Decreto 995, recursos invertidos que respaldan reservas técnicas de las EPS
Por medio del Decreto 995 del 13 de junio de 2022, el Ministerio de Salud modifica los artículos 2.5.2.2.1.10, 2.5.2.2.1.21. Y 2.5.2.4.2.10 del Decreto 780 de 2016, en relación con el uso de los recursos invertidos que respaldan reservas técnicas de las EPS y se dictan otras disposiciones.
Proyecto de Resolución, calendario para implementar límite de 5 UVT en sistema P.O.S.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, publicó el proyecto de Resolución, por la cual se establece el calendario para la implementación del límite de las cinco (5) UVT, como monto máximo para la expedición de los documentos equivalentes generados por máquina registradora con sistema P.O.S.
Por lo anterior, la entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 18 de junio 2022, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Decreto 979, Ley seca y otras disposiciones en elecciones de segunda vuelta presidencial
El Ministerio del Interior emitió el Decreto 979 del 10 de junio de 2022, por medio del cual se dictan normas para la conservación del orden público para las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República para el período 2022-2026, en segunda vuelta, y se dictan otras disposiciones.
Concepto 162, CTCP sobre adopción NIF Microempresas
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 162 del 7 de junio de 2022, por el cual responde a una consulta referente a la adopción de NIF en Microempresas.
Para conocer la consulta complete y la respuesta de la entidad en el Concepto 162, haga clic aquí.
Decreto 957, línea de crédito con tasa compensada para el sector salud por pandemia
El Ministerio de Hacienda emitió el Decreto 957 del 4 de junio de 2022, por el cual se modifican los artículos 2.6.7.8.2 y 2.6.7.8.4 del Capítulo 8, Título 7, Parte 6, Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, correspondiente a la línea de crédito con tasa compensada de la Financiera de Desarrollo Territorial, S.A. -Findeter, destinada a irrigar recursos de capital de trabajo, sustitución de deudas e inversión a las IPS y EPS del Sector Salud, públicas y privadas, lo cual les permitirá continuar con la prestación del servicio de salud y mitigar los efectos de la pandemia originada por el COVID-19.
Decreto 955, medida transitoria sobre valor en aduanas de mercancías importadas
Mediante el Decreto 955 del 4 de junio de 22, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, establece una medida transitoria sobre el valor en aduanas de las mercancías importadas al territorio aduanero nacional en el marco de lo dispuesto en la Decisión N° 894 de la Comunidad Andina".
Aclaración de la DIAN sobre Decreto 955
Con ocasión de la entrada en vigencia del Decreto 955 del 4 de junio del 2022 "Por el cual se establece una medida transitoria sobre el valor en aduanas de las mercancías importadas, al Territorio Aduanero Nacional en el marco de lo dispuesto en la Decisión 894 de la Comunidad Andina", la DIAN informó que la casilla 79 de la Declaración de Importación se debe diligenciar con cero (0), cuando se trate de las subpartidas arancelarias contempladas en el artículo 1 (Exclusión) del Decreto en mención.
En lo que respecta al diligenciamiento de la Declaración Andina de Valor -DAV-, las casillas (117 a 120) correspondientes al valor del flete y gastos conexos, se deberán diligenciar con cero (0). Cabe anotar que cuando el término de negociación incluya el valor del flete, éste se deberá deducir en las casillas 132 o 133 de la DAV, cuando se trate de las subpartidas arancelarias contempladas en el artículo 1 del Decreto ibídem.
El viernes 17 de junio será el segundo día sin IVA del año
Los comerciantes, empresarios y las familias colombianas se preparan para vivir la segunda jornada de día sin IVA del 2022, que se realizará el próximo viernes 17 de junio.
“Colombia está viviendo una reactivación económica que se ve en el aumento de las ventas del comercio al por menor y del electrónico, del empleo y del crecimiento de la economía en general. Estamos seguros de que esta segunda jornada, al igual que las anteriores, le dará un nuevo impulso a la economía del país y será de gran beneficio para el sector empresarial, el empleo y los hogares" aseguró la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Ximena Lombana Villalba.
Este segundo día sin IVA del año se realizará después de que los trabajadores colombianos reciban la prima de servicios que se paga a mitad de año, de tal manera que los hogares podrán aprovechar este ingreso para comprar bienes con el beneficio de la exención del impuesto.
Sobre esta nueva jornada, el director general de la DIAN, Lisandro Junco Riveira, afirmó que “este es el octavo día sin IVA que los colombianos pueden aprovechar para ahorrar en la compra de los artículos cubiertos y los comerciantes para dinamizar sus ventas. Recordemos que estas jornadas también impactan de manera positiva el recaudo, porque la cadena que genera el IVA tiene tributación y la exención solo está para el consumidor".
En esta oportunidad, al igual que en las jornadas anteriores, la DIAN estará monitoreando las transacciones en tiempo real por medio de la factura electrónica y generando los reportes que le permitirán al país conocer los resultados del segundo día sin IVA del año
Por su parte Fenalco, el gremio de los comerciantes, espera que este segundo día sin IVA de 2022 sea muy exitoso para los colombianos, de manera que puedan acceder a productos con descuentos del 19%, para el recaudo esperado por el gobierno y para todos los comerciantes.
“Ese día los colombianos también podrán aprovechar las promociones del comercio y los descuentos, y los empresarios podrán sacar todos sus inventarios al servicio de los consumidores" dijo el presidente de Fenalco, Jaime Alberto Cabal Sanclemente.
Fenalco ha insistido en que los días sin IVA llegaron para quedarse, por eso su presidente aseguró que harán un llamado “al gobierno que llegue, a que mantenga los días sin IVA como un gran esfuerzo para la recuperación de la economía colombiana".
Optimismo en comercio electrónico
Pero no solo hay expectativas positivas frente al comportamiento del comercio en establecimientos físicos. La ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Carmen Ligia Valderrama Rojas, resaltó que "el comercio electrónico impulsa el crecimiento de la economía y aumenta la competitividad, lo que permite al consumidor la libre elección y diversificación de posibilidades a la hora de adquirir productos".
La funcionaria llamó la atención sobre algunas recomendaciones que deben tener en cuenta los colombianos a la hora de realizar transacciones seguras online, como utilizar una red Wifi de confianza, comprar en sitios web reconocidos, evitar enlaces de correos o anuncios, utilizar su computador o celular personal, cambiar constantemente sus claves y revisar la política de privacidad del comercio.
Decreto 949, determina el valor máximo de la vivienda VIS y VIP
Por medio del Decreto 949 del 1 de junio de 2022, emitido por el Ministerio de Vivienda, se modifica el artículo 2.2.2.1.5.2.2 del Decreto 1077 de 2015 Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, en relación con los proyectos y/o programas de renovación urbana a partir de los cuales se determina el valor máximo de la vivienda de interés social y la vivienda de interés prioritario
Publicado 02/06/2022
Expedición de certificados de origen con destino a Uruguay
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que mediante comunicación No. ALADI/CR/di 5307 del 10 mayo de 2022 la representación del Uruguay informó que, ante el cese de la emergencia sanitaria en su territorio, a partir del 6 de junio de 2022, ya no aceptará copias de Certificados de Origen para los procesos de nacionalización de mercancías que buscan acogerse a tratamientos arancelarios preferenciales, en el marco de los acuerdos comerciales negociados.
Por lo anterior, los certificados de origen expedidos con destino a Uruguay bajo el marco de los acuerdos que se tienen suscritos con dicho país (ACE 59 CAN-MERCOSUR, ACE 72 COLOMBIA-MERCOSUR y PAR 4) se expedirán de manera física, con firma manuscrita del funcionario responsable y sello mecánico, para ello los exportadores podrán solicitar su expedición por el sistema a través de la seccional de aduanas que por logística le favorezca en sus trámites y reclamarlo de manera presencial una vez aprobado por la seccional.