Supersociedades se pronuncia sobre fallo de la Corte sobre la Ley 1778 de 2016
La Superintendencia de Sociedades, respecto a la Sentencia C-165 de 2019 de la Corte Constitucional, referente a la constitucionalidad de los artículos 20 numeral 1 y 2 (parcial) de la Ley 1778 de 2016, señaló lo siguiente:
1. Que la Entidad ha estudiado la sentencia de la Corte Constitucional y, por lo tanto, para la misma, es claro que no están permitidos los allanamientos de domicilio, ni las interceptaciones o registros de la correspondencia o comunicaciones privadas de las sociedades, sin orden judicial, lo cual ratifica la forma como esta entidad ha actuado en sus visitas administrativas en desarrollo de sus competencias de inspección, vigilancia y control, es decir de acuerdo con la Constitución y las leyes vigentes.
2. Que la Entidad recibe de manera positiva la decisión de la Corte Constitucional, toda vez que las facultades conferidas en virtud de la mencionada Ley, son indispensables para la eficacia de las investigaciones administrativas sobre la posible comisión de conductas de soborno transnacional, por lo que, esta decisión fortalece la lucha contra el soborno transnacional y el cumplimiento de los compromisos establecidos en la implementación de la CONVENCIÓN PARA COMBATIR EL COHECHO DE SERVIDORES PÚBLICOS EXTRANJEROS EN TRANSACCIONES COMERCIALES INTERNACIONALES (aprobada mediante la Ley 1573 de 2012).
3. Que la Entidad comparte la opinión de la Corte Constitucional respecto a que las visitas administrativas de supervisión, sin previo aviso, persiguen una finalidad legítima, en tanto permiten recaudar las pruebas necesarias para definir si los investigados están dando cumplimiento a sus obligaciones legales y estatutarias y que dicha finalidad se vería obstaculizada si no se garantizara el "factor sorpresa".
4. Que las diligencias probatorias realizadas en las visitas administrativas deberán tener una relación de conexidad con el ejercicio de las funciones administrativas y con el objeto de la investigación, al igual que las pruebas deberán recabarse de la información empresarial, es decir documentos privados, papeles del comerciante y contabilidad de las sociedades, lo cual podrá reposar en dispositivos y archivos físicos o digitales.
5. Que la Superintendencia deberá cumplir con los procedimientos y podrá hacer uso de todos los medios de prueba en las visitas administrativas previstos en el CPACA y en el CGP y que, solamente, requerirá orden judicial para aquellos que estén sometidos, según la Constitución, a reserva judicial (allanamientos, registros e interceptaciones, entre otros).
6. Que son constitucionales las visitas administrativas mediante el ingreso autorizado al domicilio corporativo para el recaudo de pruebas, al no ser un allanamiento, y las imposiciones de multas administrativas, cuando las sociedades investigadas nieguen la entrada al domicilio a la autoridad administrativa para tener acceso al material probatorio o reúsen su entrega, es decir a los documentos privados, papeles del comerciante y contabilidad de las sociedades, y siempre que las visitas administrativas tengan un alcance y finalidad específica y estén limitadas a la función de la Entidad.
Antes del 30 de junio se deberá pagar la prima a trabajadores domésticos
“Pague la prima de los trabajadores domésticos a tiempo y evite sanciones”, es el llamado del Viceministro de Empleo y Pensiones y encargado de las funciones del Despacho de la Ministra del Trabajo, Andrés Felipe Uribe, a los empleadores que contratan trabajadores domésticos y quienes deben cumplir con la obligación de reconocerles la prima de servicios, plazo que va hasta el 30 de junio.
Si usted tiene personas que presten servicios como trabajadores del hogar, jardineros, cuidadores de fincas, conductores y niñeras, le obliga liquidar para esta ocasión, o sea para este primer semestre, la prima de servicios de mitad de año, tal como lo define la Ley 1788 de 2016. Este beneficio corresponde a 30 días de salario por año o proporcional al tiempo laborado, a efectuarse en dos pagos (en junio y diciembre). El primer pago tiene como plazo máximo el 30 de junio.
Según la Gran Encuesta Integrada de Hogares del DANE, GEIH, en el 2018 de 661 mil 168 empleados de servicio doméstico, 191 mil 116 recibieron la prima. Mientras que, en el 2017, de 680 mil 567 trabajadores dedicados a esta actividad únicamente a 179 mil 870 les fue reconocida la prima por la prestación de este servicio.
De esta manera, entre 2017 y 2018 se presentó un aumento en el porcentaje de trabajadores cubiertos con la prima de servicios al pasar del 26,6 por ciento en 2017 al 28,9 por ciento en 2018. Así, un total de 11.246 trabajadores de servicio doméstico adicionales recibieron la prima de servicios en el año 2018 con respecto a 2017.
De los 661 mil trabajadores de servicio doméstico que ejercieron el oficio el año pasado en Colombia, 624 mil son mujeres, es decir el 95%, y 37 mil son hombres.
A abril de 2019, se encontraban afiliados 115 mil 344 trabajadores domésticos al Sistema de Subsidio Familiar.
El viceministro Uribe Medina recalcó que toda persona que labore en esta actividad tiene la posibilidad de mejorar sus condiciones y de gozar de los mismos derechos que tiene cualquier trabajador: “afiliación al Sistema Integral de Seguridad Social, prestaciones sociales como auxilios e intereses de cesantías, vacaciones, calzado y vestido de labor, auxilio de transporte cuando no es trabajador interno y jornada de trabajo de 8 horas y si es interno, esta no superará las 10 horas”.
Con respecto al tema, la delegada de la Mesa Intersindical de Trabajo Doméstico, Bertha Villamizar, señaló: “Hoy en día, las labores del hogar se pueden considerar formales y dignas, gracias a las acciones del gobierno, como es la afiliación al Sistema de Subsidio Familiar, que me permite disfrutar de beneficios y servicios de calidad que puedo compartir con mi familia”.
El alto funcionario, agregó que el no cumplir con esta obligación ocasiona sanciones a los empleadores: “La multa es de un día de salario por cada día de mora”. Según cifras de la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control de Mintrabajo, desde 2016 a la fecha, cerca de 62 mil querellas se han radicado en las Direcciones Territoriales del país, por incumplimiento al pago de prima de servicios de los trabajadores domésticos, de las cuales 6 mil 163 casos fueron sancionados, por un monto de más de $1.211 millones.
Lo importante, dijo el viceministro: “es concientizar al empleador sobre el derecho del trabajador a recibir la prima, lo que queremos es evitar sancionarlos, porque es un derecho que tienen y se debe cumplir”.
Finalmente, el viceministro Andrés Felipe Uribe, recordó: “desde el Ministerio del Trabajo se preside la Mesa de Seguimiento de la ley 1788 de 2016, donde participan empresarios, trabajadores y Gobierno, desde donde se hace un seguimiento al plan de trabajo concertado, en términos de promoción de derechos, la inspección desde un enfoque preventivo y una pedagogía como estrategias de medios”.
Ministerio del Trabajo presentó Sistema de Información de Riesgos Laborales
Con el propósito de articular la información en tiempo real de todos los actores del sector, la viceministra (e) de Relaciones Laborales e Inspección, Martha Liliana Agudelo Valencia, presentó el Sistema de Información de Riesgos Laborales.
Este avance que va a permitir hacer un seguimiento de inspección, vigilancia y control y definir políticas públicas ajustadas a las necesidades tanto de las entidades del sector como de los trabajadores, fue sustentado por la funcionaria en desarrollo de la reunión de los integrantes del Consejo Nacional de Riesgos Laborales.
La Viceministra encargada destacó además que con este Sistema de Información se logrará conocer de manera detallada el comportamiento de la enfermedad laboral en el país, sus causas, sus consecuencias, y las posibilidades de ajustar los mecanismos y las políticas para enfrentarla.
De esta manera, el Ministerio del Trabajo continúa avanzando en la modernización de sus procedimientos y metodologías en pro del mejoramiento de su objetivo misional.
Proyecto de Decreto, fondos de capital privado y establecimiento permanente
Hasta el 3 de julio, el Ministerio de Hacienda, recibirá comentarios sobre el Proyecto de Decreto “Por el cual se reglamentan los artículos 18-1, 23-1 y 368-1 del Estatuto Tributario y el artículo 58 de la Ley 1943 de 2018 y se adicionan y sustituyen unos artículos a la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria”, referente a los fondos de capital privado y establecimiento permanente.
Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.
Proyecto de decreto, Renta exenta - desarrollo del campo colombiano
El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 29 de junio el Proyecto de Decreto "Por el cual se reglamenta el numeral 2 del artículo 235-2 y el numeral 24 del artículo 476 del Estatuto Tributario, se adiciona la Sección 2 al Capítulo 22 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artículo 1.3.1.13.17. al Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria”, referente a la Renta exenta - desarrollo del campo colombiano
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Proyecto de resolución, nuevos numerales cambiarios sujetos a reporte exógena
Hasta el 26 de junio la DIAN recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución por la cual se establecen nuevos numerales cambiarios sujetos a reporte exógena cambiario para la DIAN, para lo cual se modifica el artículo 1º de la Resolución 4083 de 1999; las Tablas 2 de los Anexos 5 y 6 de la Resolución 09147 de 2006.
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Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.
MinHacienda presentó el Marco Fiscal de Mediano Plazo 2019
El ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla, presentó la edición No. 16 del Marco Fiscal de Mediano Plazo, documento que forma el eje central de la institucionalidad fiscal del país. Este documento se estableció en la Ley 819 de 2003, Ley de Responsabilidad Fiscal, que fue tramitada en su momento por el actual ministro, y se presenta anualmente al Congreso de la República y al país, con el escenario macroeconómico y fiscal que proyecta el Gobierno durante los siguientes 10 años.
Crecimiento económico: la apuesta del Gobierno
El ministro señaló durante la presentación del documento que la principal apuesta del Gobierno nacional es por la reactivación del crecimiento económico y la inversión privada. La expedición de la Ley de Financiamiento (Ley 1943 de 2018) constituye el principal elemento de esta estrategia, gracias a la significativa reducción implementada en la carga tributaria empresarial. “Las reducciones que experimentarán a partir de este año las empresas en el costo de invertir, gracias a la Ley de Financiamiento, representarán un importante impulso a la inversión, la generación de empleo y el emprendimiento, con el cual la economía podrá crecer a mayores tasas de forma sostenida”, expuso.
Los resultados económicos recientes dan muestra de estos efectos. Al respecto, el jefe de la cartera de Hacienda explicó que el índice de confianza comercial se encuentra en niveles históricamente altos, y que la inversión extranjera directa creció 68% en el primer trimestre de este año. De esta manera, se estima que la economía crecerá 3,6% este año, a pesar de tener un contexto económico global con alta incertidumbre. Esto implica que la economía nacional tendrá un dinamismo significativamente mayor que el promedio de la región (1,4%). Estas perspectivas de crecimiento del país son semejantes a los pronósticos de las entidades multilaterales y el Banco de la República para 2019.
“La mayor inversión tendrá un impacto importante en las tasas de crecimiento que la economía puede alcanzar de forma sostenida a niveles alrededor del 4,0% en el mediano plazo. Nuestra apuesta es que, por medio de las diversas iniciativas que está implementando el Gobierno, especialmente la Ley de Financiamiento, el crecimiento se acelere de 2,6% el año pasado a una tasa de crecimiento superior a 4,0% hacia 2022”, sostuvo Carrasquilla Barrera.
El panorama fiscal está despejado
Posteriormente, el ministro presentó la estrategia fiscal presentada en esta edición del Marco Fiscal de Mediano Plazo, la cual es consistente con una senda decreciente de déficit fiscal y de deuda pública. En esta estrategia, los ingresos siguen una senda relativamente estable, y mientras que el gasto sigue un ajuste gradual y ordenado, principalmente en intereses y gastos operativos del Gobierno.
En primer lugar, expuso el plan financiero de 2019 y 2020, en donde el Gobierno se plantea una meta de déficit fiscal de 2,4% y 2,2% del PIB, respectivamente. “Entre 2018 y 2019, el Gobierno realizará el ajuste más grande en el déficit fiscal desde que existe la Regla Fiscal, de 0,7pp del PIB. El resultado proyectado para 2019 es consistente con un superávit primario de 0,6% del PIB, el primero desde 2012 y el más alto desde 2008. En 2020 también se obtendrá un superávit primario, de 0,7% del PIB, derivado de la reducción del déficit fiscal a 2,2% del PIB. La obtención de estos superávits primarios es fundamental para lograr estabilizar y posteriormente reducir la deuda pública”, explicó Carrasquilla.
Luego detalló la estrategia fiscal de mediano plazo, la cual “se basa en alcanzar una meta de superávit primario de 1,0% del PIB a partir de 2021, lo cual asegura una senda decreciente de la deuda pública, alcanzando niveles similares a los observados antes de la caída de los precios del petróleo”.
El jefe de la cartera de Hacienda mencionó que, “la reducción total en el gasto ascenderá a 2,3 puntos porcentuales del PIB entre 2019 y 2030, mientras los ingresos tributarios estarán sustentados en los efectos positivos que tendrán en el mediano plazo la Ley de Financiamiento y la implementación de la factura electrónica. En particular, la Ley de Financiamiento incrementará el recaudo debido al mayor crecimiento que generará y al fortalecimiento de la DIAN, con lo cual se evidencia que esta Ley tiene un rol fundamental en asegurar una financiación sostenible de las necesidades de gasto de la Nación”. Así, el Gobierno plantea que no es necesaria la realización de reformas tributarias a futuro, lo cual generará seguridad jurídica en el sector empresarial y potenciará el crecimiento económico y la generación de empleo.
“La estrategia de ajuste del gasto está basada, por un lado, en una reducción del gasto en intereses soportada en la reducción de la deuda pública. Por otro lado, la disminución en el gasto de funcionamiento e inversión será posible gracias a mejoras en la focalización de los programas sociales, la sustitución de pasivos con alto costo financiero, la priorización en la asignación del gasto eficiente y la eliminación de duplicidades en las funciones de las entidades del Estado. El Plan Nacional de Desarrollo contiene buena parte de las medidas que van a hacer posible estos ajustes”, comentó el ministro Carrasquilla.
Proyectos de APP y Vigencias Futuras
Respecto al límite anual de autorizaciones para comprometer vigencias futuras de proyectos APP, se mantienen los niveles aprobados previamente, incluyendo un año adicional de la siguiente manera: 0,35% del PIB anual para el período 2019 y de 0,4% del PIB en cada año para los periodos 2020 – 2050.
Financiamiento 2019
Para la vigencia 2019, se contemplan desembolsos por $46.801 mm, los cuales estarán distribuidos en un 75% en moneda local y en 25% en moneda extranjera. Con esta estrategia, se estima una composición de la deuda de 69% en moneda local y 31% en moneda extranjera al final del año.
Las amortizaciones de deuda interna disminuyeron en $6.140 mm frente a lo presentado en el Plan Financiero de febrero de 2019, lo cual responde a los beneficios de la operación de manejo de deuda ejecutada en marzo de 2019. Esta reducción en los usos se ve reflejada en una menor colocación de TES para la presente vigencia. De esta forma, se contemplan colocaciones de Títulos de Tesorería TES por un total de $35.290 mm (3,4% del PIB). De este monto, $21.000 mm se obtendrán a través del mecanismo de subastas en el mercado local, $4.500 mm a través de las inversiones realizadas por entidades públicas y $9.790 mm se utilizarán como mecanismo de pago de obligaciones pendientes. A 31 de mayo de 2019, se han financiado $22.138 mm que corresponden al 63% de la meta de colocaciones.
Decreto 1054, MinComercio avanza en consolidación de nuevo modelo de zonas francas
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo puso en marcha un paquete de acciones para dar un nuevo impulso al modelo de zonas francas, diseñado para jalonar el empleo, la inversión y el desarrollo regional. Como parte de estas medidas, fue expedido el Decreto 1054 de 2019 el cual reglamenta la prórroga del instrumento de las zonas francas.
En la construcción de este decreto, participaron todos los miembros de la Comisión Intersectorial de Zonas francas, integrada por la Consejería para la Competividad y Sector Privado, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el Ministerio de Hacienda, el Departamento Nacional de Planeación – DNP- y la DIAN.
Este Decreto -que brinda seguridad jurídica a inversionistas y empresarios localizados en estas áreas-, permite que las zonas francas permanentes accedan a una prórroga que oscila entre 15 y 30 años adicionales, sujeta a compromisos de ejecución de nuevas inversiones. En el caso de las zonas francas permanentes especiales o uniempresariales, el Decreto definió que el término de prórroga oscilará entre 10 y 15 años, dependiendo de los compromisos de ejecución de nuevas inversiones y generación de empleos.
De acuerdo con el Decreto, el 8% de los compromisos de nuevas inversiones deberá estar destinado a actividades de ciencia, tecnología e innovación. Este requisito busca promover la adopción de nuevas tecnologías, mejorar la infraestructura de los usuarios y dar respuesta a los retos de competitividad, productividad y sostenibilidad.
Además del Decreto, la estrategia para fortalecer las zonas francas incluye la dinamización de la Comisión Intersectorial, la simplificación de trámites de evaluación y aprobación para la declaratoria de nuevas zonas francas, el seguimiento a las condiciones de inversión y la habilitación de una mesa de facilitación del comercio para zonas francas.
De otro lado, Pineda destacó la reciente instalación de la Mesa para la Facilitación del Comercio para las Zonas Francas que comenzó a sesionar el pasado 27 de mayo. En la primera sesión, esta Mesa contó con la participación de entidades del sector público (DIAN, la Polfa, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Consejería para la Competitividad y sector privado, Dian, Invima y DNP) y de gremios como el Consejo Gremial Nacional, Fitac, Analdex, Andi y el Consejo Privado de Competitividad, al igual que usuarios de zonas francas de diferentes zonas del país.
Concluyó que, de esta primera sesión, se establecieron matrices de compromisos en las que se identificaron oportunidades de mejora y acciones a desarrollar en materia de aduanas y de operaciones de comercio exterior. En las próximas semanas se desarrollará una agenda de trabajo de las entidades integrantes de la Mesa para avanzar en este plan.
Resolución 159, procedimiento para envío de información contable a la CGN
Por medio de la Resolución 159 del 10 de junio de 2019, la Contaduría General de la Nación incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la agregación de información, diligenciamiento y envío de los reportes de la Categoría información contable pública - Convergencia, a la entidad, a través del Sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública (CHIP).
Para conocer la Resolución 159 completa, haga clic aquí.
http://www.contaduria.gov.co/wps/wcm/connect/bae219cf-9d02-4443-be30-88ae5727bc51/Resoluci%C3%B3n+159+de+2019.pdf?MOD=AJPERES&CONVERT_TO=url&CACHEID=bae219cf-9d02-4443-be30-88ae5727bc51
En mayo el recaudo bruto de los impuestos nacionales creció 16%
Durante los cinco primeros meses de 2019, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, ha cumplido con las metas de recaudo formuladas. En el mes de mayo el recaudo bruto de los impuestos nacionales fue de $15,67 billones, lo que representa un crecimiento del 16.0% en relación con el mismo período de 2018, cuando se registró la cifra de $13,51 billones.
Este comportamiento se explica principalmente por el desempeño del recaudo de Retención en la Fuente a título de renta, que alcanzó la suma de $4,25 billones, representando un incremento de 14.6% en relación con 2018, y una contribución a la variación de 4.0%.
De igual manera, se destaca el desempeño del recaudo de los tributos asociados a la actividad económica externa, que, para el período observado, mostró un aumento del 22.2% en relación con 2018, en el que se recaudaron $1,78 billones mientras que en 2019 fueron $2,18 billones.
El 78.4% del recaudo bruto obtenido en el mes de mayo se concentró en tres conceptos: IVA con el 37.3%, Retención en la Fuente a título de Renta con 27.1% y tributos aduaneros con el 13.9% de participación.
Enero - Mayo
En el período enero - mayo de 2019 se obtuvo un recaudo bruto de $67,87 billones, lo que representa un crecimiento del 10.4% frente al mismo período de 2018, en el que se alcanzaron ingresos por $61,49 billones.
Este desempeño obedece al comportamiento del recaudo por Retención en la Fuente a título de Renta, por valor de $21,33 billones que comparado con el mismo período de 2018, en el que se lograron $19,08 billones, representa un incremento del 11.8% y una contribución de 3.7% a la variación. Es decir, que de los 10.4 puntos porcentuales en los que aumentó el recaudo en el período observado, estas retenciones explican 3.7 puntos porcentuales.
En segundo renglón, se ubicó el crecimiento del recaudo por concepto de tributos aduaneros, mostrando un incremento de 19.4% con respecto al mismo período de 2018, en el que se logró un recaudo de $8,48 billones mientras que en 2019 fue de $10,13 billones, y una contribución a la variación de 2.7%.
De manera agregada, se resalta que el recaudo bruto de los tributos asociados a la actividad económica interna alcanzó la cifra de $57,74 billones, que representa una variación nominal de 8.9% frente al 2018 en el que ingresaron $53,0 billones.
Recaudo por Gestión
En la última semana de mayo, se llevó a cabo la quinta jornada “Al día con la DIAN le cumplo al país", en cuyo desarrollo se adelantaron acciones del Plan de Cobro que permitieron la gestión de $5.02 billones por concepto de cobro y $33.886 millones por acciones de fiscalización.
En esta jornada fueron convocados 53.358 contribuyentes con obligaciones en mora por $1.7 billones con la DIAN, para que aprovecharan los beneficios determinados por la Ley 1943 de 2018.
Es importante resaltar que en desarrollo del Plan Nacional de Cobro, durante las jornadas adelantadas en el año 2019, se ha logrado recaudar $5,02 billones por concepto de recuperación de cartera, que comparado con el mismo período de 2018, en el que se recaudaron $3,85 billones, representa un crecimiento del 30.3%.