Proyecto de decreto modifica NIIF para Grupo 1 contenidas en el Decreto 2420 de 2015
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo -MinCIT, publicó el proyecto de decreto por medio del cual se modifica parcialmente las Normas de Información Financiera para el Grupo 1 contenidas en el Decreto 2420 de 2015, Decreto Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información, y se dictan otras disposiciones.
De acuerdo con la Dirección de Regulación del Ministerio, la propuesta normativa responde a la necesidad de actualizar las normas de información financiera incorporadas en la legislación colombiana, frente a los estándares internacionales en estas materias.
Las normas que la propuesta propone modificar permitirán:
Que los preparadores de información, en calidad de arrendatarios, puedan contar con la opción de una solución práctica para el tratamiento de las modificaciones de los arrendamientos originados por la situación de pandemia Covid 19, contribuyendo a aliviar la carga administrativa y a reducir los costos que esta situación pueda generar.
Para efectos de revelar información financiera, aclarar las políticas contables significativas o con importancia relativa, que se deben revelar en las notas a los estados financieros, que puede razonablemente esperarse que influya en las decisiones que toman los usuarios principales de los estados financieros con propósito general, sobre la base de dichos estados financieros.
Clarificar el uso de una estimación contable, y diferenciarla de una política contable. En cuanto al impacto del impuesto diferido relacionada con activos y pasivos que se derivan de una transacción, ocurrirá principalmente en entidades que tengan en sus estados financieros activos y pasivos por contratos de arrendamiento y, pasivos por provisiones originados en obligaciones de retiro, rehabilitación del terreno donde se asienta el activo, u obligación de restauración.
Para el caso colombiano, los pagos por contratos de arrendamiento que fiscalmente se tratan como operativos resultan deducibles, no obstante, para efectos contables se tratan como un activo por derecho de uso y un pasivo por la obligación.
El proyecto de decreto a expedir modifica los anexos técnicos contenidos en los Decretos 2270 de 2019; 1432 de 2020 y 938 de 2021, expedidos el 13 de diciembre de 2019; 5 de noviembre de 2020 y 19 de agosto de 2021, respectivamente, con el fin de incorporar en la normativa vigente los últimos estándares internacionales de información financiera recomendados por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, instancia en la cual se observó el debido proceso establecido en la Ley 1314 de 2009. Lo destinatarios usarán estos estándares para tener una información financiera útil para la toma de decisiones económicas por parte de todos los interesados.
El Ministerio recibirá comentarios hasta el 19 de mayo.
DIAN y Cámaras de Comercio eliminaron el paso de generación del Pre-RUT
La Ventanilla Única Empresarial (VUE), sigue agilizando trámites para facilitar la actividad de los emprendedores y empresarios. Ahora podrán completar el proceso de formalización de empresa de forma más fácil y rápida, gracias a la eliminación del paso del pre-RUT ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN.
De esta manera, las personas interesadas podrán obtener su certificado Registro Único Tributario (RUT) de manera más directa y crear su empresa en menos pasos en el portal de www.VUE.gov.co
Este es un resultado del trabajo conjunto entre Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la DIAN, las Cámaras de Comercio y Confecámaras, que establecieron una dinámica diferencial en la que el cruce informativo eliminó pasos en la creación de empresa. Considerando que Colombia se clasifica como la mejor nación de Latinoamérica para emprender (según el informe del Global Entrepreneurship Monitor 2022), este logro articulado entre las entidades facilitará a más personas la creación de sus negocios.
De esta manera, los emprendedores y empresarios podrán obtener el número de Identificación Tributaria asignado por la DIAN -NIT a través del formulario RUES en el mismo trámite de creación de matrícula mercantil en el portal VUE.
El director general de la DIAN, Lisandro Junco Riveira, afirmó que este logro representa un importante hito que permite agilizar tiempos y minimizar los costos asociados a los trámites.
Recuerda que el certificado del RUT es un requisito necesario para poder completar la creación de tu empresa. Encuentra más información en www.VUE.gov.co
Decreto 678, reglamenta Estatuto Tributario referente al RUT
El Ministerio de Hacienda emitió el Decreto 678 del 2 de mayo de 2022, por el cual se reglamenta el inciso 3 y el parágrafo 2 del artículo 555-2 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 12 de la Ley 2155 de 2021, parcialmente el artículo 631-6 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 17 de la Ley 2155 de 2021, y parcialmente los parágrafos 1 y 2 del artículo 903 del Estatuto Tributario, modificados por el artículo 74 de la Ley 2155 de 2021, y se modifican los artículos 1.6.1.2.1.1.6.1.2.5. 1.6.1.2.8. 1.6.1.2.10. a 1.6.1.2.13. el inciso 3 del artículo 1.6.1.2.14. el parágrafo 1 del artículo 1.6.1.2.15. 1.6.1.2.16. 1.6.1.2.18. a 1.6.1.2.20. 1.6.1.2.22. Y 1.6.1.2.27. a 1.6.1.2.29. se adicionan el inciso 3 al artículo 1.6.1.2.3. yel numeral 7 al artículo 1.6.1.2.4. y se sustituyen el numeral 6 del artículo 1.6.1.2.4. Y el artículo 1.6.1.2.6. del Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, referente al RUT.
MinTrabajo y Corte Suprema de Justicia avanzan en reforma al código procesal del trabajo
Con el fin de trabajar en la descongestión de los procesos laborales en Colombia, el Ministro del Trabajo y La Corte Suprema de justicia avanzan en la reforma al código procesal del trabajo.
“Con la sala laboral firmamos un convenio de colaboración armónica, en la cual discutimos muchos de los temas, en primer lugar, una descongestión en todos los procesos laborales que nos permite una mayor justicia para los trabajadores” aseguró, el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera Báez.
Por su parte el presidente de la sala de casación laboral, Iván Mauricio Lenis, afirmó que el proyecto de reforma estimulará la creación de más jueces laborales municipales, “se espera que a futuro y con esta reforma y logrando una mejor redistribución de los procesos en otras regiones podamos fortalecer la creación de más despachos laborales” añadió, el magistrado.
Además, con el memorando de entendimiento, se fortalecerán los lazos entre la Corte Suprema de Justicia y el Ministerio de Trabajo con la intención de que los derechos laborales día a día tengan una mayor protección y los ciudadanos cuenten con mejores funcionarios en sus instituciones.
Decreto 669, fija aumento de salario para personal ejecutivo de la Policía Nacional
El Ministerio de Defensa publicó el Decreto 669 del 30 de abril de 2022, por el cual se modifican y adicionan los Decretos 1091 de 1995, 4433 de 2004 y 1858 de 2012 para el personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional, y se dictan otras disposiciones.
Decreto 668, fija regímenes salarial, prestacional y pensional de la Policía Nacional
A través del Decreto 668 del 30 de abril de 2022, el Ministerio de Defensa fija los regímenes especiales en materia salarial, prestacional, pensional y de asignación de retiro para el personal de Patrulleros de Policía de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.
Resolución 488, soporte de adquisición de no obligados a expedir factura de venta
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 488 del 29 de abril de 2022, por la cual se modifica el artículo 6 de la Resolución 000167 de 30 de diciembre de 2021, referente a la implementación de la generación y transmisión de forma electrónica del documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente y de las notas de ajsute.
Decreto 655, Instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria por el Covid19
Por medio del Decreto 655 del 28 de abril de 2022, el Ministerio del Interior imparte Instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público, se decreta el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable y la reactivación económica segura.
Cámara de Comercio de Bogotá y la DIAN eliminan el PRERUT
Con el fin de aportar a la simplificación de trámites en materia de creación de empresas y otros, la Cámara de Comercio de Bogotá y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, anunciaron que se elimina el diligenciamiento del formulario PRERUT.
Anteriormente, las personas debían realizar un pre-registro ante la DIAN, llamado PRERUT, y presentarlo ante la Cámara de Comercio, como parte indispensable del proceso de creación de matrícula mercantil. Ahora, con esta decisión, se simplifica aún más el procedimiento para la creación de una empresa, abrir sucursales de sociedad extranjera e inscribir personas jurídicas sin ánimo de lucro.
La eliminación de este trámite se da gracias al esfuerzo de ambas entidades por articular y coordinar sus sistemas tecnológicos de información y datos. Así las cosas, a partir de ahora, únicamente será necesario diligenciar el formulario RUES y tramitar directamente en la Cámara de Comercio de Bogotá, a través de los canales presenciales y virtuales, la matrícula e inscripción que los acredita como empresarios formalizados y/o personas con plena capacidad jurídica para realizar negocios.
Así mismo, en este mismo trámite se obtendrá de forma automática e inmediata el Número de Identificación Tributaria asignado por la DIAN -NIT-, lo que permitirá que los empresarios y emprendedores empiecen a desarrollar sus actividades económicas de manera inmediata, con la tranquilidad que ya son contribuyentes reconocidos legalmente ante la DIAN.
Nicolas Uribe Rueda, presidente de la Cámara de Comercio de Bogotá afirmó que "Con esta iniciativa la Cámara de Comercio de Bogotá y la DIAN avanzamos en la simplificación del proceso de formalización y creación de empresas. Esta decisión permitirá además disminuir los costos propios de transacción (tiempo y dinero) para acceder a las distintas herramientas jurídicas que permiten iniciar negocios de forma segura, legal y formal".
Por su parte, Lisandro Junco Riveira, director general de la DIAN manifestó que "la eliminación del preRUT en el proceso de asignación del NIT a través de las cámaras de comercio es un importante hito en la estrategia de simplificación y racionalización de trámites de la entidad, reduciendo el tiempo y los costos asociados; para de esta forma, facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones con el estado colombiano".
La eliminación del prerut es la materialización del esfuerzo conjunto realizado por estas entidades, que han sido aliados estratégicos en el proceso de formalización de los empresarios y que previamente habían introducido mejoras en el proceso de creación de empresas como la integración de sus sistemas para la asignación del NIT, la reducción del tiempo de creación de sociedades comerciales, la eliminación del requisito de cuenta bancaria para la solicitud de numeración de facturación, entre otros.
La eliminación de este trámite cobija a las empresas y organizaciones que están domiciliadas en Bogotá o en los 59 municipios de la región de Cundinamarca. No obstante, se espera que el sistema de Cámaras de Comercio se sume rápidamente a esta iniciativa con el objetivo de simplificar este trámite en todo el país.
Resolución 489, disposiciones para operación de devolución de IVA
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 489 del 29 de abril de 2022, por la cual se dictan disposiciones para la operación de la devolución del Impuesto sobre las Ventas, IVA.