Algunos trámites ante DIAN tendrán que ser con radicación
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que a partir del 01 de marzo de 2018 las Personas Jurídicas que tramiten Solicitudes Especiales, deberán hacer la radicación para los siguientes conceptos a través de www.dian.gov.co, haciendo uso del Instrumento de Firma Electrónica:
Cese de Actividades Impuesto sobre las Ventas - IVA:
Tenga en cuenta que:
- Una vez creada la solicitud a través de la WEB, el cliente deberá allegar dentro de los cinco (05) días siguientes, por correo certi¬cado a la División de Asistencia al Cliente de la Dirección Seccional de su jurisdicción, los documentos soportes necesarios para veri¬cación y estado de la solicitud.
- Sí usted NO realiza ninguna actividad gravada con el Impuesto a las Ventas - IVA, puede radicar una solicitud especial solicitando el cese de esta responsabilidad, previo cumplimiento de requisitos.
Cancelación de la Inscripción en el Registro Único Tributario - RUT
- De personas Jurídicas y asimiladas procede cuando se modifique su estado (liquide, fusione o escinda, absorba).
- De personas Naturales en caso de fallecimiento. (Sucesiones Ilíquidas)
- De personas Naturales en caso de cambio de género (Cancelación del documento de identificación).
- Por finalización del contrato de consorcio o unión temporal o cualquier otro de colaboración empresarial.
- Por la cancelación de la inversión en Colombia o cambio de titular de la inversión.
- Por el cese de actividades en Colombia de las Sociedades, Entidades extranjeras y Personas naturales que realicen operaciones a través de Establecimientos Permanentes.
Tenga en cuenta que:
- Una vez creada la solicitud a través de la WEB, el cliente deberá allegar dentro de los cinco (05) días siguientes, por correo certificado a la División de Asistencia al Cliente de la Dirección Seccional de su jurisdicción, los documentos soportes necesarios para verificación y estado de la solicitud.
- Antes de radicar la solicitud, el RUT debe estar debidamente actualizado (Dirección, correo electrónico, teléfonos, estado de la sociedad, representación legal, ente otros) ya que una vez se radique, no es posible realizar modificaciones.
- Debe estar al día en la presentación y pago de sus obligaciones.
SuperSociedades ordenó más de 200 intervenciones por captación ilegal en 2017
La Superintendencia de Sociedades ordenó un total de 210 intervenciones administrativas contra empresas y personas, dentro de los procesos e investigaciones que adelanta por captación ilícita y habitual de recursos del público.
El Superintendente de Sociedades Francisco Reyes Villamizar informó que "la cifra de intervenciones ordenadas el año pasado es la más alta, desde que se desplomaron las pirámides DMG y DRFE entre 2008 y 2009".
Las cifras consolidadas hasta el 31 de diciembre pasado implican que el número de intervenciones aumentó un 76% con respecto a los casos registrados en 2016.
El reporte anual consolidado señala que de las 210 intervenciones ordenadas, 51 corresponden a personas jurídicas y 159 a personas naturales. Con estas actuaciones, la cifra de intervenciones por captación ilícita asciende a 724 en los últimos 9 años.
Reyes Villamizar explicó que "si bien la captación ilícita ha adoptado mecanismos sofisticados como las falsas libranzas y se vale del desarrollo de la Internet y de las redes sociales, todavía subsisten paralelamente las tradicionales pirámides de esquina o de garaje, según casos reportados a la Superintendencia en 2017, especialmente en municipios pequeños o intermedios como Caloto en el Cauca".
La Superintendencia de Sociedades reitera el llamado a la comunidad para que se abstenga de invertir en negocios que prometen abultadas ganancias, que están por fuera de la lógica del mercado financiero.
Además, la entidad insiste en la necesidad de atender señales de alerta y desconfiar de negocios que utilicen como "gancho", el pago de ganancias desproporcionadas solo por vincular a nuevos inversionistas, sin que medie la compra o venta de un producto o servicio tangible.
Cabe recordar que la captación ilícita, no solo da pie para la intervención administrativa de la Superintendencia de Sociedades, con embargos de bienes a quienes incurran en esta actividad, sino que también puede dar pie para investigaciones penales por parte de la Fiscalía General de la Nación, que pueden terminar en condenas hasta de 20 años de prisión.
Inician vencimientos de renta para grandes contribuyentes
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, informó que, a partir del próximo jueves 8 de febrero, inician los vencimientos para que los Grandes Contribuyentes cancelen la primera cuota del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios.
Así lo advirtió Cecilia Rico Torres, Directora de Ingresos de la Entidad, quien dijo que el día 8 de febrero tienen vencimiento los Grandes Contribuyentes cuyo último dígito del Número de Identificación Tributaria -NIT, terminados en 0, continuando el día 9 de febrero con los terminados en 9, y así sucesivamente hasta el día 21, cuando cierran la primera cuota los contribuyentes cuyo último dígito del NIT es 1.
Este grupo de contribuyentes son en total 3.586, y están determinados por las condiciones estipuladas en la resolución DIAN 000027 del 23 de enero de 2014, tales como, por ejemplo, que en su declaración del Impuesto de Renta y Complementarios, tengan: activos fijos o patrimonio líquido declarados superiores a 3.000.000 UVT; ingresos brutos superiores a 2.000.000 de UVT; o valor total del impuesto a cargo superior a 35.000 de UVT, entre otras condiciones.
Los pagos de este impuesto se dividen en 3 cuotas, que se pagan en febrero, abril y junio. La primera es el 20% del saldo a pagar del año anterior, que se paga en febrero con un recibo de pago sin presentar declaración. En abril, presenta la declaración, resta la primera cuota y el saldo a pagar lo divide en dos cuotas iguales que paga en abril y en junio.
La DIAN precisó que en la vigencia 2017, los pagos de la primera cuota del Impuesto de renta de Grandes Contribuyentes por concepto de renta año gravable 2016, fue de $1,35 billones, y se estima que estará alrededor de $1,4 billones.
Por último, la Directora de Ingresos de la DIAN recordó que de no cumplirse con la obligación tributaria dentro de las fechas fijadas por el Decreto 1951 de 2017, el contribuyente podrá verse incurso y pagar una sanción extemporaneidad, cuyo monto depende de si el contribuyente corrige su incumplimiento voluntariamente o como consecuencia de la actuación de la DIAN. Si la presentación extemporánea es voluntaria, la sanción es de sólo el 5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción de extemporaneidad, en caso contrario, el valor de la sanción se duplica.
Proyecto de resolución sobre intercambio automático de información
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó para comentarios el proyecto de resolución “Por medio de la cual se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 631-4 del Estatuto Tributario”, referente a las obligaciones relacionadas con el intercambio automático de información.
La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución del 7 al 16 de febrero de 2017; a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.
Base gravable del impuesto sobre las ventas en construcción es el valor total de la operación
De acuerdo con una decisión del Consejo de Estado en su Sección Cuarta, la base gravable del impuesto sobre las ventas en la prestación del servicio de construcción es el valor total de la operación, esto es, la remuneración que perciba el constructor, llámense honorarios o utilidad, según el caso.
Síntesis del caso: Se estudió la legalidad de los actos a través de los cuales la DIAN modificó la declaración del impuesto sobre las ventas que presentó la demandante por el sexto periodo del año 2010, para liquidar el IVA generado sobre la totalidad del ingreso facturado y no exclusivamente sobre la utilidad, bajo la consideración de que la actividad de la actora no constituía la prestación de un servicio de construcción (artículo 3 del Decreto 1372 de 1992) sino una venta de bienes muebles con instalación (artículo 421 literal c) del E.T.).
Problema jurídico: ¿En la prestación del servicio de construcción, el impuesto sobre las ventas se liquida sobre la totalidad del ingreso facturado o solo sobre la utilidad?
Tesis: “[L]a base gravable para liquidar el IVA en los contratos de construcción de bienes inmuebles, que corresponde a la prestación de un servicio, son los honorarios del constructor y, en su defecto, la utilidad que este obtenga, que se encuentra estipulada en tales contratos. La base gravable para liquidar el IVA en los contratos de construcción, prevista en el artículo 3 del Decreto 1372 de 1992, no modifica la regla general descrita en el artículo 447 del Estatuto Tributario, sino que la aclara sin exceder los límites previstos en la mencionada disposición. Así lo precisó esta Sección al analizar la legalidad de la citada norma. (…) Por tanto, la base gravable para liquidar el IVA en la prestación del servicio de construcción es el valor total de la operación, esto es, la remuneración que perciba el constructor, llámense honorarios o utilidad, según el caso”.
Sentencia de 13 de julio de 2017, exp. 68001-2333-000-2013-00451-01 (21188), C.P. Milton Chaves García, medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho.
MinComercio y MinHacienda se unen en campaña Menos Trámites, Más Simples
La intervención de 12 trámites en cinco entidades del Gobierno beneficiará a empresarios de todos los sectores económicos. La meta de la campaña ‘Menos trámites, Más simples’ es intervenir un trámite por semana, pero en la práctica se ha logrado cubrir casi uno diario, al alcanzar 57 en poco más de dos meses con 10 trámites eliminados, 32 automatizados y 15 simplificados.
En esta entrega de la campaña, doce trámites fueron intervenidos. En total, 57 trámites han sido eliminados, simplificados o automatizados. Ahora, habrá un único formulario nacional para pagar el impuesto de industria y comercio.
“Todos los empresarios se verán beneficiados con la simplificación hecha en el trámite de la declaración y el pago del Impuesto de Industria y Comercio. Además, quienes estén relacionados con el comercio exterior y las apuestas legales en línea, así como aquellos que transportan legalmente plantas y animales por el territorio nacional, se verán favorecidos con los demás trámites intervenidos en esta nueva entrega de la campaña”, explicó la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Lorena Gutiérrez.
El Ministerio de Hacienda, y sus entidades adscritas, la DIAN y Coljuegos, se incorporaron a esta campaña para hacerle más fácil la vida a los empresarios. En total, entre las tres entidades, sumaron seis intervenciones sobre trámites de su competencia.
“La declaración y pago del Impuesto de Industria y Comercio que empresas y personas naturales deben hacer ante las autoridades regionales cuenta, a partir de este año, con un formulario único para todo el país. Esta es una buena noticia para los empresarios, que podrán hacer este trámite de manera más simple. De 100 formularios que teníamos en municipios, pasamos a uno solo”, anunció el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas.
Por su parte, Juan B. Pérez, presidente de Coljuegos, aseguró que “a través de la tecnología vamos a permitir que los trámites y las inscripciones ante Coljuegos se hagan de manera más expedita y transparente. La simplificación de trámites le dará mayor dinamismo al sector de apuestas y juegos, así como mayor capacidad de recaudo al Estado colombiano”.
Otras entidades que hacen parte de esta intervención de trámites fueron la Autoridad Nacional Pesquera, el Ministerio de Agricultura y la Superintendencia de Sociedades.
Los trámites intervenidos
MINHACIENDA
Simplificado. La declaración y pago del Impuesto de Industria y Comercio que empresas y personas naturales deben hacer ante las autoridades regionales cuenta, a partir de este año, con un formulario único para todo el país.
DIAN
Simplificado: La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, creó un contact center como canal exclusivo para usuarios aduaneros. El servicio maneja atención, consulta y soporte relativo a la normatividad aduanera en los servicios informáticos electrónicos. Las líneas telefónicas son 5462200 y 6059830 para Bogotá; y nacional 01 900 555 0993 y 01900 111 5462.
COLJUEGOS
Simplificado y automatizado: Las empresas que hagan juegos de suerte y azar (rifas, bingos, raspa y gana, loterías) para publicidad o promoción de sus bienes y servicios tendrán que presentar menos documentos y podrán pagar el trámite de autorización ante COLJUEGOS por vía electrónica.
Simplificado: Los operadores interesados en ofrecer en Colombia juegos de suerte y azar en línea, lo que incluye apuestas de eventos deportivos, póker, black jack, y bingos podrán radicar su solicitud de autorización y hacerle seguimiento a través de internet.
AUNAP
Eliminado. El salvoconducto o guía de movilización que debía portar quien transportara productos pesqueros y de acuicultura dentro de Colombia será reformulado. Entretanto, la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca, AUNAP, lo eliminó temporalmente, por lo que ninguna autoridad podrá pedirlo.
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Eliminado. Quienes por trabajo o investigación cuentan con autorización legal para movilizar animales o plantas (especímenes de la diversidad biológica) deben gestionar el Salvoconducto Único Nacional ante una autoridad ambiental regional. Estos documentos tienen precios diferentes, tiempos de respuesta disimiles y disparidad de criterios en su trámite. Ahora, comenzó el proceso para eliminarlos y reemplazarlos por un Salvoconducto Único Nacional en Línea que se tramitará por Internet. Las autoridades ambientales tienen hasta el 19 de abril de 2018 para implementar el proceso a través de la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea (VITAL).
SUPERSOCIEDADES
Automatizado. Las empresas interesadas en acudir a la conciliación - un trámite informal, rápido y gratuito, con la colaboración de un tercero– para enfrentar controversias podrán hacer el proceso en línea.
Automatizado. Se creó un sistema en línea para solicitar ante la Supersociedades investigaciones administrativas encaminadas a determinar si una sociedad declaró o no la situación de control sobre una o más compañías.
Automatizado. La petición a la Supersociedades para que ordene la Reforma de las cláusulas o estipulaciones de los estatutos sociales que violen normas legales contra los socios de sociedades se puede solicitar en línea.
Automatizado. Una vez tengan el visto bueno del Ministerio de Trabajo y los cálculos actuariales al día, las empresas podrán solicitar autorización para la normalización del pasivo pensional ante Supersociedades utilizando Internet.
Automatizado. La convocatoria a reuniones extraordinarias de asamblea general de accionistas o junta de socios, se podrá tramitar en línea.
Incentivo tributario para hoteles en municipios pequeños no necesita reglamentación
El Gobierno informó que no se requiere un decreto reglamentario para la aplicación del incentivo tributario para los hoteles que se construyan en los municipios con menos de 200 mil habitantes, mecanismo que fue establecido en la pasada reforma tributaria (Ley 1819 de 2016).
Durante la presentación de los avances de la campaña ‘Menos Trámites, Más Simples’, la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Lorena Gutiérrez, y el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, aclararon las condiciones que se deben cumplirá para acceder a ese incentivo.
“El objetivo de esta medida es potenciar la inversión hotelera en las regiones para atraer más visitantes e impulsar el turismo. Buscamos mejorar la competitividad en las zonas del país afectadas por el conflicto con infraestructura e innovación”, indicó la ministra Gutiérrez.
Por su parte, el ministro Cárdenas explicó que “quienes construyan nuevos hoteles en los próximos 10 años en los municipios del país con menos de 200.000 habitantes tienen garantizada una tarifa del 9 % del impuesto de renta hasta por 20 años”.
Ya son 11 los municipios que han mostrado disposición a explorar el turismo como opción de reincorporación, reconciliación y desarrollo del territorio. Estos son: Mesetas, Dabeiba, La Paz, Fonseca, Icononzo, Planadas (Tolima), Montañitas y San Vicente del Caguán (Caquetá), El Charras y Colinas (Guaviare), y Anorí (Antioquia).
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo recordó que los empresarios que se acojan a este beneficio deben estar inscritos en el Registro Nacional de Turismo y estar al día con sus aportes parafiscales.
Para la obtención de este beneficio, la DIAN, por su lado, verificará que los nuevos hoteles cuenten con la siguiente documentación:
1. Certificación expedida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, acerca de la prestación de servicios turísticos en el establecimiento hotelero nuevo.
2. Certificación expedida por la Curaduría Urbana, por la Secretaría de Planeación o por la entidad que haga sus veces en el domicilio del inmueble, en la cual conste la aprobación del proyecto de construcción del establecimiento hotelero nuevo.
3. Certificación del Representante Legal y del Revisor Fiscal o Contador Público, según el caso, en la cual conste:
a. Que el valor de las rentas solicitadas con tarifa del nueve por ciento (9%), en el respectivo año gravable, corresponden a servicios hoteleros prestados en nuevos hoteles construidos a entre el 1° de enero del año 2017 y el 31 de diciembre del año 2027;
b. Que lleva contabilidad separada de los ingresos por servicios hoteleros y de los originados en otras actividades.
MinTrabajo y Mindefensa construirán ruta de empleabilidad para militares
El viceministro de Empleo y Pensiones, Fredys Socarrás, sostuvo un encuentro con el director de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario del Ministerio de Defensa, coronel Marco Castillo, y la directora del Centro de Rehabilitación Inclusiva, DCRI, Diana Gutiérrez de Piñeres, con el fin de trabajar en una ruta que permita promover la empleabilidad de integrantes de las Fuerzas Militares de Colombia, a los que se le han adelantado procesos penales y que no han sido condenados.
“Se trata de generar equidad social para aquellos miembros de las Fuerzas Militares que por circunstancias de la guerra se vieron involucrados en delitos de tipo penal y que no cuentan con una vinculación laboral. No podemos dejarlos abandonados”, anotó el viceministro Socarrás Reales.
Por su parte el coronel Castillo agregó que, “ha sido una reunión productiva donde hay una visión del Estado de carácter social para construir un mejor país. Nos enfocamos en aquellas personas que han recuperado su libertad transitoria, condicionada y anticipada, para que tengan oportunidades laborales y construir tejido social. Así mismo, recobrar su estabilidad emocional y la de su familia”.
Participaron también del encuentro, la directora de Movilidad Laboral del Ministerio del Trabajo, Ana María Gómez, y los representantes de Prosegur, Carlos A. Franco y María Belén Gómez.
Proyecto de Resolución sobre registro de hechos económicos de Fontic y Fontv
La Contaduría General de la Nación, CGN, en el marco de sus competencias constitucionales y legales, invita a las partes interesadas, y al público en general, a hacer sus comentarios con respecto al proyecto de Resolución por la cual se incorpora, al Marco Normativo para Entidades de Gobierno, el Procedimiento contable para el registro de los hechos económicos relacionados con los recursos de Fontic y Fontv, que se transfieren a los operadores públicos del servicio de televisión.
Para el efecto, la entidad puso a disposición los documentos relacionados con el proyecto de modificación de las Normas y el formulario respectivo hasta el 19 de febrero de 2018.
Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.
Supersociedades tramitó más de 400 pleitos empresariales en 2017
La Superintendencia de Sociedades tramitó un total de 438 pleitos y disputas empresariales, la cifra más alta de los últimos 5 años según el reporte de la Delegatura para Procedimientos Mercantiles.
El Superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, destacó el aumento significativo en el número de demandas y litigios entre empresarios que llegan a la entidad, para ser dirimidos por la justicia societaria. Mientras en 2013 la cifra fue de 15 procesos en promedio al mes, durante el 2017 el promedio aumentó a 37 casos mensuales.
Reyes Villamizar manifestó que "estas cifras muestran un auge importante de la jurisdicción de la Superintendencia. El año pasado se profirió un total de 3.406 providencias, entre sentencias y autos judiciales relacionados con conflictos societarios".
El Superintendente subrayó que "no son solamente las sentencias finales las que tienen importancia acá. También los autos que se profieren con medidas cautelares, que normalmente ponen fin a un litigio porque llevan a las partes a hacerse conscientes de las posibilidades que tienen dentro del proceso, de predecir los resultados del litigio y llegar a una conciliación amigable".
En el marco de la conmemoración de los 10 años de existencia del modelo de sociedades por acciones simplificadas, conocido como S.A.S, Reyes Villamizar destacó la eficacia y prontitud del sistema de la justicia societaria que opera en la Superintendencia de Sociedades.
Esta jurisdicción no solamente resuelve pleitos relacionados con la ineficacia de las decisiones de asambleas de accionistas y juntas directivas. También dirime conflictos que se dan entre accionistas, problemas relacionados con disolución y liquidación de compañías, situaciones de abuso del derecho, problemas con administradores, entre otra gran cantidad de materias que han ampliado el espectro jurisdiccional.
Finalmente y con motivo del décimo aniversario de las S.A.S, Reyes recordó que los empresarios no pueden refugiarse en sociedades para evadir el cumplimiento de las normas y sostuvo que quien utilice las sociedades en fraude o en perjuicio de terceros, responde solidariamente por las obligaciones originadas en tales actos.