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Circular 003, relación de solvencia de sociedades que administran activos de terceros
La Superintendencia Financiera publicó la Circular Externa 003 del 3 de febrero de 2023, la cual tiene como referencia: Instrucciones para el cálculo de la relación de solvencia de las sociedades que administran activos de terceros
El siguiente es el texto de la Circular 003:
Respetados señores:
Como es de su conocimiento, mediante el Decreto 175 de 2022, incorporado en el Decreto 2555 de 2010, el Gobierno Nacional modificó las disposiciones relacionadas con los requerimientos de patrimonio adecuado de las entidades autorizadas para actuar como administradores de activos de terceros, acogiendo criterios técnicos internacionalmente aceptados. De esta manera, se robustecen las reglas de patrimonio técnico mediante el fortalecimiento de los instrumentos que componen el capital regulatorio y se homogenizan las metodologías de medición de los activos ponderados por nivel de riesgo crediticio.
Para dar cumplimiento a lo anterior, la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) imparte instrucciones para que las entidades destinatarias de la presente Circular den cumplimiento al nuevo marco normativo y crea los reportes de información atendiendo las nuevas disposiciones.
En tal virtud esta Entidad, en ejercicio de sus facultades legales y, en especial, las contenidas en el numeral 5 del artículo 97 y en el literal a) del numeral 3 del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, así como los artículos 2.5.3.1.15, 2.6.1.1.13, 2.9.1.1.27 y los numerales 4 y 5 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, y demás normas concordantes, imparte las siguientes instrucciones:
PRIMERA: Crear el Capítulo XIII–17 “Margen de Solvencia de la Sociedades que Administran Activos de Terceros” de la Circular Básica Contable y Financiera (CBCF) con el fin de impartir instrucciones relacionadas con el patrimonio adecuado y la relación mínima de solvencia de las sociedades administradoras de activos de terceros.
SEGUNDA. Crear los Anexos 1, 2 y 2.1 del Capítulo XIII–17 “Margen de Solvencia de la Sociedades que Administran Activos de Terceros” de la CBCF con el fin de establecer lineamientos para el reporte de la información correspondiente a los requisitos de pertenencia de los instrumentos de capital y de los métodos de ponderación de las inversiones en fondos o patrimonios autónomos.
TERCERA: Modificar el subnumeral 2.5.1.3 del Capítulo XIII–15 de la CBCF para ajustar las instrucciones aplicables a los conglomerados financieros en relación con el cálculo de los niveles mínimos de patrimonio técnico de las entidades subordinadas en el exterior que administren recursos de terceros y que utilicen base de información separada o que sean consolidadas a través de una entidad que no cuente con requisitos de patrimonio técnico establecidos en el Decreto 2555 de 2010.
CUARTA: Crear las siguientes proformas:
i) Proforma F.7000-22 (Formato 422) “Declaración del Control de Ley Relación Mínima de Solvencia - Sociedades Fiduciarias”;
ii) Proforma F.6000-39 (Formato 421) “Declaración del Control de Ley Relación Mínima de Solvencia - Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías”; y
iii) Proforma F.8000-64 (Formato 423) “Declaración del Control de Ley Relación Mínima de Solvencia - Sociedades Comisionistas de Bolsa de Valores y Sociedades Administradoras de Inversión”.
QUINTA: Derogar a partir del 1 de febrero de 2024, el Capítulo XIII-12 “Relación de Solvencia de las entidades que administran activos de terceros: Sociedades Comisionistas de Bolsa de Valores, Sociedades Administradoras de Inversión, Sociedades Fiduciarias y Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías”.
Así mismo, se derogan a partir de la entrada en vigencia de las proformas de que trata la instrucción Cuarta de la presente Circular, los siguientes formatos junto con sus respectivos instructivos:
i) Formato 541 (Proforma F.7000-21) “Declaración del Control de Ley Relación de Solvencia - Sociedades Fiduciarias”;
ii) Formato 540 (Proforma F.6000-38) “Declaración del Control de Ley Relación de Solvencia – Sociedades Administradoras de Fondo de Pensiones y de Cesantías”;
iii) Formato 405 (Proforma F.8000-63) “Declaración del Control de Ley Relación de Solvencia – Sociedades Comisionistas de Bolsa de Valores y Sociedades Administradoras de Inversión”;
iv) Formato 373 (Proforma F.8000-08) “Composición Bonos Ordinarios y Boceas”; y
v) Formato 374 (Proforma F.8000-09) “Exposición en operaciones, repos, simultáneas y transferencia temporal de valores y ponderaciones a aplicar”.
SEXTA: PERÍODO DE PRUEBAS. Para asegurar la correcta transmisión de la información de las proformas que se crean mediante la presente Circular, las entidades deben realizar pruebas obligatorias entre el 23 de octubre y el 3 de noviembre de 2023 con las cifras de los Estados Financieros Individuales y Consolidados con corte al mes de junio del 2023.
SÉPTIMA: VIGENCIA. La primera transmisión oficial de la información en las proformas que se crean mediante la presente Circular se realizará con la información financiera con corte al mes de febrero de 2024, de acuerdo con los respectivos instructivos.
Las demás instrucciones que se adoptan mediante la presente Circular entran en vigencia a partir del 1 de febrero de 2024.
OCTAVA. INSTRUCCIONES TRANSITORIAS: De conformidad con el parágrafo 1 del artículo 2.5.3.1.2 y el parágrafo único de los artículos 2.6.1.1.3 y 2.9.1.1.3 del Decreto 2555 de 2010, de forma previa a la finalización del periodo de transición del artículo 21 del Decreto 175 de 2022, las entidades destinatarias de la presente Circular deben remitir a esta Superintendencia la solicitud de clasificación de los instrumentos de capital, de acuerdo con el Anexo 1 del Capítulo XIII–17 “Margen de Solvencia de la Sociedades que Administran Activos de Terceros” de la CBCF que se crea mediante la presente Circular.
Igualmente, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 11 de los artículos 2.5.3.1.10, 2.6.1.1.10 y 2.9.1.1.11 del Decreto 2555 de 2010, de forma previa a la finalización del periodo de transición del artículo 21 del Decreto 175 de 2022, las entidades destinatarias de la presente Circular deberán diligenciar los Anexos 2 y 2.1 del Capítulo XIII–17 “Margen de Solvencia de la Sociedades que Administran Activos de Terceros” de la CBCF que se crea mediante la presente Circular para informar a la SFC el método de ponderación que utilizarán para cada uno de los fondos o patrimonios autónomos en los cuales tengan participaciones.
NOVENA. PLAN DE IMPLEMENTACIÓN. A más tardar el 28 de abril de 2023, las entidades destinatarias de la presente Circular deben remitir a esta Superintendencia el plan de implementación para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 175 de 2022, incorporado en el Decreto 2555 de 2010, y a las instrucciones de la presente Circular. Dicho plan debe incluir, como mínimo, lo siguiente: (i) el cronograma de trabajo mensual, incluyendo las tareas a ejecutar, los entregables y responsables de cada actividad y de hacer seguimiento a su nivel de avance; (ii) las actividades a desarrollar para la clasificación de los recursos del Patrimonio Técnico, el cálculo de los activos ponderados por nivel de riesgo, y la selección del método de ponderación de las inversiones en fondos y patrimonios autónomos; y (iii) un análisis de los impactos estimados de la implementación de la nueva normatividad, incluyendo los ajustes requeridos a nivel financiero, tecnológico y operativo.
En el caso de los Holdings Financieros, este análisis de impacto debe cuantificar los efectos de la aplicación del nuevo régimen tanto en las subordinadas locales como en las entidades o vehículos de inversión del exterior que hacen parte del conglomerado y que se asimilan a entidades que administran recursos de terceros.
En todo caso, las entidades deben mantener a disposición de la SFC un informe con los soportes que permitan evidenciar la ejecución del cronograma de trabajo y los avances en la implementación.
Se anexan las páginas que se crean y se modifican mediante la presente Circular.
La presente Circular rige a partir de la fecha de su publicación.
Cordialmente,
JORGE CASTAÑO GUTIERREZ
Superintendente Financiero de Colombia
Cierre Contable y Fiscal 2022
CIERRE CONTABLE Y FISCAL 2022
Pretendemos hacer un barrido por todas las cuentas del balance, indicando en cada una de ellas cuáles son sus aspectos claves, tanto en el área contable, como en la tributaria.
Carlos Arturo Rodríguez Vera
Contador Público y Abogado de la Universidad Libre de Colombia, Especialista en Contabilidad Financiera Internacional de la Universidad Javeriana, Especialista en Gerencia de Impuestos de la Universidad Externado de Colombia. Consultor y docente en Normas Internacionales de Información Financiera NIIF y en los Marcos Normativos bajo Normas Internacionales de Contabilidad adoptados por la Contaduría General de la Nación.
Asesor de la Superintendencia de Sociedades, Superintendencia de la Economía Solidaria, Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y Superintendencia de Transporte, para el proceso de convergencia hacia los Estándares Internacionales de contabilidad e información financiera y aseguramiento. Asesor tributario en empresas del sector real y entidades sin ánimo de lucro, incluyendo entidades del sector solidario de la economía.
Sub contador General de la Nación durante los años 2003 a 2009. Integrante del equipo de trabajo que elaboró el Régimen de Contabilidad Pública armonizado con las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (emitidas por la International Federation of Accountants - IFAC). Docente de la Especialización en Contabilidad Financiera Internacional de la Pontificia Universidad Javeriana. Conferencista de la Superintendencia de Sociedades para la socialización de las NIIF. Formador de Formadores del Modelo Estándar de Control Interno MECI, dentro del programa de cooperación internacional “Transparencia en el Estado Colombiano” suscrito entre los gobiernos de Colombia y Estados Unidos de América.
Autor del libro “Estado de Situación Financiera de Apertura para NIIF PYMES ¿Qué hacer y cómo hacerlo?” publicado por ICEF; Autor de la Guía práctica para elaborar el Estado de Situación Financiera de Apertura bajo NIIF PYMES publicada por la Superintendencia de Sociedades. Docente universitario y conferencista en varias Universidades e Instituciones del país.
Jaime Hernán Monclou Pedraza
Contador Público titulado de la Universidad Central, Socio fundador de la Firma Monclou Asociados SAS, Consultor con especializaciones en Revisoría Fiscal de la Universidad Piloto de Colombia y en Derecho Tributario Internacional de la Universidad Externado de Colombia, Fue Miembro y consejero Directivo del Instituto Colombiano de Derecho Tributario – ICDT y del Instituto Nacional de Contadores Públicos – INCP.
Docente de posgrados (Especialización y Maestría) de universidades, tales como: Universidad Sergio Arboleda, Universidad de los Andes, Pontificia Universidad Javeriana, Universidad de la Salle, Universidad Piloto de Colombia, Universidad Surcolombiana del Huila, Universidad Libre de Pereira, Universidad autónoma de Medellín. Amplia experiencia en seminarios y conferencias sobre Actualización y Planeación Tributaria, dictadas con reconocidas entidades.
Amplia experiencia en seminarios y conferencias sobre Actualización y Planeación Tributaria, dictadas con reconocidas entidades como: Instituto de Derecho Tributario – ICDT; Banco de Bogotá; Practica; Actualícese; Accounter; Asociación de Contadores Públicos del Huila, Cámaras de Comercio; Instituto Nacional de Contadores Públicos – INCP; Tu Consulta – Novoclick; Simposio de Revisoría Fiscal; ASFACOP; Gestión Integral Académica, Instituto de Estudios Fiscales – ICEF; entre otros.
Principales Publicaciones: Asobancaria: Actualización y Práctica Tributaria; Bancos de Bogotá, Popular, Colmena y AV villas. Auditoria a los sistemas de información en Empresas Sociales del Estado; Cartillas Declaración de Renta – Editorial Nueva Legislación. Manual Régimen Tributario Especial para entidades sin ánimo de lucro – Editorial Nueva Legislación. Cartilla de IVA – Editorial Nueva Legislación, Cartilla Practica Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales UGPP.
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Oswaldo Moreno Navarrete
Contador Público, Magister Gerencia Estrategia – Universidad Sta. Maria la Antigua Panamá. Especialización en Contabilidad Internacional (actualmente) Universidad Rey Juan Carlos de Madrid España. Especialización en Normas Internacionales de Contabilidad NIC OICE – Bogotá. Consultor certificado NIAS – Audinfor – España, fabricante del Software de Auditoría y Control de Calidad.
Docente y consultor en Talleres, Diplomados y Especializaciones en Auditoria y NICC1 en Universidad de Cundinamarca, Universidad Uniciencias, Colegio de Contadores Públicos, Universidad Antonio Nariño. Grupo de Estudio de las NIIF en la U. Javeriana XBRL Coach Empresarial Mentor Josep Oconnors. Socio de la Firma RyR Moreno Auditores Consultores Docente Universitario – Conferencista Internacional.
Vicerrector Universidad del Istmo en Panamá. 1998 – 2010. Gerente OMENLACEGLOBAL 2010 a la fecha. Firma especializada en la Consultoría de estándares internacionales, Normas de Auditoría y Control de Calidad.
Anyela Maria Duran Rojas
Contadora Pública egresada de la Universidad Cooperativa De Colombia. Aspirante al grado de Magister EN INTELIGENCIA DE NEGOCIOS UNIVERSIDAD EAN. Cuenta con certificado en el módulo: Riesgo de Corrupción y Lavado de Activos; Diplomado en Sistema Integral de Administración de Riesgos y Sarlaft de la Universidad Los Libertadores; SEMINARIO TALLER Evaluación de Cartera con Metodología Técnica y Política de Recalificación; Actualización en Economía Solidaria en la COOPERATIVA MÉDICA DEL VALLE Y DE PROFESIONALES DE COLOMBIA COOMEVA.
Actualmente labora como Analista Especializada en KOBA COLOMBIA SA. Anteriormente laboró en CONGROUP CONSULTORES como Contadora Auditora, siendo delegado como responsable de encargos de Revisoría Fiscal Principal en: FONDOFARMA, FESIMAR, FEBOLSA, entre otras.
Jhon Jairo Prieto Castro
Contador Público egresado de la Universidad Minuto de Dios, cuenta con Diplomado En Normas Internacionales NIIF. Curso soporte para la SuperSociedades Sagrilaft – Oficial de Cumplimiento – Infolaft. Curso Identificación de Riesgos LAFT – en el Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF. Curso Sagrilaft Oficial de Cumplimiento – UAIF. Entrenamiento Técnico sobre la Norma ISO 31010 Gestión de Riesgos en Enlaceglobal.
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También ha laborado como: Contador en FENIX MEDIA GROUP. Tesorero en AEXPRESS SA, director Administrativo y Financiero en Comercializadora de Gases Industriales CRYOLIMER SAS, entre otras.
María Camila Moreno Gómez
Administración de Negocios con énfasis en Mercadeo de la Universidad EAFIT, Diplomado Gestión Del Riesgo – Universidad Javeriana mayo de 2021. Aspectos relevantes de la novedosa ISO37301: Sistemas de Gestión de Cumplimiento - Directrices y Requerimientos - World Compliance Association. Sensibilización y formación en cultura de compliance. Ética empresarial - World Compliance Association 14 de abril de 2021. CURSO SAGRILAFT – ASOBANCARIA. Tableros de reporte de indicadores en Compliance con Power BI – World Complianc y oficial de Cumplimiento en prestigiosas empresas del sector real.
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Contador Público y Abogado de la Universidad Libre de Colombia, Especialista en Contabilidad Financiera Internacional de la Universidad Javeriana, Especialista en Gerencia de Impuestos de la Universidad Externado de Colombia; Consultor en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y en los Marcos Normativos bajo Normas Internacionales de Contabilidad adoptados por la Contaduría General de la Nación; fue Sub Contador General de la Nación.
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Proyecto de decreto: Patrimonio de administradores de activos de terceros
El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 9 de julio 2021, el Proyecto de Decreto “Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con el patrimonio técnico de sociedades fiduciarias, sociedades administradoras de fondos de pensiones y de cesantías, sociedades comisionistas de bolsa y sociedades administradoras de inversión”.
Concepto 272, Activos totalmente depreciados
A través del Concepto 272 del 1 de agosto de 2024, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, respondió a una consulta sobre activos totalmente depreciados.
Concepto 380, Reconocimiento de activos entregados en una Fiducia de Garantía
Por medio del Concepto 380 del 8 de septiembre de 2023, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, respondió a una consulta sobre el Reconocimiento de activos entregados en una Fiducia de Garantía.
Concepto 345, reconocimiento de activos y pasivos de sociedad administrada por la SAE
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó el Concepto 345 del 25 de agosto de 2022, el cual responde a una consulta elevada ante la entidad relacionada con el reconocimiento de Activos y Pasivos de una Sociedad bajo administración de la SAE