Supersociedades profiere la Circular Única de Requerimiento de Información Financiera – CURIF
A través de la Circular Externa 100-000009 del 2 de noviembre de 2023, publicada en el Diario Oficial No. 52.567 del 2 de noviembre de 2023, la Superintendencia de Sociedades profirió la Circular Única de Requerimiento de Información Financiera – CURIF.
En el ejercicio de las atribuciones de inspección, vigilancia y control, esta Entidad pudo dar cuenta de la necesidad de unificar diversos cuerpos reglamentarios dispersos en un único acto administrativo que diese las directrices a diferentes supervisados en lo que a la presentación de información financiera respecta. Así pues, la mencionada circular agrupa diez (10) reportes de informes financieros diferentes y deroga las circulares que solicitaban los informes 16 y 28, entre otras.
Esta Circular agrupa entre otros, la solicitud de información financiera aplicable a entidades empresariales en marcha y Cámaras de Comercio en marcha, estados financieros consolidados o combinados y documentos adicionales, información financiera para entidades empresariales en acuerdo de reestructuración (Ley 550 de 1999), información financiera para entidades empresariales en proceso de reorganización, información financiera para entidades empresariales que no se encuentren en marcha, información financiera de sujetos intervenidos, entre otros.
Al respecto el Superintendente de Sociedades, Billy Escobar Pérez, señaló “este acto administrativo de carácter general se convierte en el único referente en materia de requerimiento de información financiera para las entidades en marcha y aquellas que no se encuentren en marcha, agrupando en uno lo que antes representaba el envío de diez diferentes reportes. Consideramos que condensar estos requerimientos de información financiera facilitará enormemente el trabajo de los administradores, empresarios y comerciantes y permitirá un diálogo más fluido y cercano con la Superintendencia”.
Concepto 440, CTCP sobre inquietudes de la aplicación de las NIIF
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó el Concepto 440 del 10 de noviembre de 2023, sobre inquietudes de la aplicación de las NIIF en Colombia.
DIAN y el Sector Automotor buscan agilizar el Comercio Exterior
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, y los representantes del sector automotor suscribieron el convenio de cooperación interinstitucional “Centro de Excelencia del Sector Automotor", que tiene como fin agilizar y facilitar las operaciones de comercio exterior.
Esta alianza público – privada incluye a la Asociación Colombiana de Fabricantes de Autopartes (ACOLFA), la Asociación Nacional de Movilidad Sostenible (ANDEMOS), la Asociación Nacional de Comercio Exterior (ANALDEX), la Asociación del Sector Automotriz y sus Partes (ASOPARTES) y la Asociación Nacional de Industriales (ANDI).
Entre varias actividades, el convenio incluye un plan de formación para los funcionarios; la apertura de canales de comunicación e iniciativas para hacer más eficiente la gestión aduanera, así como el intercambio de conocimientos y la unificación de criterios.
Centros de excelencia
Este es el primer convenio enmarcado en la iniciativa de los Centros de Excelencia, que son una herramienta creada por la DIAN para fortalecer y especializar el saber técnico aduanero por sectores económicos. La idea es que estos centros permitan el intercambio de conocimiento con los gremios y las empresas, y que de esta forma puedan estandarizarse y simplificarse los procedimientos aduaneros en el país.
Esta herramienta nació de la Resolución 149 de 2021, que estableció el funcionamiento y propósito de esta figura de facilitación, que procura una comunicación asertiva entre la aduana y el sector privado para los procedimientos aduaneros y la formación de funcionarios en la industria con el propósito de construir herramientas y mejores prácticas.
La firma con el sector automotor es una oportunidad para responder con mayor precisión técnica a las necesidades de la industria en materia de comercio exterior. La DIAN espera implementar esta herramienta con los demás sectores económicos.
Supersociedades presenta informe sobre conglomerados en el suroccidente
La Superintendencia de Sociedades presentó un estudio con fundamento en la información reportada a las cámaras de comercio del suroccidente del país (Valle del Cauca, Cauca, Nariño y Putumayo) en materia de inscripciones de grupos empresariales y control de sociedades, de acuerdo con lo señalado en el artículo 30 de la Ley 222 de 1995.
En el suroccidente colombiano existen registrados 66 grupos empresariales, esto demuestra una significativa presencia de este tipo de organizaciones como agentes importantes para el desarrollo económico. Estos grupos involucran 560 subordinadas, de las cuales 108 se encuentran en el exterior, principalmente en Latinoamércia.
Estos datos demuestran que un número muy representativo de personas en el suroccidente del país han cumplido la obligación de que trata el artículo 30 de la Ley 222 de 1995, de solicitar la inscripción en el registro mercantil de los grupos empresariales y situaciones de control. Es así como, se identificaron un total de 13.780 matrices inscritas.
El suroccidente es una región de especial interés para los inversionistas extranjeros que controlan empresas. En el registro mercantil aparecen 118 matrices extranjeras inscritas.
En la región suroccidente sobresalen conglomerados con una historia significativa, incluso algunos que fueron fundados en el siglo XIX, que han logrado crecer a lo largo de varias generaciones e inspiran a los empresarios colombianos a desarrollar estrategias que contribuyan efectivamente a la perdurabilidad y al éxito empresarial.
Las diez matrices personas jurídicas colombianas más grandes del suroccidente registraron en el año 2022 ingresos por $ 14.312.995.794.449 y activos por $14.614.309.883.237
En el estudio encontrarán los rankings de matrices por ingresos, matrices por número de subordinadas y matrices por número de subordinadas en el exterior, tanto para los grupos empresariales como para las situaciones de control.
El Superintendente de Sociedades, Billy Escobar Pérez, señaló que "la revelación en el registro mercantil de los grupos empresariales y las situaciones de control, es uno de los efectos más importantes que establece el régimen de matrices y subordinadas contenido en la Ley 222 de 1995, teniendo en cuenta que garantiza el principio de transparencia en el que se fundamentan las relaciones entre las sociedades con los diferentes grupos de interés que interactúan con ellas”.
Protocolo para los trabajadores/as que usan motocicleta como herramienta de trabajo
El Gobierno nacional presentó la nueva versión del ‘Protocolo prácticas seguras para los trabajadores que usan la motocicleta como herramienta de trabajo’ para el país.
Este importante documento busca fortalecer la protección de la vida de todos los trabajadores y trabajadoras que usan la moto y busca entregar lineamientos a las organizaciones para sus procesos de gestión del riesgo vial, relacionados al Sistema de Gestión en Salud y Seguridad en el Trabajo y Planes Estratégicos de Seguridad Vial.
Para la implementación del Protocolo la industria podrá identificar los riesgos en la vía, evaluar y definir los mecanismos de control. También establecer que en el corto plazo se implementen programas de capacitación periódicos para todos los actores viales en la organización, así como la entrega y seguimiento al uso de elementos de protección personal para motociclistas trabajadores.
En el caso de los trabajadores en motocicletas, establecer la importancia del uso de los elementos de protección personal para mitigar la gravedad de las lesiones ante la ocurrencia de un siniestro vial. Conducir a velocidades adecuadas, acatando las señales y normas de tránsito. Y realizar revisión preoperacional y el mantenimiento preventivo periódico de la motocicleta.
Con relación a la manipulación y traslado de paquetes, los lineamientos contemplan las buenas prácticas del traslado de cargas en la moto, sin exceder el peso descrito por los fabricantes del vehículo entre el paquete, cajones o aditamentos para el cargue y peso del motociclista.
Mariantonia Tabares, directora general de la Agencia Nacional de Seguridad Vial agradeció a las empresas por unirse a esta iniciativa, a los aliados, a los colectivos, a los gremios, a Fedemoto, la Federación Internacional de Motociclismo, y a toda la ciudadanía. “No es solo un envío, no es solo un paquete, es la vida nuestra y de todas las personas que compartimos la vía, la cual tenemos que cuidar y proteger; hoy me siento muy orgullosa de este compromiso de país con quienes día a día se montan en una moto para llevar el sustento a su casa, los motociclistas son motor de desarrollo en nuestro país, mujeres y hombres trabajadores”, concluyó.
Este año, en Colombia han fallecido más de 3.800 motociclistas a causa de siniestros viales, en un alto porcentaje hombres trabajadores en moto, entre 20 y 35 años.
Por su parte, Diana Carolina Galindo, directora de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo le envió un mensaje a los empresarios y a los motociclistas del país que “si logramos salvar vidas desde las empresas, formar a nuestros trabajadores como actores viales conscientes, estamos formando sociedades más justas y equitativas. No queremos más muertes en nuestras vías, cada persona que fallece significa una pérdida para su familia; no veamos la moto como un arma, sino como una herramienta para preservar la vida”.
Las empresas y personas interesadas en acceder al Protocolo pueden hacerlo ingresando aquí.
28 de noviembre arranca la negociación del salario mínimo para el 2024
La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, anunció que la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, donde se inicia el proceso de negociación para el incremento del salario mínimo para 2024, se convocará para el 28 de noviembre.
La titular de la cartera laboral es muy optimista frente a lo que será la negociación del salario mínimo de las y los colombianos para el año 2024 y dijo: “Esperamos concertar un salario mínimo para mantener el poder adquisitivo de las y los colombianos”.
Los parámetros económicos a tener en cuenta en esta negociación serán: el IPC y el PIB causado y el proyectado para el próximo año, el índice de productividad y la contribución de los salarios al ingreso nacional.
“Trabajamos con la estadística de la inflación del 30 de noviembre, pero desde luego empezaremos antes para ir haciendo con la mesa de concertación los estudios preliminares, que nos permitan tener unas reflexiones mucho más profundas, allí tendremos la posibilidad de escuchar la propuesta de los empresarios, sus análisis, lo mismo la de los trabajadores, llevaremos la academia y desde luego el Gobierno también hará sus análisis y desde allí esperamos concertar un salario mínimo que nos permita mantener el valor adquisitivo que este año ha sido una muy buena apuesta y avanzar para que efectivamente Colombia no sea tan impactada ni por la inflación ni por las tasas de interés”, explicó Ramírez Ríos.
La ministra recordó que gracias a las medidas adoptadas en la negociación del salario mínimo para el presente año se ha logrado mantener un incremento real de más del 4%, mientras que en el año 2022 esta cifra fue negativa y afectó el bolsillo de las y los colombianos.
“La desindexación fue una medida que nosotros tomamos para preservar el valor adquisitivo del salario y eso es lo que ha ocurrido. Hoy nuestro salario tiene 4 puntos de aumento real y esto lo que significa es que no ha sido consumido por el costo de la inflación y por eso hoy todavía tenemos un valor adquisitivo protegido y esperamos que esta experiencia tan buena de la mesa de concertación que fue unánime, podamos trabajarla para el próximo año”, aclaró la Ministra.
Es de recordar que el año inmediatamente anterior por decisión unánime durante la sesión tripartita de la Comisión de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, se crearon las Subcomisiones de Reforma Laboral, Reforma Pensional, de Empleo y Empleabilidad, y de Análisis de decretos y convenios de la OIT.
El 15 de diciembre de 2023, será el primer vencimiento legal para concertación del salario mínimo de 2024
Concepto 435, Obligatoriedad de revisor fiscal en fundaciones
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó el Concepto 435 del 7 de noviembre de 2023, en la cual responde a una consulta sobre la Obligatoriedad de revisor fiscal en fundaciones.
CTCP envió los comentarios a IASB sobre la revisión post implementación de la NIIF 15
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, envío comentarios al International Accounting Standards Board (IASB) sobre la revisión post – implementación de la NIIF 15 – Ingresos de actividades ordinarias procedente de contratos con clientes. Esta acción se da en cumplimiento del proceso de consulta pública sobre el proyecto abierta por IASB.
La respuesta se dio a través de carta emitida por el Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera –GLENIF–, a partir del estudio del proyecto por parte del Grupo Técnico de Trabajo –GTT 111 (en el que participó el consejero Jairo Cervera como representante por Colombia), y de la conciliación de posturas de los diferentes países que lo conforman.
Para el caso colombiano, el cuestionario guía expedido por IASB fue sometido por el CTCP a análisis de los comités técnicos de Expertos en NIIF y del Sector Financiero para consolidar así la posición Colombia frente a esta consulta.
El GTT discutió los diferentes puntos de vista en las reuniones virtuales previstas e incluyó un resumen a través de correos electrónicos intercambiados entre sus miembros. El GTT elaboró un documento final basado en las respuestas consensuadas y los puntos de vista técnicos de sus miembros. Finalmente, el documento del GTT se presentó al y fue aprobado por el Directorio del GLENIF.
De manera general, el GLENIF considera necesario desarrollar guías, ejemplos ilustrativos y materiales educativos para explicar la aplicabilidad del modelo de cinco pasos de la NIIF 15 para contratos verbales y obligaciones que surgen de prácticas comerciales no consagradas por documento escrito o a través de contratos de concesión.
Asimismo, se manifiesta que una vez se implemente la NIIF 15, las entidades podrían mantener costos continuos para garantizar el cumplimento de los requisitos. Esto respecto de la recopilación y procesamiento de información adicional, hacer estimaciones contables y documentar políticas y procedimientos.
Respecto de los beneficios que la NIIF 15 ha proporcionado para la información financiera, se expresa que ha sido la inclusión transparente y comparable de los ingresos de las entidades. Esto ha beneficiado a usuarios de los estados financieros proporcionándoles una mejor compresión de la naturaleza, cantidad, oportunidad e incertidumbre de los ingresos generados por la entidad.
Para conocer el documento enviado por el CTCP, haga clic aquí.
Concepto 472, Ajustes a aportes de pensión reducido por Covid 19
Por medio del Concepto 472 del 2 de noviembre de 2023, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, dio respuesta a una consulta elevada ante la entidad relacionada con los ajustes a aportes de pensión reducido por Covid 19.
Resolución 362, Prorroga plazo de reporte de información a Contaduría de tercer trimestre
Por medio de la Resolución 362 del 3 de noviembre de 2023, la Contaduría General de la Nación prorroga el plazo indicado en el artículo 16 de la Resolución 706 de 2016, modificado por la Resolución 193 de 2020, para el reporte de la información a la Contaduría General de la Nación - CGN, correspondiente al periodo julio - septiembre de 2023.