Resolución 582, modifica Norma de acuerdos de concesión desde la entidad concedente
Por medio de la Resolución No. 582 del 6 de diciembre de 2018, la Contaduría General de la Nación modifica la Norma de acuerdos de concesión desde la perspectiva de la entidad concedente del Marco Normativo para Entidades de Gobierno.
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Gobierno no impulsará incremento al IVA para contratos de trabajadores independientes
El Gobierno Nacional manifestó que de manera concertada con los Congresistas, hará el ajuste correspondiente durante el trámite siguiente de la Ley de Financiamiento para no impulsar el incremento del IVA para trabajadores independientes. El régimen se mantendrá como está actualmente.
“Existe una total disposición del Gobierno Nacional para discutir con los ponentes de la Ley de Financiamiento para que no se modifique dicho tope de ingresos brutos al año durante el trámite de esta Ley en las plenarias de Senado y Cámara” dijo el Ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla.
Es importante aclarar que actualmente, los contratos por prestación de servicios con ingresos brutos superiores a 120 millones de pesos al año, son gravados con IVA.
Proyecto de decreto reglamenta presupuesto de rentas y recursos de capital para 2019
El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 22 de diciembre de 2018 el Proyecto de Decreto que “Se reglamenta el inciso segundo del artículo 99 de la Ley 1940 de 2018, por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la Vigencia Fiscal del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2019.”
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Contratos de trabajo podrán celebrarse mediante firma electrónica
Para potenciar el trabajo virtual y promover el uso efectivo de las TIC, el Ministerio del Trabajo expidió una circular que facilita los contratos de trabajo por medio de firma electrónica. El anuncio lo hizo la ministra del Trabajo, Alicia Arango Olmos, durante el “Taller de incidencias de los avances digitales en el Teletrabajo”.
“El comercio electrónico ha implicado el constante avance de las tecnologías de la información y las comunicaciones, permitiendo que las relaciones laborales, y en particular el contrato de trabajo, no puedan ser ajenos a ello. Este es un instrumento creado para incrementar la productividad en las organizaciones hasta en un 39%, con el fin de generar una movilidad más sostenible, fomentar la innovación organizacional y mejorar la calidad de vida de los trabajadores”, explicó la titular de la cartera laboral.
Los contratos por medios electrónicos pueden tener la firma electrónica o la digital, permitiendo a su vez identificar y vincular una persona con la creación de un mensaje de datos, un acto o un contrato y que cuenta con su aprobación. Estos están dirigidos para los empleadores y trabajadores del país del sector privado.
“En el tema de teletrabajo es donde primero se va a aplicar la firma electrónica porque permite que la gente pueda estar en distintas partes del país y tener un trabajo que le brinde garantías. Así se le da oportunidad a las personas que no tienen acceso a ciudades como Bogotá, a tener empleo desde cualquier lugar de Colombia”, puntualizó la Ministra Arago Olmos.
Asimismo, explicó que el teletrabajo tiene grandes ventajas como la reducción del estrés laboral, el afianzamiento de las relaciones entre los empleadores y trabajadores, la conciliación de la vida laboral con la familiar, y la disminución de problemas de movilidad en la ciudades, que automáticamente mejora los niveles ambientales.
Por su parte, el Viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Carlos Alberto Baena, aclaró que el contrato firmado de forma electrónica debe cumplir con los requisitos del “contrato de trabajo escrito”, lo que significa, que debe tener una identificación y domicilio de las partes, lugar y fecha de celebración del mismo, donde se contrata al trabajador y para la prestación del servicio, naturaleza del trabajo, salario, forma, períodos de pago, duración del contrato y terminación.
“El empleador y trabajador deberán determinar el mecanismo técnico que utilizarán para realizar comunicaciones con firma electrónica. Así mismo, se dará los lineamientos que les permita utilizar nuevas formas válidas de firma, con plena aplicación en los contratos y las relaciones laborales”, explicó el Viceministro Baena.
Otra de las grandes ventajas de la suscripción del contrato de trabajo por medios electrónicos es que no tiene costo alguno para el trabajador. Además, con la circular se generará seguridad jurídica a empleadores y trabajadores para su utilización.
Este tipo de contratación genera un ambiente legal que permite potenciar el trabajo virtual y promover el uso efectivo de las TIC, entendiendo el papel de Colombia en un mundo cada vez más globalizado.
Datos:
- El número de teletrabajadores se incrementó en 287% en los últimos 6 años, pasando de 31.553 en el año 2012 a 122.278 en el año 2018.
- A la fecha, 12.912 empresas han implementado el teletrabajo, frente a las 10.739 que había en el 2016.
- Bogotá concentra el mayor número de teletrabajadores con 63.995, seguida de Medellín con 29.751 y Cali 13.379.
- El sector de servicios es el que mayor número de teletrabajadores concentra con 86.116.
- El 64% de los teletrabajadores se concentran en un nivel de cargo medio en las empresas donde laboran, son directores, jefes de área y coordinadores. El 26 % está en un nivel medio, o sea, operativos, y el 25% está en un nivel alto, presidentes y gerentes.
En 0,52% se calculó crecimiento de productividad en 2018 para negociar salario mínimo 2019
Durante la segunda jornada de negociación del salario mínimo para 2019, que presidió la ministra del Trabajo, Alicia Arango Olmos, el Departamento Nacional de Planeación, presentó el cálculo de la productividad total de los factores, que para el 2018 presentó un crecimiento de 0,52%, insumo que hace parte de los parámetros con los que se fijará la remuneración mínima de los colombianos para el próximo año.
“Vamos paso a paso, para darle lo mejor a los trabajadores colombianos, y esperamos haber podido concertar el salario mínimo para el próximo año, antes del 15 de diciembre, fecha en que se cumple el primer vencimiento legal para esta negociación, según lo contempla la Ley 278. Es un buen comienzo, dado que el 0,52% de crecimiento en la productividad es una cifra que presenta por primera vez en cuatro años un valor positivo”, señaló la titular de la cartera laboral.
En la mesa tripartita, el director del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, Juan Daniel Oviedo, presentó los datos observados sobre IPC, PIB y mercado laboral.
Según el DANE, en el país los ocupados que reciben como remuneración hasta 1 salario mínimo mensual pueden representar un 44% de los ocupados. Así mismo, manifestó que la tasa de desempleo a nivel nacional entre agosto y octubre de 2018, se situó en 9,2%.
Por su parte, el director de Programación e Inflación del Banco de la República, Carlos Huertas, en su intervención, dijo que la inflación de los últimos 12 meses a noviembre de 2018, estaría en 3.27%. Para 2019, identificó como riesgos inflacionarios el Fenómeno del Niño y las fluctuaciones del precio del petróleo. Así mismo, planteó que el crecimiento para el 2019, según los ejercicios de estimación del Banco de la Republica, podría llegar al 3.5%.
La presentación del Ministerio de Agricultura, corrió por parte del experto, Fernando Henao, quien señaló que entre las debilidades del sector rural están, la infraestructura, cobertura de riesgos y financiamiento, entre otros.
Además, dijo que siguen preocupando los altos índices de informalidad y que el comportamiento de la productividad y de la dinámica laboral en el sector rural varía ampliamente entre regiones, circunstancia que se refleja en los costos de producción.
La Comisión Permanente de Políticas Salariales y laborales, CPPS, que conforman representantes del Gobierno Nacional, los empresarios, de los trabajadores y pensionados, sesionará el martes 11 de diciembre a las 3:00 p.m. donde empresarios y representantes de los trabajadores y pensionados presentaran sus propuestas de incremento al salario mínimo.
Claves del proyecto de Ley de Financiamiento por la Equidad
El Ministerio de Hacienda publicó las claves del proyecto de Ley de Financiamiento por la Equidad:
Se protegerá a la población más vulnerable del país, tras un acuerdo que mantiene el espíritu del proyecto inicial:
• No se amplía cobro del IVA a la canasta familiar, y asegura continuidad de programas sociales.
• No se gravará a las motos de menos de 200 cc.
• Se recaudarán recursos para invertirlos en programas sociales de gran calibre.
Busca que las personas con un patrimonio e ingresos altos aporten un poco más en la búsqueda de un país más equitativo:
• Se incrementa la tarifa del impuesto de renta para las personas con ingresos mensuales promedio, mayores a $40 millones.
• Las personas naturales con patrimonios superiores a $5.000 mil millones contribuirán al impuesto al patrimonio.
• Los dividendos superiores a $10,3 millones serán gravados a una tarifa marginal de 15%.
Busca reactivar la economía nacional, incentivando el emprendimiento, fortaleciendo el aparato productivo con el fin de generar más y mejor empleo:
• Se crea un marco tributario que busca hacer frente a la informalidad, la baja productividad y necesidad de impulsar el crecimiento económico.
• Se crea el mecanismo de tributación SIMPLE a través del cual se simplifica el cumplimiento de las obligaciones tributarias de las micro y pequeñas empresas.
• Se reduce la tarifa de renta para personas jurídicas de 33% a 30% en los próximos cuatro años.
• Se permitirá la deducción del impuesto de renta los gastos en IVA de la inversión en capital y de los pagos del Impuesto de Industria y comercio.
• De forma gradual, durante los próximos 3 años, se elimina la renta presuntiva, con lo cual se incentiva el emprendimiento y se deja de castigar a las empresas en consolidación.
• Se introdujeron mecanismos para fomentar el emprendimiento de la economía naranja y del sector agropecuario, lo que facilitará su desarrollo y consolidación.
Se emprende un marco de legalidad, con una mayor fortaleza a la DIAN:
• Se implementan medidas que permiten la modernización y el fortalecimiento de la DIAN, lo que le permitirá hacer una más eficiente lucha contra la evasión.
• La DIAN podrá aumentar su planta y maximizar sus acciones, siempre y cuando haya disponibilidad presupuestal.
Se logró un importante acuerdo con los congresistas, en pro de la democracia:
• Se acogieron propuestas de todas las orillas ideológicas.
• Los acuerdos se hicieron por encima de la mesa.
• Se escucharon todas las voces sin importar los partidos políticos.
Restablecidos la mayoría de los servicios informáticos electrónicos de la DIAN
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, logró que la mayoría de los SIE estén en funcionamiento.
Los sistemas informáticos de información extranjera, base clasificaciones arancelarias, publicación web de actos administrativos (notificaciones) corrección de declaraciones de renta y notificar no se encuentran disponibles, y los SIE de PQRS, devoluciones, factura (habilitación) y numeración de facturación presentan intermitencia.
La DIAN destacó que trabaja para restablecer los servicios lo antes posible.
Resolución 1708, certifica interés bancario para crédito de consumo en diciembre
La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto en los artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010, expidió el 29 de noviembre de 2018 la Resolución No. 1708 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para el siguiente periodo y modalidad de crédito:
Consumo y Ordinario: entre el 1 y el 31 de diciembre de 2018.
Con la mencionada Resolución se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 19.40%, lo cual representa una disminución de 9 puntos básicos (-0.09%) en relación con la anterior certificación (19.49%).
Interés remuneratorio y de mora
En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 29.10% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
Usura
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos, cifra que para el período señalado se sitúa en 29.10% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, resultado que representa una disminución de 14 puntos básicos (-0.14%) con respecto al periodo anterior (29.24%).
Banco de la República mantiene meta de inflación en 3%
La Junta Directiva del Banco de la República reiteró que su meta de inflación es 3%, en un rango entre 2% y 4%.
La Junta seguirá haciendo un cuidadoso monitoreo del comportamiento y proyecciones de la inflación y la actividad económica en el país, así como de la situación internacional.
Finalmente, reiteró que las acciones de política monetaria realizadas hasta el momento son compatibles con el proceso de convergencia de la inflación al 3% y están encaminadas a cumplir la meta en coordinación con la política económica general.
Resolución 556, expide certificación de categorización de entidades territoriales
Por medio de la Resolución No. 556 del 28 de noviembre de 2018, la Contaduría General de la Nación expide la certificación de categorización de las entidades territoriales (Departamentos, Distritos y Municipios) conforme a lo dispuesto en las Leyes 136 de 1994, 617 de 2000 y 1551 de 2012.
Para conocer la Resolución 556 completa, haga clic aquí.