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El Informe Final de la Comisión de Expertos para la Equidad y la Competitividad Tributaria, que sugirió unos puntos específicos para una reforma tributaria estructural, también contiene las estimaciones preliminares del impacto en recaudo de las propuestas de la Comisión.

 

Para conocer el documento con las estimaciones preliminares del impacto en recaudo, descargue el archivo adjunto a esta noticia.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, empezó a operar su Centro de Cobro en el que se adelantará el cobro de manera persuasiva. Son cincuenta (50) agentes que contactarán al contribuyente persuadiéndolo para pagar sus obligaciones en mora y orientándolo sobre las formas de hacerlo.

 

Desde el mes de enero viene ejecutándose en las diferentes Seccionales de la DIAN el Plan de Cobro Nacional 2016, que permitió recaudar en el primer mes del año la suma de $388.633 millones.

 

El Centro de Cobro de la DIAN, en su primer día de operaciones, tenía la meta de contactar a 1.800 contribuyentes que se encuentren en mora por obligaciones exigibles del año 2016 y 2015 para que se pongan al día con el país.

 

Esta nueva forma de gestión de la cartera, será directamente manejada por la DIAN, con funcionarios debidamente entrenados y capacitados para el uso de los aplicativos, la plataforma tecnológica y los protocolos de atención e información que deben suministrar a los contribuyentes.

 

Actualmente el número de morosos es de 380.345, de los cuales 188.311 son personas jurídicas y 192.034 son personas naturales. Adicional a esto, la cartera de la DIAN es de $5.4 billones con $4.6 billones gestionables; el 65% de ésta corresponde a actos administrativos y el 35% restante a declaraciones presentadas por contribuyentes que no pagaron.

 

Los 50 agentes de la DIAN contactarán inicialmente a los morosos de 2015 y 2016, posteriormente a los de 2014, y años anteriores.

 

Por seguridad, y para evitar que inescrupulosos usen el nombre de la DIAN para estafar a los contribuyentes, se ha dispuesto de un protocolo mediante el cual los agentes del Centro de Cobro se comunicarán con los contribuyentes morosos a quienes se les ha enviado previamente un mensaje SMS (telefonía celular) o correo electrónico, de acuerdo con la información registrada en el RUT. En el mensaje se genera un código de seguridad que solo conocerá el contribuyente destinatario del mismo y la DIAN.

 

Con este plan de cobro persuasivo, la administración tributaria espera recaudar cerca de $2 billones por las obligaciones de 2015 y 2016.

La Superintendencia de Sociedades administrará y procesará la información consignada en los perfiles de los auxiliares que estén inscritos en la lista elaborada por dicha entidad a través del sistema de valoración de criterios para la selección de auxiliares de la justicia.

 

Así lo establece el proyecto de resolución que reglamenta los criterios que se utilizan para la selección de auxiliares de la justicia por medio del sistema mecanizado de valoración.

 

Esta iniciativa se encuentra a disposición de los auxiliares de la justicia con el fin de que puedan hacer sus observaciones y recomendaciones.

 

Esta herramienta suministrará un listado conformado por los auxiliares que estén mejor calificados para adelantar los procesos concursales o de intervención en atención al puntaje que arroje la evaluación de los criterios. El sistema seleccionará al auxiliar que obtenga el puntaje más alto para ocupar los cargos de liquidador, promotor o agente interventor.

 

Esta es una pieza vital, que permitirá medir la idoneidad de los auxiliares de la justicia de acuerdo con 75 variables, explicó el superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar.

 

La Superintendencia de Sociedades habilitará el acceso al sistema a los auxiliares que estén inscritos en la lista para que actualicen y acrediten el cumplimiento de los requisitos de que trata el decreto en mención. El ingreso estará disponible por un plazo de cuatro meses, contados a partir de la fecha en que se abra la primera convocatoria para la inscripción en la lista de auxiliares de la justicia.

 

1. Plazo para presentar observaciones 14 de marzo 2016. Correo para observaciones: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó para comentarios el proyecto de Resolución " Por la cual se modifica la Resolución 000004 de enero 08 de 2016 “Por la cual se prescriben y habilitan los formularios y formatos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, en el año 2016” dando cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre este proyecto del 4 al 8 de marzo de 2016, en el correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.

La Superintendencia de Sociedades expidió el manual de ética, que hará parte del nuevo sistema de selección de los auxiliares de la justicia.

 

El manual hace parte de la reglamentación del Decreto 2130 de 2015, con el cual, además, se promueve la participación efectiva de personas idóneas en los procesos que se adelantan en la entidad.

 

La nueva normatividad establece que los auxiliares de justicia se deben someter a códigos de conducta, por lo que el manual de ética contiene una serie de deberes como la buena fe, la lealtad, el respeto a las reglas del debido proceso, la imparcialidad, la eficiencia en la gestión, entre otros.


La Superintendencia pretende ejercer un control efectivo de cada auxiliar para que antes de ser designado, se revise si hay alguna situación de conflicto que pueda viciar su trabajo.

 

“Se trata de una serie de reglas que van a permitir que todas las personas que ocupen el cargo se sientan más tranquilos de que su conducta se ajusta a las pautas más elevadas de transparencia y de ética”, explicó el superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar.

 

El manual contiene además una lista de deberes particulares que deberá cumplir cada promotor, interventor o liquidador, como por ejemplo, suministrar información veraz y completa durante el procedimiento de inscripción a la lista y mantener su información actualizada.

 

Así mismo, cada auxiliar de justicia deberá suscribir un compromiso de confidencialidad e informar sobre el acaecimiento de cualquier hecho que pueda ser constitutivo de conflicto de interés o que pueda afectar negativamente el ejercicio de sus funciones.

 

Causales de incumplimiento
Entre las causales de incumplimiento del manual de ética de los auxiliares de la justicia están, entre otros, suministrar información engañosa acerca de sus calidades profesionales y académicas o sobre cualquier tipo de información que se haya tenido en cuenta para inscribirlo en la lista.

 

En casos como este, el juez del concurso o funcionario a cargo de la intervención dará traslado a la Fiscalía General de la Nación para lo de su competencia.

 

Entre las faltas que ocasionan incumplimiento aparece también el hacer uso indebido de información privilegiada, así como haber participado en la celebración de actos encaminados a disponer, gravar o generar detrimento de los bienes que integren el activo de la empresa que esté en un proceso concursal.


Conflictos de interés
El manual de ética contiene un capítulo dedicado a los conflictos de interés, que se presenta cuando el interés personal del auxiliar de la justicia o el de alguna de las personas vinculadas a él, le impida actuar de forma objetiva, imparcial o independiente.

 

Al respecto, explica que para que se configure una situación u ocurra una conducta que dé lugar a un conflicto de interés no será indispensable que exista un beneficio económico, directo o indirecto para el auxiliar de la justicia.

En caso de que el auxiliar considera que está incurso en un conflicto de interés antes o después de su designación, debe informarlo para que se adopte la decisión más pertinente.

 

Para conocer el manual de ética para auxiliares de la justicia, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el documento mediante el cual Colombia y Estados Unidos establecieron un acuerdo intergubernamental, más exactamente con el Departamento del Tesoro de Estados Unidos.

El acuerdo busca mejorar el cumplimiento fiscal internacional e implementar el FATCA.

 

Para conocer el documento completo, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, hizo cambios al Formulario 300, relacionado con el impuesto sobre las ventas. Los cambios son los siguientes:

 

1. Para los contribuyentes que tienen saldos a favor en ventas y que pueden solicitar devolución, se reduce la SECCION CONTROL DE SALDOS de nueve (9) a cuatro (4) renglones quedando así:

 

CONTROL DE SALDOS
RENGLON 86-Saldo a favor susceptible de devolución y/o compensación por el presente periodo.
RENGLON 87-Saldo a favor susceptible de ser devuelto y/o compensado a imputar en el periodo siguiente.
RENGLON 88-Saldo a favor sin derecho a devolución y/o compensación susceptible de ser imputado en el siguiente periodo.
RENGLON 89-Total saldo a favor a imputar al periodo siguiente.

 

2. Para los declarantes del Impuesto a las Ventas con periodicidad anual, se adicionan al formulario dos renglones para que incluyan el valor del IVA generado en el primer y segundo cuatrimestre, y que sirve de base para determinar el valor de los anticipos, tal y como lo establece el artículo 600 numeral 3 del Estatuto Tributario y el Decreto 1794 artículo 26 del año 2013.

 

CONTROL ANTICIPOS DECLARACION PERIODICIDAD ANUAL
RENGLON 90-Valor IVA generado primer cuatrimestre.
RENGLON 91-Valor IVA generado segundo cuatrimestre.

 

Cabe mencionar que estos dos últimos renglones SÓLO se diligencian en la declaración anual de IVA.

 

El Presidente de la República, Juan Manuel Santos Calderón, anunció que los servicios turísticos de cultura, negocios, reuniones, salud y bienestar, que se vendan para visitantes extranjeros que lleguen a Colombia, estarán exentos del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

 

La noticia la dio a conocer el Jefe de Estado al instalar la Vitrina Turística de Anato 2016. La medida cobija a quienes adquieran sus paquetes de viaje a través de prestadores de servicios del sector que estén en el Registro Nacional de Turismo y que vendan planes a visitantes extranjeros y nacionales no residentes.

 

Lo anterior se hará independiente de la actividad turística que piensen desarrollar en el país. La única condición es que los beneficiarios extranjeros no tengan intenciones de buscar la residencia colombiana.

 

Al tiempo que destacó la medida, la ministra de Comercio, Industria y Turismo, Cecilia Álvarez-Correa, dijo que se trata de una herramienta importante para lograr la meta trazada por su Cartera a 2018 de captar USD6.000 millones de divisas en las cuentas de viajes y transporte.

 

“El turismo será una de las industrias más beneficiadas luego de la firma de los acuerdos de paz. Es por ello que estamos preparando al sector para que sea más competitivo. También a los empresarios para que hagan mejores ofertas y a los subsectores como el turismo de salud y bienestar, de negocios y reuniones, a ampliar su mercado”, dijo la alta funcionaria.

 

La medida de exención del IVA para turistas extranjeros ya venía siendo aplicada para el turismo de ocio. La norma se amplía a más sectores, los cuales son considerados de alto gasto y beneficio económico para el país.

 

El decreto 297 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo rige a partir del 23 de febrero de 2016. Para su ampliación detallada los prestadores de servicios y viajeros pueden consultar la web de Presidencia y del Mincit.

El ministro del Trabajo, Lucho Garzón, acogió la propuesta que presentó el ministro del posconflicto, los Derechos Humanos y la Seguridad, Rafael Pardo, de destinar un pequeño porcentaje de los parafiscales de los gremios para financiar el Sistema de Riesgos Laborales, y así proteger a los trabajadores del campo que no cuentan con Seguridad Social.

 

Afirmó Pardo: El Plan de Desarrollo dio facultades al Gobierno para establecer la posibilidad de un régimen subsidiado en Riesgos laborales a trabajadores que no están en ese Sistema. Mi propuesta es que se haga esa reglamentación, pero que se busque una financiación en los fondos parafiscales, que por Ley tienen los distintos gremios de la producción agropecuaria.

 

Agregó que la población más desprotegida del país, son los trabajadores del campo, los gremios reciben cifras importantes en función del aporte a la economía nacional de cada producto y yo lo que digo es que se mire un pequeño porcentaje de estos fondos parafiscales que se usan para fomento, investigación, que de esos se financie ese Sistema de Riesgos Laborales subsidiado para trabajadores informales.

 

A su turno, el Ministro Lucho Garzón respondió: "Asumo y recojo esa propuesta suya como una tarea mía" y destacó que sería un esfuerzo de responsabilidad social por parte de las empresas para con los trabajadores del campo afectados por accidentes o enfermedades en razón de su trabajo.

Tras cumplir la etapa de socialización con los gremios, entes de control y la ciudadanía en general, el Ministerio de Transporte expidió la nueva resolución con la que se fija la base gravable de los vehículos para el 2016.

 

“Valoramos el esfuerzo y el tiempo de los diferentes gremios, como Fasecolda, Andi, Fenalco, Andemos, Asopartes, AsoUsados, Asorenting, la Asociación de Propietarios de Vehículos Particulares, entre otros; las secretarías de Hacienda de los Departamentos y Bogotá, y la Procuraduría General de la Nación.

 

Gracias a ese trabajo, en el que se incluyeron las observaciones de la ciudadanía, entregamos una resolución de calidad”, enfatizó la Ministra de Transporte, Natalia Abello Vives.

 

El proyecto de resolución estuvo publicado durante una semana en la página web del Ministerio (www.mintransporte.gov.co) para recibir observaciones y facilitar su consulta.

 

1. En la nueva resolución, tal como se anunció, la base gravable de los vehículos no supera en ningún caso el valor comercial.

2. Para los vehículos que requirieron un acercamiento al valor comercial, con respecto al 2015, el ajuste es inferior a la inflación (6,7%).

3. Para facilitarle el proceso a los usuarios y a las secretarías de Hacienda, se incluyó en la nueva resolución una Línea Base Estándar que agilizará el trámite en el caso de que el vehículo no esté en la tabla.

 

¿Cómo puede consultar la base gravable de un vehículo?

1. Ingrese a www.mintransporte.gov.co 

2. Haga clic en el aplicativo ‘Cálculo de la base gravable del pago de impuesto de vehículo’.

3. Seleccione el tipo, la marca, el cilindraje, la línea y el modelo de su vehículo

4. clic en ‘Buscar’

 

Para conocer la tabla completa de la base gravable, haga clic aquí.

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