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Por medio de la Resolución 2020032448632 del 24 de marzo de 2020, la Alcaldía de Medellín hizo una modificación parcial de su calendario tributario, debido a la calamidad que se enfrenta por el Covid-19 y el impacto económico que esta situación genera.

 

Los cambios en el calendario se dieron para:

- Declaración bimestral de la retención en la fuente por concepto de industria y comercio.
- Declaración bimestral de autorretención en la fuente por concepto de industria y comercio.
- Plazo para el pago de industria y comercio de los meses de abril y mayo, que serán diferidos en los documentos de cobro de julio a diciembre. Es decir que los contribuyentes no recibirán la factura de cobro durante los dos meses de contingencia.
- Fecha de pago del Impuesto Predial correspondiente al segundo trimestre, que quedó establecida para el 25 de junio para todos los sectores y sin recargo.
- Fechas de vencimientos para presentar la Declaración Anual de Industria y Comercio. El nuevo ciclo de vencimientos inicia el 15 de mayo para los declarantes que tengan como último dígito de su identificación el 1 y finaliza el 29 de mayo con el 0.
- Fechas de declaración y pago de impuestos menores: Degüello Menor y Estampilla Pro Cultura.

 

La modificación al calendario tributario se suma al fortalecimiento de los canales virtuales www.medellin.gov.co y HaciendaMed para la atención y trámites de las solicitudes tributarias, con lo que se busca darles garantías a los ciudadanos para que no expongan su salud en el cumplimiento de sus obligaciones.

 

Para conocer la Resolución 2020032448632, haga clic aquí.

La DIAN realizará tres cambios en el formulario 350, que cubre a más de 1.8 millones contribuyentes que son agentes de retención por el impuesto sobre la renta y complementarios, sobre las ventas (IVA), timbre nacional y los autorretenedores a título del impuesto sobre la renta y complementarios.

Los usuarios pueden acceder al formulario 350 a través del Portal Transaccional de la DIAN con el servicio de firma electrónica. Los principales cambios que se realizaron son:

1) Retención a persona jurídica o natural: Ahora se deberá separar o discriminar las retenciones que se le práctica a la persona jurídica o natural.

2) Compras y ventas: Para las retenciones por compras de hidrocarburos, carbón y demás productos mineros se desagregaron en unas casillas especiales, así como para las autorretenciones por iguales conceptos.

3) Presencia Económica Significativa (PES)- Pagos al exterior: Se actualizaron los conceptos bajo la luz de los convenios para evitar la doble imposición ratificados por Colombia. Además, se adiciona la figura de retención por pago al exterior a contribuyentes del impuesto sobre la renta con presencia económica significativa en Colombia.

Adicionalmente a los tres cambios anteriores, el sistema registrará los datos de manera secuencial, lo cual facilitará su diligenciamiento por parte de los usuarios.

Se aclara que quienes necesiten hacer correcciones en las declaraciones presentadas antes del 1 de agosto, deberán hacerlo en el formulario de esa vigencia (es decir, el que aún no presenta los cambios) y no utilizar la nueva versión del formulario 350.

Conozca la resolución que prescribe el formulario 350 e indica el instructivo para el nuevo diligenciamiento haciendo clic aquí.

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 206, 331, 336 y 383 del Estatuto Tributario, modificados por los artículos 2, 6, 7 y 8 de la Ley 2277 de 2022, se sustituye, modifica y adiciona unos artículos a la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, relacionado con la determinación del impuesto sobre la renta a cargo de las personas naturales residentes y la retención en la fuente por concepto de rentas de trabajo”.

La entidad recibirá comentarios sobre este proyecto de decreto hasta el 5 de diciembre 2023.

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda publicó el Proyecto de Decreto “Por el cual se modifica el artículo 1.2.6.8. del Título 6 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria”, sobre modificación tarifas retención en la fuente.

La entidad recibirá comentarios hasta el 30 de diciembre de 2021. Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el Oficio 903531 del 6 de mayo de 2022, por el cual responde a una consulta sobre la retención en la fuente en indemnizaciones derivadas de relación laboral o legal y reglamentaria.

Para conocer la consulta completa, la respuesta de la entidad y el Oficio 903531 completo, descargue el archivo adjunto a esta nota.

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