La Contaduría General de la Nación publicó el Manual de uso para las entidades reportantes Aplicativo Sistema de Evaluación Institucional, SEI, versión 1.

 

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La Superintendencia de Sociedades emitió el Oficio 220-025456 del 28 de marzo de 2019, referente a la constitución de sociedad en Colombia de una sociedad extranjera con el capital de la sucursal de sociedad extranjera.


Dicho Oficio responde a las siguientes preguntas:

 

1. Si una sociedad extranjera que ya tiene una sucursal en Colombia debidamente incorporada puede decidir domiciliarse en Colombia; esto es, ¿cambiar su domicilio a Colombia volviéndose nacional y determinando que su capital corresponde al de la sucursal?

 

2. En caso de ser afirmativo lo anterior, ¿qué procedimiento tendría que seguir ante las autoridades colombianas (Cámara de Comercio y DIAN)?

 

Para conocer la respuesta de la Superintendencia de Sociedades y el Oficio 220-025456 completo, haga clic aquí.

El Ministerio de Hacienda, informa a la ciudadanía que se encuentra publicado en el home de la página web y en la Sección Normativa el Proyecto de Decreto del 2 al 17 de abril de 2019 el Proyecto “Por el cual se reglamenta el artículo 107-2 del Estatuto Tributarlo y se adicionan los artículos 1.2.1.18.70., 1.2.1.18.71., 1.2.1.18.72., 1.2.1.18.73. y 1.2.1.18.74. al Capítulo 18 del Título 1 de la Parte 2 Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria”, referente a la definición de conceptos de empleado, miembros del núcleo familiar, programas para becas de estudio, créditos condonables y zonas de influencia para la aplicación del beneficio fiscal.

 

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Hasta el 17 de abril de 2019 el Ministerio de Hacienda recibirá comentarios sobre el Proyecto de Decreto “Por el cual se reglamentan los artículos 555-2 y 903 al 914 del Estatuto Tributario, se modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, y se adiciona el Decreto 1068 de 2015 Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público”, referente al impuesto Unificado bajo el Régimen Simple.

 

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Tras 11 años de existencia como Programa de Transformación Productiva (PTP), y como parte del aprendizaje sobre las necesidades del tejido empresarial para alcanzar mayores niveles de desarrollo, la entidad hizo oficial su evolución a Colombia Productiva.


Bajo esa marca se agruparán todos sus servicios para ayudar a las empresas a producir más, con mejor calidad y mayor valor agregado. A través de Colombia Productiva se atenderán los retos que el Gobierno Nacional se ha propuesto para mejorar el desempeño interno de las empresas y así lograr mayor competitividad para atender el mercado local.

Además, contará con una estrategia para alistamiento en calidad, valor agregado y sofisticación, lo que permitirá una mejor oferta de productos y servicios en sectores con potencial para aumentar las exportaciones. Para cumplir con estas metas, Colombia Productiva seguirá trabajando en su rol como articulador de distintas entidades y organismos multilaterales en pro del desarrollo empresarial.

Con el apoyo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la entidad tendrá la meta de incrementar 10 veces su impacto en las empresas beneficiarias de los programas y los proyectos que ofrece Colombia Productiva, para lograr un alcance nacional y potenciar el crecimiento de diversos sectores industriales.

 

Esta nueva estrategia agrupa programas como Fábricas de Productividad, que mejorará los procesos internos en 1.000 empresas durante cada año del actual Gobierno, sumando 4.000 intervenciones en el cuatrienio.

Colombia Productiva también lidera la plataforma Compralonuestro.co, desarrollada con el BID y con la colaboración de Propaís, que promueve los encadenamientos y proveeduría para fortalecer los vínculos entre empresas locales, lo que permitirá aumentar la interacción de industrias colombianas.

 

El cambio es resultado de un trabajo que analizó la percepción que tenían el público y los aliados sobre la entidad, con el fin de robustecer la marca y tener una mayor cercanía con las acciones que ejecutará para atender a más empresas.

 

La evolución de Colombia Productiva en sus 11 años:
1. La entidad nació con el Conpes 3678 de 2008, con la misión de ser un articulador interinstitucional para aumentar la productividad y competitividad de las industrias con mayor potencial exportador.

2. Sus primeros servicios se centraron en elaborar Planes de Negocio para esas industrias.

3. En 2015, la entidad sumó a su estrategia la intervención en empresas para mejorar su productividad. Desde entonces y hasta 2018, la entidad atendió 1.103 empresas.

4. El anterior PTP dio el primer impulso a actividades económicas que hoy son protagonistas en las exportaciones. Hace diez años sectores que eran emergentes como el de frutas (aguacate Hass), el piscícola, el de cosméticos o el de BPO, hoy están entre los que más divisas generan por sus ventas al exterior.

5. La entidad es una de las pioneras en diseñar modelos de intervención para mejorar sus niveles de producción. 6. Colombia Productiva ha trabajado con más de 150 organizaciones regionales, nacionales e internacionales.

7. Con el anterior PTP, se gestionó regulación para cerrar las brechas que afectan a las industrias. Se logró la expedición de los decretos que dieron vida a:

a. Programa de Fomento para la Industria Automotriz (Profía), que motivó la llegada de inversión por USD 12,5 millones en 2015.

b. Programa de Fomento para la Industria Astillera (Proastilleros), que permitirá ahorros por $400 mil millones de pesos anuales a las empresas de esta industria.

8. Ayudó a construir 14 acuerdos marco de precio para que sectores priorizados se conviertan en proveedores del Estado.

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 13 de abril de 2019 el Proyecto de Decreto “Por el cual se reglamenta el artículo 16 de la Ley 1943 de 2018 y se sustituye el Capítulo 4 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria”, referente a los sistemas de facturación, compuestos por la factura de venta.

 

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Un positivo balance arrojó la temporada anual de renovación del registro mercantil en las Cámaras de Comercio del país, que finalizó con un aumento del 5% en registros renovados en promedio nacional, con relación al 2018.

 

Se realizaron 1.919.643 renovaciones de registros en todo el país, entre personas naturales (737.827 registros renovados), personas jurídicas (302.309) y establecimientos de comercio (879.507).

 

Más del 75% de los empresarios formales del país renovaron a tiempo sus registros, ratificando su compromiso con actualizar su información, lo que es fundamental para el diseño de políticas públicas que fortalezcan al sector productivo del país, contribuyan a la lucha contra la ilegalidad y favorezcan la toma de decisiones de inversión.

 

El 97% de las empresas renovadas son micros y pequeñas empresas, 68% de las cuales corresponden a la figura de personas naturales, lo que revela el alto cumplimiento de este segmento empresarial.

 

Por actividad económica, la mayor renovación se concentra en Comercio (39,7%), Servicios (38,4%) e Industria (12,1%).

 

“Es importante resaltar el compromiso del empresariado colombiano, que entiende la importancia de conservar su condición de formal y la trascendencia de la actualización de sus datos, que quedan almacenados electrónicamente a perpetuidad en las Cámaras para servir al país y al mismo empresario”, dijo Julián Domínguez Rivera, Presidente de Confecámaras.

 

Agregó que “este crecimiento en las renovaciones del registro mercantil confirma la confianza del sector empresarial en las condiciones actuales que ofrece la economía de nuestro país para seguir potenciando sus inversiones”.

 

Las 57 Cámaras de Comercio del país realizaron un amplio despliegue de herramientas electrónicas para que el empresario realizara su renovación por medios digitales, haciendo uso de ellas 4 de cada 10 empresarios, lo que les permitió ahorrar tiempo y evitar desplazamientos en la realización de este trámite. En regiones como Bogotá, el uso de medios electrónicos para renovar fue del 90%.

 

Registro Nacional de Turismo
El día de ayer también venció el plazo para renovar el Registro Nacional de Turismo registrando un alto aumento de renovaciones, lo que refleja la importante dinámica del sector y una mayor formalización. Se efectuaron 25.317 renovaciones, un aumento del 219% frente a lo ocurrido en 2018. El 62% de estas renovaciones pertenece a establecimientos de alojamiento y turismo, seguido por agencias de viaje (22%) y guías de turismo (5%).

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 020 del 26 de marzo de 2019, por la cual se señalan los sujetos obligados a expedir factura electrónica de venta con validación previa a su expedición y se establece el calendario para su implementación.

 

Para conocer la Resolución 020 completa, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que personas o empresas no autorizadas por la Entidad, circulan en redes sociales y publicaron en la página web https://facturaenlinea.co/2019/02/14/listo-calendario-implementacion-la-dian/, una pieza denominada “CALENDARIO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA".

 

Esta pieza, además de utilizar de forma indebida la marca DIAN, indica un calendario que no corresponde al proyecto de resolución publicado por la entidad en febrero pasado, “Por la cual se señalan los sujetos obligados a expedir factura electrónica de venta con validación previa a su expedición y se establece el calendario para su implementación", y cuyo calendario definitivo fue expedido a través de la Resolución 000020 del 26 de marzo de 2019.

 

La DIAN invitó a los obligados de expedir factura electrónica, a consultar siempre la información oficial dispuesta en el sitio https://www.dian.gov.co/fizcalizacioncontrol/herramienconsulta/FacturaElectronica/Paginas/default.aspx, o comunicarse con la Línea de Asistencia Telefónica 057 (1) 3556922.

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto en los artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010, expidió el 29 de marzo de 2019 la Resolución No. 0389 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para los siguientes periodos y modalidades de crédito:

 

Consumo y Ordinario: entre el 1 y el 30 de abril de 2019.
Microcrédito: entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2019.

 

Con la mencionada Resolución se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 19.32%, lo cual representa una disminución de 5 puntos básicos (-0.05%) en relación con la anterior certificación (19.37%).

 

Adicionalmente, se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de microcrédito en 36.89%, lo cual representa un aumento de 24 puntos básicos (0.24%) en relación con la anterior certificación (36.65%).

 

Interés remuneratorio y de mora
En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 28.98% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario y 55.34% efectivo anual para la modalidad de microcrédito.

 

Usura
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.

 

Para la modalidad de crédito de consumo y ordinario se sitúa en 28.98% efectivo anual, resultado que representa una disminución de 8 puntos básicos (-0.08%) con respecto al periodo anterior.

 

Para la modalidad de microcrédito es de 55.34% efectivo anual, un aumento de 36 puntos básicos (0.36%) con respecto al periodo anterior.

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