A partir de encuestas realizadas entre más de seis mil empresarios, la Superintendencia de Sociedades pudo establecer que, al menos 5 de cada 10 compañías instaladas en Colombia se registran como Sociedades por Acciones Simplificadas S.A.S.

 

A través de encuestas elaboradas entre más de 6 mil compañías del sector real, el organismo pudo establecer los sistemas societarios más utilizados por los empresarios. El más reciente estudio indica que el 54 por ciento de las sociedades operan bajo el modelo S.A.S; le siguen las tradicionales Sociedades Anónimas (S.A) con un 30,8%, las Compañías Limitadas (LTDA) con un 9% y otras formas empresariales con 6,1%.

 

Los resultados de la encuesta (a diciembre 31 de 2017) arrojan que 3483 empresas son S.A.S, un total de 1987 son sociedades anónimas, 583 son compañías limitadas y 393 pertenecen a otros tipos de modelo corporativo.

 

Se estima que tras una década de existencia, el modelo S.A.S ha dado lugar a la creación de más de 500 mil empresas, con la consecuente generación de empleo y riqueza para el país. Bajo este modelo, se encuentra cerca del 98% de las sociedades que se constituyen en Colombia, según los registros que llevan las cámaras de comercio.

 

El Superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, enumeró los beneficios de la adopción de este modelo para los empresarios y nuevos emprendimientos. Dijo que "entre sus bondades se destaca una drástica reducción de costos de transacción, lo cual solo puede lograrse con una estructura leve, carente de arcaicos formalismos y cortapisas a la iniciativa privada".

 

Reyes Villamizar afirmó que "el favoritismo expresado por empresarios locales y extranjeros respecto de esta forma asociativa, se explica por las innegables ventajas incorporadas en la Ley 1258 de 2008. En virtud de las características muy flexibles de este tipo societario, es de esperarse también que continúe el tránsito acelerado hacia la SAS, por parte de empresarios constituidos bajo las formas asociativas tradicionales".

La Superintendencia de Sociedades adelanta una cruzada diplomática en países de Europa y Latinoamérica para intensificar la persecución al delito de soborno de transnacional.

 

En una nueva fase de la lucha contra este delito, la Superintendencia, a través de la Delegatura de Asuntos Económicos y Contables, adelanta contactos con autoridades económicas de países con los que Colombia aspira a trabajar de la mano para perseguir conductas ilícitas, que impliquen el ofrecimiento y pago de recursos o dádivas por parte de empresas colombianas que adelanten negocios con entidades del sector público en el exterior.

 

El Superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, explicó que actualmente "se adelanta la negociación de memorandos de entendimiento con varios países entre los que figuran Ecuador, México y Uruguay, entre otros. Todo esto busca facilitar el intercambio de información que nos conduzca a sanciones efectivas para combatir este flagelo".

 

El funcionario recordó que en una primera fase de la estrategia contra el delito de cohecho "la Superintendencia ha podido llevar a cabo unas investigaciones muy profundas y tenemos los primeros resultados con sanciones en firme por soborno internacional. En el último año hemos llevado a cabo más de 20 diligencias administrativas con instrumentos tecnológicos que hemos adquirido y que nos permiten recaudar información de las sociedades que estamos investigando".

 

Así mismo, cabe recordar que Colombia ya tiene suscritos acuerdos de intercambio de información con autoridades de Perú y de Brasil, que fueron los primeros países en respaldar las acciones que lidera la Superintendencia de Sociedades, encaminadas a investigar y sancionar estas conductas, bajo los principios de la Ley 1778 de 2016.

 

Otras medidas adoptadas recientemente para combatir y sancionar el soborno internacional tienen que ver con la activación de un canal virtual de denuncia, que permite a cualquier ciudadano reportar casos sospechosos de soborno y aportar información que facilite el inicio de nuevas investigaciones.

 

Adicionalmente la Superintendencia de Sociedades expidió una cartilla explicativa, en la que da cuenta de manera pedagógica sobre en qué consiste el delito de soborno internacional, cuáles son las consecuencias y las sanciones a las que se puede someter una compañía que incurra en este tipo de prácticas ilícitas.

La Resolución No. 011004 del 29 de 2018, expedida por la DIAN, "Por la cual se establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), por el año gravable 2019, se señala el contenido, características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega".

 

Para conocer la Resolución 011004 completa, descargue el archivo adjunto a esta nota.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución No. 000052 del 30 de octubre de 2018, "Por la cual se prescribe el formato de Reporte de Conciliación Fiscal de que trata el numeral 2 del artículo 1.7.1 del Decreto número 1625 del 11 de octubre de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria para los períodos gravables 2018, 2019 y fracción de 2020".

 

Para conocer la Resolución 052 completa, descargue el archivo adjunto a esta nota.

Por medio de la Resolución 490 del 31 de octubre de 2018, la Contaduría General de la Nación prorroga el plazo indicado en la Resolución No. 706 de diciembre 16 de 2016 (modificada por la Resolución No. 043 de febrero 8 de 2017 y 097 de marzo 15 de 2017), para el reporte de la información financiera, económica, social y ambiental a través del Sistema Consolidador de Hacienda de Información Pública- CHIP, correspondiente al periodo Julio- septiembre de 2018.

 

Para conocer la Resolución 490 completa, haga clic aquí.

La Contaduría General de la Nación emitió la Resolución 483 del 30 de octubre de 2018, por la cual se solicita a las entidades contables públicas que reportan información financiera, a través de CHIP, el diligenciamiento del formato para efectos de actualizar la base de datos que administra la Contaduría General de la Nación.

 

Para conocer la Resolución 483 completa, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de resolución por la cual se fija el valor de la Unidad de Valor Tributario – UVT aplicable para el año 2019.

 

La entidad recibirá observaciones y comentarios por parte de los usuarios y partes interesadas a través de la dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. hasta el 08 de noviembre de 2018, después del último día de publicación estos comentarios no serán tenidos en cuenta.

 

Para ver el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.

Hasta el 9 de noviembre estará disponible para comentarios el proyecto de resolución publicado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, por la cual se adopta la utilización de la firma electrónica en los actos administrativos generados a través del Servicio Informático Electrónico en la gestión de solicitudes de devolución y/o compensación

 

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución a través del correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto en los artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010, expidió el 31 de octubre de 2018 la Resolución No. 1521 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para el siguiente periodo y modalidad de crédito:

Consumo y Ordinario: entre el 1 y el 30 de noviembre de 2018.


Con la mencionada Resolución se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 19.49%, lo cual representa una disminución de 14 puntos básicos (-0.14%) en relación con la anterior certificación (19.63%).

 

Interés remuneratorio y de mora
En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 29.24% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

 

Usura
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos, cifra que para el período señalado se sitúa en 29.24% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, resultado que representa una disminución de 21 puntos básicos (-0.21%) con respecto al periodo anterior (29.45%).

 

Otras certificaciones vigentes
Vale la pena recordar que la Superintendencia Financiera, en desarrollo de sus atribuciones legales y reglamentarias, mediante la Resolución 1294 de 2018 certificó el interés bancario corriente para la modalidad de microcrédito y consumo de bajo monto, en los siguientes términos:

 

Modalidad de crédito que aplica     Interés Bancario       Corriente Usura
Microcrédito                                       36.72%                      55.08%
Consumo de bajo monto                     34.25%                      51.38%

Con el compromiso de mantener el monitoreo para identificar los casos en los que se hace mal uso del Plan Vallejo para ingresar contrabando al país, se realizó la tercera sesión de la Mesa Anticontrabando en la que por segunda ocasión el tema central fue el sector textil-confección.

 

Los casos de las empresas en los que se detecten irregularidades de este tipo serán enviados a la Unidad de Información y Análisis Financiero (Uiaf) para que haga los respectivos seguimientos.

 

Así lo explicó la viceministra de Comercio Exterior, Laura Valdivieso Jiménez, quien junto a su homólogo de Desarrollo Empresarial, Saúl Pineda, lideraron esta sesión de la Mesa, de la que hacen parte en forma permanente la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), la Policía Fiscal y Aduanera (Polfa) y la Uiaf. En esta ocasión, la Cámara Colombiana de la Confección también fue invitada a la Mesa.

 

“El Plan Vallejo es un instrumento de promoción a las exportaciones en el que no se pagan aranceles ni IVA por la importación de materias primas, con la condición de que se usen únicamente para la transformación de bienes para su exportación. Hemos detectado empresas que, bajo esta figura, simulan exportaciones, con lo cual los productos que importan se quedan en el país sin pagar impuestos. No lo vamos a permitir”, explicó la Viceministra.

 

Valdivieso recordó que en septiembre se aprehendieron más de 8.000 rollos de tela y confecciones de 200 toneladas, avaluados comercialmente en más de $9.000 millones, que habían ingresado al país bajo la modalidad del mal uso del Plan Vallejo.

 

En la reunión se reiteró el compromiso de seguir trabajando articuladamente con el sector privado para combatir el contrabando en cualquiera de sus formas.

 

Por su parte, el Viceministro Pineda señaló que con las diferentes acciones que se acuerden y adelanten desde la Mesa, se busca evitar la destrucción de empleo formal en el país, y puntualmente en este sector productivo.

 

“Estamos con el sector textil y confecciones, los invitamos a hacer denuncias, pues no descansaremos en esta lucha y no daremos tregua a quienes insistan en competir en forma desleal. Sabemos que hay un sector que tiene preocupaciones y queremos atenderlas", aseguró el Viceministro de Desarrollo.

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