Noticias (3185)
En abril inician vencimientos para declaración de Industria y Comercio en Medellín
Richard santaLa Secretaría de Hacienda de Medellín recordó a los contribuyentes que a partir del 17 de abril comienzan los vencimientos para presentar la declaración y liquidación de Industria y Comercio, correspondiente a los ingresos brutos del año 2016.
¿Quiénes deben declarar?
El Impuesto de Industria y Comercio debe ser declarado por todas las personas jurídicas y sociedades de hecho que hayan iniciado el desarrollo de actividades industriales, comerciales, de servicio y financieras en el Municipio de Medellín, en el año 2016 o anteriores.
Adicionalmente, debe ser declarado por las personas naturales que tengan actividades industriales, comerciales o de servicio en el Municipio de Medellín y que sean del Régimen Simplificado (Acuerdo 64 de 2012 - Art. 27)
También deben declarar quienes realicen el hecho gravado a través de consorcios, uniones temporales o patrimonios autónomos.
Si el desarrollo de estas actividades es a partir del año 2017 deberán declarar en el año 2018.
Para presentar la declaración deben suministrar como requisito la fotocopia de su RUT o de la cédula en caso de ser persona natural.
La sanción por no declarar es equivalente al 60% del total del impuesto anual a cargo (Acuerdo 64 de 2012 – Art. 195).
Sitios donde se puede declarar
La declaración de Industria y Comercio se puede presenciar de varias formas. De manera virtual ingresando a www.medellin.gov.co, botón Declare y pague. Esto le brinda mayor agilidad, seguridad y comodidad, le evita los errores aritméticos y le permite el pago inmediato y en línea del reajuste originado.
También se puede declarar entregando el formulario impreso (forma tradicional). Este es GRATUITO. Lo puede descargar ingresando a www.medellin.gov.co, opción Declare y pague.
Puntos de entrega y recepción de formularios de declaración
Para recibir la declaración de Industria y Comercio están habilitados los siguientes espacios: el Centro Administrativo La Alpujarra en la oficina de Servicios Tributarios (contigua a las instalaciones del Concejo de Medellín), los Mascerca de Guayabal y La Floresta: desde el 1 de febrero; los Mascerca de Belén y El Poblado, la Cámara de Comercio, Fenalco y Unicentro, desde el 1 de abril y el Centro Comercial San Diego del 17 al 28 de abril.
Para obtener mayor información los contribuyentes pueden comunicarse a la Línea Única Gratuita de Atención a la Ciudadanía 4 44 4144 en Medellín o a la línea gratuita nacional 018000411144.
La Cámara de Comercio de Medellín recordó que la inscripción en el registro ante la entidad debe renovarse cada año, entre el 1º de enero y el 31 de marzo, según lo estipula la Ley, de esta manera su empresa o entidad se hace visible ante los demás y su negocio existe formalmente.
Realice la renovación en 4 sencillos pasos:
- Digite la cédula/NIT de la empresa, entidad o comerciante persona natural, sin dígito de verificación, o el número de matrícula o inscripción. Tenga en cuenta que solo debe ingresar uno de los datos solicitados.
- Seleccione el representante legal o titular responsable de realizar la renovación e ingrese su clave segura. Si aún no la tiene, solicítela haciendo clic en el botón correspondiente.
- Diligencie completamente el formulario con la información solicitada.
- Realice el pago a través de cualquiera de los medios habilitados:
- Internet.
- Bancos en convenio, para conocerlos haga clic aquí.
- Cajas Éxito, Carulla, Surtimax y Super Inter.
- Puntos Vía Baloto.
- Puntos de apuestas Gana.
Junta Central de Contadores denuncia fraude a nombre de la entidad
Richard santaLa Junta Central de Contadores informó que personas inescrupulosas han estado enviando correos electrónicos a sus usuarios, indicando sobre una supuesta cancelación de su Tarjeta Profesional. Por tal razón, recordó que las comunicaciones oficiales son emitidas únicamente por los correos institucionales identificados con el @jcc.gov.co.
Cualquier inquietud o comentario, comuníquese con la Entidad en la ciudad de Bogotá al teléfono (571) 6444450 Ext. 211 de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. jornada continua o escriba al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
Los Contadores Públicos y las entidades que presten servicios propios de la ciencia contable a los cuales se les hubiere expedido la tarjeta profesional o tarjeta de registro según sea el caso, deberán actualizar sus datos registrados ante la Junta Central de Contadores, JCC, de forma anual y antes del 1 de marzo de cada año.
Así lo estableció la Resolución N° 973 de 2015, que reglamenta la inscripción en el registro profesional y la expedición de la tarjeta profesional de Contador Público y la tarjeta de registro de las Entidades que presten servicios propios de la Ciencia Contable.
Si es persona natural, actualice sus datos haciendo clic aquí.
Si es persona jurídica, actualice los datos haciendo clic aquí.
ABC del Procedimiento Arbitral Especial de la Supersociedades
Richard santaEl procedimiento arbitral especial en la Superintendencia de Sociedades le permitirá resolver disputas con su contraparte en apenas 4 meses y con un importantísimo ahorro en costos como honorarios, gastos de administración y secretaría.
Para explicar cómo funciona el procedimiento y acercar sus ventajas a la comunidad empresarial a Supersociedades pone a su disposición una cartilla explicativa que le permitirá entenderlo en solo minutos. Puede descargarla de forma gratuita.
Entre otros aspectos podrá tomar nota de los documentos necesarios para iniciar el trámite, verificar las etapas del proceso, ver la lista de árbitros que trabajan con nosotros y también consultar nuestras tarifas.
Para conocer el documento completo, haga clic aquí.
Superintendencias colombianas presentan guía del negocio de las libranzas
Richard santaLa Superintendencia de Sociedades, en conjunto con la Superintendencia de Economía Solidaria y la Superintendencia Financiera, crearon una cartilla explicativa sobre el negocio de las libranzas.
El material busca que los empleados y pensionados que soliciten créditos de libranza, así como los inversionistas que quieran comprar esa clase de cartera sepan cuáles son sus derechos y a quién deben dirigirse en caso de reclamos.
En el documento están contenidas las últimas normas en materia de libranzas, incluyendo el decreto que obliga a los comercializadores a revelar información al público en general.
Puede descargar la cartilla haciendo clic aquí.
Usuarios del SIE SARP deben enviar información a la DIAN
Richard santaDebido a los ajustes técnicos que se están realizando en el Sistema Informático Electrónico del Sistema de Resoluciones Anticipadas y de Clasificación Arancelaria - SIE SARP, se solicita comedidamente a los usuarios que para los trámites radicados a través de dicho servicio ubicado en la página web de la DIAN entre el 5 de diciembre de 2016 y el 31 de enero de 2017, alleguen ante la Coordinación de Comunicación y Control de Registro del Nivel Central o las Coordinaciones de Gestión de Documentación de las Direcciones Seccionales, el formato 2354 (solicitud de clasificación arancelaria) acompañado de la documentación soporte, el original del comprobante de pago y copia del radicado que generó el SIE SARP.
Cualquier información comunicarse a la Coordinación del Servicio de Arancel al télefono 6079800 extensión 906452
DIAN accede a plataforma mundial de información sobre falsedad marcaria
Richard santaA partir del 1 de febrero de 2017, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN- tendrá acceso a la base de datos Interface Public Members IPM1, la cual permite verificar, en tiempo real, información sobre la autenticidad de una amplia gama de productos y marcas que se transan en el comercio internacional.
Colombia se suma a los 95 países del mundo que ha pactado con la Organización Mundial de Aduanas (OMA) utilizar esta herramienta, que también utilizan países como Estados Unidos, México, Ecuador, Perú, Uruguay y Argentina.
La plataforma IPM comporta grandes beneficios para las Aduanas y los usuarios aduaneros, en la promoción del comercio legítimo: i) permite la verificación de datos específicos de productos y marcas legítimas comparadas con las falsas; ii) contribuye a la lucha contra el comercio ilegítimo en el comercio internacional; iii) complementa el acervo de instrumentos, herramientas y procedimientos técnicos con que cuentan los funcionarios de la operación aduanera en el control de las operaciones de comercio exterior.
La DIAN instruirá a los funcionarios en operación aduanera para que utilicen la herramienta cuyo fin primordial es contribuir con información relevante de productos y marcas en contra de la falsedad marcaria en las importaciones
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, reiteró a todos los autorretenedores que desde el pasado 1 de enero de 2017, la Ley 1819 en su Artículo 376 eliminó el Impuesto sobre la Renta para la Equidad CREE, y en consecuencia derogó la Autorretención a título del Impuesto sobre la Renta para la Equidad CREE.
Por lo tanto, a partir del 1 de enero de 2017 el Autorretenedor debe practicar una Autorretención del Impuesto sobre la Renta, que debe declararse mensualmente en el Formulario 350, correspondiente a la “Declaración de Retención en la Fuente” - casilla 74 “Otros conceptos” (Artículo 1.2.6.6 del Decreto 1625 de 2016).
Tenga en cuenta que esta Autorretención del Impuesto sobre la Renta aplica únicamente para los contribuyentes responsables del Impuesto sobre la Renta que cumplan las siguientes condiciones:
1. Que sean sociedades nacionales, extranjeras o establecimientos permanentes, y
2. Que estén exentos del pago de aportes a la seguridad social y parafiscales, respecto de sus trabajadores que devenguen un salario inferior a 10 SMMLV.
Consulte aquí las tarifas y actividades económicas sobre las cuales aplica la Autorretención (Artículo 1.2.6.8.)
http://www.dian.gov.co/descargas/normatividad/2017/Decretos/Decreto_2201
_30_de_Diciembre_2016.pdf
Recuerde que esta Autorretención es diferente a la que se autoriza por parte de la DIAN mediante Resolución y se declara en las casillas 70 a 72 del Formulario 350 “Declaración de Retención en la Fuente”. (Parágrafo 1 artículo 368 Estatuto Tributario).
A continuación se encuentran los plazos para declarar y pagar esta autorretención, así como las Retenciones en la Fuente correspondientes al mes de enero de 2017 que inician el próximo 8 de febrero, de acuerdo con el último digito del NIT, sin tener en cuenta el digito de verificación:
DIAN presentó primer concepto general del Impuesto a las Ventas IVA
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió el primer concepto general del impuesto a las ventas – IVA, el cual está basado en la Ley 1819 de 2016.
Este concepto aborda temas como:
- La vigencia y aplicación de la nueva tarifa del IVA
- Plazo máximo para remarcación de precios por cambio de tarifa del IVA
- Efecto de la duplicidad de la tarifa del IVA por remarcación de precios de venta, en la declaración a presentar por el primer bimestre o primer cuatrimestre del IVA del 2017
- Contratos celebrados con entidades públicas
- Plazo para presentar declaraciones de IVA sin efecto legal alguno
Para conocer el concepto de la DIAN completo, haga clic aquí.
Más...
La Superintendencia Financiera de Colombia recuerdó al público en general que en el Sistema Integral de Información del Mercado de Valores, Simev, al cual se puede acceder desde la página principal del sitio web de la entidad, se encuentra el Registro Nacional de Valores y Emisores – RNVE en el que se puede consultar la información en detalle de cada emisor del mercado de valores colombiano, incluyendo los informes financieros bajo NIIF, tanto separados como consolidados.
Con estos sencillos pasos se puede acceder a la información financiera de emisores del sistema financiero y real:
1. Ingrese a www.superfinanciera.gov.co
2. Ubique en el menú secundario de nuestra página principal el botón SIMEV y haga clic
3. Seleccione el título Registro Nacional de Valores y Emisores – RNVE
4. Diligencie los espacios en blanco del formulario y seleccione los filtros de búsqueda según su necesidad
5. Dé clic en buscar. Los resultados se mostrarán en la parte inferior de la página
6. Seleccione la lupa que se ubica en la columna Acción en el costado derecho para ver los detalles de la entidad consultada
7. Haga clic en el botón Informes Financieros bajo NIIF
8. En el formulario, escoja el tipo de reporte que desea consultar y el período de corte
9. Seleccione el botón Buscar
10. Escoja el formato en el cual desea descargar la información según lo requiera. Separado o consolidado
Falsos correos y cartas a nombre de la DIAN llegan a alcaldías
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, alertó a los alcaldes del país y demás entes territoriales sobre falsos correos y cartas que están llegando a los despachos municipales, en los que, suplantando la imagen institucional de la DIAN y la Presidencia de la República, y haciendo uso del slogan “Por una Colombia Nueva”, ofrecen la donación de artículos a cambio de dinero.
La DIAN reitera que el procedimiento para postularse a la mercancía que es susceptible de donación se encuentra totalmente reglado, se realiza exclusivamente a entidades públicas de manera gratuita y no requiere de intermediarios o tramitadores.
Es importante aclarar también que la DIAN no realiza donaciones a fundaciones o entidades sin ánimo de lucro
Al igual que otros correos fraudulentos, se sugiere a la ciudadanía verificar en la página de la entidad la autenticidad de la comunicación a través de la línea nacional 01900331002 en todo el país, o a través del servicio de quejas de la Entidad, ingresando a la página www.dian.gov.co
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, lanzó la campaña “Al día con la DIAN, le cumplo al país”, en la que, a través de una serie de Jornadas Integrales de Atención y Control a nivel nacional, la administración busca fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones, crear conciencia de la importancia de la declaración y pago de los impuestos, así como de la expedición y exigencia de la factura.
En el desarrollo de esta primera jornada del año se adelantarán más de 16.300 acciones. Entre ellas, 6.500 visitas a morosos; 9.844 requerimientos a omisos en el impuesto sobre la renta, detectados a través de cruces de información con bancos, notarías y otros informantes esto es: 5.750 requerimientos a omisos renta Personas Naturales año 2015 y 4.094 omisos renta naturales 2013 y 2014; visitas a responsables de IVA; profesionales del cambio y control aduanero a la legal importación de equipos, materiales e instrumentos odontológicos.
En Pereira se están adelantando 1.500 visitas a morosos en la zona del Poblado. La gestión es integral buscando el cumplimiento de las obligaciones de declarar, pagar, controlar la evasión, el contrabando y lograr el pago de morosos con el fin de:
- Brindar orientación y facilitación en los trámites de los contribuyentes.
- Darles a conocer el estado de sus deudas e invitarlos a realizar el respectivo pago.
- Confirmar el cumplimiento de las obligaciones formales en materia tributaria como la expedición de facturas.
- Verificar y controlar la debida nacionalización de equipos (establecimientos odontológicos).
- Evidenciar la correcta aplicación del cobro de IVA establecido en la Reforma Tributaria de 2016.
- Inspeccionar el cumplimento de las normas cambiarias por parte de los Profesionales del Cambio Autorizados.
- Orientar a los interesados en la Normalización de sus activos omitidos o que hayan incluido pasivos inexistentes en sus declaraciones de renta, dentro y fuera del país.
- Sensibilizar a los agentes retenedores de impuestos y responsables de IVA sobre las sanciones que prevé la Ley para quienes evadan o eludan la retención, no realicen el pago o declaración de los dineros retenidos a sus clientes o proveedores y no cobren el IVA.
A lo largo de 2017 las visitas además de adelantarse de manera periódica, serán georreferenciadas; estas primeras visitas se concentrarán en sectores específicos de las principales ciudades del país: Bogotá (Chapinero); Cali (Centro); Medellín (El Poblado); Barranquilla (Prado, Riomar); Cartagena (Bocagrande, Laguito, Castillo, Bucaramanga (Cabecera llano) y Pereira (Centro), lo que permitirá focalizar los esfuerzos hechos por la Entidad para lograr mayor cercanía con los contribuyentes y detalle en las verificaciones a realizar.
En cada ciudad, personal especializado de la Entidad estará dispuesto en los Puntos de Contacto para que los contribuyentes puedan resolver dudas y realizar trámites; es así como, en Bogotá, los contribuyentes serán atendidos en el Punto de contacto de la calle 75; en Cali, se atenderá en el Punto Edificio Antiguo BCH; en Medellín, en La Alpujarra; en Barranquilla, se atenderá desde el punto Edificio Miss Universo; en Cartagena, Bucaramanga y Pereira será desde los puntos de las sedes principales.
Adicionalmente, el 27 de enero se efectuará (sólo en Bogotá en el Punto de Contacto calle 75) una jornada de divulgación sobre la reforma tributaria orientada a los contadores que han utilizado frecuentemente el Chat que la DIAN habilitó desde septiembre de 2016, para este grupo de profesionales.
Finalmente, la DIAN invitó a los 9.844 omisos de renta naturales requeridos en esta jornada, que aún no han presentado su declaración de renta por los años gravables 2013 a 2015, a que lo hagan, ya que haciendo uso de la información reportada por Notarías y Entidades Bancarias, la Entidad detectó que dichas Personas Naturales están obligadas a presentar su Declaración de Renta y Complementarios por los años gravables 2013, 2014 y/o 2015.
Instructivo 01, Instrucciones para revelación contable de activos menor cuantía
Richard santaLa Contaduría General de la Nación, publicó el instructivo No. 001 del 20 de enero de 2017, el cual contiene las instrucciones para el reconocimiento y revelación contable de los activos de menor cuantía en el periodo contable 2017.
Para conocer el Instructivo 01 completo, haga clic aquí.