 4.500 UVT ($ 133´889.000)
  • Responsable del IVA en el régimen común, al cierre del año gravable 2016

 

Si les corresponde, deben también presentar declaración las sucesiones ilíquidas, donaciones o asignaciones modales que cumplan con las condiciones mencionadas, y las personas naturales NO RESIDENTES, si la totalidad de sus ingresos no estuvieron sometidos a la retención en la fuente de que tratan los artículos 407 a 411 del Estatuto Tributario.

 

Los términos y condiciones para considerar a una persona como Residente en Colombia para Efectos Tributarios, se encuentran definidos en el Artículo 10 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 25 de la ley 1739 de 2014.

 

Una vez determine que está obligado a la presentación y pago del Impuesto de Renta Personas Naturales año gravable 2016, debe tener en cuenta que, de conformidad con el parágrafo 2 del artículo 9 del Decreto 2105 de 2016, las personas naturales residentes en el exterior deberán presentar la declaración de renta y complementario en forma electrónica (virtualmente), por lo que es necesario que identifique cuál de las siguientes circunstancias refleja su situación, y proceda de acuerdo con las respectivas indicaciones:

 

1. Declarantes Residentes en el Exterior que cuentan con mecanismo de firma respaldado con certificado digital y no han migrado a Firma Electrónica.

Si usted cuenta con mecanismo de firma respaldado con certificado digital (archivo.epf) debe migrar a la nueva Firma Electrónica, previo a la presentación de la Declaración del Impuesto de Renta Personas Naturales año gravable 2016, según lo enunciado en la Resolución 070 de noviembre de 2016. Por lo anterior tenga presente:

1.1. Realizar la actualización de su Registro Único Tributario -RUT (correo electrónico, responsabilidades, actividades económicas, entre otros) en caso de ser necesario, para lo cual puede ingresar a www.dian.gov.co Inicie sesión ingresando a través del botón USUARIOS REGISTRADOS; en la pestaña INGRESA A NOMBRE DE, seleccione la opción A NOMBRE PROPIO y suministre los datos de identificación y contraseña de acceso, ingrese a la opción ACTUALIZACION RUT en la ruta http://www.dian.gov.co/contenidos/otros/conozca_rut.html se encuentra publicado cartillas, preguntas frecuentes, videos tutoriales e infografías con el paso a paso del trámite a realizar.
1.2. Antes de iniciar la migración a Firma Electrónica, verifique que su sistema cumpla con los REQUISITOS MINIMOS para uso de mecanismos digitales, ingresando a: https://muisca.dian.gov.co/WebArquitectura/DefVerificarSistema.faces
Se recomienda ingresar por el navegador Mozilla Firefox v 37.0.2 o v 38.0.5 en idioma español.
1.3. Realice la migración a Firma Electrónica siguiendo el paso a paso que encontrará en: http://www.dian.gov.co/micrositios/FirmaElectronica/documentos/1pasoapaso.pdf
1.4. Una vez, renueve por migración al nuevo Instrumento de Firma Electrónica (IFE) mediante la autogestión en los sistemas informáticos electrónicos, puede continuar con el cumplimiento de su obligación frente al impuesto de renta personas naturales año gravable 2016, para lo cual puede seguir el paso a paso de firma y presentación de declaraciones mediante los siguientes enlaces:
http://www.dian.gov.co/micrositios/FirmaElectronica/documentos/6diligenciamient
o.pdf
https://www.youtube.com/watch?v=fvGd9sTikmI&feature=youtu.be

 

2. Declarantes Residentes en el Exterior que ya cuentan con Firma Electrónica Si usted ya efectuó la habilitación del Instrumento de firma electrónica y requiere iniciar el proceso de presentación de la Declaración de Renta Personas Naturales año gravable 2016, deberá:
2.1. Verificar la información de su RUT, garantizando que contenga la información vigente en cuanto a los datos de identificación, ubicación y clasificación, en particular responsabilidades (incluyendo la de declarante de renta código 05), actividades económicas, correo electrónico, domicilio, entre otras.
2.2. Efectuar el proceso de presentación de la Declaración de Renta Personas Naturales año gravable 2016, para lo cual puede seguir el paso a paso de firma y presentación de declaraciones mediante los siguientes enlaces: http://www.dian.gov.co/micrositios/FirmaElectronica/documentos/6diligenciamient
o.pdf
https://www.youtube.com/watch?v=fvGd9sTikmI&feature=youtu.be

 

3. Declarantes Residentes en el Exterior que no cuentan ni con mecanismo de firma respaldado con certificado digital, ni con Firma Electrónica.

 

Si usted pertenece a este grupo de declarantes, deberá solicitar la emisión del Instrumento de Firma Electrónica.

 

Para tal efecto, comuníquese con el servicio de chat institucional de la DIAN http://www.asistenciachat.com/chat_dian/ o con las líneas del Contact Center 057(1) 5462200 en Bogotá o al 019005550993 - 019001115462 Nacional con costo, en los horarios de lunes a viernes de 6:00 a.m. a 8:00 p.m., sábados de 8:00 a.m. a 2:00 p.m., para que se efectúe el proceso de validación de los requisitos y se de tránsito al trámite de emisión de la Firma Electrónica y los adicionales que se requieran asociados al mismo.

 

A este mismo chat y líneas telefónicas también pueden comunicarse en caso de presentar algún inconveniente o requerir acompañamiento para llevar a cabo cualquiera de las tareas antes señaladas.

 

Tenga en cuenta los plazos máximos para cumplir con la obligación de Presentación de la Declaración de Renta Año Gravable 2016 y la información relevante acerca del proceso dispuesta en el portal de la DIAN.

El próximo domingo 16 de Julio, la Subdirección de Gestión Tecnológica de la Información de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, realizará mantenimiento a la plataforma de base de datos de la entidad.

 

Debido a esta situación, entre las 8:00 am y 12:00 pm de ese día no habrá disponibilidad de ningún servicio aduanero, es decir, importaciones y exportaciones.

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