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El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios el Decreto Único Tributario | Libro 1 – Reglamento Impuestos del Orden nacional, mediante el cual hace una compilación de normas del orden reglamentario, sobre los impuestos del orden nacional.

 

El Ministerio recibirá comentarios hasta el 15 de enero de 2016 a través del formato establecido en su página web, que discrimina por número y texto del artículo del proyecto.

 

Para conocer el Proyecto de decreto completo y el formato para comentarios, haga clic aquí.

Con la colaboración del Comité de Expertos Tributarios (CET), creado por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, para apoyarlo en tema impositivos, la entidad emitió el Documento de Orientación Técnica 016 denominado “Elementos contables para la interacción entre la base contable y la fiscal durante los cuatro años de transición”.

 

El documento tiene como fin ayudar a dar claridad a los contadores públicos y demás interesados sobre las connotaciones contables del Decreto 2548 de 2014 y los efectos prácticos que puede generar durante el periodo de transición de cuatro años estipulado por la ley, para no permitir que la aplicación de los nuevos marcos técnicos normativos afecte la tributación de los contribuyentes en Colombia.

 

Los aspectos tratados por la orientación son los siguientes:
- Remisiones y omisiones.
- Periodo de aplicación remisoria.
- Bases contables y fiscales.
- Sistema de registro obligatorio.
- Libro tributario.
- Pérdida de vigencia de normas tributarias que ordenen comportamientos contables.
- El Revisor Fiscal en relación con el sistema de registros y el libro tributario.

 

Para conocer el documento completo, haga clic aquí.

Ante una serie comunicaciones que están llegando a los correos electrónicos de diferentes empresarios, en las que se exige hacer consignaciones a determinadas cuentas bancarias por concepto de contribuciones, multas y/o sanciones, la Superintendencia de Sociedades advirtió que:

 

La Superintendencia de Sociedades no ha autorizado a ninguna persona natural o jurídica para que utilice su marca, nombre o logo para recaudar dineros por concepto contribuciones, multas, sanciones, publicaciones o eventos comerciales.

La Superintendencia de Sociedades recomienda a toda la ciudadanía abstenerse de realizar negociaciones telefónicas con personas que utilizan el nombre de esta entidad para beneficio propio.

 

La Superintendencia de Sociedades recuerda que cuando realiza alguna actividad o efectúa cobros, convoca directamente mediante oficio o correo electrónico y además dicha información es publicada en la página web.

 

Antes de realizar cualquier transacción cerciórese de que el correo proviene de la cuenta Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y comuníquese al teléfono 2 201000, ext 2067, 2087 o 3274.

 

Las contribuciones únicamente se deben efectuar a través del sistema de pagos electrónicos que se encuentra en la página web www.supersociedades.gov.co, link “servicios electrónicos”, o en las oficinas de Bancolombia.

 

No realice negociaciones telefónicas ni suministre datos personales ni de su compañía que puedan comprometer su patrimonio.

 

La entidad hará saber a la ciudadanía a través de su página web www.supersociedades.gov.co sobre las contribuciones y cobros las actividades académicas en las cuales se trabaje de manera conjunta con otras entidades públicas o privadas.

 

La Superintendencia de Sociedades recuerda que quien -con el fin de obtener un provecho para sí o para otro, o causar daño- sustituya o suplante a una persona o se atribuya nombre, incurrirá en un delito.

 

La Superintendencia de Sociedades invita a los ciudadanos a denunciar este tipo de situaciones en los teléfonos 2201000, 3245777 en la línea nacional 018000114319, en el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y/o en la página web: www.supersociedades.gov.co.

La Cámara de Comercio de Bogotá informa que, con motivo de las vacaciones colectivas de la Entidad, del 21 de diciembre de 2015 al 8 enero de 2016 atenderá al público en su horario habitual únicamente en las siguientes sedes y puntos de servicio:

 

Sedes

Cedritos: Avenida 19 nro. 140-29

Centro: Carrera 9 nro. 16-21

Norte: Carrera 15 nro. 94-84

Salitre: Av. dorado nro. 68d-35

 

si tiene trámites radicados y pendientes de reclamar en las sedes que cierran con motivo de vacaciones colectivas de la entidad, podrá acercarse a la sede más cercana reclamar su trámite así:

 

Trámites radicados en la sede Kennedy y Cazucá, podrá acercarse a la Sede Salitre.

Trámites radicados en la sede Chapinero, podrá acercarse a la Sede Norte.

Trámites radicados en la sede Paloquemao, podrá acercarse a la Sede Centro.

Puntos de servicio

 

Punto de servicio Chía: Calle 11 No. 10-35

Punto de servicio Ubaté: Carrera 6 No. 7-75 - Local 1-21 (Centro Comercial Santa Lucia)

Durante las vacaciones colectivas, el servicio de horario extendido de los sábados se prestará de 9:00 a. m. a 1:00 p. m. en las sedes Centro y Norte.

 

Los días 24 y 31 de diciembre 2015 las sedes y puntos de servicio mencionados atenderán desde las 8:00 a.m. hasta las 12:00 p.m., el día sábado 02 de enero de 2016 la entidad no prestará servicio.

 

Puntos de atención Red CADE

Los puntos de atención de la Cámara de Comercio de Bogotá ubicados en la RED-CADE atenderán en su horario habitual, salvo modificación por parte de la alcaldía Mayor de Bogotá.

 

Supercade Américas: Avenida Carrera 86 nro. 43-55 Sur

Supercade Bosa: Calle 57R Sur nro. 72 D-12

Supercade CAD: Carrera 30 nro. 25-90

Supercade Calle 13: Avenida Calle 13 nro. 37-35

Supercade Suba: Avenida Calle 145 nro. 103B-90

Supercade 20 de Julio: Carrera 5A nro. 30D-20 Sur

Cade Fontibón: Diagonal 16 nro. 104-51

Cade Santa Helenita: Carrera 84 Bis nro. 71B–53 C.C. Portal de la sabana

Cade la Gaitana: Transversal 126 nro. 133–32

Cade Toberín: Carrera 21 nro. 169 -62

Cade Plaza de Las Américas: Carrera 71 D nro. 6-94 S

Centro Comercial Stuttgart local 108 Centro Comercial Plaza Américas. Local nro.1132

Cade Servitá: Calle 165 nro. 7-52

Horarios de atención CCB por vacaciones colectivas
 
La Cámara de Comercio de Bogotá informa que, con motivo de las vacaciones colectivas de la Entidad, del 21 de diciembre de 2015 al 8 enero de 2016 atenderá al público en su horario habitual únicamente en las siguientes sedes y puntos de servicio:
 
Sedes
Cedritos: Avenida 19 nro. 140-29
Centro: Carrera 9 nro. 16-21
Norte: Carrera 15 nro. 94-84
Salitre: Av. dorado nro. 68d-35
 
si tiene trámites radicados y pendientes de reclamar en las sedes que cierran con motivo de vacaciones colectivas de la entidad, podrá acercarse a la sede más cercana reclamar su trámite así:
 
Trámites radicados en la sede Kennedy y Cazucá, podrá acercarse a la Sede Salitre.
Trámites radicados en la sede Chapinero, podrá acercarse a la Sede Norte.
Trámites radicados en la sede Paloquemao, podrá acercarse a la Sede Centro.
Puntos de servicio
 
Punto de servicio Chía: Calle 11 No. 10-35
Punto de servicio Ubaté: Carrera 6 No. 7-75 - Local 1-21 (Centro Comercial Santa Lucia)
Durante las vacaciones colectivas, el servicio de horario extendido de los sábados se prestará de 9:00 a. m. a 1:00 p. m. en las sedes Centro y Norte.
 
Los días 24 y 31 de diciembre 2015 las sedes y puntos de servicio mencionados atenderán desde las 8:00 a.m. hasta las 12:00 p.m., el día sábado 02 de enero de 2016 la entidad no prestará servicio.
 
Puntos de atención Red CADE
Los puntos de atención de la Cámara de Comercio de Bogotá ubicados en la RED-CADE atenderán en su horario habitual, salvo modificación por parte de la alcaldía Mayor de Bogotá.
 
Supercade Américas: Avenida Carrera 86 nro. 43-55 Sur
Supercade Bosa: Calle 57R Sur nro. 72 D-12
Supercade CAD: Carrera 30 nro. 25-90
Supercade Calle 13: Avenida Calle 13 nro. 37-35
Supercade Suba: Avenida Calle 145 nro. 103B-90
Supercade 20 de Julio: Carrera 5A nro. 30D-20 Sur
Cade Fontibón: Diagonal 16 nro. 104-51
Cade Santa Helenita: Carrera 84 Bis nro. 71B–53 C.C. Portal de la sabana
Cade la Gaitana: Transversal 126 nro. 133–32
Cade Toberín: Carrera 21 nro. 169 -62
Cade Plaza de Las Américas: Carrera 71 D nro. 6-94 S
Centro Comercial Stuttgart local 108 Centro Comercial Plaza Américas. Local nro.1132
Cade Servitá: Calle 165 nro. 7-52

La Junta Central de Contadores recordó a todos los contadores públicos del país que de acuerdo con la Resolución 013 de 2014, deben actualizar la información ante la entidad durante los dos primeros meses de 2016.

 

La entidad señaló que quienes realicen su actualización de datos en diciembre de 2015, igual deben hacer el trámite en enero y febrero de 2016. Para quienes no tienen datos que actualizar, deben entrar a la página de la entidad, www.jcc.gov.co, para confirmar que ha revisado y que no tiene modificaciones señalando la casilla “De acuerdo”.

 

La Junta Central de Contadores también informó que las seccionales de Armenia, Barranquilla, Cali, Pereira e Ibagué, están cerradas desde el 11 de diciembre, por lo cual cualquier envío de información de los usuarios de estas sedes debe hacerse directamente a las oficinas de Bogotá.

La Superintendencia de Sociedades reiteró que toda persona natural o jurídica que promueva o promocione por cualquier medio, esquemas que resulten en la captación masiva y habitual de recursos del público sin autorización legal, será responsable penal y civilmente por sus actuaciones.

 

El pronunciamiento de la entidad se da luego de recibir una serie de denuncias según las cuales, personas inescrupulosas estarían engañando a incautos para que adquieran metales preciosos y envíen sus recursos a paraísos fiscales, donde se haría difícil la recuperación de los recursos.

 

Al respecto, el superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, hizo un nuevo llamado a la ciudadanía para que no ponga en riesgo sus ahorros y evite entregar sus recursos a esquemas piramidales.

 

Reyes Villamizar recalcó que la actividad de captar dinero del público y prestarlo, solo puede ser llevada a cabo por entidades debidamente autorizadas por la Superintendencia Financiera, so pena de incurrir en el delito de captación masiva y habitual, conducta que conlleva a prisión, según el Código Penal.

 

La entidad recordó que este tipo de investigaciones ya han surtido resultados y prueba de ello es el caso de la intervención de las operaciones de Emgoldex en Colombia y la investigación que se adelanta contra SwissGolden en Colombia.

 

Las actuaciones de la SuperSociedades han recibido incluso el espaldarazo de autoridades internacionales como la Securities and Exchange Commission – SEC (agencia federal encargada de supervisar los mercados financieros de Estados Unidos) y de otras jurisdicciones como la panameña.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que con el fin de dar celeridad a la expedición de los certificados de origen digitales para Ecuador y Chile, se determinó distribuir su aprobación de acuerdo al domicilio del productor o exportador a partir del 1 de diciembre de 2015:

 

Los certificados de Origen digitales para Chile se deben direccionar para su aprobación así:

· Dirección Seccional de Aduanas Medellín: Departamento de Antioquia y Cundinamarca
· Dirección Seccional de Aduanas Cúcuta: El resto del país

 

Los Certificados de Origen digitales para Ecuador se deben direccionar para su aprobación así:

· Dirección Seccional de Aduanas Cali: Cundinamarca
· Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas Buenaventura: Valle del Cauca
· Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas Ipiales: Antioquia y el resto del país.

 

Los Certificados de Origen digitales para México seguirán siendo expedidos por la Seccional de Bogotá.

A través de la Defensoría del Contribuyente y del Usuario Aduanero, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó una guía mediante la cual busca prevenir problemas reales y riesgos potenciales que afecten a los contribuyentes en esta época de Navidad y fin de año con los envíos que llegan a Colombia desde el exterior.

 

Entre otras, señala el valor y peso mínimos que deben tener los envíos, el tipo de mercancías prohibidas y los envíos desde países con tratados de libre comercio.

 

Para conocer la guía de la DIAN, haga clic aquí. 

En lo corrido de 2015 el Recaudo Bruto acumulado de los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, alcanzó la cifra de $116,6 billones, valor que representa una variación nominal de 8.1% respecto a igual período de 2014, en el que se logró un ingreso de $107,8 billones.

 

Esta variación se debe principalmente al comportamiento del Recaudo por Retención en la Fuente (a título de Renta, Retención de IVA y Timbre), en el que se ve un incremento de 12.6% pasando de $28,8 billones en 2014 a $32,4 billones en 2015, con una participación en la variación de 3.4%.

 

En cuanto a los tributos externos se presentó un crecimiento nominal para el período de 15.5% y una contribución a la variación de 2.3%; por último se destaca el Impuesto de Renta para la Equidad – CREE que presenta el mayor crecimiento del período con un 17.4% que significa un aumento en el recaudo de $1 billón.

 

En conclusión, se destaca que los ingresos por concepto de los tributos asociados a la actividad económica interna muestran una variación nominal de 6.8% frente al mismo período de 2014, mientras que los tributos asociados al comercio exterior (Arancel e IVA) aumentaron en 15.5% para el período enero- noviembre de 2015.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, divulgó el proyecto de Resolución “Por la cual se establece la obligación de presentar declaración de importación en forma anticipada para la importación de bombillos incandescentes, clasificados por las subpartidas arancelarias 8539.22.10.00 y 8539.22.90.00”; dando cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

Se recibirán comentarios, observaciones y sugerencias sobre este proyecto del 10 al 16 de diciembre de 2015, en el correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">

 

Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.

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