El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, pone en discusión pública los documentos correspondientes al Grupo Técnico de Trabajo – GTT 66 – Propuestas de Mejoras a la NIC 41 – Agricultura, emitidas por el IASB. Este es el organismo encargado de la emisión de las Normas Internaciones de Información Financiera (NIIF).
 
El Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera (GLENIF), cuyo representante por Colombia es el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), ha conformado el Grupo Técnico de Trabajo 66 (GTT 77) para analizar esta temática y presentar una posición unificada por Latinoamérica ante el IASB.
 
El CTCP ha publicado el documento en español acerca del Proyecto de Norma - Propuestas De Mejoras a la NIC 41 Agricultura, el cual contiene una encuesta para su diligenciamiento, acompañado además de una presentación para su mejor comprensión y entendimiento. Atentamente pedimos el envío de sus comentarios a las siguientes direcciones de correspondencia electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. antes del 22 de noviembre de 2019.

 

El CTCP, consolidará las respuestas recibidas de la encuesta antes mencionada, para lo cual preparará y presentará la postura colombiana en las reuniones del grupo de trabajo del GLENIF. También evaluará si es viable remitir directamente al IASB las conclusiones y comentarios recibidos en el proceso de consulta pública.
 
Los documentos relacionados con el aludido proyecto de interpretación pueden ser consultados en el siguiente enlace: http://www.ctcp.gov.co/proyectos/contabilidad-e-informacion-financiera/documentos-discusion-publica

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo – MinCIT-, publicó en su página web el proyecto de decreto “por el cual se compilan y actualizan los marcos técnicos de las Normas Información Financiera para el Grupo 1 y de las Normas de Aseguramiento de la Información, y se adiciona un anexo No. 6 – 2019 al Decreto Único 2420 de 2015, modificado por los Decretos 2496 de 2015, 2101, 2131 y 2132 de 2016, 2170 de 2017 y 2483 de 2018, respectivamente, y se dictan otras disposiciones”.
 
Tal propuesta normativa tiene su fundamento técnico y teórico en las propuestas formuladas por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública – CTCP – recientemente emitidas a los reguladores tanto en el MinCIT como en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Este decreto constituye la derogación del Decreto 2420 de 1993.
 
La publicación constituye el mecanismo legal previsto para que los interesados emitan los comentarios a los que haya lugar en el término máximo de 15 días calendario (que se cumplen el 15 de octubre de 2019). Para ese efecto se ha dispuesto el correo electrónico jrodríEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Una vez surtida esa etapa de discusión, el proyecto sigue su curso normal hasta la sanción presidencial.

 

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

El Gobierno nacional junto a los gremios, con el liderazgo del Ministerio de Hacienda y la DIAN, trabajan de manera conjunta para que las operaciones de comercio exterior se fortalezcan, particularmente aquellas relacionadas con procesos productivos que incluyen mercancías extranjeras que se nacionalizan en zonas francas y que son incorporadas a los bienes finales, todo con el objetivo de dinamizar la competitividad del país.

 

La propuesta es incluir la medida en el Decreto Ley Antitrámites que será proferido por el presidente Iván Duque en noviembre, la posibilidad de un procedimiento que permitirá la devolución del IVA que generen saldo a favor, cuando la materia prima extranjera sea nacionalizada por un usuario industrial dentro de la zona franca. El cobro del IVA en las ventas a clientes en territorio colombiano, es un mandato legal que debe cumplirse.

 

En las zonas francas de Colombia, hay 970 empresas que generan cerca de 165 mil empleos. El Gobierno nacional está comprometido con el desarrollo de las zonas francas, dentro de un marco de legalidad y equidad.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó a los usuarios aduaneros que dio inicio a la prueba piloto para la implementación de Dispositivos Electrónicos de Seguridad (DES) en las operaciones de comercio exterior, en este caso, para cargas sometidas a tránsito aduanero o transporte multimodal, con punto de partida la Aduana de Buenaventura, y que tengan como destino depósitos habilitados y zonas francas ubicados en las jurisdicciones de las aduanas de Bogotá y Medellín.

 

Para el efecto, se advierte que los únicos operadores seleccionados y autorizados por la DIAN para prestar el servicio de instalación de los dispositivos electrónicos de seguridad, corresponden a las firmas: Protekto Ltda, Sec Sel SAS, JM Tracking SAS y Coltrack SAS.

 

La Directora de Gestión de Aduanas, Ingrid Diaz Rincón, advirtió que la prueba piloto se extenderá hasta noviembre de 2019, mes después del cual iniciará la fase de implementación a nivel nacional de los dispositivos electrónicos de seguridad, en las operaciones de tránsito aduanero y transporte multimodal que se originen en los puertos marítimos y fluviales con destino a los depósitos habilitados y las zonas francas del territorio aduanero nacional. Dicha implementación será de carácter obligatorio.

Mediante la Resolución No. 320 del 1 de octubre de 2019, la Contaduría General de la Nación incorpora, en el Marco Normativo para Entidades de Gobierno, el Procedimiento contable para el registro de los hechos económicos relacionados con el pasivo pensional y con los recursos que lo financian, y se modifica el Catálogo General de Cuentas de dicho Marco Normativo.

 

Para conocer la Resolución 320 completa, haga clic aquí.

La Contaduría General de la Nación publicó la Circular Externa 002 del 30 de septiembre de 2019, por medio de la cual establece el proceso de categorización departamentos, distritos y municipios.

 

Para conocer la Circular 002 completa, haga clic aquí.

El ministro de Hacienda y Crédito Público Alberto Carrasquilla Barrera, explicó que, aunque el Gobierno nacional confía en que le sea declarada la exequibilidad de la Ley de Financiamiento, una posible declaratoria de inconstitucionalidad de esta, le costaría al país cerca de mil billones de pesos.

 

Según los cálculos, hay dos escenarios: el primero sería el de la seguridad jurídica “nadie va a volver a creer en una reforma tributaria ni ley de financiamiento, dado que, cumplidos todos los requisitos como lo han certificado los secretarios tanto de la Cámara de Representantes, como del Senado de la República, se cumplieron todos los procedimientos regulatorios y reglamentarios, si eso no se sostiene, nadie va a volver a creer”, sostuvo el ministro Carrasquilla. Lo anterior, traído a valor presente, costaría cada año 1.5 puntos del PIB de crecimiento.

 

El segundo escenario, de acuerdo con lo que explicó el titular de la cartera de Hacienda, es el de los efectos de crecimiento inherentes a la Ley de Financiamiento, pues estos desaparecerían.

 

“Ese segundo efecto de crecimiento también tiene un costo y si sumamos, el efecto combinado, año tras año, hasta el 2030, eso nos da el equivalente a un PIB anual de Colombia. Perdemos el 10% de nuestra capacidad de generación de ingreso de un tanganazo”, manifestó Carrasquilla Barrera.

El Ministerio de Hacienda publicó el Proyecto de Decreto para comentarios hasta el 17 octubre de 2019, “Por el cual se modifica parcialmente el Decreto número 3568 de 2011”, referente al Operador Económico Autorizado.

 

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

Desde el 1° de octubre, los interesados en obtener la exención de renta por siete años para las empresas de Economía Naranja, pueden conocer los requisitos y radicar su proyecto para recibir ese beneficio, por medio del portal www.economianaranja.gov.co.

 

Esta medida hace parte del paquete de incentivos fiscales más ambicioso propuesto por el Gobierno Nacional para la promoción de la Economía Naranja, previstos en la Ley de Reactivación Económica (Ley 1943 de 2018) y el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022.

 

La creación y puesta en marcha del trámite virtual da cumplimiento al Decreto Naranja 1669 del 12 de septiembre de 2019, conocido como Decreto Naranja, que oficializó la exención de renta por siete años para las empresas existentes y que sean creadas hasta el 31 de diciembre de 2021, cuyo objeto social se enmarque exclusivamente en las industrias creativas y de base tecnológica, y que tengan ingresos brutos anuales inferiores a 80 mil UVT (unos $2.700 millones en 2019).

 

Para acceder a este beneficio las empresas dedicadas a la Economía Naranja tendrán los siguientes periodos para presentar su proyecto y avanzar en el trámite: 1° al 31 de octubre en 2019; y de 2020 en adelante, 1° al 31 de marzo, 1° al 30 de julio y, nuevamente, en octubre el trámite virtual estará abierto durante todo el mes.

 

“Estamos facilitando el acceso al beneficio de la exención de renta para las empresas dedicadas a promover la creatividad en Colombia, y avanzamos en el propósito de poner a la cultura y la creatividad en el centro de sus acciones, para que impulsen el desarrollo social y económico del país”, afirmó la Ministra de Cultura, Carmen Inés Vásquez.

 

Trámite Virtual
El trámite les permite a los interesados radicar el proyecto en cuatro pasos y acceder a la revisión de sus documentos, para la expedición de un concepto previo que dará origen a un acto administrativo. Este último les permitirá acceder a los beneficios de la exención tributaria. El término previsto para atender el trámite es de 30 días hábiles.

 

El beneficio de exención de renta por siete años está dirigido a empresas que se dediquen principalmente a actividades que generen valor agregado en las actividades creativas y de base tecnológica establecidas en el decreto. Los códigos CIIU incluidos en la norma corresponden a 27 actividades que se enmarcan en la Economía Naranja (son 26 códigos CIIU más turismo cultural).

 

Requisitos para iniciar trámite virtual:
1. Domicilio principal en Colombia y objeto social exclusivo de Economía Naranja.

2. Empresa constituida hasta el 31/dic/2021.

3. Actividades comprendidas en 26 CIIU (Clasificación Industrial Internacional Uniforme) o turismo cultural.

4. Realizar inversión mínima de 4.400 UVT ($150.788.000 en 2.019) en máximo tres años.

5. Generar mínimo tres empleos.

6. Los usuarios de zona franca podrán aplicar.

7. Presentar proyecto ante el Comité de Economía Naranja del Ministerio de Cultura.

 

El Comité de Economía Naranja, integrado por el Ministerio de Cultura a través del Viceministerio de la Creatividad y la Economía Naranja; el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo; el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, y el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), será el encargado de expedir el concepto previo que permita acceder a la exención de renta o de solicitar las aclaraciones que considere pertinentes a los solicitantes.

 

Para facilitar el cumplimiento de la inversión mínima y que promueve el desarrollo del emprendimiento, existe una oferta de instrumentos financieros disponible para las empresas de Economía Naranja, que se puede consultar en: https://n9.cl/57d7u

 

Conozca en detalle los requisitos y comience su Trámite Virtual en https://www.economianaranja.gov.co

El Presidente de la República, Iván Duque Márquez, presentó el Decreto 1562 de 2019, que desarrolla nuevas facilidades de retiro de cesantías para financiar la educación superior de hijos y dependientes de los trabajadores colombianos, mediante las modalidades de ahorro programado y seguro educativo.

 

“Esto es darle a Colombia una herramienta muy poderosa de aseguramiento. Esto es darle al país la posibilidad de que muchas familias inviertan con antelación y con mejores precios para la educación de sus hijos. Y permite, por supuesto, que en ese sistema de aseguramiento, los fondos -doctor Miguel Largacha, Presidente de Porvenir- jueguen un papel fundamental para democratizar el acceso a la educación”, señaló el Mandatario al intervenir en el acto de presentación del Decreto, donde resaltó que con la puesta en marcha de esta noma se “permite cambiar vidas, y lo hace apelando al sistema de cesantías en Colombia”.

 

“¿Por qué?”, se preguntó el Presidente Duque. “Porque, hasta hoy, la gran mayoría de los ciudadanos que querían invertir recursos de sus cesantías en educación, lo podían hacer retirando parcialmente o retirando sus cesantías para pagar matrículas que fueran próximas para quienes las retiran o para su cónyuge. Pero resulta que en el mundo de hoy también hay herramientas de financiamiento de largo plazo, que no deberían quedar por fuera esa posibilidad”, dijo.

 

El Jefe de Estado explicó que, por ejemplo, gracias a esta herramienta una pareja joven o una persona joven, en edad productiva, de alta productividad, puede retirar parcialmente recursos de sus cesantías para adquirir un seguro educativo, para cuando sus hijos o sus sobrinos o sus hermanos entren a la universidad.

 

Reiteró que el ahorro programado permite destinar un flujo de recursos para un fin determinado, en este caso, construir anticipadamente un capital que respalde el gasto futuro en la educación superior de los hijos o dependientes del trabajador.

 

“Estamos permitiendo que en Colombia se consoliden estas herramientas: el ahorro programado y el seguro educativo”, subrayó el Mandatario.

 

“Con esto nace en Colombia una herramienta que complementa lo que estamos haciendo en educación, y cuando digo complementa, es porque este año, por lo menos en la educación pública, tenemos 80.000 jóvenes que llegarán gratuitamente a las universidades”, sostuvo.

 

A renglón seguido, indicó que esta medida es una buena herramienta para las familias que quieren que sus hijos vayan a las universidades privadas, “porque permite un sistema de aseguramiento para la educación”, y ayuda a “aliviar riesgos”.

 

El Decreto 1562 de 2019 se expidió el 30 de agosto de 2019 y fue firmado, además del Presidente Duque, por la Ministra del Trabajo, Alicia Arango Olmos; el Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla; la Ministra de Educación, María Victoria Angulo, y el Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, Jonathan Malagón.

 

Este Decreto reglamenta la Ley 1809 de 2016, impulsada por el Presidente Duque cuando ejercía como senador de la República.

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