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Tal como fue anunciado recientemente, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, expidió las primeras diecinueve resoluciones donde se habilitan a igual número de empresas para que comiencen a expedir factura electrónica en Colombia.

 

De este primer grupo, diecisiete compañías hicieron parte del plan piloto de factura electrónica que durante seis meses implementó la DIAN, para ajustar dicho mecanismo a los más altos estándares de desarrollo internacional.

 

Recientemente, la Organización OASIS (Organización para el Avance de Estándares de Información Estructurada), aliada de Naciones Unidas, en un reporte exaltó la implementación del proyecto de Factura Electrónica en Colombia y lo referenció como ejemplo para otros países de la región.

 

Los habilitados con resolución de la DIAN tienen ahora la obligación de facturar de forma electrónica; a partir de la notificación del acto oficial, cuentan con 3 meses para iniciar, según lo establecido en el Decreto 2242 de 2015 y la Resolución 000019 del 24 de febrero de 2016.

 

Los habilitados que estén interesados en ofrecer servicios tecnológicos para la facturación electrónica a terceros, podrán solicitar autorización a la DIAN para ser proveedores tecnológicos, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 12 de Decreto 2242 de 2015.

 

El Director de Gestión de Fiscalización de la DIAN, Leonardo Sicard Abad, señaló que la entidad viene cumpliendo al país con la implementación de este instrumento que reduce los costos a los empresarios y nos pone a tono con otros países de la región.

El próximo 31 de marzo de 2017 vencerá el plazo para que las compañías definidas por la Superintendencia de Sociedades pongan en marcha programas de transparencia y ética internacional para prevenir el soborno transnacional.


Las firmas que deberán cumplir con la regulación están en los sectores identificados por la Ocde como los de mayor riesgo de conductas de corrupción transfronteriza: farmacéutico, infraestructura y construcción, manufactura, mineroenergético y TIC.

"No se puede pensar en libre competencia internacional si no luchamos contra el soborno transnacional, porque entonces no gana el mejor sino el que tiene la billetera más profunda", dijo el Superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar.

Reyes Villamizar aseguró que la entidad está empeñada en desplegar un equipo técnico y humano que permita la lucha contra esta clase de conductas. En ese sentido la entidad compró una serie de computadores de alta tecnología así software especializado de soporte lógico que no solo fortalecerán el laboratorio forense sino que además permitirán garantizar la cadena de custodia de la información.

Sobre el soborno transnacional
De acuerdo con la Ley 1778 de 2016 los responsables de soborno a servidores públicos en el extranjero podrán ser sancionados con cárcel hasta por 15 años, inhabilidad para contratar por el Estado hasta por 20 años y multas de hasta 50.000 salarios mínimos.

Esta ley establece un régimen administrativo sancionatorio para las personas naturales y jurídicas que participen en la conducta de soborno transnacional y complementa el tipo penal de cohecho contenido en Código Penal.

Ante el delito de soborno internacional la Superintendencia de Sociedades tiene competencia si el responsable está en Colombia.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo propuso un ajuste al Plan Vallejo, para facilitar el comercio exterior y aumentar el número de partidas arancelarias o de productos y servicios que hoy se benefician de sus ventajas.

 

La ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Claudia Lacouture, explicó que la idea es facilitar los procesos a los empresarios interesados en importar sin aranceles, materias primas y productos que no se producen en Colombia, para que sean transformados y luego exportados.

 

Agregó que por el momento hay un proyecto de decreto en la página Web del Ministerio de Comercio (www.mincit.gov.co) para comentarios del sector privado y de los demás interesados, etapa después de la cual, y a la mayor brevedad, se preparará el decreto definitivo.

 

Tiempos más reducidos para la aprobación de un programa con el Plan Vallejo, sistematización de los procesos y agilización de diferentes procedimientos, son algunos de los cambios que se plantean.

 

En cuanto a las zonas francas, la Ministra explicó, durante el IV Congreso Internacional de Libre Competencia en Santa Marta, que ya hay un decreto que agiliza los procesos de aprobación de estos mecanismos y de otros trámites para que haya más eficiencia.

 

Por otro lado, explicó que desde la cartera a su cargo, y en conjunto con los empresarios, se construye una Política de Desarrollo Productivo para generar una oferta exportadora que sea productiva, innovadora y sostenible.

 

“Buscamos que esas cadenas productivas tengan una variable obligatoria. Uno de los mecanismos consiste en que si participan dentro de ellas y reciben ayuda con inversión por parte del Gobierno, tienen que generar exportaciones. Otro, tiene que ver con mostrarles a los empresarios la importancia que tiene dividir el riesgo entre lo nacional y lo internacional. Por supuesto, debe existir la voluntad del empresariado de querer exportar”, agregó Lacouture.

La reforma a la Ley 1527, o ley de libranzas, permitirá aumentar los controles a quienes pretendan negociar este tipo activos, una vez sea aprobada por el Congreso. El proyecto de autoría del senador Antonio Navarro ya recibió luz verde en su primer debate y pasará a ser discutido por la plenaria del Senado.

 

De acuerdo con el texto en discusión la venta de libranzas a inversionistas solo podrá hacerse a través de instrumentos de mercado regulados como los productos fiduciarios y los fondos de inversión colectiva (FICS). Adicionalmente se exigirán requisitos mínimos en materia de indicadores financieros como solvencia y capitalización.

 

“Lo que hace es un ambiente más seguro para este clase de negocios, por lo cual esperamos que no se vuelvan a presentar los problemas que actualmente estamos enfrentando”, dijo el superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar.

 

“Con esta reforma a la Ley 1527 se introducen mayores controles a la administración de libranzas y en esa medida se permite más seguridad a los compradores de este tipo de papeles”, agregó el funcionario.

 

En lo corrido de 2016 la Superintendencia de Sociedades a sometido a control a 13 compañías involucradas en el negocio, de ellas 9 fueron enviadas a reorganización y posteriormente 6 afrontan procesos de liquidación. Actualmente 5 de las sociedades están intervenidas por captación ilegal.

 

Reyes resaltó que continúan los trabajos de investigación para establecer cómo se gestó la crisis de las libranzas y en esa medida agradeció la cooperación organismos de control como la Superintendencia Financiera y la Superintendencia de Economía

Solidaria, quienes tienen a su cargo la vigilancia de fiduciarias y cooperativas.

 

Nuevo llamado a evitar la captación ilegal de recursos

El superintendente de Sociedades reiteró además que toda persona natural o jurídica que promueva o promocione por cualquier medio, esquemas que resulten en la captación masiva y habitual de recursos del público sin autorización legal, será responsable penal y civilmente por sus actuaciones.

 

Al respecto, el superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, hizo un nuevo llamado a la ciudadanía para que no ponga en riesgo sus ahorros y evite entregar sus recursos a esquemas piramidales.

 

Reyes Villamizar recalcó que la actividad de captar dinero del público y prestarlo, solo puede ser llevada a cabo por entidades debidamente autorizadas por la Superintendencia Financiera, so pena de incurrir en el delito de captación masiva y habitual, conducta que conlleva a prisión, según el Código Penal.

Aunque la Organización Mundial del Comercio (OMC) fijó un plazo hasta el 22 de enero del 2017, para que Colombia implemente el fallo sobre el arancel de las confecciones y el calzado, que discutía Panamá, ya Colombia, de buena fe, lo había reemplazado el pasado 2 de noviembre.

 

La ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Claudia Lacouture, recordó que “la decisión se adoptó el pasado 2 de noviembre para cumplir en el menor tiempo posible las recomendaciones de la OMC”.

 

El pasado primero de noviembre se dejó de aplicar el arancel mixto establecido desde el 2013 para las importaciones de confecciones y calzado, y que fue encontrado incompatible por el Órgano de Solución de Diferencias de la OMC en la controversia con Panamá, por exceder en algunos casos el arancel máximo consolidado permitido. En su reemplazo el Gobierno Nacional implementó medidas de control aduanero con el fin de combatir el contrabando y la subfaturación de estos productos.

 

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, se pronuncia sobre el proyecto de reforma tributaria, en especial sobre los aspectos normativos relacionados con el impuesto de renta y complementarios, que están basados en las normas internacionales de información financiera (NIIF).

 

El pasado 13 de Octubre el CTCP había emitido un documento con comentarios sobre el uso de los nuevos marcos técnicos para la determinación del impuesto sobre la renta.

 

Para conocer el documento completo, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera de Colombia informó que a partir del 3 de enero 2017 la certificación de la Tasa de Cambio Representativa del Mercado – TRM incluirá únicamente el valor de este indicador, por lo que se dejarán de publicar las tasas promedio de compra y venta, tasas promedio de compra y venta por ventanilla y de volatilidad de la TRM.

 

Vale la pena recordar que la TRM es un indicador económico que revela el nivel diario de la tasa de cambio oficial en el mercado spot de divisas colombiano. Corresponde al promedio aritmético de las tasas promedio ponderadas de compra y venta de divisas de las operaciones interbancarias y de transferencias desarrolladas por los intermediarios del mercado cambiario que se encuentran autorizados en el Estatuto Cambiario.

 

La Superintendencia Financiera de Colombia tiene la obligación de calcular y certificar la TRM y divulgarla al mercado y al público en general, conforme a lo dispuesto en el artículo 80 de la Resolución Externa No. 08 de 2000, expedida por la Junta Directiva del Banco de la República, la metodología establecida por el Banco de la República mediante Circular Reglamentaria DODM - 146, el Artículo 93 del Decreto 4327 del 25 de Noviembre de 2005, Resolución No.0416 del 03 de Marzo de 2006 de la Superintendencia Financiera de Colombia.

Entre enero y octubre del presente año, el Recaudo Bruto acumulado de los impuestos nacionales alcanzó la cifra de $108,8 billones, valor que representa una variación nominal de 2.3% respecto al mismo período de 2015, en el que se logró recaudar la suma de $106,3 billones.

 

Esta variación se debe principalmente al comportamiento del recaudo por Retención en la Fuente a título de Renta, IVA y Timbre, que presentó un incremento de 5.8% pasando de $29,3 billones en 2015 a $31,1 billones en 2016, registrando una participación de 1.6% en la variación, lo que significa que, de los 2.3 puntos porcentuales que creció el recaudo del período enero – octubre de 2016 con relación al mismo lapso de 2015, la Retención en la Fuente explica 1.6 puntos porcentuales.

 

Por su parte, el Impuesto al Valor Agregado – IVA presentó a octubre un recaudo acumulado de $21.6 billones mostrando un crecimiento de 2.6% en relación con el mismo período de 2015 y una contribución a la variación de 0.5%.

 

El recaudo de los ingresos por concepto de Impuesto a la Gasolina y el ACPM a octubre aumentó nominalmente 13.6%, pasando de $2.7 billones en 2015 a $3.1 billones en 2016, con una contribución a la variación de 0.4%.

 

El recaudo de los tributos asociados a la actividad económica interna muestra una variación nominal de 3.7% frente al mismo período de 2015, cuyo recaudo sumó a 31 de octubre $92.8 billones, mientras que en el mismo periodo de 2015 el recaudo fue de $89.5 billones. Los tributos asociados al comercio exterior (arancel e IVA) por el contrario, disminuyeron 5.1%, recaudándose $ 15.9 billones frente a $ 16.8 billones en 2015.

 

Octubre
Durante el mes de octubre el recaudo bruto de los impuestos administrados por la DIAN fue de $7,0 billones, de los cuales $5,3 corresponden a la actividad económica interna y los restantes $1,7 billones, están asociados al recaudo de tributos externos generados en las operaciones de comercio exterior.

 

Sobresale el comportamiento del impuesto a la gasolina y el ACPM con un incremento del 17.1%, al recaudar $316.553 millones en octubre de 2016, frente a $270.420 millones en octubre de 2015.

El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, recalcó la importancia de analizar, debatir y aprobar el articulado del Proyecto de Ley de Reforma Tributaria antes de que finalice este año.

“Estaremos trabajando con los ponentes del Proyecto de Ley, aquí no hay tiempo que perder, hay que consagrarse a esta labor de sacar adelante la Reforma Tributaria que necesita el país.

 

No podemos dar marcha atrás, no podemos frenar la generación de empleo, no podemos reversar los logros sociales que ha tenido Colombia; si no actuamos ya, no vamos a hacerlo a tiempo”, dijo el funcionario.

 

Y agregó: “esta semana vamos a estar dedicados a la Reforma Tributaria, analizando con los ponentes los diferentes aspectos del Proyecto de Ley de Reforma Tributaria, el jueves y viernes realizaremos foros regionales, en Cali y Medellín respectivamente”.

 

Finalmente el Jefe de la cartera de Hacienda celebró la designación de los coordinadores y ponentes del Proyecto de Ley, teniendo en cuenta la importancia para trabajar con quienes liderarán el articulado en el Congreso de la República y aclaró que su aprobación garantiza que Colombia pueda mantener la calificación BBB para fomentar e impulsar la inversión y el desarrollo económico.

 

“La Reforma Tributaria es la mejor inversión que podemos hacer, si no la hacemos perderíamos la calificación BBB y los intereses de la deuda del gobierno, del sector privado y de los hogares colombianos aumentarían. Esto le costaría al país $4 billones al año en más intereses, recursos que podríamos destinar a construir colegios, hospitales o apoyar a la población en condición de vulnerabilidad”, concluyó. 

El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, explicó tras participar de la reunión anual de la Asociación de Economía de América Latina y el Caribe LACEA, que en el Proyecto de Ley de Reforma Tributaria, no se establece gravar con IVA la panela, o el Agua de Panela con el impuesto a las bebidas azucaradas que propone el Gobierno Nacional.

 

“La panela no tiene IVA, el agua de panela no tiene IVA y tampoco impuesto a las bebidas azucaradas en el proyecto de Ley de Reforma Tributaria, así que todos los colombianos pueden estar absolutamente tranquilos”, dijo el funcionario.

 

Y agregó enfatizando: “la sugerencia respetuosa, a quienes tengan dudas, es que nos hagan la pregunta directamente al Ministerio de Hacienda, para así evitar desinformar (…) quiero insistir, aquí no se puede tratar de ganar un titular a punta de decir cosas que no son ciertas”.

 

El Ministro de Hacienda además reiteró la importancia que tiene aprobar el Proyecto de Ley de Reforma Tributaria este año, para garantizar que la economía nacional siga creciendo, al mismo tiempo que advirtió que de no hacerlo, la cuenta de pago de intereses se incrementaría en $4 billones, recursos que se dejarían de invertir en programas de política social, restándolos a los colombianos más vulnerables.

 

“El país necesita esta Reforma Tributaria, si no se aprueba quedaríamos condenados a vivir en el subdesarrollo. Debemos seguir avanzando como sociedad, progresando, teniendo la capacidad de construir la infraestructura, de impulsar los programas sociales, la educación y la salud”, resaltó el titular de la cartera de Hacienda.

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