Noticias (3185)
El Ministerio de trabajo hizo un recuento de las preguntas más frecuentes, con sus respectivas respuestas, surgidas en las últimas horas a propósito de la reglamentación que expidió el Gobierno Nacional para la Pensión Familiar
¿Quiénes pueden acceder a esta modalidad de pensión?
Los esposos o compañeros permanentes afiliados a Colpensiones o a un Fondo Privado de Pensiones que lleven al momento de solicitar la pensión familiar, más de (5) años de relación conyugal o convivencia permanente y que dicha relación haya iniciado antes de cumplir cada uno de los cónyuges o compañeros 55 años de edad.
¿Qué requisitos se deben cumplir?
Si están afiliados a Colpensiones, deberán cumplir en el 2014 con los siguientes:
1. Si es hombre haber cumplido 62 años de edad y haber cotizado menos de 1275 semanas. Si es mujer, haber cumplido 57 años de edad y no haber alcanzado a cotizar 1275 semanas. En los dos casos, no haber recibido indemnización sustitutiva.
2. Que las semanas cotizadas entre los dos esposos o compañeros, sea igual o superior a 1.275 semanas.
3. Que al haber cumplido 45 años de edad, haya cotizado el 25% de las semanas requeridas para pensionarse en esa época, es decir, a manera de ejemplo, si en el año 2005 cumplió 45 años de edad, debió tener cotizado 262.5 semanas; si fue en el año 2010, 293.75 semanas y si es en 2014, 318.75 semanas.
4. Encontrarse dentro de los niveles I o II de SISBEN al momento de cumplir la edad de pensión.
Si están afiliados a un Fondo de Pensiones Privado, deberán cumplir los siguientes:
1. Estar afiliados al mismo fondo de pensiones
2. Haber cumplido (62) años de edad si es hombre y (57) si es mujer y no haber alcanzado a acumular el capital necesario para financiar una pensión por lo menos igual al salario mínimo.
¿Qué pasa si mi cónyuge o compañero está afiliado a un fondo de pensiones privado diferente al mío?
Si cumple los demás requisitos pueden acceder a la pensión familiar, a través del fondo de pensiones en el cual se tenga mayor saldo ahorrado, para lo cual deberán solicitar el traslado de fondo.
¿Qué trámite debo adelantar para el traslado y para obtener la pensión familiar cuando estamos afiliados a fondos de pensiones privados distintos?
Los dos cónyuges o compañeros permanentes deben solicitar a cada fondo el saldo ahorrado, el número de semanas cotizadas y en caso de aplicar, el valor de los bonos pensionales y sus rendimientos.
¿Cómo hago para unir mis ahorros con los de mi compañera (o) en un solo fondo de pensiones?
Después de conocer cuál de los dos cónyuges o compañeros permanentes tiene mayor saldo ahorrado, el que tiene menor saldo se debe trasladar al Fondo donde está afiliado su compañero o esposo y solicitará a este fondo el traslado para efectos de obtener la pensión familiar.
¿Y si estoy afiliado en Colpensiones y mi cónyuge en un fondo privado, me puedo trasladar de régimen si nos faltan menos de 10 años para cumplir la edad para obtener la pensión familiar?
Sí. Por una única vez, si a 1 de octubre de 2012, les faltaban menos de 10 años se puede realizar traslado entre regímenes y podrán escoger en que régimen quieren que les otorguen la pensión familiar.
¿Quién nos paga la pensión familiar?
El fondo de pensiones que otorgue la pensión en donde ya se encuentran afiliados los dos cónyuges o compañeros permanentes.
¿Cuál será el monto de nuestra pensión?
Si la otorga Colpensiones, será equivalente a 1 smmlv y si la otorga un fondo privado dependerá del capital ahorrado por los dos cónyuges, y si el capital no alcanza a financiar una pensión equivalente al salario mínimo legal mensual vigente, se podrá otorgar la garantía de pensión mínima.
¿Qué ocurre con nuestra pensión si fallezco?
Como la pensión es una sola, el 50% de la pensión del Cónyuge o compañero (a) permanente que fallece, le corresponderá al otro cónyuge, siempre y cuando no existan hijos menores de edad o mayores de 25 que dependan económicamente del fallecido por razón de estudios o hijos inválidos a los cuales les correspondería la mitad de la porción de la pensión.
¿Qué ocurre con nuestra pensión si me divorcio, o me separo?
La pensión familiar se extingue y cada cónyuge o compañero permanente tendrá derecho a recibir cada uno el 50% de la pensión.
¿Tendríamos derecho a cobertura en salud?
Sí. Serán afiliados al Régimen Contributivo de Salud. Uno de los cónyuges o compañeros permanentes en calidad de cotizante y el otro en calidad de beneficiario.
Sí, siempre y cuando se haya solemnizado y formalizado su unión con fundamento en la sentencia C-577 de 2001 y se cumplan los demás requisitos.
¿Quiénes pueden acceder a esta modalidad de pensión?
Los esposos o compañeros permanentes afiliados a Colpensiones o a un Fondo Privado de Pensiones que lleven al momento de solicitar la pensión familiar, más de (5) años de relación conyugal o convivencia permanente y que dicha relación haya iniciado antes de cumplir cada uno de los cónyuges o compañeros 55 años de edad.
¿Qué requisitos se deben cumplir?
Si están afiliados a Colpensiones, deberán cumplir en el 2014 con los siguientes:
1. Si es hombre haber cumplido 62 años de edad y haber cotizado menos de 1275 semanas. Si es mujer, haber cumplido 57 años de edad y no haber alcanzado a cotizar 1275 semanas. En los dos casos, no haber recibido indemnización sustitutiva.
2. Que las semanas cotizadas entre los dos esposos o compañeros, sea igual o superior a 1.275 semanas.
3. Que al haber cumplido 45 años de edad, haya cotizado el 25% de las semanas requeridas para pensionarse en esa época, es decir, a manera de ejemplo, si en el año 2005 cumplió 45 años de edad, debió tener cotizado 262.5 semanas; si fue en el año 2010, 293.75 semanas y si es en 2014, 318.75 semanas.
4. Encontrarse dentro de los niveles I o II de SISBEN al momento de cumplir la edad de pensión.
Si están afiliados a un Fondo de Pensiones Privado, deberán cumplir los siguientes:
1. Estar afiliados al mismo fondo de pensiones
2. Haber cumplido (62) años de edad si es hombre y (57) si es mujer y no haber alcanzado a acumular el capital necesario para financiar una pensión por lo menos igual al salario mínimo.
¿Qué pasa si mi cónyuge o compañero está afiliado a un fondo de pensiones privado diferente al mío?
Si cumple los demás requisitos pueden acceder a la pensión familiar, a través del fondo de pensiones en el cual se tenga mayor saldo ahorrado, para lo cual deberán solicitar el traslado de fondo.
¿Qué trámite debo adelantar para el traslado y para obtener la pensión familiar cuando estamos afiliados a fondos de pensiones privados distintos?
Los dos cónyuges o compañeros permanentes deben solicitar a cada fondo el saldo ahorrado, el número de semanas cotizadas y en caso de aplicar, el valor de los bonos pensionales y sus rendimientos.
¿Cómo hago para unir mis ahorros con los de mi compañera (o) en un solo fondo de pensiones?
Después de conocer cuál de los dos cónyuges o compañeros permanentes tiene mayor saldo ahorrado, el que tiene menor saldo se debe trasladar al Fondo donde está afiliado su compañero o esposo y solicitará a este fondo el traslado para efectos de obtener la pensión familiar.
¿Y si estoy afiliado en Colpensiones y mi cónyuge en un fondo privado, me puedo trasladar de régimen si nos faltan menos de 10 años para cumplir la edad para obtener la pensión familiar?
Sí. Por una única vez, si a 1 de octubre de 2012, les faltaban menos de 10 años se puede realizar traslado entre regímenes y podrán escoger en que régimen quieren que les otorguen la pensión familiar.
¿Quién nos paga la pensión familiar?
El fondo de pensiones que otorgue la pensión en donde ya se encuentran afiliados los dos cónyuges o compañeros permanentes.
¿Cuál será el monto de nuestra pensión?
Si la otorga Colpensiones, será equivalente a 1 smmlv y si la otorga un fondo privado dependerá del capital ahorrado por los dos cónyuges, y si el capital no alcanza a financiar una pensión equivalente al salario mínimo legal mensual vigente, se podrá otorgar la garantía de pensión mínima.
¿Qué ocurre con nuestra pensión si fallezco?
Como la pensión es una sola, el 50% de la pensión del Cónyuge o compañero (a) permanente que fallece, le corresponderá al otro cónyuge, siempre y cuando no existan hijos menores de edad o mayores de 25 que dependan económicamente del fallecido por razón de estudios o hijos inválidos a los cuales les correspondería la mitad de la porción de la pensión.
¿Qué ocurre con nuestra pensión si me divorcio, o me separo?
La pensión familiar se extingue y cada cónyuge o compañero permanente tendrá derecho a recibir cada uno el 50% de la pensión.
¿Tendríamos derecho a cobertura en salud?
Sí. Serán afiliados al Régimen Contributivo de Salud. Uno de los cónyuges o compañeros permanentes en calidad de cotizante y el otro en calidad de beneficiario.
Sí, siempre y cuando se haya solemnizado y formalizado su unión con fundamento en la sentencia C-577 de 2001 y se cumplan los demás requisitos.
Publicado en
Noticias
Viernes, 14 Febrero 2014 08:31
Gobierno define las condiciones para acceder a la Pensión Familiar
Escrito por Fernando SalazarLos esposos o compañeros permanentes podrán solicitar el reconocimiento de la pensión familiar por la suma de esfuerzos o cotización a aportes al Sistema General de Pensiones.
Así quedó establecido en el Decreto 288 del 12 de febrero de 2014, el cual contiene los requisitos para acceder la pensión familiar en el Régimen de Prima Media con Prestación definida, que administra Colpensiones y el Régimen de Ahorro Individual con solidaridad, de las Administradoras de Fondos de pensiones.
El reconocimiento de la pensión familiar se adquiere a partir de la fecha de la solicitud de este derecho, siempre y cuando se cumplan los requisitos que establece el decreto.
Para obtener el reconocimiento de la pensión familiar en el Régimen de Prima Media, cada cónyuge o compañero permanente deberá estar afiliado al momento de solicitarla, haber cumplido con los requisitos para adquirir el derecho a la indemnización sustitutiva y sumar entre los dos como mínimo el número de semanas exigidas de la pensión de vejez conforme a lo establecido en la Ley 100 de 1993.
Así mismo, deberá haber cotizado al cumplir los 45 años de edad, el 25 por ciento de las semanas requeridas para acceder a una pensión de vejez, teniendo en cuenta el año de cumplimiento de la edad. Por ejemplo si cumplió 45 años en el 2004 o años anteriores, las semanas requeridas de cotización son 250.
Igualmente se deberán acreditar mediante registro civil o declaración ante notario, más de 5 años de relación conyugal o convivencia permanente, los que debieron haber iniciado antes de haber cumplir 55 años de edad cada uno, y estar clasificados en los niveles 1 y 2 del Sisben al momento de cumplir la edad de pensión.
En el caso del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad las exigencias para cada uno de los cónyuges o compañeros permanentes son: estar afiliados a este régimen, cumplir con los requisitos para adquirir el derecho a la devolución de saldos; sumar entre los dos el capital necesario para tener derecho y acreditar más de 5 años de relación.
De igual forma, los aspirantes a pensión familiar que se encuentren afiliados a diferentes Administradoras de fondos de pensiones, deberán solicitar saldo existentes en sus cuentas individuales, el valor de los bonos pensionales y capitalizados, así como el número de semanas cotizadas en el Sistema General de Pensiones. Serán los cónyuges o compañeros los que determinen la administradora titular.
Según el Artículo 13 de la citada norma, las disposiciones del Decreto 288 "se aplicarán a las parejas del mismo sexo a que se refiere la sentencia C-577 de 2011 de la Corte Constitucional , que hayan solemnizado y formalizado su unión con fundamento en la misma sentencia"
DATO:
La pensión familiar será una sola pensión, en caso de fallecimiento de uno de los cónyuges o compañeros beneficiarios de la pensión, la porción del 50% acrecentará la del superviviente; y en caso de separación, la pensión familiar acabará.
Decreto 288 del 12 de Febrero De 2014
Circular 000010 del 07 de Febrero de 2014
Así quedó establecido en el Decreto 288 del 12 de febrero de 2014, el cual contiene los requisitos para acceder la pensión familiar en el Régimen de Prima Media con Prestación definida, que administra Colpensiones y el Régimen de Ahorro Individual con solidaridad, de las Administradoras de Fondos de pensiones.
El reconocimiento de la pensión familiar se adquiere a partir de la fecha de la solicitud de este derecho, siempre y cuando se cumplan los requisitos que establece el decreto.
Para obtener el reconocimiento de la pensión familiar en el Régimen de Prima Media, cada cónyuge o compañero permanente deberá estar afiliado al momento de solicitarla, haber cumplido con los requisitos para adquirir el derecho a la indemnización sustitutiva y sumar entre los dos como mínimo el número de semanas exigidas de la pensión de vejez conforme a lo establecido en la Ley 100 de 1993.
Así mismo, deberá haber cotizado al cumplir los 45 años de edad, el 25 por ciento de las semanas requeridas para acceder a una pensión de vejez, teniendo en cuenta el año de cumplimiento de la edad. Por ejemplo si cumplió 45 años en el 2004 o años anteriores, las semanas requeridas de cotización son 250.
Igualmente se deberán acreditar mediante registro civil o declaración ante notario, más de 5 años de relación conyugal o convivencia permanente, los que debieron haber iniciado antes de haber cumplir 55 años de edad cada uno, y estar clasificados en los niveles 1 y 2 del Sisben al momento de cumplir la edad de pensión.
En el caso del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad las exigencias para cada uno de los cónyuges o compañeros permanentes son: estar afiliados a este régimen, cumplir con los requisitos para adquirir el derecho a la devolución de saldos; sumar entre los dos el capital necesario para tener derecho y acreditar más de 5 años de relación.
De igual forma, los aspirantes a pensión familiar que se encuentren afiliados a diferentes Administradoras de fondos de pensiones, deberán solicitar saldo existentes en sus cuentas individuales, el valor de los bonos pensionales y capitalizados, así como el número de semanas cotizadas en el Sistema General de Pensiones. Serán los cónyuges o compañeros los que determinen la administradora titular.
Según el Artículo 13 de la citada norma, las disposiciones del Decreto 288 "se aplicarán a las parejas del mismo sexo a que se refiere la sentencia C-577 de 2011 de la Corte Constitucional , que hayan solemnizado y formalizado su unión con fundamento en la misma sentencia"
DATO:
La pensión familiar será una sola pensión, en caso de fallecimiento de uno de los cónyuges o compañeros beneficiarios de la pensión, la porción del 50% acrecentará la del superviviente; y en caso de separación, la pensión familiar acabará.
Decreto 288 del 12 de Febrero De 2014
Circular 000010 del 07 de Febrero de 2014
Publicado en
Noticias
Viernes, 14 Febrero 2014 08:29
MinHacienda presentó acciones para de concesiones 4G
Escrito por Fernando SalazarEl Ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas, participó en la presentación de los productos de la Financiera de Desarrollo Nacional, FDN, y realizó anuncios importantes que permitirán optimizar los recursos, alargar los plazos de endeudamiento y movilizar el capital privado local e internacional necesario para el financiamiento de los proyectos de la Cuarta Generación de Concesiones Viales (4G).
Convertir el programa de 4G cuarta generación de concesiones viales en una realidad, requiere además de una estructuración adecuada para las licitaciones y de un compromiso fiscal sin precedentes, asegurar condiciones óptimas de financiación. El financiamiento adecuado permite asegurar amplia participación en las licitaciones y traducir menores costos financieros en una menor solicitud de aportes de la Nación.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público ha trabajado en varios ángulos con el fin de garantizar que en el mercado se encuentren los elementos necesarios que promuevan la financiación en las Asociaciones Público Privadas. Estos son:
1.Transformación de la FDN
Con capital mayoritariamente de la Nación y en futuro asocio con entidades multilaterales, la FDN ofrecerá productos que actualmente no están disponibles en el mercado financiero Colombiano, inicialmente: deuda preferencial (senior) a 18 años con 8 años de gracia, deuda subordinada a 20 años y garantías de liquidez.
2. FONDES
Los recursos que la Nación obtenga de la venta de ISAGEN se depositarán en el FONDES, este fondo será administrado por la FDN y tendrá las mejores prácticas de gobierno corporativo. El FONDES invertirá en productos financieros para el desarrollo de la infraestructura, este fondo potenciará la capacidad de líneas de crédito de los productos ofrecidos por la FDN.
3. Vigencias futuras en USD
Con el fin de asegurar que todas las fuentes posibles de financiamiento estén disponibles; en las primeras 9 concesiones los concesionarios podrán solicitar vigencias futuras en dólares hasta por 30% de las vigencias ofrecidas al proyecto. Esto significa duplicar el cupo actual y ofrecer hasta 6 billones de pesos para vigencias futuras en USD.
4. Regulación para Project Finance
Este viernes 14 de febrero, se pondrá a comentarios del público, un proyecto de decreto que modificará la metodología de computo para el límite de endeudamiento individual.
Esta nueva metodología, reconocerá la naturaleza de los proyectos de asociación público privada, en donde los ingresos dependen principalmente de los pagos que realice el Gobierno Nacional y en donde existen una serie de garantías que protegen las obligaciones que se generen con las entidades financieras. Este cambio normativo es significativo, puesto que permite a las entidades financieras ampliar sus líneas de crédito de acuerdo al análisis de riesgo de los proyectos.
Adicionalmente, la FDN podrá prestar a un proyecto hasta el 40% de su patrimonio técnico, teniendo en consideración que esta entidad no capta recursos del público. Esto le permitirá prestar hasta 180.000 millones de pesos pro proyecto.
De cualquier manera los cambios regulatorios atenderán las prácticas recomendadas por Basilea, para efectos de los límites de concentración individual de riesgos de crédito.
Por último el Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas destacó el compromiso de las entidades multilaterales BID, CAF e IFC. Quienes aseguraron tener interés en financiar entre 100 y 200 millones de dólares en cada uno de los proyectos.
Las primeras 9 licitaciones requerirán recursos financieros por cerca de 10 billones de pesos, la FDN podrá financiar hasta 1,6 billones de pesos y las entidades multilaterales cerca de 2,5 billones de pesos. Del sector financiero se requiere financiación por cerca de 6 billones de pesos.
Por su parte los fondos de pensiones manifestaron su interés en invertir en productos que financien los proyectos de 4G. Se continuará trabajando en el diseño de productos que faciliten su participación.
“El programa de Cuarta Generación de concesiones viales, ha exigido esfuerzos significativos de parte del Gobierno. En esta etapa final requerimos del compromiso tanto de los concesionarios como del sector financiero, todos los esfuerzos habrán valido la pena cuando veamos construidas las vías que requiere el país para su crecimiento y desarrollo”, señaló el ministro Cárdenas.
Convertir el programa de 4G cuarta generación de concesiones viales en una realidad, requiere además de una estructuración adecuada para las licitaciones y de un compromiso fiscal sin precedentes, asegurar condiciones óptimas de financiación. El financiamiento adecuado permite asegurar amplia participación en las licitaciones y traducir menores costos financieros en una menor solicitud de aportes de la Nación.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público ha trabajado en varios ángulos con el fin de garantizar que en el mercado se encuentren los elementos necesarios que promuevan la financiación en las Asociaciones Público Privadas. Estos son:
1.Transformación de la FDN
Con capital mayoritariamente de la Nación y en futuro asocio con entidades multilaterales, la FDN ofrecerá productos que actualmente no están disponibles en el mercado financiero Colombiano, inicialmente: deuda preferencial (senior) a 18 años con 8 años de gracia, deuda subordinada a 20 años y garantías de liquidez.
2. FONDES
Los recursos que la Nación obtenga de la venta de ISAGEN se depositarán en el FONDES, este fondo será administrado por la FDN y tendrá las mejores prácticas de gobierno corporativo. El FONDES invertirá en productos financieros para el desarrollo de la infraestructura, este fondo potenciará la capacidad de líneas de crédito de los productos ofrecidos por la FDN.
3. Vigencias futuras en USD
Con el fin de asegurar que todas las fuentes posibles de financiamiento estén disponibles; en las primeras 9 concesiones los concesionarios podrán solicitar vigencias futuras en dólares hasta por 30% de las vigencias ofrecidas al proyecto. Esto significa duplicar el cupo actual y ofrecer hasta 6 billones de pesos para vigencias futuras en USD.
4. Regulación para Project Finance
Este viernes 14 de febrero, se pondrá a comentarios del público, un proyecto de decreto que modificará la metodología de computo para el límite de endeudamiento individual.
Esta nueva metodología, reconocerá la naturaleza de los proyectos de asociación público privada, en donde los ingresos dependen principalmente de los pagos que realice el Gobierno Nacional y en donde existen una serie de garantías que protegen las obligaciones que se generen con las entidades financieras. Este cambio normativo es significativo, puesto que permite a las entidades financieras ampliar sus líneas de crédito de acuerdo al análisis de riesgo de los proyectos.
Adicionalmente, la FDN podrá prestar a un proyecto hasta el 40% de su patrimonio técnico, teniendo en consideración que esta entidad no capta recursos del público. Esto le permitirá prestar hasta 180.000 millones de pesos pro proyecto.
De cualquier manera los cambios regulatorios atenderán las prácticas recomendadas por Basilea, para efectos de los límites de concentración individual de riesgos de crédito.
Por último el Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas destacó el compromiso de las entidades multilaterales BID, CAF e IFC. Quienes aseguraron tener interés en financiar entre 100 y 200 millones de dólares en cada uno de los proyectos.
Las primeras 9 licitaciones requerirán recursos financieros por cerca de 10 billones de pesos, la FDN podrá financiar hasta 1,6 billones de pesos y las entidades multilaterales cerca de 2,5 billones de pesos. Del sector financiero se requiere financiación por cerca de 6 billones de pesos.
Por su parte los fondos de pensiones manifestaron su interés en invertir en productos que financien los proyectos de 4G. Se continuará trabajando en el diseño de productos que faciliten su participación.
“El programa de Cuarta Generación de concesiones viales, ha exigido esfuerzos significativos de parte del Gobierno. En esta etapa final requerimos del compromiso tanto de los concesionarios como del sector financiero, todos los esfuerzos habrán valido la pena cuando veamos construidas las vías que requiere el país para su crecimiento y desarrollo”, señaló el ministro Cárdenas.
Publicado en
Noticias
Jueves, 13 Febrero 2014 10:32
Investigará prácticas ilegales de intermediación laboral
Escrito por Fernando SalazarEl ministro de Trabajo Rafael Pardo, anunció que su despacho investigará las prácticas ilegales de intermediación, a través de las cuales se vienen cobrando a los aspirantes a contar con un empleo para ser seleccionados. Dijo, que la misma suerte correrán las empresas que permitan esos cobros ilegales por parte de los intermediarios.
Durante el marco de un Comité de Concertación con todas las fuerzas vivas del Meta, que en esta capital analiza la problemática ambiental, laboral y de responsabilidad social de las zonas petroleras del departamento, el Ministro del Trabajo, garantizó que en lo que respecta a su cartera hará permanente vigilancia y acompañamiento para evitar que ocurran irregularidades, y a la vez explicó, que el Servicio Público de Empleo, que ya cuenta con 188 agencias en todo el país, es gratuito y se desarrolla en medio de total transparencia, permitiendo que quienes aspiren a ocupar una vacante no tengan que acudir a las llamadas palancas.
Igualmente sostuvo, que en zonas especiales del país como las mineras y petroleras, donde hay permanente movimiento para la contratación de mano de obra, se ha puesto un énfasis especial en la labor del Servicio Público de Empleo, como viene ocurriendo en el departamento del Meta; en el que existen el Centro de Empleo del SENA, las agencias de empleo de algunas alcaldías y la Caja de Compensación del Meta y la de una empresa privada.
Precisó que el tema no es de monopolios, por lo que las posibilidades están abiertas para quienes sean autorizados por el Servicio Público de Empleo. El Ministro Pardo, insistió en la gratuidad de estos procesos y en la preferencia que se debe tener en los mismos para contratar mano de obra local.
Durante el marco de un Comité de Concertación con todas las fuerzas vivas del Meta, que en esta capital analiza la problemática ambiental, laboral y de responsabilidad social de las zonas petroleras del departamento, el Ministro del Trabajo, garantizó que en lo que respecta a su cartera hará permanente vigilancia y acompañamiento para evitar que ocurran irregularidades, y a la vez explicó, que el Servicio Público de Empleo, que ya cuenta con 188 agencias en todo el país, es gratuito y se desarrolla en medio de total transparencia, permitiendo que quienes aspiren a ocupar una vacante no tengan que acudir a las llamadas palancas.
Igualmente sostuvo, que en zonas especiales del país como las mineras y petroleras, donde hay permanente movimiento para la contratación de mano de obra, se ha puesto un énfasis especial en la labor del Servicio Público de Empleo, como viene ocurriendo en el departamento del Meta; en el que existen el Centro de Empleo del SENA, las agencias de empleo de algunas alcaldías y la Caja de Compensación del Meta y la de una empresa privada.
Precisó que el tema no es de monopolios, por lo que las posibilidades están abiertas para quienes sean autorizados por el Servicio Público de Empleo. El Ministro Pardo, insistió en la gratuidad de estos procesos y en la preferencia que se debe tener en los mismos para contratar mano de obra local.
Publicado en
Noticias
Jueves, 13 Febrero 2014 10:31
SuperSociedades promueve formalización empresarial en la ONU
Escrito por Fernando SalazarEl pasado 10 febrero en la sede de Naciones Unidades en la ciudad de Nueva York se dio inicio a la labores del grupo de trabajo I de la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI).
Esta iniciativa, que busca generar un entorno jurídico adecuado para el desarrollo de las micro, pequeñas y medinas empresas en el mundo, fue propuesta el pasado mes de julio de 2012 por la delegación colombiana en cabeza del superintendente de Sociedades, Luis Guillermo Velez Cabrera.
El grupo de trabajo I planteó como primer punto de la agenda la elaboración de recomendaciones tendientes a implementar la incorporación simplificada de sociedades comerciales, las cuales son un importante instrumento de formalización y de acceso al crédito para las Mipymes.
La experiencia colombiana con las sociedades por acciones simplificadas (SAS) será la base para elaboración de los documentos de trabajo utilizados por CNUDMI en la gestión del reciente instalado grupo de trabajo.
Lo anterior ratifica el liderazgo de la Superintendencia de Sociedades y del gobierno de Colombia en el desarrollo de normas legales que promueven la integración comercial y el desarrollo sostenible de las empresas sociales.
Esta iniciativa, que busca generar un entorno jurídico adecuado para el desarrollo de las micro, pequeñas y medinas empresas en el mundo, fue propuesta el pasado mes de julio de 2012 por la delegación colombiana en cabeza del superintendente de Sociedades, Luis Guillermo Velez Cabrera.
El grupo de trabajo I planteó como primer punto de la agenda la elaboración de recomendaciones tendientes a implementar la incorporación simplificada de sociedades comerciales, las cuales son un importante instrumento de formalización y de acceso al crédito para las Mipymes.
La experiencia colombiana con las sociedades por acciones simplificadas (SAS) será la base para elaboración de los documentos de trabajo utilizados por CNUDMI en la gestión del reciente instalado grupo de trabajo.
Lo anterior ratifica el liderazgo de la Superintendencia de Sociedades y del gobierno de Colombia en el desarrollo de normas legales que promueven la integración comercial y el desarrollo sostenible de las empresas sociales.
Publicado en
Noticias
Miércoles, 12 Febrero 2014 11:10
Gobierno reafirma compromiso con desarrollo de infraestructura para minería
Escrito por Fernando Salazar“El más ambicioso plan de vías de cuarta generación, y la recuperación de la navegavilidad del río Magdalena, son dos de los proyectos que hacen parte del compromiso del Gobierno Nacional por desarrollar la infraestructura que requiere el país, y que redundará en un beneficio para la movilidad del carbón desde el interior del país”.
Así lo manifestó este lunes el Ministro de Minas y Energía, Amylkar Acosta Medina, en el marco de la VI Convención Nacional Minera que se llevó a cabo en la ciudad de Bogotá. "El sector minero y el subsector del carbón enfrenta grandes limitaciones en materia de infraestructura, por ello el Gobierno Nacional, consciente de lo que esto significa, ha puesto todo su interés en desarrollar proyectos clave para la movilidad de la carga de carbón", dijo el titular de la cartera minero energética.
El Ministro destacó también los trabajos que se adelantan en rectificación y pavimentación de vías. "Aproximadamente $47 billones serán comprometidos en las vías de cuarta generación y, en muy buena medida, esto tendrá que redundar en beneficio para nuestro sector", agregó.
En cuanto a vías ferroviarias, el jefe de la cartera minero-energética explicó que se trabaja en la rehabilitación del Ferrocarril Central de La Dorada hasta Chiriguaná y actualmente se realizan dos reuniones al mes entre MinMinas, MinTransporte y Fenalcarbon para avanzar en este proyecto estratégico. Además, en la Convención Minera se destacó la iniciativa de una segunda línea de Fenoco, que va a ampliar la capacidad del transporte de carbón hacia los puertos.
"Con mayor capacidad del tren y de los puertos, en los próximos meses se va a recuperar en muy buena medida el carbón que se va a exportar”, señaló Acosta Medina al reafirmar la responsabilidad que tiene el Gobierno en el mediano y largo plazo por adelantar proyectos esenciales de infraestructura en el país.
Publicado en
Noticias
Miércoles, 12 Febrero 2014 11:07
Ahorrar las cesantías dará beneficio económico
Escrito por Fernando Salazar "Los trabajadores dependientes e independientes que decidan voluntariamente hacer un ahorro de sus cesantías, recibirán un subsidio proporcional a lo ahorrado", señaló el ministro del Trabajo, Rafael Pardo, durante el lanzamiento de este beneficio en el Fondo Nacional del Ahorro-FNA.
"Si una persona que recibe las cesantías toma la decisión de ahorrar parte de ellas, cuando eventualmente se quede sin trabajo y si ese ahorro tiene más de un año y gana 2 o menos de 2 salarios mínimos, se le dará un 20 por ciento más de lo que ahorro y adicionalmente recibirá los rendimientos generados, el cual es aplicable a todos los fondos de cesantías", explicó el Ministro.
Así mismo, el presidente del Fondo Nacional de Ahorro- FNA, Ricardo Arias, dijo "Colombia vive en los tiempos del ahorro, y ese es el vehículo financiero capaz de incluir en el a toda la sociedad y de conducirla a esa cercana prosperidad. Nada mejor y a propósito más oportuno como el decreto propiciado desde el Ministerio del Trabajo, que además del ahorro va a tener ahora incentivos económicos para los trabajadores".
El nuevo esquema de ahorro hace parte del Mecanismo de Protección al Cesante, más conocido como Seguro de Desempleo y quedo establecido en el Decreto 135 del 31 de enero de 2014, el cual cobija a los trabajadores dependientes, incluidos los remunerados con salario integral y a los independientes que se encuentran afiliados a las Cajas de Compensación Familiar.
Para aplicar a este beneficio, el interesado debe autorizar un ahorro mínimo del 10% del promedio del salario mensual durante el último año si devenga hasta 2 salarios mínimos, y un mínimo del 25% del promedio del salario mensual durante el último año, si el trabajador devenga más de 2 salarios mínimos.
Este subsidio lo reconoce el Gobierno a través del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante, FOSFEC.
Al quedar desempleado o cesante, al trabajador que ha hecho el ahorro voluntario de sus cesantías, se le entregará a través de la Caja de Compensación Familiar, el valor del ahorro más los rendimientos obtenidos en el Fondo de Cesantías y sobre ese valor el FOSFEC le reconocerá un porcentaje adicional de acuerdo con el tiempo que haya ahorrado, al ingreso y al monto de los aportes.
Publicado en
Noticias
Martes, 11 Febrero 2014 08:46
IASB emite NIIf 14: cuentas regulatorias diferidas
Escrito por Fernando SalazarEl Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad, IASB, emitió recientemente una norma interina, la NIIF 14 Cuentas regulatorias diferidas (IFRS 14 Regulatory Deferral Accounts). El objetivo de esta norma es mejorar la comparabilidad de la información financiera de las entidades que se dedican a actividades de tarifa regulada.
Muchos países tienen sectores de la industria que están sujetos a la regulación de tarifas, en virtud de lo cual los gobiernos regulan el suministro y los precios de determinados tipos de actividad de las entidades privadas. Esto puede incluir los servicios públicos como gas, electricidad y agua. La regulación de tarifas puede tener un impacto significativo en la fecha y cuantía de los ingresos de la entidad.
Nota: Una vez el IASB emita la traducción oficial de la IFRS 14 al español será puesta a discusión del público en cumplimiento del debido proceso, establecido en la Ley 1314 del 2009.
Descargue NIIF 14 Cuentas regulatorias diferidas.
Muchos países tienen sectores de la industria que están sujetos a la regulación de tarifas, en virtud de lo cual los gobiernos regulan el suministro y los precios de determinados tipos de actividad de las entidades privadas. Esto puede incluir los servicios públicos como gas, electricidad y agua. La regulación de tarifas puede tener un impacto significativo en la fecha y cuantía de los ingresos de la entidad.
Nota: Una vez el IASB emita la traducción oficial de la IFRS 14 al español será puesta a discusión del público en cumplimiento del debido proceso, establecido en la Ley 1314 del 2009.
Descargue NIIF 14 Cuentas regulatorias diferidas.
Publicado en
Noticias
Martes, 11 Febrero 2014 08:44
Desde hoy, grandes contribuyentes a pagar renta
Escrito por Fernando Salazar
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que el Decreto 214 de 2014 estableció que todas las personas jurídicas o asimiladas, las entidades sin ánimo de lucro con régimen especial y demás entidades que, a que a 31 de enero de 2014 fueron calificadas como Grandes Contribuyentes a partir del 1° de marzo, deberán presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, por el año gravable 2013.
Con lo anterior, los obligados a cumplir con esta obligación serán 3.576 grandes contribuyentes y no 8.624, como sucedía antes. Estos contribuyentes deberán cancelar el valor total del impuesto y el anticipo en tres (3) cuotas. La primera de ellas deberá pagarse a partir de hoy y hasta el 24 de febrero, de acuerdo con el último número del NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.
La declaración y pago de la segunda cuota será a partir del 08 hasta el 24 de abril; y el pago de la tercera cuota será desde el 10 hasta 24 de junio de 2014.
Con lo anterior, los obligados a cumplir con esta obligación serán 3.576 grandes contribuyentes y no 8.624, como sucedía antes. Estos contribuyentes deberán cancelar el valor total del impuesto y el anticipo en tres (3) cuotas. La primera de ellas deberá pagarse a partir de hoy y hasta el 24 de febrero, de acuerdo con el último número del NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.
La declaración y pago de la segunda cuota será a partir del 08 hasta el 24 de abril; y el pago de la tercera cuota será desde el 10 hasta 24 de junio de 2014.
Publicado en
Noticias
Lunes, 10 Febrero 2014 10:01
Paros en el sector público a Comisión de Concertación
Escrito por Fernando SalazarPara que concluyan y se solucionen los temas complejos en el sector público en lo que respecta a las diferencias entre trabajadores y empleadores, que conllevan a paros y huelgas, se determinó abrir un espacio de análisis para tratar estos temas en el marco de las sesiones de la Comisión de Concertación de Políticas Salariales y Laborales.
Según cifras suministradas por el ministro del Trabajo, Rafael Pardo, durante la primera sesión de este año de la Comisión, en 2013 se realizaron 21 paros, de más de un día, en los sectores: salud: 11; en educación: 7; en servicios públicos: 2; y 1 paro en el sector transporte.
El viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, José Noé Ríos, explicó a la Comisión los meses críticos de suspensión de actividades se presentaron en mayo, septiembre, octubre y noviembre.
El ministro Pardo sostuvo que el objetivo a mediano plazo es hacer modificaciones a normativas que permitan acabar con las controversias y evitar que se afecte la prestación de los servicios públicos.
Según cifras suministradas por el ministro del Trabajo, Rafael Pardo, durante la primera sesión de este año de la Comisión, en 2013 se realizaron 21 paros, de más de un día, en los sectores: salud: 11; en educación: 7; en servicios públicos: 2; y 1 paro en el sector transporte.
El viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, José Noé Ríos, explicó a la Comisión los meses críticos de suspensión de actividades se presentaron en mayo, septiembre, octubre y noviembre.
El ministro Pardo sostuvo que el objetivo a mediano plazo es hacer modificaciones a normativas que permitan acabar con las controversias y evitar que se afecte la prestación de los servicios públicos.
Publicado en
Noticias
Más...
Lunes, 10 Febrero 2014 10:00
Gastos de Intereses de 2008 - 2012 de las empresas que reportan a la Supersociedades
Escrito por Fernando Salazar
Con el objeto de complementar la información del SIREM se pone a disposición del público en general los gastos de intereses de las empresas que reportaron información a la Superintendencia de Sociedades con corte a diciembre 31 de los años 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012.
Esta información se encuentra en la sección: Asuntos económicos y contables – Estadísticas bajo el título Gasto de intereses (2008 – 2012).
Para acceder al informe haga clic aquí.
Esta información se encuentra en la sección: Asuntos económicos y contables – Estadísticas bajo el título Gasto de intereses (2008 – 2012).
Para acceder al informe haga clic aquí.
Publicado en
Noticias
Viernes, 07 Febrero 2014 14:11
Listos formularios para declarar Impuestos Nacionales en 2014
Escrito por Fernando Salazar
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, mediante Resolución No. 000049 de 2014, prescribió y habilitó a partir de la fecha y de manera gratuita en su portal web www.dian.gov.co, los formularios No. 140, 300, 310, 350, 360, 410, 430 y 490, para su diligenciamiento y presentación, bien sea de forma virtual o ante alguna de las entidades autorizadas para recaudar, en cumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes al año gravable 2014, de acuerdo a lo establecido en el Estatuto Tributario.
La Entidad hace un llamado a los contribuyentes para que procuren mitigar los errores a la hora de diligenciar las declaraciones, revisando antes de ser presentadas, toda vez que el servicio virtual de corrección solo estará habilitado a partir del próximo 26 de febrero.
Los formularios, que prescribe la mencionada resolución y que son de uso obligatorio, corresponden a los siguientes compromisos tributarios:
140 - Declaración del Impuesto sobre la Renta para la Equidad – CREE, para el año gravable 2013 y fracción del año gravable 2014.
300 - Declaración del Impuesto sobre las Ventas - IVA correspondiente al año 2014.
310 - Declaración del Impuesto Nacional al Consumo correspondiente al año 2014.
315 - Declaración del Régimen Simplificado del Impuesto Nacional al Consumo, correspondiente al año gravable 2013.
350 - Declaración Mensual de Retenciones en la Fuente y Retenciones al Impuesto sobre las Ventas – IVA, correspondiente al año 2014.
360 - Declaración de Autorretenciones en la Fuente del CREE correspondiente al año 2014. Para esta obligación las tarifas que aplican entre el 1 y el 8 de enero son 0.3%, 0.6% y 1.5% y del 9 de enero en adelante 0.4%, 0.8% y 1.6%.
410 - Declaración Semanal Gravamen a los Movimientos Financieros correspondiente al año 2014.
430 - Declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM correspondiente al año gravable 2014. En el cual debe tenerse en cuenta el ajuste a los valores.
490 – Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales, el cual deberá utilizarse por todas las personas jurídicas que efectúen pagos por concepto de impuestos, retención y sanciones.
La DIAN también habilitó hasta agotar existencias algunos formatos prescritos e impresos para vigencias anteriores, como el Modelo 400 para Liquidar y Consignar el Aporte Especial de las Notarías para la Administración de Justicia y en el caso de los Movimientos Financieros, el utilizado para la presentación extemporánea y/o de corrección de esta declaración correspondiente al sexto (6) período del año gravable 2012 y anteriores, por lo que los contribuyentes deben asegurarse de los formatos para presentar su obligaciones y cuándo es de obligatorio cumplimiento el pago a través de los Sistemas Informáticos Electrónicos de la DIAN.
La Entidad hace un llamado a los contribuyentes para que procuren mitigar los errores a la hora de diligenciar las declaraciones, revisando antes de ser presentadas, toda vez que el servicio virtual de corrección solo estará habilitado a partir del próximo 26 de febrero.
Los formularios, que prescribe la mencionada resolución y que son de uso obligatorio, corresponden a los siguientes compromisos tributarios:
140 - Declaración del Impuesto sobre la Renta para la Equidad – CREE, para el año gravable 2013 y fracción del año gravable 2014.
300 - Declaración del Impuesto sobre las Ventas - IVA correspondiente al año 2014.
310 - Declaración del Impuesto Nacional al Consumo correspondiente al año 2014.
315 - Declaración del Régimen Simplificado del Impuesto Nacional al Consumo, correspondiente al año gravable 2013.
350 - Declaración Mensual de Retenciones en la Fuente y Retenciones al Impuesto sobre las Ventas – IVA, correspondiente al año 2014.
360 - Declaración de Autorretenciones en la Fuente del CREE correspondiente al año 2014. Para esta obligación las tarifas que aplican entre el 1 y el 8 de enero son 0.3%, 0.6% y 1.5% y del 9 de enero en adelante 0.4%, 0.8% y 1.6%.
410 - Declaración Semanal Gravamen a los Movimientos Financieros correspondiente al año 2014.
430 - Declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM correspondiente al año gravable 2014. En el cual debe tenerse en cuenta el ajuste a los valores.
490 – Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales, el cual deberá utilizarse por todas las personas jurídicas que efectúen pagos por concepto de impuestos, retención y sanciones.
La DIAN también habilitó hasta agotar existencias algunos formatos prescritos e impresos para vigencias anteriores, como el Modelo 400 para Liquidar y Consignar el Aporte Especial de las Notarías para la Administración de Justicia y en el caso de los Movimientos Financieros, el utilizado para la presentación extemporánea y/o de corrección de esta declaración correspondiente al sexto (6) período del año gravable 2012 y anteriores, por lo que los contribuyentes deben asegurarse de los formatos para presentar su obligaciones y cuándo es de obligatorio cumplimiento el pago a través de los Sistemas Informáticos Electrónicos de la DIAN.
Publicado en
Noticias
Viernes, 07 Febrero 2014 14:08
Buscan frenar contrabando en frontera con Venezuela
Escrito por Fernando SalazarColombia y Venezuela acordaron un plan de choque binacional para frenar el contrabando de combustibles en la frontera. El Ministro de Minas y Energía, Amylkar Acosta Medina, dijo desde la ciudad de Maracaibo que las autoridades de los dos países trabajarán aunadamente para golpear con contundencia a las bandas que hay detrás de ese negocio ilegal.
“Las autoridades de uno y otro país intercambiarán información y se coordinarán para hacer más eficaces los operativos contra las bandas delincuenciales que están detrás de dicha actividad”, dijo el Ministro al término de una reunión liderada por los cancilleres de Colombia y Venezuela, María Ángela Holguín y Elías Jaua.
El acuerdo contemplará, además, programas de tipo social que beneficien a las poblaciones de las fronteras, quienes por falta de oportunidades económicas o de medios alternativos de subsistencia, terminan vulnerables y atrapadas en las redes delincuenciales de los actores ilegales que se lucran del contrabando de combustibles.
Por otra parte, el Ministro Acosta agregó que Venezuela manifestó su disposición a reactivar el convenio para suministrar combustibles al departamento de Norte de Santander al precio paridad internacional.
“De esta manera, en su momento Ecopetrol le presentará a PDVSA sus nominaciones para hacer efectivos los requerimientos de conformidad con la conveniencia y necesidad”, agregó el titular de la cartera minero energética.
“Las autoridades de uno y otro país intercambiarán información y se coordinarán para hacer más eficaces los operativos contra las bandas delincuenciales que están detrás de dicha actividad”, dijo el Ministro al término de una reunión liderada por los cancilleres de Colombia y Venezuela, María Ángela Holguín y Elías Jaua.
El acuerdo contemplará, además, programas de tipo social que beneficien a las poblaciones de las fronteras, quienes por falta de oportunidades económicas o de medios alternativos de subsistencia, terminan vulnerables y atrapadas en las redes delincuenciales de los actores ilegales que se lucran del contrabando de combustibles.
Por otra parte, el Ministro Acosta agregó que Venezuela manifestó su disposición a reactivar el convenio para suministrar combustibles al departamento de Norte de Santander al precio paridad internacional.
“De esta manera, en su momento Ecopetrol le presentará a PDVSA sus nominaciones para hacer efectivos los requerimientos de conformidad con la conveniencia y necesidad”, agregó el titular de la cartera minero energética.
Publicado en
Noticias
Jueves, 06 Febrero 2014 15:58
Gobierno reglamenta esquema de ahorro voluntario de cesantías para desempleados
Escrito por Fernando Salazar
Mediante el Decreto 135 del 31 de enero de 2014, el gobierno estableció el esquema por el cual las personas ahora podrán ahorrar parte de sus cesantías, para que cuando estén desempleadas puedan contar con un apoyo económico.
El componente de las cuentas de cesantías de los trabajadores, hace parte del Mecanismo de Protección al Cesante/ Seguro de Desempleo, Ley 1636, que se creó para disminuir los efectos del desempleo que enfrentan los trabajadores y facilitar la vinculación nuevamente de esta población al mercado laboral.
El nuevo decreto 135 del 31 de enero de 2014, cobija a todos los trabajadores dependientes, incluidos los remunerados con salario integral y a los independientes que se encuentran afiliados a las Cajas de Compensación familiar, para que voluntariamente ahorren parte o la totalidad de sus cesantías, para que en el momento en que queden sin trabajo puedan recibir ese dinero ahorrado más un porcentaje que les reconoce el Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante, FOSFEC.
Al ahorro de cesantías hecho por el trabajador, solo se puede acceder cuando éste quede sin trabajo y haya estado afiliado a una Caja de Compensación Familiar. No obstante, el ahorro voluntario se puede revocar en cualquier momento y utilizarlo para cualquiera de las otras alternativas que ofrece la norma como vivienda y educación, por ejemplo.
Para que el trabajador autorice voluntariamente a las Administradoras de Fondos de Cesantías privados o al Fondo Nacional del Ahorro, FNA, el monto o porcentaje del ahorro, el Ministerio del Trabajo estandarizará un formato, para que se diligencia, el cual puede radicar el empleador o ante el fondo de cesantías o la caja.
Decreto 135 del 31 de enero de 2014.
El componente de las cuentas de cesantías de los trabajadores, hace parte del Mecanismo de Protección al Cesante/ Seguro de Desempleo, Ley 1636, que se creó para disminuir los efectos del desempleo que enfrentan los trabajadores y facilitar la vinculación nuevamente de esta población al mercado laboral.
El nuevo decreto 135 del 31 de enero de 2014, cobija a todos los trabajadores dependientes, incluidos los remunerados con salario integral y a los independientes que se encuentran afiliados a las Cajas de Compensación familiar, para que voluntariamente ahorren parte o la totalidad de sus cesantías, para que en el momento en que queden sin trabajo puedan recibir ese dinero ahorrado más un porcentaje que les reconoce el Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante, FOSFEC.
Al ahorro de cesantías hecho por el trabajador, solo se puede acceder cuando éste quede sin trabajo y haya estado afiliado a una Caja de Compensación Familiar. No obstante, el ahorro voluntario se puede revocar en cualquier momento y utilizarlo para cualquiera de las otras alternativas que ofrece la norma como vivienda y educación, por ejemplo.
Para que el trabajador autorice voluntariamente a las Administradoras de Fondos de Cesantías privados o al Fondo Nacional del Ahorro, FNA, el monto o porcentaje del ahorro, el Ministerio del Trabajo estandarizará un formato, para que se diligencia, el cual puede radicar el empleador o ante el fondo de cesantías o la caja.
Decreto 135 del 31 de enero de 2014.
Publicado en
Noticias