A través de la Resolución 065 del 30 de marzo de 2022, la Contaduría General de la Nación incorpora, en el Marco Normativo para Entidades de Gobierno, el Procedimiento contable para el registro de los hechos económicos relacionados con el reintegro y la devolución de los saldos disponibles en patrimonios autónomos y otros recursos entregados en administración, que se constituyen con recursos de entidades ejecutoras del Presupuesto General de la Nación, y se modifica el Catálogo General de Cuentas de dicho Marco Normativo.

Para conocer la Resolución 065, haga clic aquí.

Colombia se sigue afianzando como uno de los países más comprometidos con el propósito de lograr las metas ambientales trazadas tanto a nivel nacional, como internacional, pues se convirtió en el primer país de toda América en publicar una Taxonomía Verde.

El lanzamiento lo hizo el presidente de la República, Iván Duque en la Bolsa de Valores de Nueva York, donde manifestó la importancia de este documento, que dará claridad para que quienes inviertan en proyectos e iniciativas verdes, sepan si dicha inversión está catalogada como verde en Colombia.

La Taxonomía Verde de Colombia, surge como respuesta para enfrentar los grandes desafíos ambientales, desde la perspectiva de movilización de recursos, tanto públicos o privados, pues define un sistema de clasificación para actividades económicas y activos con contribuciones significativas al logro de objetivos ambientales, facilitando la canalización de dichos recursos para el cumplimiento de esas metas.

El ministro de Hacienda y Crédito Público, José Manuel Restrepo expresó que “Colombia sigue posicionándose como líder en materia de financiamiento de mitigación y adaptación a los efectos del cambio climático: hoy publicamos la primera versión de la Taxonomía Verde para llevar recursos a proyectos, actividades, iniciativas y activos que contribuyan a cumplir nuestros objetivos ambientales y se une a otras iniciativas como a los bonos verdes, mercado al que se le dará mayor dinamismo, así como a las estrategias de protección financiera contra el riesgo de desastres”.

Por su parte, el superintendente financiero de Colombia, Jorge Castaño Gutiérrez, manifestó que “la taxonomía verde es el instrumento mediante el cual damos un orden a las reglas de juego para que emisores e inversionistas desarrollen un mercado verde sólido, transparente e íntegro, que les permita ejercer un rol catalizador de los recursos que requiere el país para enfrentar adecuadamente uno de los retos más importantes de esta década: el cambio climático”.

Para el desarrollo de la taxonomía se identificaron las prioridades ambientales del país, alineadas con los compromisos, estrategias y políticas trazados por Colombia en este campo. Los objetivos ambientales identificados son: mitigación del cambio climático, adaptación al cambio climático, conservación de los ecosistemas y biodiversidad, gestión del agua, gestión del suelo, economía circular, prevención y control de la contaminación.

En ese sentido, cuenta con dos pilares que se complementan y evolucionarán de manera permanente: en primer lugar, presenta siete sectores, activos y actividades económicas con contribución al objetivo ambiental de mitigación del cambio climático: energía, construcción, gestión de residuos y captura de emisiones, suministro y tratamiento de agua, transporte, tecnologías de la información y la comunicación y manufactura.

En segundo lugar, y bajo un enfoque transversal, presenta tres sectores de uso de suelo: ganadería, agricultura y forestal. Para estas actividades se tuvieron en cuenta cinco objetivos ambientales: mitigación del cambio climático y adaptación al cambio climático, gestión del suelo, gestión del agua y conservación de los ecosistemas y biodiversidad. Será la primera Taxonomía Verde con énfasis en el uso del suelo, dado que estos sectores en conjunto son responsables de un 59% de las emisiones de gases de efecto invernadero.

Esta herramienta se convierte en una carta de navegación de gran utilidad para las empresas y emisores de valores, inversionistas locales y extranjeros, reguladores financieros, entidades públicas y privadas, y consumidores financieros. La Taxonomía Verde permitirá a los actores líderes del mercado de capitales colombiano identificar con mayor facilidad qué actividades contribuyen sustancialmente al cumplimiento de metas ambientales, facilitará la diferenciación y clasificación de los instrumentos financieros denominados como verdes, aumentará la transparencia y apoyará el monitoreo de las inversiones y gasto público verdes.

La Taxonomía Verde de Colombia es un esfuerzo interinstitucional liderado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Superintendencia Financiera, entidades que también pertenecen a la Mesa de Taxonomía Verde junto al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, al Departamento Nacional de Planeación y el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, además, contó con el apoyo técnico y financiero del Grupo Banco Mundial.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la Resolución 083 del 7 de abril de 2022, por la cual se establecen las condiciones para la importación y la reexportación de las mercancías requeridas para la realización de la Copa América Femenina 2022.

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El Ministerio de Trabajo publicó el Decreto 555 del 9 de abril de 2022, por medio del cual se adiciona la Sección 6 al Capítulo 6 del Título 1, Parte 2, Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo, y se reglamenta el artículo 17 de la Ley 2069 de 2020, y la Ley 2121 de 2021 y se regula el trabajo remoto

Para conocer el Decreto 555, haga clic aquí.

Por medio del Decreto 539 del 8 de abril de 2022, el Ministerio de Minas y Energía expide el Reglamento de Higiene y Seguridad en las Labores Mineras a Cielo Abierto.

Para conocer el Decreto 539, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, ha puesto a disposición el software gratuito para generar el Documento Soporte de Pago de Nómina Electrónica, el cual estará disponible para todas las personas que estén obligadas y deseen hacerlo de forma gratuita, especialmente para todas las micro y pequeñas empresas.

El servicio que ofrece la DIAN hace parte del servicio facturación gratuito, que cuenta con los siguientes valores agregados:

- No se incurre en costos para su uso
- Incluye el certificado de firma digital gratuito
- No tiene límite para la generación de documentos de nómina
- Se puede acceder desde cualquier dispositivo
- Transmitir el Documento Soporte de Pago de Nómina Electrónica genera una serie de beneficios, tales como:
- Poder usar el costo o la deducción en la declaración de renta.
- Desmaterializar comprobantes fiscales.
- Mantener actualizada la información de sus costos, deducciones e impuestos descontables reportados a la DIAN.
- Acceder a nuevos servicios electrónicos: devoluciones automáticas y declaraciones sugeridas.

El Documento Soporte de Pago de Nómina Electrónica está asociado a la plataforma del sistema de Factura Electrónica, y es posible consultarlo a través del código único de nómina -CUNE en el siguiente enalce: https://catalogo-vpfe.dian.gov.co/User/SearchDocument

Para ser usuario del servicio gratuito que genera y transmite el documento soporte de pago de nómina, se requiere previamente realizar el proceso de habilitación por una sola vez, con ello, de forma mensual se podrá utilizar para generar este documento, independientemente de la periodicidad con la cual el sujeto obligado realice los pagos y/o abonos en cuenta de nómina.

Toda la información sobre el Documento Soporte de Nómina Electrónica, incluidas las fechas establecidas para generarlo y las guias para implementar el servicio gratuito se puede consultar en: https://www.dian.gov.co/impuestos/Paginas/Sistema-de-Factura-Electronica/documento-soporte-de-pago-de-nomina-electronica.aspx

De esta forma, la DIAN continúa brindando herramientas tecnológicas gratuitas, que facilitan la generación de documentos electrónicos de las operaciones de los responsables, con agilidad, transparencia, seguridad y legitimidad.

El Ministerio del Trabajo hace un llamado a los empleadores colombianos para que asuman la obligación de cubrir el costo de las evaluaciones médicas ocupacionales, pruebas o valoraciones complementarias de sus trabajadores dependientes, según fue reiterado a través de la circular 0015 del 11 de marzo de 2022.

Carlos Ayala, coordinador de Medicina Laboral del Ministerio del Trabajo, reiteró: “En ningún caso las evaluaciones médicas ocupacionales pueden ser cobradas o solicitadas a los trabajadores dependientes. Es responsabilidad de los empleadores colombianos velar porque estas pruebas sean realizadas por médicos especialistas en Medicina del Trabajo o Salud Ocupacional con licencia, como lo indica la ley”.

Los exámenes médicos ocupacionales permiten evaluar a un trabajador, con el fin de monitorear la exposición a factores de riesgo en el ámbito laboral. Estos se clasifican en tres tipos, según la resolución 2346 de 2007:

- Evaluación médica preocupacional o de preingreso.
- Evaluaciones médicas ocupacionales periódicas (programadas o por cambios de ocupación).
- Evaluación médica postocupacional o de egreso.

Teniendo en cuenta las funciones y atribuciones del Ministerio del Trabajo como autoridad de policía para la vigilancia y control de las normas laborales, se podrán imponer multas de uno a 500 salarios mínimos mensuales legales vigentes a quienes desacaten lo estipulado.

De esta forma, los trabajadores que deseen informar sobre violación a la norma podrán contactarse a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., indicando el nombre del empleador y la ciudad en la que se dieron los hechos. Asimismo, es posible presentar la querella por medio de www.mintrabajo.gov.co, en el menú Atención al Ciudadano, opción Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y Denuncias (PQRSD).

También podrán dirigirse de manera presencial a cualquiera de las Direcciones Territoriales y Oficinas Especiales de la cartera laboral en las distintas regiones del país.

Para conocer la Circular 15, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera publicó la Carta Circular 19 del 28 de marzo de 2022, por medio de la cual informa aspectos relacionados con el requerimiento de información trimestral sobre las solicitudes de productos y servicios financieros presentadas por parte de los actores del sector minero, en los términos de la Ley 2177 de 2021.

Para conocer la Circular 19, haga clic aquí.

Con el objetivo de seguir disminuyendo las presiones inflacionarias en el bolsillo de los colombianos y reducir los costos de producción de alimentos, el Gobierno Nacional definió un arancel del 0% por 12 meses para otros 39 insumos agropecuarios, a través del Decreto 504 del 4 de abril de 2022.

Se trata de 39 subpartidas arancelarias entre las que se cuentan: preparaciones utilizadas para la alimentación de los animales; feldespato; nitrógeno; hidróxido de sodio; nitratos de magnesio; demás fosfatos de calcio; metanal; sales del ácido propiónico; ácido cítrico; medicamentos con hormonas para uso veterinario e insecticidas.

Esta decisión complementa las adoptadas a través del Decreto 307 del 3 marzo que difirió a cero el arancel a 165 bienes que se importan al país.

Adicionalmente, en el Decreto 504 también se adicionan otras 36 subpartidas arancelarias que ya estaban en el Decreto 307 de marzo pasado (todos insumos agrícolas), esto para prorrogar por 6 meses más la rebaja del arancel al 0%. Es decir, completarían un año con cero arancel.

Entre estos se encuentran: bulbos de cebollas; sémola de maíz; semillas de remolacha; de zanahoria; semillas de hortalizas para la siembra; abonos y herramientas, entre otros.

Para conocer el Decreto 504, haga clic aquí.

El Ministerio de Salud y Protección Social emitió el Decreto 507 del 4 de abril de 2022, por el cual se modifica el Decreto 521 de 2020, en relación con los plazos para presentar los recobros al proceso de saneamiento por concepto de los servicios y tecnologías en salud no financiados con cargo a la UPC del Régimen Contributivo y se dictan otras precisiones.

Para conocer el Decreto 507, haga clic aquí.

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