Producción controlada del intercambio digital de certificados de origen con Bolivia
En cumplimiento de lo establecido en la Resolución 2457 del 16 de diciembre de 2024, los gobiernos de la República de Colombia y el Estado Plurinacional de Bolivia han acordado iniciar, a partir del 18 de marzo de 2025, la etapa de producción controlada para la implementación del intercambio digital de certificados de origen (CDOs) en el marco de la Comunidad Andina de Naciones (CAN).
El diligenciamiento y presentación de los CDOs continuará bajo las mismas condiciones establecidas desde el pasado 28 de febrero.
Una vez revisado y aprobado el COD, a través del servicio informático estará disponible para consulta la versión XML y PDF del Certificado, en este último, en la casilla de observaciones, el exportador podrá consultar el identificador del COD, denominado CertificateID, para efectos de comunicar dicho código al importador y permitir la continuidad del trámite ante la aduana de destino.
Importante
Se reitera que la duración de este periodo de producción controlada está sujeta al acuerdo entre Colombia y Bolivia, quienes determinarán la fecha definitiva de entrada en operación.
Para cualquier inquietud relacionada con el proceso, puede escribir al buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Explotación económica de zonas comunes en conjuntos residenciales genera cobro de IVA
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) reiteró que el alquiler de las zonas comunes por parte de las propiedades horizontales, sean estas de uso residencial, comercial o mixto, es un servicio como cualquier otro y, en consecuencia, está gravado con el impuesto sobre las ventas -IVA.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 482 del Estatuto Tributario, las personas exentas de pagar impuestos nacionales, departamentales o municipales no están exentas del impuesto sobre las ventas -IVA.
Sobre este tema, desde el año 2014 el Consejo de Estado, confirmando doctrina desde expedida desde el 2006, aclaró que las propiedades horizontales son “contribuyentes del IVA por la explotación económica de sus zonas comunes, a través de la prestación del servicio de parqueadero y por la cesión de dichas zonas a favor de terceros".
“Cuando los conjuntos alquilan parqueaderos, piscinas, salones comunales, gimnasios, bbq, u otros espacios de zonas comunes, están prestando un servicio, independiente de que quien alquile sea propietario, residente o visitante. El Estatuto Tributario establece que ese servicio que se presta está grabado con IVA y debe generarse la respectiva facturación electrónica. Cuando el uso de estas zonas comunes se dé a manera de préstamo o cuando su costo esté incluido dentro de la cuota de administración, sin que haya un cobro por concepto de alquiler, no se genera el IVA", aseguró Gustavo Peralta Figueredo, director de Gestión Jurídica de la DIAN.
Durante 2024 la DIAN adelantó reuniones con agremiaciones y representantes legales de propiedades horizontales en diferentes regiones del país; producto de ello, y luego de diversos análisis y recopilación de evidencias, se logró la reclasificación de 1.200 conjuntos que, estando obligados a declarar y pagar el IVA, no lo hacían. Actualmente la entidad avanza en labores de reclasificación de oficio a más de 90 copropiedades por este mismo motivo.
Es potestad de cada propiedad horizontal determinar si el uso de esas zonas comunes es un servicio que cobran a terceros o está incluido dentro del pago de administración. En caso de que se opten por alquilar estas zonas, la copropiedad debe cumplir la normatividad vigente en relación con lo previsto en cuanto al pago y declaración de IVA y la correspondiente facturación electrónica.
PD. Centros de servicios compartidos, esquemas de cooperación y apoyo externo
El Ministerio de Hacienda publicó el Proyecto de Decreto "Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 en lo relacionado con las reglas de funcionamiento para el uso de Centros de servicios compartidos, esquemas de cooperación y coordinación y apoyo externo por parte de las organizaciones de la economía solidaria que prestan servicios de ahorro y crédito".
La entidad recibirá comentarios sobre este proyecto de decreto hasta el 29 de marzo de 2025.
Decreto 277, jornada laboral en establecimientos educativos estatales
El Ministerio de Educación emitió el Decreto 0277 del 12 de marzo de 2025, por medio del cual se modifican los artículos 2.4.3.1.2., 2.4.3.2.1. Y 2.4.3.3.3 del Decreto 1075 de 2015 -Único Reglamentario del Sector Educación, en relación con el horario de la jornada escolar, la asignación académica y el cumplimiento de la jornada laboral en establecimientos educativos estatales de educación formal
Actualización de documentos para la expedición de certificados de origen en la industria automotriz
Con el propósito de facilitar las operaciones del sector automotriz, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- ha actualizado los documentos soporte para la expedición de certificados de origen de vehículos y autopartes ensamblados y producidos en depósitos de transformación o ensamble, en el marco de la Comunidad Andina de Naciones.
A partir del 26 de febrero de 2025, se han actualizado los formatos FT COA 2726 y FT COA 2727:
FT COA 2726: Documento para la expedición de certificados de origen de vehículos ensamblados en depósitos de transformación y ensamble.
FT COA 2727: Documento para la expedición de certificados de origen de autopartes producidas en depósitos de transformación o ensamble.
Las nuevas versiones permiten incluir hasta cincuenta (50) ítems y consignar, en un anexo, la relación de los proveedores de material CKD, así como las declaraciones de importación o facturas, en caso de que la información sea extensa.
Para consultar los formatos actualizados, ingrese al siguiente enlace: Formatos que acompañan Certificados de Origen en depósitos de transformación o ensamble.
Concepto 021, Modelo de revaluación de PPyE en Grupo 2
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó el Concepto 021 del 11 de marzo de 2025, el cual responde a una consulta sobre el modelo de revaluación de PPyE en Grupo 2.
Proyecto de Resolución, requisitos para actuar como autorretenedor del impuesto de renta
La DIAN publicó el Proyecto de Resolución, por la cual se modifica parcialmente la Resolución 005707 del 5 de agosto de 2019 “por la cual se establecen los requisitos para ser autorizado para actuar como autorretenedor del impuesto sobre la renta”.
Por lo anterior, se recibirán comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 21 de marzo de 2025, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Gobierno destina $185 mil millones para la Línea de Crédito CREO de micronegocios
El Gobierno nacional presentó el programa de crédito popular CREO, que dispondrá de $185 mil millones para atender las necesidades financieras de micronegocios en las principales ciudades del país.
Se trata de recursos que serán girados a los beneficiarios en préstamos de entre $ 2 millones y $ 4 millones a través de Bancoldex, sin necesidad de garantía, para personas naturales o jurídicas, formales o informales, de forma individual o en asociatividad, y plazo de hasta 12 meses.
En el programa 'CREO, un crédito para conocernos', participan los Ministerios de Hacienda y Crédito Público; Comercio, Industria y Turismo; Agricultura y Desarrollo Rural, y todas las entidades que forman parte del Grupo Bicentenario y Banca de las Oportunidades.
El objetivo de esta línea crediticia es facilitar el acceso al financiamiento para micronegocios y Unidades Productivas de las Economías Populares y Comunitarias (Upepc), promoviendo su crecimiento y sostenibilidad económica.
“La línea de Crédito Popular corresponde a créditos para el segmento productivo no agro. Es decir, Upepc que no realicen su actividad económica en el sector agropecuario. Esta línea cuenta con un cupo disponible de $ 185.000 millones de pesos y está dirigida a crear incentivos para la inclusión financiera", destaca el Ministerio de Hacienda.
Acceso y perfil al crédito CREO
La línea de Crédito Popular CREO estará dirigida a personas naturales o jurídicas, mayores de edad, domiciliados en Colombia, y que tengan clasificación en los grupos A, B, o C del Sisben IV o con ingresos anuales inferiores a 5 salarios mínimos mensuales durante el año anterior a la solicitud del crédito o en los últimos 12 meses calendario.
Además, deben no haber recibido financiamiento formal en los últimos dos años ni tener operaciones de crédito vigentes.
Los beneficiarios del crédito CREO deben tener una actividad productiva de pequeña escala en cualquier sector de la economía, excepto en actividades agropecuarias primarias.
Aliados financieros
La solicitud del crédito CREO debe tramitarse a través de entidades financieras aliadas a Bancoldex, como bancos, cooperativas financieras, Fintech, ONG's financieras, entre otros.
Algunos beneficios que tendrán estos usuarios son: menores tasas de interés, incentivos al buen pago, disponibilidad de crédito en todo el país, capital de trabajo y sustitución de pasivos (materias primas, insumos, nómina, servicios públicos, arriendos, costos de transporte y demás costos y gastos operativos de funcionamiento, etc.).
Crédito para la mujer
La línea crédito CREO tiene la modalidad 'Mujer Trabajadora: La Línea CREO, Cree en ti', a través del Fondo Mujer Libre y Productiva se ha ha establecido un alivio de abono a capital adicional del 5 %.
Las mujeres admitidas para recibir este beneficio adicional deben completar un curso de educación financiera que proporciona la entidad financiera otorgante del crédito.
Hasta el 27 de marzo, descuento del 5% en pago anualizado del predial en Medellín
La Alcaldía de Medellín informó que los contribuyentes que paguen la totalidad del impuesto predial para el año 2025 recibirán un descuento del 5%.
Este beneficio se aplicará a quienes se encuentren al día con los pagos de años anteriores y realicen el pago anualizado de este impuesto. Desde la Secretaría de Hacienda explican todo lo referente al pago de este impuesto.
El predial se puede pagar a través de los canales virtuales ingresando al sitio web www.medellin.gov.co/pagoimpuestos.
Para hacerlo de manera presencial puede acercarse con la factura física o digital a las taquillas de Tesorería del primer piso de la Alcaldía de Medellín, también puede hacerlo en los puntos de autopago habilitados para pagos con tarjeta débito y crédito de cualquier franquicia.
Otra opción es visitar los puntos de atención de la Secretaría de Hacienda, ubicados en los centros comerciales El Tesoro, Los Molinos, Florida y Premium Plaza.
Resolución 196, modifica instructivo del formulario 490 Recibo de Pago Impuestos Nacionales
La DIAN publicó la Resolución 196 del 28 de febrero de 2025, por la cual se modifica el instructivo del formulario No. 490 "Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales" prescrito mediante Resolución 000051 de 2020.