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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, consiente de la trascendencia de la figura de los beneficios tributarios, ha identificado la necesidad de contribuir a la generación de conocimiento de este tipo de figuras con miras a facilitar la planeación tributaria de los contribuyentes, mejorar la calidad de la información reportada en los formularios y servicios informáticos de la entidad u ofrecer mayores elementos para las labores de análisis, control o investigación del sistema tributario y la política fiscal del país.
En este marco, la primera etapa de trabajo corresponde a un ejercicio continuo que permita la identificación plena de los beneficios tributarios y aduaneros vigentes. En tal sentido se elaboró un inventario de los incentivos y una compilación del marco reglamentario que define la aplicación de cada una de las exenciones identificadas. Los avances presentados en esta oportunidad corresponden a la revisión de los beneficios aplicados en el Impuesto sobre la Renta y Complementarios, en el Impuesto sobre las Ventas, en el Impuesto a la Riqueza y en el Impuesto sobre la Renta para la Equidad.
Adicionalmente, considerando que uno de los ejes centrales de análisis de los beneficios tributarios es su eficacia como instrumentos fiscales para la implementación de intereses y políticas de carácter público, el inventario incluye varios campos orientados a indicar:
- La finalidad del Estado dentro del cual se enmarca - desde un enfoque teórico - el uso del incentivo.
- El interés público o política pública que define al beneficio tributario como instrumento fiscal.
- En algunos casos, el nombre específico del programa público del cual hace parte el incentivo.
- Los actores hacia los cuales se dirige el incentivo.
- Las entidades encargadas de algún componente de la política pública o interés público en cuestión.
- Los formularios, formatos, variables o casillas de los sistemas de información de la DIAN en los que se captura información específica con el beneficio tributario analizado.
El compendio presentado es parcial y la clasificación expuesta sólo es de carácter propositivo para análisis de carácter fiscal. Ambos ejercicios son extensos y, por lo mismo, resulta pertinente la participación y cooperación de los actores involucrados con estas figuras. De tal manera, los avances que se presentan están sujetos a modificaciones con base en el criterio formado de los diferentes sectores de la ciudadanía.
Los comentarios respecto a la información publicada pueden ser dirigidos al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">
Para conocer el inventario de beneficios tributarios, haga clic aquí.
Empresas deben responder encuesta antes de envío de estados financieros
Richard santaLas empresas obligadas a presentar estados financieros a la Superintendencia de Sociedades deben diligenciar una encuesta para poder realizar su reporte de 2016.
La Delegatura para Asuntos Contables indicó que la encuesta servirá para autorizar a cada compañía los tipos de informes que deberá entregar a la entidad. Responderla es obligatorio.
Vale recordar que este será el primer año en que las 27.000 empresas obligadas a presentar información financiera presentarán sus informes en Niif y los entregarán bajo la herramienta XBRL Express.
El plazo máximo es el 31 de enero del 2017.
Para responder la encuesta haga clic aquí.
Alcaldía de Medellín publicó calendario tributario vigencia 2017
Richard santaLa Secretaría de Hacienda de la Alcaldía de Medellín, publicó el calendario tributario para la vigencia 2017. Entre otros aspectos incluye:
- Agentes de retención del impuesto de industria y comercio
- Declaraciones de industria y comercio, avisos y tableros
- Cronograma de pago industria y comercio
- Cuentas de cobro impuesto predial
Para conocer el calendario tributario vigencia 2017 de Medellín, haga clic aquí.
JCC cambió diseño de la tarjeta profesional de Contador Público
Richard santaLa Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores, propendiendo por el ejercicio ético de la profesión de la Contaduría Pública y con la finalidad de garantizar que ésta sea ejercida por aquellos debidamente registrados, informa a la ciudadanía, que las tarjetas profesionales de Contador Público expedidas a partir de enero del año 2017 cambiarán su diseño, asegurando un mayor nivel de seguridad y confianza para las personas que requieran de los servicios profesionales del Contador Público.
El nuevo diseño contará con sello táctil, micro textos, imágenes en contraste ultra violeta y una marca de agua digital que podrá ser leída a través de la aplicación pública Secure Doc, la cual se encuentra disponible de forma gratuita para Android, Iphone, y PC.
A través de la mencionada aplicación los usuarios de los Contadores Públicos tendrán una herramienta adicional que les permitirá verificar la veracidad de los datos contenidos en la tarjeta profesional; no obstante, si se desea saber si el Contador Público se encuentra habilitado para la prestación de servicios contables, es decir, que no presente ninguna sanción vigente, se deberá solicitar el certificado de vigencia y antecedentes disciplinarios.
Es importante aclarar que el actual diseño de la tarjeta profesional identificado con el color verde seguirá vigente y no será de obligatorio cambio; quienes cuenten con este diseño podrán actualizarlo solicitando el duplicado de la tarjeta profesional. La información la podrán encontrar en http://www.jcc.gov.co/tramites-y-servicios/2013-07-19-17-07-02/tarjetaprofesional-del-contador/duplicado
Para comentarios, proyecto de resolución sobre régimen de zonas francas
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, divulgó el proyecto de Resolución "Por la cual se reglamenta el artículo 49 del Decreto 2147 del 23 de diciembre del 2016", el cual hace referencia al régimen de zonas francas.
La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución del 23 al 27 de enero de 2017, a través de los correos electrónicos: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.; Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que fue restablecida la disponibilidad de los Servicios Informáticos Electrónicos (SIE) para la presentación y pago de las declaraciones tributarias.
De esta forma, los declarantes cuyo último dígito corresponde a los números cinco (5), seis (6) y siete (7) tendrán plazo para declarar y pagar hasta el 20 de enero de 2017. De acuerdo a lo contemplado en el Estatuto Tributario, podrán hacerlo sin sanciones y sin el pago de intereses.
En una decisión de la Corte Constitucional, el fuero de las mujeres de no ser despedidas en su etapa de embarazo y los cuatro meses siguientes al parto, fue extendido también para los padres.
En el fallo, se señala que la protección a los hombres se dará sólo en los casos en los cuales las madres no trabajan y el hogar depende económicamente del trabajo del padre vinculado.
El argumento del demandante, sebasó en que la Ley proteje laboralmente a las mujeres embarazadas o lactantes, pero esa protección no aplicaba en los casos en los cuales son dependientes del esposo o compañero.
Con este fallo, la Corte extiende a los padres los beneficios del Código Sustantivo del Trabajo en sus artículos 239 y 240.
Contingencia por intermitencia de servicios informáticos electrónicos en la DIAN
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informa que de conformidad con la certificación emitida por la Subdirección de Gestión de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, desde el 17 de enero de 2017 ha operado la contingencia de que trata el artículo 579-2 del Estatuto Tributario.
Por lo anterior, se podrán presentar las declaraciones tributarias y efectuar su correspondiente pago a más tardar al día siguiente a aquel en que los SIEs se estabilicen, lo cual se comunicará oportunamente en el portal Web de la entidad.
Los contribuyentes cuyo NIT finalice en 7, sin tener en cuenta el dígito de verificación, podrán cumplir con el pago de la obligación, dirigiéndose a las entidades bancarias autorizadas para recaudar y pagar su obligación en el formulario litográfico 490 - RECIBO OFICIAL DE PAGO, el cual podrá obtener GRATUITAMENTE a través del enlace de la página web www.dian.gov.co “Usuarios No Registrados Diligenciar Formularios”.
Entidades Autorizadas para Recaudar:
Banco Agrario de Colombia S.A; Banco Davivienda S.A; Banco Caja Social: Banco de Occidente; Banco Colpatria S.A; Banco Corpbanca S.A; Banco BBVA (Colombia); Banco GNB Sudameris S.A; Banco Citibank; Bancolombia S.A; Banco Popular S.A y Banco de Bogotá.
Finalmente la Administración Tributaria reitera que está trabajando en estabilizar lo más pronto posible el servicio.
Guía de aplicación de la Resolución 414 de 2014 de la CGN
Richard santaLa Contaduría General de la Nación, CGN, en el marco de sus competencias constitucionales y legales puso a disposición de las empresas que se encuentran bajo el ámbito de aplicación de la Resolución No. 414 de 2014 y sus modificaciones, las Guías de Aplicación relacionadas con: a) la Definición de políticas contables y b) la presentación de estados financieros.
Para conocer la Guía completa, descargue el archivo adjunto a esta noticia.
Agentes de retención y responsables de IVA podrán sanear declaraciones
Richard santaAunque la DIAN ha venido realizando diferentes acciones de control, persisten casos de Agentes Retenedores que no han cumplido con el deber de consignar lo retenido presentando declaraciones sin pago o con pago parcial, así como casos de responsables de IVA que a 30 de noviembre de 2016 tenían declaraciones sin efecto legal alguno, es decir, presentadas en un periodo diferente al obligado.
La Ley 1819 de 2016 introdujo una norma de carácter transitorio para que estos obligados subsanen tal situación. El beneficio consiste en que dichos Agentes de Retención y responsables de IVA vuelvan a presentar y pagar, si es el caso, sus declaraciones ahorrándose el 100% de la sanción de extemporaneidad y de los intereses de mora desde la fecha en que debió haber cumplido con la obligación.
La Administración Tributaria recomienda a estos Agentes de Retención y responsables de IVA utilizar este beneficio lo antes posible para evitar el pago de sanciones e intereses, cierre de su establecimiento y/o denuncias y sanciones penales.
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En diciembre DIAN recauda $7.3 billones por impuestos nacionales
Richard santaEn Diciembre de 2016 el recaudo bruto de los Impuestos Nacionales fue de $7.3 billones, con un incremento del 3.2% respecto a diciembre de 2015, cuando se recaudaron $7.1 billones.
Los tributos a la actividad económica interna aportaron $5.4 billones, un 3.8% más que en diciembre de 2015, mientras que los impuestos asociados a las operaciones de comercio exterior estuvieron alrededor de los $2.0 billones, creciendo 1.6%.
Entre los de mejor desempeño se encuentran la Retención en la Fuente por conceptos de Renta, IVA y Timbre cuyo recaudo sumó en diciembre $3.3 billones, 8.8% más que en el mismo mes del año anterior, contribuyendo en gran medida a la variación del recaudo total del mes.
En 2016 el recaudo bruto de los Impuestos Nacionales alcanzó el valor de $126.7 billones, con una variación del 2,4% respecto al logrado en el año 2015 que sumó $123,7 billones.
La mayor porción del recaudo ($107.1 billones) corresponde a los impuestos a la actividad interna que representaron el 85% del recaudo total y se incrementaron 3.8%.
Los tributos externos generados en las operaciones de comercio exterior, sumaron $19,6 billones, esto es, el 15% del recaudo total, presentando en 2016 una caída nominal de 4,6% frente a 2015.
Se resalta la evolución del recaudo de la Retención en la Fuente, el Impuesto sobre la Renta para la Equidad CREE y el Impuesto a la Gasolina y ACPM. El recaudo de Retención en la Fuente a título de Renta, IVA y Timbre, aumentó 6,2% pasando de $35,5 billones en 2015 a $37,7 billones en 2016 y contribuyendo con 1.8% a la variación del recaudo total del año, es decir que de los 2.4 puntos porcentuales que creció el recaudo en 2016 con relación a 2015, la Retención en la Fuente explica 1.8 puntos porcentuales.
Por su parte, por el Impuesto Sobre la Renta para la Equidad CREE se recaudaron $7,5 billones en 2016, mientras que en 2015 el recaudo había sido de $7,1 billones con una variación de 6,8% y una contribución a la variación de 0.4%.
Entre tanto, el recaudo por concepto del impuesto a la gasolina aumentó 9,6%, pasando de $3,4 billones en 2015 a $3,7 billones en 2016, contribuyendo con 0.3% al crecimiento total del recaudo.
Por el Impuesto al Valor Agregado – IVA se recaudaron $ 25.7 billones, que representan un crecimiento del 3.3% en relación con 2015.
Recaudo por Gestión
En el desarrollo del Plan de Cobro 2016, la DIAN recuperó cartera morosa por $5.4 billones, cumpliendo con ello la meta señalada en el Plan Estratégico, que implicó recaudar un monto similar al del año 2015, cuando rigieron condiciones especiales de pago con reducciones de intereses y sanciones del 80% hasta el 31 de mayo y del 60% hasta el 31 de octubre.
La meta de gestión, aunque ambiciosa, se pudo cumplir adelantando entre otras, las siguientes acciones: Creación del Centro Nacional de Cobro en Bogotá, desde donde se realizaron 1.107.829 llamadas a morosos; también se enviaron 249.409 mensajes SMS a agentes retenedores y responsables de IVA que declararon y no pagaron lo retenido y cobrado a consumidores que compraron y/o demandaron productos y servicios gravados con IVA, se aplicaron 50.924 títulos de depósito judicial, se realizaron 929 diligencias de remate, se embargaron 37.457 cuentas bancarias de Personas Jurídicas y Naturales y se contó con 1.241 insumos para cierre de establecimientos y con 1.000 insumos para denuncia penal por omisión del agente retenedor y/o recaudador.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, con base en las facultades conferidas por el artículo 550 del Estatuto Tributario, actualizó el pasado 30 de diciembre, en un 10% la tarifa del impuesto de timbre nacional para los pasaportes ordinarios que se expiden en el exterior por funcionarios consulares y otros documentos consulares.
Este reajuste del 10 por ciento rige durante los años 2017, 2018 y 2019, lo que significa que el aumento está por debajo de los índices de inflación, si consideramos que estará vigente durante tres (3) años.
El reajuste se realiza a partir del 1 de enero de 1986, y puede llegar a ser hasta del 25 por ciento. En esta ocasión el reajuste que el gobierno efectuó fue del 10 por ciento y es igual al efectuado en el año 2013, para los años 2014, 2015 y 2016, para las mismas actuaciones.
Instructivo de la CGN sobre cambio del periodo contable 2016 – 2017
Richard santaLa Contaduría General de la Nación, CGN, presentó el Instructivo 002 del 21 de diciembre de 2016, el cual contiene las instrucciones relacionadas con el cambio del periodo contable 2016 - 2017, el reporte de información a la entidad y otros asuntos del proceso contable.
Para conocer el Instructivo 002 completo, haga clic aquí.
Junta Central de Contadores estableció tarifas para 2017
Richard santaA partir del 11 de enero, comienzan a regir las nuevas tarifas para los trámites y servicios ofrecidos por la Junta Central de Contadores:
- Tarjeta profesional de Contador Público $286.000
- Sustitución Matrícula profesional de Contador Público: $286.000
- Duplicado tarjeta profesional de Contador Público: $29.000
- Tarjeta de registro entidades prestadoras de servicios contables: $3.689.000
- Certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios de Contador Público: $26.000
- Certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios de entidades prestadoras de servicios contables: $49.000
- Actualización de registro entidades prestadoras de servicios contables (cambio de razón social y/o de naturaleza jurídica): $369.000
- Envío a dirección de tarjeta profesional archivada: $12.100