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ACTUALIZACIÓN EN PRECIOS DE TRANSFERENCIA
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- Generalidades de Precios de Transferencia
- Obligados
- Obligaciones
- Cambios en fechas de vencimiento
- Errores comunes en el contenido del Informe Local
- Errores comunes en el contenido del Informe Maestro
- Fiscalización de Precios de Transferencia
- Rechazo de egresos por servicios intragrupo (aplicación del Test de Beneficio)
- Exigencia de usar comparables internos
- Cuestionamientos a los Estados Financieros Segmentados
- Rechazo de métodos de Margen Bruto para aplicar Métodos de Margen Operativo
- Rechazo de comparables
Carlos Alfredo Botía Díaz
Magíster en Derecho con énfasis en Tributación de la Universidad Externado de Colombia, Especialista en Impuestos de la Universidad de los Andes, Contador Público de la Pontifica Universidad Javeriana, Curso Posgrado Avanzado en Derecho Tributario Internacional y Europeo, Universiteit Maastricht, Holanda (campus Bruselas, Bélgica) Diplomado en Derecho de Minas y Petróleos de la Universidad Externado de Colombia, Transfer Pricing Training en Montvale, NJ, USA.
Durante su vida laboral ha sido Gerente de PRECIOS DE TRANSFERENCIA en KPMG, Gerente de Impuestos de PRICEWATERHOUSECOOPERS, jefe de Impuestos de CARBONES DEL CERREJON LLC, Catedrático de Impuestos y Precios de Transferencia en la Pontifica Universidad Javeriana, Universidad Externado de Colombia, Universidad Jorge Tadeo Lozano, Universidad de Medellín, Universidad EAFIT, Universidad Central, Universidad Tecnológica de Bolívar, entre otras.
Ha participado en la elaboración de más de 400 estudios de Precios de Transferencia.
MODALIDAD: Online
FECHA: jueves 20 de junio de 2024
HORARIO: 8:00 a.m. a 12:00 m.
VALOR: $147.000 más IVA
5 % Dos asistentes bajo la misma factura
10% Tres asistentes bajo la misma factura
15% Cuatro o más asistentes bajo la misma factura
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Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF - NIT 900161280-0
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Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud escrita de la factura para poder realizar el pago.
Pago: En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.
Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe informarlo al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento (Salvo fuerza mayor demostrada), tomaremos un 15% como gasto de administración y abonaremos el 85% que podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.
Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.
ACTUALIZACION NIIF PARA CIERRE CONTABLE 2022
ACTUALIZACIÓN NIIF PARA CIERRE CONTABLE 2022 Inversiones, cuentas por cobrar.
Carlos Arturo Rodríguez Vera
Sub contador General de la Nación durante los años 2003 a 2009. Integrante del equipo de trabajo que elaboró el Régimen de Contabilidad Pública armonizado con las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (emitidas por la International Federation of Accountants - IFAC). Docente de la Especialización en Contabilidad Financiera Internacional de la Pontificia Universidad Javeriana. Conferencista de la Superintendencia Autor del libro “Estado de Situación Financiera de Apertura para NIIF PYMES ¿Qué hacer y cómo hacerlo?” publicado por ICEF; Autor de la Guía práctica para elaborar el Estado de Situación Financiera de Apertura bajo NIIF PYMES publicada por la Superintendencia de Sociedades. Docente universitario y conferencista en varias Universidades e Instituciones.
* Incluye certificado y memorias.
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CTCP presentó la actualización del Documento de Orientación Técnica No. 15
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública -CTCP-, organismo de normalización técnica en materia de contabilidad e información financiera y aseguramiento de la información en Colombia, presenta a todos los grupos de interés la actualización del Documento de Orientación Técnica número 15 – Propiedades Horizontales de Uso Residencial o Mixto (Grupos 2 y 3).
Esta versión surge del estudio de la propuesta entregada por el Comité Técnico de las Entidades Sin Ánimo de Lucro -ESAL- a través del subcomité de Propiedad Horizontal al cierre de agosto de 2023 por parte de los consejeros del CTCP. La versión que se comparte fue aprobada en sesión plenaria ordinaria del 18 de junio de 2024.
El documento surge del considerable número de consultas de ciudadanos y entidades interesadas en el desarrollo de las actividades profesionales de los contadores públicos, consultas relacionadas con la actividad contable y el ejercicio de la revisoría fiscal en la Propiedad Horizontal. Estas consultas provienen de administradores, contadores públicos, revisores fiscales, miembros del consejo de administración, entre otros, en edificios, conjuntos o unidades inmobiliarias cerradas.
Para llevar a cabo esta actualización, el CTCP convocó a profesionales con amplia experiencia en el sector, incluyendo preparadores de la información, revisores fiscales, administradores, auditores y abogados, con el objetivo de mejorar el documento existente y convertirlo en un referente técnico contable permanente para el cumplimiento de las obligaciones propias del ejercicio de la contaduría pública.
Se espera que este documento actualizado, proporcione un marco suficiente, claro y ajustado a la normativa establecida por el Decreto Único Reglamentario – DUR 2420 de 2015 y la Ley 675 de 2001, para que los informes financieros y el ejercicio de la revisoría fiscal satisfagan adecuadamente las necesidades de información de la diversa comunidad que integra la propiedad horizontal en Colombia.
Es importante destacar que este documento no tiene carácter vinculante y constituye solo una guía para la aplicación de los marcos técnicos normativos vigentes.
Contribuyentes del Régimen Tributario Especial deben actualizar en marzo
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, le recuerda a los contribuyentes que hacen parte del Régimen Tributario Especial del Impuesto sobre la Renta y Complementarios, que hasta el 31 de marzo tienen plazo para presentar la Actualización de Registro Web.
Vale la pena recordar que según lo determinado en el Art. 356-3 del Estatuto Tributario, este requisito debe cumplirse con una periodicidad anual para actualizar así su calificación como contribuyente del Régimen Tributario Especial.
Adicional a lo anterior, dichos contribuyentes que hayan obtenido durante el año gravable 2020 ingresos superiores a 160.000 UVT, es decir $5.697.120.000 tienen la obligación de presentar la memoria económica sobre su gestión, para lo cual también tienen plazo hasta el 31 de marzo de 2021.
Es importante tener en cuenta que las Entidades sin Ánimo de Lucro – ESAL que pertenecen al Régimen Tributario Especial que no realicen a tiempo estos trámites, serán reclasificadas en el Registro Único Tributario -RUT como contribuyentes del Régimen Ordinario, perdiendo los beneficios del Régimen Tributario Especial, tal como lo determina el Artículo 364-6.
Hasta marzo tienen plazo de actualizar contribuyentes del Régimen Tributario Especial
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, le recuerda a los contribuyentes que hacen parte del Régimen Tributario Especial del Impuesto sobre la Renta y Complementarios, que hasta el 31 de marzo tienen plazo para presentar la Actualización de Registro Web.
Vale la pena recordar que según lo determinado en el Art. 356-3 del Estatuto Tributario, este requisito debe cumplirse con una periodicidad anual para actualizar así su calificación como contribuyente del Régimen Tributario Especial.
Adicional a lo anterior, dichos contribuyentes que hayan obtenido durante el año gravable 2020 ingresos superiores a 160.000 UVT, es decir $5.697.120.000 tienen la obligación de presentar la memoria económica sobre su gestión, para lo cual también tienen plazo hasta el 31 de marzo de 2021.
Es importante tener en cuenta que las Entidades sin Ánimo de Lucro – ESAL que pertenecen al Régimen Tributario Especial que no cumplan con las obligaciones antes mencionadas, serán reclasificadas en el Registro Único Tributario -RUT como contribuyentes del Régimen Ordinario, perdiendo los beneficios del Régimen Tributario Especial, tal como lo determina el Artículo 364-6.