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En Medellín los impuestos tendrán cambios en la facturación
Richard santaDesde el 1 de enero de 2018, la Alcaldía de Medellín introdujo novedades en la facturación de los impuestos Predial y de Industria y Comercio.
La primera novedad radica en que el Municipio de Medellín liquida el Impuesto Predial Unificado de todo el año, de manera anticipada en el mes de enero, lo que quedará consignado en un documento denominado Factura Determinación Oficial del Impuesto Predial Unificado.
En él, cada contribuyente verá los aspectos relacionados con el cálculo de su contribución, entre ellos, fechas en que se deberá realizar el pago, el recurso de ley con el cual se pueden expresar inconformidades y los términos en los que pueden interponerse recursos jurídicos. Adicionalmente, se identificará al responsable del impuesto y el bien inmueble. Se busca que el nuevo sistema proporcione mayor seguridad y claridad en el pago del Impuesto.
El pago del Impuesto Predial estará dividido en cuatro trimestres cuyos plazos son definidos por el calendario tributario del año. La forma en que se cancela continuará siendo la misma. A la dirección de notificación reportada por cada contribuyente o a la dirección del predio seguirá llegando el documento de cobro trimestral.
El hecho de que el documento de cobro no llegue a la dirección reportada por el contribuyente no lo eximirá de la obligación de efectuar el pago. Si se presenta una novedad de este tipo, los contribuyentes deben reportarla a la Oficina de Servicios Tributarios. El documento también puede ser reclamado en los Mascercas ubicados en los barrios.
Facturas de Impuesto de Industria y Comercio llegarán en febrero
La otra novedad es que la facturación del Impuesto de Industria y Comercio, que la Alcaldía de Medellín hacía mensualmente, en 2018 no se entregará en enero sino en febrero, con las cuotas de pago correspondientes a estos dos meses sin intereses moratorios.
La generación de intereses moratorios solo será procedente si el valor total facturado en febrero de 2018 por esta vigencia no se paga en el plazo indicado, en razón de la tasa determinada por el Estatuto Tributario Nacional por cada día de retraso.
En 2017, luego de varias jornadas de trabajo con los corporados, gremios y representantes de los sectores económicos, el 20 de noviembre, el Concejo aprobó el nuevo Estatuto Tributario Municipal.
La estructura normativa acogió los cambios introducidos por la Ley 1819 de 2016 – Reforma Tributaria Nacional -, y en consecuencia comenzarán a regir una serie de modificaciones en los impuestos territoriales. Adicionalmente, el Municipio de Medellín actualiza su contabilidad de acuerdo con el Sistema de Normas Internacionales y de Información Financiera
En Bogotá correcciones en declaraciones y recibos será con agendamiento web
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, informó que a partir del 15 de enero de 2018, los ciudadanos-clientes de la ciudad de Bogotá que requieran ser atendidos para el trámite Corrección de Errores e Inconsistencias en Declaraciones y Recibos de Pago, en la Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá (Cra 6 # 15-32, piso 3, Edificio BCH), deberán programar su cita a través del servicio de agendamiento Web de la Entidad, www.dian.gov.co - botón “Asignación de citas”.
De igual manera, la Entidad recuerda a la ciudadanía que el servicio de agendamiento DIAN, al igual que la gestión de los trámites, son totalmente gratuitos y no requieren intermediación particular.
Para mayor información comuníquese al Contact Center: 057(1) 5462200 - 057(1) 6059830 Bogotá; Línea nacional: 01 900 555 0993 y 01900 111 5462, atención de lunes a viernes 6:00 a.m. a 8:00 p.m. y sábados de 8:00 am a 2:00 p.m.
El pasado 20 de diciembre, mediante el Decreto 2150, el Gobierno Nacional expidió el reglamento de las Entidades pertenecientes al Régimen Tributario Especial, de acuerdo a las modificaciones que para las mismas fueron aprobadas en la pasada Reforma Tributaria Estructural (Ley 1819 de 2016).
El Decreto expedido consagra, entre otros temas, el manejo impositivo de las donaciones, los requisitos que deben cumplir los contribuyentes para pertenecer al Régimen Tributario Especial, con lo que se reitera la función social que deben cumplir, así como el tratamiento tributario de los ingresos, egresos y el patrimonio de las Entidades Sin Ánimo de Lucro y las entidades del sector cooperativo.
En cuanto a las donaciones a las ESAL que realicen los ciudadanos, este decreto consagra los requisitos y condiciones para acceder al beneficio tributario, aplicable a partir del 1 de enero de 2017, siempre y cuando se hagan a este tipo de contribuyentes y a las entidades no contribuyentes de que tratan los artículos 22 y 23 del Estatuto Tributario.
Reglamenta también los procesos de calificación, permanencia y actualización que deben realizar estos contribuyentes a través de la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN www.dian.gov.co, para pertenecer o calificarse dentro del Régimen Tributario Especial, y además para obtener el beneficio fiscal en materia del Impuesto sobre la renta y complementario. Este registro web, que debe cumplir con unos términos y condiciones allí descritas, permitirá a la vez la recepción y el tratamiento de comentarios por parte de la sociedad civil, sobre estos procesos.
El procedimiento de exclusión del régimen y sus efectos en el Impuesto Sobre la Renta y Complementario, así como la exención del beneficio neto o excedente y su distribución, también hacen parte de este reglamento.
Para las entidades del sector cooperativo, el decreto precisa que, si bien estas son del Régimen Tributario Especial, la ley les fijó obligaciones relacionadas con el registro web, la aplicación de las causales de exclusión y de las reglas en materia de abuso. Así mismo, se reglamenta el procedimiento para la aplicación del beneficio neto o excedente de estas entidades.
También establece que las ESAL creadas entre el primero (1) de enero y el 31 de diciembre de 2017, pertenecerán al régimen para el año gravable 2017, debiendo actualizar el RUT con la responsabilidad Régimen Tributario Especial del Impuesto Sobre la Renta y Complementario “04”, a más tardar el 31 de enero de 2018. Y para continuar en el régimen en el año gravable 2018, deberán presentar y radicar la información necesaria a través del aplicativo disponible en la página web de la DIAN, a más tardar el 30 de abril de 2018.
Las entidades que no figuren en la base de datos que tiene publicada la DIAN, y a 31 de diciembre de 2016 estaban definidas en el Régimen Tributario Especial, deberán solicitar la actualización del Registro Único Tributario -RUT de forma presencial, para incorporar la responsabilidad “04” Impuesto Sobre la Renta y Complementario del Régimen Tributario Especial, antes del 30 de abril del 2018. Quienes aparezcan, deberán actualizar el RUT indicando la responsabilidad que le corresponda, según su naturaleza jurídica.
En 2017 recaudo bruto de impuestos nacionales alcanzó los $136,5 billones
Richard santaEl recaudo bruto acumulado de los impuestos administrados por la DIAN en el año 2017 alcanzó la cifra de $136,5 billones, valor que representa una variación nominal de 7.6%, respecto a 2016, en el que se logró recaudar la suma de $126,8 billones.
El recaudo bruto de los tributos asociados a la actividad económica interna alcanzó la cifra de $115,1 billones mostrando una variación nominal de 7.4% frente al 2016 que fue de $107,2 billones. Por su parte, los tributos asociados al comercio exterior (arancel e IVA), pasaron de $19,6 billones a $21,4 billones, incrementándose 9.3%.
La mayor contribución a la variación del recaudo total de la DIAN en el año 2017 corresponde al recaudo del Impuesto al Valor Agregado –IVA Interno, que pasó de $25,7 billones en 2016 a $31,9 billones en 2017; creció 24.0% y explica 4.9 puntos porcentuales del crecimiento total del recaudo.
Tres (3) factores explican el desempeño del IVA: el primero de ellos, el incremento de la tarifa general que pasó del 16% al 19%; el segundo, los resultados de la gestión de la DIAN, que desde comienzos del año adelantó campañas de cobro y de control del tributo y, en tercer lugar, los efectos inducidos por tipificar como delito penal en la Ley 1819 de 2016 la conducta de no cobrar el IVA.
Otro de los impuestos que aportó de manera significativa alcomportamiento del recaudo del año 2017 fue el Impuesto de Renta y Complementarios que aumentó en 39.8% pasando de $10,9 billones en 2016 a $15,2 billones en 2017, y una contribución a la variación total de 3.4%. Este crecimiento se explica principalmente por la liquidación y pago del anticipo de la sobretasa al impuesto sobre la renta y complementarios, creada por el parágrafo transitorio 2 del artículo 100 de la Ley 1819 de 2016, y que corresponde al 6% de la renta líquida gravable, superior a 800 millones de pesos.
De igual forma se destaca el recaudo por Retención en la Fuente a título Renta, IVA y Timbre que aumentó 25.4%, al pasar de un recaudo de $37,7 billones en el período en 2016 a $47,3 billones en 2017.
En diciembre
En diciembre, el recaudo bruto de los tributos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, fue de $7,8 billones, lo que representa un crecimiento nominal de 5.8% frente al mismo mes de 2016 en el que se alcanzó la suma de $7,4 billones.
El recaudo de los impuestos que corresponden a la actividad económica interna crecieron en 6.6% al pasar de $5,4 billones en diciembre de 2016 a $5,8 billones en el mismo período de 2017, mientras que los restantes $2,0 billones, están asociados al recaudo de los tributos externos en las operaciones de comercio exterior, con un incremento de 3.6%.
La mayor contribución a la variación del mes de diciembre estuvo a cargo de la retención en la fuente a título de renta, IVA y timbre con un 3.7%, al pasar de un recaudo en 2016 de $3,4 billones a $4,3 billones en 2017 registrando una variación nominal de 26.2%.
Recaudo por Gestión
El recaudo por gestión de la DIAN en el año 2017 estuvo cercano a los $9,4 billones, un monto sin precedentes, equivalente al 6.9% del recaudo total. De estos, $7,9 billones por concepto de recuperación de cartera; acciones de control extensivo y de fiscalización; beneficios tributarios de ineficacia, cambio de periodicidad de IVA y terminación y conciliación por mutuo acuerdo; así como recaudo por ajuste de valor de mercancías. Y los restantes $1,5 billones, por concepto de normalización tributaria.
Este resultado es fruto de la ejecución de los Planes de Cobro y de Control a la evasión y al contrabando, así como de las doce (12) Jornadas Integrales de Control y Servicio, “Al día con la DIAN le cumplo al país” realizadas la tercera semana de cada mes, que implicaron la realización de más de 6.4 millones de acciones; entre las que se destacan:
Atención de 4.589.724 personas por los diferentes canales, con tiempos promedio de espera y de atención de 25 minutos, distribuidos así: 2,7 millones en los 62 Puntos de contacto; 1,1 millones de llamadas atendidas por el Call Center de la DIAN; más de 628 interacciones vía chat; cerca de 71 mil peticiones, quejas y reclamos; casi 90 mil interacciones por redes sociales; 3.300 personas atendidas en los consultorios tributarios (Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal NAF).
Además, se hicieron cerca de 1,3 millones de llamadas desde el Centro nacional de Cobro a morosos de tributos administrados por la DIAN; alrededor de 900 mil mensajes de texto a celulares SMS; más de 160 mil citaciones a las divisiones de cobranzas en las 34 seccionales de la DIAN, setenta mil visitas a morosos, cerca de 36 mil medidas de embargo, 49.750 aplicaciones de Títulos de depósito judicial, 896 diligencias de remate y 16.794 auditorías de fiscalización en desarrollo de sus diferentes programas.
Se llevaron a cabo 9.201 acciones de control perceptivo del impuesto sobre la Renta para la Equidad CREE, 13 registros a contribuyentes, 1.207 análisis de información de Personas Naturales y Jurídicas responsables tributariamente, entre ellos intermediarios, accionistas y/o beneficiarios de empresas offshore; 400 investigaciones a Personas Jurídicas y Naturales por vinculación con empresas en territorios de baja imposición; 14 denuncias penales ante la Fiscalía General de la Nación y a 14 sociedades por presuntas operaciones de refacturación.
Por su parte, el Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas Santamaría, resaltó los positivos resultados del impuesto de normalización, en el cual 10.011 contribuyentes normalizaron este año activos y pasivos por valor de $14 billones, pagando un impuesto de $1.8 billones “eso es transparencia, legalidad y confianza”.
Superfinanciera publicó ABC del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito
Richard santaLa Superintendencia Financiera de Colombia expidió la Circular Externa 038 de 2017 a través de la cual ajustó la tabla tarifaria del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, SOAT, que empezará a regir a partir del 1 de enero de 2018.
Para entender los alcances de la Circular 038 completa, la Superfinanciera publicó un ABC sobre esta circular.
Para conocer el ABC completo, haga clic aquí.
Las organizaciones sindicales, gremios económicos y Gobierno Nacional, llegaron a una concertación sobre el incremento del salario mínimo que regirá para 2018 del 5,9%, lo que significa que pasa de $737.717 a $781.242
En la reunión de concertación que se efectuó el 29 de diciembre por más de cinco horas en la Casa de Nariño, presidida por el Presidente Juan Manuel Santos, y los ministros de Trabajo y Hacienda, participaron la Confederación General del Trabajo, CGT; La Confederación Colombiana de Trabajadores, CTC; y la Confederación Democrática de Pensionados, CDP, encuentro al que se sumaron los representantes de los principales gremios económicos del país que tienen asiento en la Comisión de Concertación Permanente de Políticas Salariales y Laborales.
El acuerdo alcanzado por las organizaciones sindicales, gremios económicos y Gobierno Nacional, que fijó el aumento del salario mínimo para 2018 en 5,9%, incluyó que el auxilio del transporte aumente 6,1%, quedando en $88.211.
La ministra del Trabajo, Griselda Janeth Restrepo Gallego, al celebrar el anuncio afirmó que, “soy una convencida de que los acuerdos son fundamentales para la Colombia del futuro, se hizo una agenda seria y responsable para el país, nos acompañaron todos los gremios económicos y tres centrales obreras, y también es importante señalar que avanzadas estas conversaciones, se llamó al presidente de la CUT, Luis Alejandro Pedraza a preguntarle su disponibilidad de acompañar este acuerdo, quien se negó e indicó que se distanciaba, aspecto que respetamos profundamente, teniendo en cuenta la discrecionalidad que tiene esta organización sindical”.
Para el CTCP las criptomonedas deben tratarse contablemente como instrumentos financieros
Richard santaEl Consejo Técnico de la Contaduría Pública sentó su posición sobre el tratamiento contable que debe brindársele a las criptomonedas. En reciente respuesta a la consulta número 977 de 2017, explica el CTCP que, en principio, deben ser consideradas como instrumentos financieros.
Destaca entre al argumentación brindada por el Consejo, que el reconocimiento, la medición y la revelación de las criptomonedas es un tema en exploración que aún no tiene normativa internacional, no hay referencias sobre estas en las Normas Internacionales de Información Financiera y no están dentro de la agenda de estudio del International Accounting Standards Board –IASB-.
Hechas estas consideraciones es necesario evaluar las características de este elemento para establecer el tratamiento contable más apropiado.
El CTCP refiere, entre otras consideraciones para emitir su respuesta, argumentos como el hecho de que el Banco de la República haya manifestado en más de una ocasión que la única moneda legal en Colombia es el peso y se constituye en el único medio legal de pago en el país. De igual forma, tampoco son reconocidas como instrumento válido en el régimen cambiario de divisas.
Adicionalmente, la Superintendencia Financiera de Colombia ha expresado que las entidades que vigila no están autorizadas para custodiar, invertir, intermediar ni operar con la criptomonedas y tampoco permitir el uso de sus plataformas para la realización de operaciones con estas monedas.
Para el CTCP, luego de un análisis pormenorizado, en primera instancia, este tipo de monedas podrían clasificarse como un activo.
Hogares colombianos podrán ahorrar energía con nueva tarifa de IVA para neveras
Richard santaEl Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, informó que a través del Decreto 2143 de 2017, se reglamenta una tarifa del 5% para lacomercialización de neveras que, no solo contribuirán a estimular el consumo, sino también seprotege el medio ambiente.
Cárdenas, explicó que con esta medida se beneficiarán, los comercializadores tanto mayoristas como minoristas de neveras y los hogares de estratos 1, 2 y 3, que verán una reducción en sus facturas de energía con la sustitución de estos electrodomésticos.
Este incentivo se introdujo en la Reforma Tributaria Estructural, en el paquete de impuestos verdes, con el fin de sustituir las neveras ambientalmente ineficientes, “no solo con el propósito de proteger el medio ambiente, sino considerando que estos frigoríficos consumen una parte muy importante del subsidio de energía de los estratos bajos”, aseguró el funcionario.
“El decreto que expedimos reglamenta la tarifa preferencial del 5 % en IVA para las neveras nuevas, cuyo precio sea igual o inferior a $956.000 (30 UVT), beneficio al que podrán acceder personas de estrato 1, 2 o 3 y que en el momento de la compra entreguen su nevera usada”.
Hay que decir que una nevera antigua, puede representar hasta el 40% del consumo de energía de un hogar de estrato bajo, mientras que una nueva consume la mitad y esta medida estimula el cambio a neveras eficientes.
¿Cómo identificar una nevera ambientalmente eficiente?
El electrodoméstico debe tener un rótulo amarillo que proporcione información al comprador acerca del consumo e indicador de desempeño energético, clasificación de desempeño y características técnicas del equipo, para que el comprador pueda compararlo con otros equipos similares y elegir el que más se ajuste a sus necesidades.
¿Cómo acceder al beneficio?
Cuando el comprador vaya a adquirir su nevera nueva, deberá entregar la usada, entregar un certificado de recepción de la nevera que recibe, indicando las características que identifiquen el bien.
Dicho certificado debe tener los siguientes datos: número de identificación del certificado; fecha de recepción de la nevera usada; nombre del adquirente, dirección y estrato de la vivienda en donde reside; modelo y marca de la nevera recibida; nombre y número de identificación tributaria -NIT de la empresa, establecimiento u organización responsable que recibe la nevera.
El comprador deberá entregar al comercializador el certificado de recepción de la nevera expedido por el productor y fotocopia de un documento donde se cerciore el estrato de la vivienda, en este caso podría ser la factura de un servicio público.
Por su parte, el vendedor deberá verificar los requisitos técnicos y de precio de que trata, facturar la nueva nevera indicando sus características de identificación y liquidar el IVA al 5%.
Finalmente, el vendedor deberá anexar a la factura de venta, la certificación de la entrega de la nevera al productor y fotocopia del documento donde conste el estrato de la vivienda en la cual reside el beneficiario.
Memorando 371, firmas habilitadas para expedir certificados de origen
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió el Memorando 371 del 20 de diciembre de 2017, referente a las firmas habilitadas, inhabilitadas y actualizadas para expedir certificados de origen.
Para consultar el Memorando 371 completo, haga clic aquí.
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Novedades sobre el proceso de recepción y respuesta de consultas del CTCP
Richard santaEl Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, informó que las consultas recibidas a través de los canales habilitados desde el 15 de diciembre de 2017 serán respondidas una vez se surta el proceso de contratación del personal.
Actualización del acuerdo con Mercosur beneficia exportaciones de 900 productos
Richard santaEl Gobierno Nacional expidió el Decreto 2111 del 15 de diciembre, a través del cual se aplica provisionalmente el Acuerdo de Complementación Económica N° 72, que actualiza el Acuerdo con Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay), e incluye a más de 900 productos industriales que no gozaban de completo acceso arancelario preferencial a ese mercado.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo notificará a la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi), de la que hacen parte Colombia y los países del Mercosur, sobre la expedición de este decreto y espera que antes de terminar el año ya esté en aplicación.
La ministra de Comercio, María Lorena Gutiérrez, manifestó su satisfacción por este acuerdo porque beneficia las exportaciones de la industria colombiana, especialmente de los sectores automotriz, textil, confecciones, metalmecánica, agroquímicos y plásticos, y explicó que el convenio le da posibilidades a los empresarios de desarrollar complementariedades y encadenamientos productivos.
Uno de los mayores beneficios con este Acuerdo es que Colombia va a poder empezar a exportar vehículos a Argentina y a Brasil.
“Es un acuerdo que esperaba el sector automotriz porque se abren oportunidades de exportación para los carros colombianos, lo que sin duda aumentará las ventas externas de este tipo de productos. El comercio de vehículos (pickups, camiones, buses, automóviles, etc.) estará libre de arancel y con una regla de origen flexible, que la industria colombiana puede cumplir”, dijo la Ministra.
Con Argentina, el cupo anual empezará en 2.000 y llegará a 12.000 unidades de buses, colectivos, pickups y camiones en el cuarto año, y para automóviles y vehículos familiares empezará en 7.000 unidades en el primer año hasta 30.000 unidades en el cuarto año.
En el caso de Brasil, el Acuerdo permitirá a cada país exportar automóviles, vehículos familiares, vans, camionetas pick up y vehículos de carga hasta de 3,5 toneladas, hasta por 12.000 unidades en el primer año, llegando hasta las 50.000 unidades anuales a partir del tercer año.
Por otra parte, con esta actualización, los textileros y confeccionistas colombianos podrán aprovechar el acceso preferencial arancelario a Brasil y Argentina para más de 660 productos.
Además, contarán con el “mecanismo de escaso abasto”, lo cual les permitirá utilizar hilados procedentes de otros países diferentes a Colombia, a Brasil o a Argentina, en los casos en que se presente desabastecimiento, sin que el producto final pierda el origen. Ese mecanismo le permitirá seguir gozando del beneficio de desgravación arancelaria
Los sectores de plásticos y metalmecánica también se benefician del acuerdo. Cerca de 300 productos de esos sectores, tendrán normas de origen flexibles y arancel cero.
En el caso de plásticos, se podrán exportar a Argentina sin arancel hasta 3.500 toneladas de botellas y frascos de plástico.
En agroquímicos, Argentina estableció un cupo de hasta 31.000 toneladas para entrar libre de arancel a ese país, beneficiando a empresas que han apostado por aumentar sus inversiones y exportar desde Colombia.
Exportaciones a Mercosur
Las exportaciones de bienes no minero energéticos que Colombia ha hecho al Mercosur entre 2010 y 2016 han registrado un aumento del 6,8%. De ventas por USD 722 millones que hizo el país a ese destino en 2010, se pasó a USD 771 millones en 2016.
En lo corrido de este año (hasta octubre) y en comparación con el mismo periodo del año pasado, ese tipo de exportaciones han aumentado 18,8%. Pasaron de USD 642 millones a USD 763 millones.
Los principales productos de exportación a ese mercado son insecticidas, policloruro, polipropileno, aceite de palma, medicamentos, napas tramadas para neumáticos, envases de plástico y abonos minerales, entre otros.
Mercosur representa para Colombia una oportunidad de acceder a un mercado potencial cercano a 250 millones de personas, con una demanda por productos importados cercana a los USD 211 mil millones. De este mercado, el 80% corresponde a Brasil.
Colombia y Japón llegan a acuerdo para eliminar la doble tributación
Richard santaLos gobiernos de Colombia y Japón, anunciaron el principio de acuerdo sobre el Convenio Tributario.
El convenio, anunciado este miércoles por el Gobierno de Japón, eliminará la doble tributación, internacional y, además, prevenir la evasión y elusión y, contribuir con el crecimiento de la inversión bilateral.
El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, celebró el acuerdo alcanzado por las delegaciones negociadoras y expresó que “con este convenio, se generará confianza para los empresarios de ambos países y se estimulará la inversión japonesa en Colombia”.
Este documento, se suscribirá una vez ambos gobiernos revisen el texto final y lleven a cabo los procesos internos. El siguiente paso, en el caso de Colombia, será obtener la aprobación del Congreso de la República.
Cabe recordar que la ronda de negociaciones inició el pasado martes cinco de diciembre en Tokio y finalizó el ocho de diciembre. El equipo negociador estaba conformado, por parte de Colombia, delegados del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian); por parte de Japón, delegados del Ministerio de Asuntos Exteriores y el Ministerio de Finanzas.
Empresas nacionales han facturado medio billón de pesos adicional en 2017
Richard santaEl Gobierno Nacional informó que en lo corrido de 2017 se ha logrado la aprehensión de más de $336.000 millones de pesos en mercancías que pretendían ingresar al país de manera ilegal, representando un incremento del 16% respecto a las aprehendidas el año anterior. Adicionalmente, presentó un nuevo canal para que la ciudadanía se involucre y participe en la lucha contra el contrabando.
Se trata de la aplicación Todos Contra el Contrabando, ya disponible para Android y próximamente para iPhone, a través de la cual los colombianos podrán informar sobre posibles hechos de contrabando, y al mismo tiempo recibir información sobre los resultados de esta lucha.
El mecanismo se suma a la web www.todoscontraelcontrabando.gov.co que presta los mismos servicios y provee información sobre la estrategia que desarrolla el Gobierno.
“Sabemos que los industriales y empresarios están pidiendo acciones que acaben con este delito. Por eso, vamos a acercarnos a los gremios para que distribuyan entre sus afiliados la APP que se suma a la página web, con el fin de que los empresarios y todos los ciudadanos puedan integrarse a esta lucha, entregándonos información sobre posibles irregularidades y hechos de contrabando. Juntos, instituciones y sector privado, vamos a derrotar al contrabando”, señaló la ministra de Comercio, Industria y Turismo, Maria Lorena Gutiérrez.
La aplicación permite informar a las autoridades de posibles hechos de contrabando anónimamente, tomarles fotos y geolocalizarlos.
El balance
Durante 2017, los principales golpes al contrabando se han dado en Bogotá, Buenaventura, Cali y Medellín, en productos como textiles, confecciones, calzado, manufacturas de plásticos y licores, los cuales representan el 46% del total aprehendido.
La mayoría de estos productos (96.1%) fueron aprehendidos porque no contaban con la documentación requerida para su legal ingreso al país, es decir, no tenían planilla de envío, factura de nacionalización, declaración de importación o fueron declarados como mercancía diferente.
Desde la expedición de la Ley AntiContrabando (Ley 1762 de 2015) se ha logrado la desarticulación de 43 organizaciones delictivas dedicadas al contrabando o al favorecimiento de contrabando de mercancía, y se han capturado 344 personas con una afectación de 2.1 billones de pesos. De esas organizaciones, este año se han desarticulado 18 en total y se han capturado 102 personas.
Igualmente, se ha aplicado extinción de dominio a 212 bienes, 656 personas han sido detenidas y 744 vehículos fueron inmovilizados por transporte de mercancías que ingresaron o intentaban ingresar ilegalmente al país.
Además, las autoridades realizaron caravanas de la legalidad por 8 departamentos y 24 ciudades, gracias a las cuales se llevaron a cabo aprehensiones de mercancías por 2.500 millones de pesos y se cerraron 54 establecimientos.
¿Cómo saber si lo que está comprando es contrabando?
El director de la Dian, Santiago Rojas, indicó que hay tres elementos clave para que cualquier ciudadano pueda identificar productos de contrabando. El primero es el sitio donde se compra la mercancía, físico o cibernético. “Si no le entregan factura, papeles o garantía es un importante indicio de contrabando”, señaló. En segundo lugar, el producto en sí mismo. “Si un producto tradicionalmente vale mucho más en el mercado es porque probablemente es falso o de contrabando”, anotó. En tercer lugar, hay que tener en cuenta la calidad. La marquilla en las confecciones y calzado tiene que tener una información básica sobre su origen y su composición. “Con los operativos que hemos emprendido, podemos decir que hemos permitido que el comercio legal venda más de medio billón de pesos que, sin estas acciones, habría vendido el contrabando”, manifestó.
Empresas vinculadas
El director de la Unidad de Información y Análisis Financiero, UIAF, Juan Francisco Espinosa, reveló que se han analizado 63.000 empresas, de las cuales en tres mil se detectaron señales de alerta sobre posible relación con el contrabando, y en cien indicios suficientes para enviar información a la Fiscalía. “El contrabando es una foto en la que ninguna persona de bien debería estar”, concluyó Espinosa, haciendo alusión a las empresas detectadas.