El Gobierno publicó la Directiva Presidencial No. 01 del 1 de abril de 2024, referente a las buenas prácticas para el ahorro de energía y agua en todos los edificios públicos de la rama ejecutiva.

Para conocer la Directiva Presidencia 01, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera, en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió la Resolución 0598 de 2024 por medio de la cual se certifica el Interés Bancario Corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, crédito productivo de mayor monto, crédito productivo rural, crédito productivo urbano, crédito popular productivo rural y crédito popular productivo urbano.

Crédito de consumo y ordinario

De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 23 de febrero al 15 de marzo de 2024, se certifica en 22,06% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 30 de abril de 2024.

La nueva certificación representa una disminución de 14 puntos básicos (-0,14%) frente a la vigente en marzo de 2024 (22,20%).

Crédito productivo

De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 23 de febrero al 15 de marzo de 2024, para las modalidades de crédito productivo se certifica el interés bancario corriente en:

Modalidad Efectivo anual
Crédito productivo de mayor monto 27,35%
Crédito productivo rural 20,54%
Crédito productivo urbano 36,10%
Crédito popular productivo rural 46,47%
Crédito popular productivo urbano 54,70%

Las tasas de interés bancario corriente certificadas tendrán vigencia entre el 1 y el 30 de abril de 2024.

La Junta Directiva del Banco de la República decidió por mayoría reducir en 50 puntos básicos (pbs) la tasa de interés de política monetaria a 12,25%

Cinco directores votaron a favor de esta decisión, uno lo hizo a favor de reducirla 75 pbs y otro votó por una reducción de 100 pbs. En su discusión de política, la Junta Directiva tuvo en cuenta los siguientes elementos:

- La tendencia decreciente de la inflación total continuó en febrero al ubicarse en 7,7% anual, lo que acumula una caída de 1,5 puntos porcentuales en los dos primeros meses del año. Igualmente, la inflación sin alimentos ni regulados continuó descendiendo al registrar 7,3% anual en febrero, a pesar de la mayor persistencia de la inflación del grupo de servicios.
- La encuesta mensual de analistas realizada por el Banco mostró que entre diciembre y marzo las expectativas de inflación se redujeron en la mediana de la muestra de 5,7% a 4,7%, y de 3,8% a 3,5% a uno y dos años respectivamente. De igual forma, las expectativas obtenidas de los mercados de deuda pública continuaron mostrando ajustes a la baja.
- El equipo técnico revisó a la baja su pronóstico de inflación para finales de 2024 de 5,9% a 5,4%, y considera que continuará descendiendo de tal forma que la inflación se encuentre cerca al 3% en un rango de +/- 1 pp a mediados de 2025.
- El equipo técnico proyecta un crecimiento de 1,1% en 2024, cifra que constituye una revisión al alza respecto al pronóstico de enero (0,8%).
- En 2023 la demanda interna se contrajo 3,8%. Ello se tradujo en un ajuste significativo del déficit en la cuenta corriente que pasó del 6,2% del PIB en 2022 al 2,7% en 2023, lo cual contribuyó a reducir la vulnerabilidad externa del país.

Teniendo en cuenta la coyuntura descrita, la decisión de la Junta adoptada el día de hoy acelera el ritmo de reducción de la tasa de interés, al tiempo que mantiene una postura de política acorde con el objetivo de conducir la inflación a su meta a mediados de 2025. La Junta Directiva reitera que las futuras decisiones dependerán de la nueva información disponible.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 031 del 26 de marzo de 2024, respondiendo a una consulta sobre el Impuesto Diferido – Transacciones de financiación.

Para conocer el Concepto 031, haga clic aquí.

Por medio del Concepto 057 del 22 de marzo de 2024, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, respondió a una consulta sobre el Reconocimiento de salario en especie.

Para conocer el Concepto 057, haga clic aquí.

Martes, 26 Marzo 2024 18:26

DIAN presentará plan canguro exportador

El Plan Canguro Exportador es un programa para orientar a los ciudadanos en los trámites de exportación y en los aspectos básicos de acceso al servicio informático electrónico de salida de mercancías.

En el programa se ofrece acompañamiento a los ciudadanos en el trámite de exportación y la información que deben entregar al diligenciar los formularios aduaneros a través del servicio informático electrónico de salida de mercancías, desde su inicio con la Solicitud de Autorización de Embarque (SAE) hasta la obtención de la Declaración de Exportación (DEX).

¿Cuál es el objetivo del Plan Canguro Exportador?
El objetivo de esta estrategia es entregarle herramientas a los ciudadanos y usuarios para mejorar la logística y la utilización de los servicios tecnológicos para el control y la facilitación de las operaciones de exportación.

El programa también promueve la actuación directa en las exportaciones que realicen las personas naturales y jurídicas a nivel nacional, en especial las MIPYMES. Así se reducen los tiempos en las operaciones de comercio exterior.

¿Cómo se accede al Plan?
Para acceder al Plan acérquese a los Puntos de Contacto de la DIAN, donde las divisiones de servicio al ciudadano lo orientarán.

En su trabajo de garantizar la seguridad fiscal del Estado y de facilitar el complimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) continúa las acciones de control, entre las que se incluyen la gestión de la cartera morosa. Como producto de ellas, la entidad identificó a 109.914 contribuyentes retenedores en la fuente que no han consignado cerca de $4.9 billones.

En este sentido, la DIAN invita a los grandes contribuyentes que tienen pagos pendientes por más de $3.3 billones a ponerse al día cuanto antes con las compensaciones a las que haya lugar.

Como sucede con el Impuesto Sobre las Ventas (IVA) y el Impuesto Nacional al Consumo, la primera consecuencia para quienes no pagan a tiempo estos recursos a la administración tributaria es el recargo de intereses moratorios desde el día siguiente al vencimiento del plazo para declarar y pagar.

La segunda consecuencia es de carácter penal, pues no pagar constituye un delito llamado ‘omisión de agente retenedor’, que puede llevar a una pena de prisión de entre 48 y 108 meses, y a una multa equivalente al doble del valor no consignado, sin superar el valor equivalente a 1.020.000 de UVT ($48.006 millones).

En lo correspondiente a diciembre de 2023 y enero de 2024, la DIAN encontró que 82.809 retenedores en la fuente no han hecho el pago de lo recaudado por ventas o servicios, lo que se traduce en una deuda de $2.5 billones con el fisco.

Es importante precisar que la tasa de interés para el pago de obligaciones en mora se encuentra establecida en el artículo 634 del Estatuto Tributario, la cual se actualiza de manera mensual por la Superintendencia Financiera y corresponde a la tasa de usura menos 2 puntos, que para marzo 2024 está en 31.30%.

Adicionalmente, en la región de los Santanderes, 6.625 contribuyentes adeudan a la DIAN $85.971 millones por concepto de IVA e Impoconsumo que fue cobrado a los ciudadanos, pero no estregado oportunamente a la entidad. Asimismo, aunque ya son 49.252 los facturadores electrónicos en esta región, aún faltan 6.816 por cumplir con esta obligación.

En cuanto a la implementación de documentos equivalentes electrónicos a la factura, la entidad sigue dando especial acompañamiento a los contribuyentes para que cumplan con los plazos contemplados entre el 1 de mayo y el 1 de noviembre próximos.

Hasta el 6 de abril, el Ministerio de Hacienda recibirá comentarios sobre el Proyecto de Decreto “Por el cual se reglamentan los artículos 35, 38, 39, 40, 40-1, 41, 81, 81-1 y 118 del Estatuto Tributario y se sustitiuyen los artículos 1.2.1.7.5. del Capítulo 7 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1, 1.2.1.12.6. y 1.2.1.12.7. del Capítulo 12 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 y 1.2.1.17.19 del Capítulo 72 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, sobre el interés presunto y el componente inflacionario”.

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

Con el fin de disminuir los costos del crédito a los empresarios colombianos que se destacan por sus buenos hábitos de pago y comportamiento crediticio, el Fondo Nacional de Garantías – FNG, renovó su producto de garantía Preferente y creó Preferente Premium, los cuales tendrán beneficios en cuanto a costos y montos de los créditos a respaldar.

El producto Preferente contará con una comisión del 1,99% anual, lo que se traduce en 0,16% mensual, sin límite de plazo, cobertura del 50%, así como mayores montos a respaldar, de acuerdo con el cupo que cada empresario tenga con el FNG, pues antes había un límite general. Por su parte, Preferente Premium, tendrá una comisión de 1% anual, es decir, 0,08% mensual.

“Estos productos nacieron tras múltiples conversaciones, tanto con las entidades financieras, como con los empresarios, quienes nos reiteraban la necesidad de mejorar las condiciones del crédito productivo. Hoy les respondemos con estas mejoras en nuestros productos Preferentes”, expresó Javier Cuéllar, presidente del FNG.

Cuéllar agregó que en el FNG “estamos orgullosos de presentarle estos productos al país y trabajarlos de la mano con nuestras entidades financieras aliadas, estamos seguros del impacto positivo que tendrán miles de empresas que se verán beneficiadas de estas mejoras.

Adicionalmente, las empresas del sector agropecuario primario podrán aplicar, algo novedoso teniendo en cuenta que antes no podían ingresar al segmento preferente. “Que los empresarios del sector agro puedan contar con un fiador de confianza que les permita no solo acceder al crédito, sino tener mejores condiciones que les permitan mantenerse en el tiempo”, expresó el presidente del FNG.

Los productos contarán con otros beneficios como asesoría personalizada para los empresarios beneficiarios, así como una mayor agilidad en el estudio para las nuevas empresas que ingresarán a este segmento, el cual solo tomará entre 3 a 5 días hábiles.

La Agencia de Renovación del Territorio (ART) publicó el Banco de Proyectos susceptibles de ser financiados a través del mecanismo de Obras por Impuestos - Opción Fiducia y Convenio, en el cual se encuentran más de 120 proyectos por valor de $ 1,017 billones, que buscan la transformación económica y social de los territorios que hacen parte de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) y las Zonas Más Afectadas por el Conflicto Armado (ZOMAC).

La invitación a las empresas es a revisar los proyectos de interés y presentar su vinculación antes del 01 de abril de 2024 a través de la plataforma en línea dispuesta por la ART en su página web, en el siguiente enlace: https://obrasporimpuestos.renovacionterritorio.gov.co/ObrasImpuestos

Según explicó el director de la Agencia de Renovación del Territorio, Raúl Delgado Guerrero, esta es una fuente de financiación que permite al sector privado del país destinar hasta el 50% de su impuesto de renta en proyectos que contribuyen al cierre de brechas socioeconómicas y a la transformación de los territorios que más han sufrido las consecuencias de la violencia y la pobreza.

Vale recordar que, para este mecanismo, el Gobierno del Cambio aumentó su cupo CONFIS de $500.000 millones en 2022 a un billón de pesos en 2024, una cifra histórica desde su creación en 2018. “Buscamos que el empresariado se vincule más a la construcción de paz y que las entidades públicas del orden territorial y nacional gestionen más proyectos para beneficio de las comunidades”, afirmó.

Entre los sectores más dinámicos del Banco de Proyectos de Obras por Impuestos se destacan: infraestructura vial, educación, salud, energía, agua potable y saneamiento básico, tecnologías de la información, pagos por servicios ambientales y gestión del riego, entre otros.

Vale recordar que existen dos opciones para presentarse al mecanismo:
La opción FIDUCIA: a través de la cual el empresario pude realizar proyectos invirtiendo hasta el 50% de su impuesto de renta a cargo en sectores como educación, transporte, energía, vivienda, ciudad y territorio y salud. Los proyectos se ejecutan a través de una fiduciaria, que es la encargada de administrar los recursos de los proyectos y realizar el proceso de contratación de los diferentes actores que se requieren para desarrollarlos (interventoría, gerencia, contratistas de obra, etc.), bajo la coordinación e instrucción del empresario, quien es el responsable de la ejecución del proyecto hasta entregarlo terminado y a satisfacción.

En este caso, los interesados deben aplicar a través del siguiente enlace (https://www.renovacionterritorio.gov.co/#/es/publicacion/152/obras-por-impuestos-opcion-fiducia)

Y la opción CONVENIO: por este mecanismo el contribuyente realiza los proyectos con recursos propios a través de un convenio que firma con el ministerio competente a los sectores antes mencionados, más proyectos referentes a infraestructura productiva, cultural, bienes públicos rurales, tecnologías de la información, gestión del riesgo y pago por servicios ambientales.

En este caso el contribuyente contrata directamente a los actores que requiera para ejecutar el proyecto, lo entrega terminado y recibe en contraprestación Títulos para la Renovación del Territorio – TRT, con los cuales podrán pagara hasta el 50% del impuesto de renta a cargo y/o negociarlos en el mercado. En este caso, los interesados deben aplicar a través del siguiente enlace: https://www.renovacionterritorio.gov.co/#/es/publicacion/173/obras-por-impuestos-opcion-convenio).

Para ambos casos tenga en cuenta los requisitos y formatos detallados en los enlaces relacionados.

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