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Proyecto de Decreto, MinHacienda sobre obras por impuestos
Richard santaEl Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 26 de marzo de 2020, el Proyecto de Decreto “Por el cual se reglamentan los artículos 800-1 del Estatuto Tributario, adicionado por el artículo 79 de la Ley 2010 de 2019 y 285 de la Ley 1955 de 2019, y se adiciona el Título 6 a la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria”, referente a obras por impuestos.
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Conclusiones del Comité de Coordinación y Seguimiento del Sistema Financiero
Richard santaEn su última reunión, el Comité de Coordinación y Seguimiento al Sistema Financiero, integrado por el Ministro de Hacienda, el Gerente del Banco de la República, el Superintendente Financiero y el Director del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras – Fogafín, analizó aspectos que desde la perspectiva de la estabilidad del sistema financiero requieren un monitoreo por parte de la Red de Seguridad Financiera.
Cartera de Créditos
Los miembros del comité coinciden en señalar que existe una seguridad razonable acerca de la sostenibilidad de la cartera de créditos en el mediano plazo, todo esto justificado por el análisis de los principales indicadores de la cartera y al seguimiento e implementación de estrategias de supervisión que permiten dar un parte de tranquilidad sobre su desempeño. En particular, se resalta que el crecimiento de la cartera se mantiene en sendas positivas y sus tasas de mora en niveles tolerables.
Coyuntura Petróleo, Dólar y COVID-19
Los miembros del comité, como parte de su estrategia de seguimiento a los riesgos emergentes del sistema financiero, evaluaron la información sobre la composición de balance del sistema. En particular se resalta:
La diversificación de los portafolios de las diferentes instituciones financieras actúa como factor protector ante un escenario de devaluación pronunciado.
No se evidencian presiones de liquidez que ameriten la activación de protocolos especiales
La baja participación de la cartera en moneda extranjera (9.4%) y de los créditos en sectores que potencialmente se pudieran ver impactados por la coyuntura, esto es, petróleo e Hidrocarburos (0.5%), turismo y alojamiento (0.8%), y transporte aéreo terrestre y/o marítimo (1.04%).
Adicionalmente, el Comité analizó diferentes escenarios de riesgos de liquidez, mercado, cambiario y de crédito, a través de la simulación de choques de tipo macro y microeconómico, concluyendo que el sector financiero muestra solidez y resiliencia a través de sus indicadores y gestión de riesgos.
Conclusiones generales
Los miembros del comité concluyen, que aún cuando existen elementos que están generando incertidumbre en el mercado, el sistema está en capacidad de mantener su actividad financiera sin evidentes contratiempos.
No obstante, como parte de la política de prevención y monitoreo continuo, las autoridades que participan en el comité mantendrán sus esquemas de seguimiento activos de manera permanente, con el fin de anticipar posibles cambios en el comportamiento de las principales variables y, de esta forma, poder tomar medidas oportunas y coordinadas.
Las entidades que conforman el Comité de Seguimiento del Sistema Financiero disponen de las herramientas necesarias para hacer frente a desviaciones relevantes en las condiciones actuales, que impliquen un mayor riesgo para la estabilidad del sistema financiero.
Siguiendo las mejores prácticas internacionales, así como las recomendaciones de la Misión del Mercado de Capitales, se decidió publicar, a partir de la fecha, un comunicado con las principales conclusiones derivadas de sus sesiones trimestrales.
En primer bimestre de 2020 Recaudo Bruto de Impuestos Nacionales creció 12.8%
Richard santaDurante los dos primeros meses del año, el recaudo bruto acumulado de los tributos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, fue de $29,64 billones, mostrando un crecimiento de 12.8% en comparación con el mismo período de 2019, en el que se lograron ingresos por $26,28 billones.
El 79.4% del recaudo se concentró en tres conceptos: retención en la fuente a título de renta, con ingresos por $10,72 billones y una participación del 36.2%; IVA con una participación de 28.1% e ingresos por $8,32 billones, y los tributos asociados al comercio exterior que representaron un recaudo de $4,48 billones y un aporte del 15.1%.
De los impuestos mencionados se destaca el recaudo por retención en la fuente a título de renta, que presentó un incremento del 20.0% en comparación con el mismo período de 2019 y contribuyó a la variación con el 6.8%. Es decir, de los 12.8 puntos porcentuales de aumento del recaudo, este concepto aportó 6.8 puntos, mientras que el IVA creció en 10.8% en el mismo período.
De manera agregada, el 84.9% del recaudo bruto corresponde a los tributos asociados a la actividad económica interna, aportando $25,16 billones, en tanto que, los tributos asociados al comercio exterior contribuyeron con el restante 15.1%
Febrero
En febrero de 2020 el recaudo bruto de los impuestos administrados por la DIAN alcanzó la suma de $10,1 billones, creciendo 11.2% en relación con el mismo período de 2019, en el que se recaudó $9,08 billones. El recaudo por retención en la fuente a título de renta se constituyó en el de mejor comportamiento en el período observado, mostrando un incremento de 16.5%, al pasar de $3,38 billones en 2019 a $3,94 billones en 2020 y una contribución de 6.1% a la variación.
En el mismo sentido se comportó el recaudo derivado de los tributos aduaneros, que en el período observado representó ingresos por $2,26 billones, que comparado frente al mismo período de 2019 muestra un crecimiento de 11.1% y una contribución a la variación de 2.5 puntos porcentuales.
Recaudo por Gestión
En febrero se adelantó la segunda jornada Al día con la DIAN, le cumplo al país, enfocándose en la investigación y embargo de bienes, para lo cual, se llevaron a cabo 3.263 acciones dirigidas a los bienes de contribuyentes que presentaban cartera en mora en cuantía de $187.276 millones.
Lo anterior, coadyuvó a que el recaudo por gestión de cartera alcanzara en febrero la cifra de $2,48 billones, representando un crecimiento del 42.5%, frente al mismo periodo del año 2019.
Proyecto de Decreto, Renta exenta - Vivienda Interés Social y prioritario
Richard santaHasta el 24 de marzo el Ministerio de Hacienda recibirá comentarios sobre el Proyecto de Decreto “Por el cual se reglamenta el numeral 4 del artículo 235-2 del Estatuto Tributario y se sustituyen los artículos 1.2.1.22.44., 1.2.1.22.45. y 1.2.1.22.46. al capítulo 22 del título 1 de la parte 2 del libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria”, relacionado con la exención del impuesto de renta para viviendas de interés social y prioritario.
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Fundamentos de la economía colombiana se mantienen sólidos
Richard santaLos miembros de la Junta Directiva del Banco de la República, el Ministro de Hacienda y Crédito Público y el Superintendente Financiero de Colombia se reunieron en la mañana del lunes 9 de marzo para analizar la situación económica y financiera, a raíz de los desarrollos recientes en el frente externo, la caída del precio del petróleo y el deterioro de los mercados financieros internacionales, en el contexto de la emergencia sanitaria internacional.
El Gerente informó a los participantes las principales conclusiones de la Global Economic Meeting, teleconferencia convocada por el Banco de Pagos Internacionales y que tuvo lugar previamente. En esta, los principales bancos centrales del mundo, incluyendo los de los mercados emergentes, compartieron la evolución de la situación de sus economías en la actual coyuntura, los frentes en los que vienen trabajando y los mecanismos de coordinación con los que se encuentran operando.
Tras analizar la información disponible las autoridades colombianas consideraron que:
- Los fundamentos de la economía colombiana se mantienen sólidos y permiten absorber los choques externos descritos sin traumatismos severos sobre la actividad real y la estabilidad financiera.
- El sistema financiero cuenta con indicadores adecuados de solvencia, liquidez y de gestión de riesgos y con la capacidad de absorber choques importantes de riesgo de mercado, liquidez y de crédito, que son simulados permanentemente por el Comité de Coordinación y Seguimiento del Sistema Financiero.
- Las condiciones globales se han deteriorado rápidamente y la tasa de cambio está respondiendo de forma previsible a estos cambios.
- Se mantendrá una vigilancia continua en los siguientes frentes: la liquidez y la volatilidad del mercado cambiario, las condiciones de liquidez interna y externa y las posibles implicaciones fiscales.
- Las autoridades tomarán las acciones pertinentes de forma coordinada y las decisiones se anunciarán conjunta y oportunamente.
Proyecto de Resolución, importación de mercancías para Copa América 2020
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de resolución por la cual se establecen las condiciones para la importación de mercancías y de viajeros con destino al Campeonato Masculino de Futbol Internacional Copa América 2020.
Por lo anterior, la entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 13 de marzo de 2020, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
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Proyecto de Decreto, exención especial del impuesto sobre las ventas - IVA
Richard santaEl Ministerio de Hacienda publicó el Proyecto de Decreto para comentarios hasta el 21 de marzo de 2020, hasta las 12:00 de la noche, “Por el cual se reglamenta los artículos 22, 23, 24, 25 y 26 de la ley 2010 de 2019 y se adiciona unos artículos al Decreto 1625 de 2016, único reglamentario en materia Tributaria”, sobre la exención especial del impuesto sobre las ventas – IVA.
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Proyecto de Decreto, rendimiento mínimo anual de préstamos entre sociedades y sus socios
Richard santaHasta el 21 de marzo de 2020 el Ministerio de Hacienda recibirá comentarios sobre el Proyecto de Decreto “Por el cual se reglamenta el artículo 35 del Estatuto Tributario y se sustituye el artículo 1.2.1.7.5 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria”, referente al rendimiento mínimo anual de préstamos entre las sociedades y sus socios por el año gravable 2019.
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MinHacienda adopta metodologías para identificar riesgos en proyectos de infraestructura
Richard santaEl Gobierno nacional, en cabeza del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, adoptó un manual de metodologías para identificar y valorar riesgos en proyectos de infraestructura, que se convertirán en un instrumento eficiente para la mitigación de riesgo fiscal al cual se encuentra expuesto la Nación.
De acuerdo con el director de Crédito Público y Tesoro Nacional César Arias, con la adopción de estas metodologías se pretende alinear la cuantificación de los riesgos a los que se encuentra expuesta la Nación, tales como los de menor recaudo y sobrecostos, acorde con la realidad y el avance de los proyectos que actualmente se encuentran en ejecución, especialmente los proyectos de cuarta generación de concesiones viales.
“Adicionalmente, estas metodologías podrán ser referente de buenas prácticas para las entidades territoriales que desarrollen proyectos de infraestructura con participación privada. Sin duda, se trata de un gran avance que le ahorrará dolores de cabeza tanto a la nación como a las regiones, departamentos, ciudades y municipios del país”, indicó Arias.
El Banco Mundial y la Embajada de Suiza, Cooperación Económica Suiza (SECO), han venido apoyando este proceso en varios frentes complementarios que contribuyen a los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Entre los que se encuentra el manejo de los riesgos fiscales en proyectos de infraestructura a través de Asociaciones Público-privadas y la movilización de recursos del sector privado con una participación importante del mercado de capitales.
En aras de facilitar la aplicación de las metodologías y su óptima difusión, la Dirección de Crédito Público, construyó un manual metodológico, que contempla las mejores experiencias internacionales aportadas por organismos multilaterales tales como: el Banco Mundial, la Cooperación Suiza – SECO y el Tesoro Americano.
De igual forma, se contó con la asesoría y revisión técnica por parte de Juan de Dios Ortúzar experto en tráfico y profesor emérito de la Pontificia Universidad de Chile, así como de Michael Bennon director de Stanford Global Project Center. Estos dos expertos apoyaron el proceso de elaboración de la metodología, aportando sus conocimientos y experiencias previas respecto a las mejores prácticas que se podrían adoptar.
Arias destacó que estas nuevas metodologías son un avance en la política de infraestructura del país, dado que contribuyen a cuantificar y mitigar el impacto fiscal que pueda tener la materialización de los riesgos en estos megaproyectos. Así mismo garantiza la rigurosidad técnica al pasar por el filtro de expertos internacionales y organismos multilaterales.
Colombia Productiva y Bancóldex lanzan créditos para el sector farmacéutico
Richard santaCon el fin de que las empresas del sector farmacéutico cumplan requisitos regulatorios y certificaciones de calidad internacionales que eleven su competitividad, Bancóldex y Colombia Productiva lanzaron la nueva línea de crédito especializada para esta industria.
La línea, que cuenta con recursos por $6.250 millones, se creó para superar los cuellos de botella de financiación identificados con el sector privado en la construcción del Pacto por el Crecimiento y la Generación de Empleo del sector farmacéutico.
Esto, dado que, en la actualidad, no hay líneas de crédito en el mercado que se ajusten a los requerimientos y flujos de caja de las empresas de esta industria.
“El compromiso con los empresarios es darles más herramientas para incrementar su competitividad y productividad. Con este apoyo de Bancóldex y Colombia Productiva, la industria farmacéutica tendrá un mayor respaldo financiero y podrá potenciar su desarrollo, de cara a los requerimientos con los que debe cumplir en regulación y en normas de calidad internacionales”, aseguró el ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo.
Con este respaldo, el Gobierno también ratifica el compromiso que ha asumido de avanzar en la sostenibilidad del sector de la salud, sostuvo el Ministro, al señalar que esos recursos serán clave para que las empresas farmacéuticas resuelvan, en alguna medida, un tema que los afecta como es el exceso de regulación.
“En 2019, las exportaciones del sector farmacéutico fueron de $341 millones de dólares, 3,04 por ciento más que en 2018. Para mantener las buenas cifras, las empresas de esta industria deben elevar su competitividad cumpliendo requisitos regulatorios y obteniendo certificaciones internacionales como BPM (Buenas Prácticas de Manufactura) y BPL (Buenas Prácticas de Laboratorio), que garanticen la calidad de su producción. Esto implica inversiones en adecuaciones físicas y reconversiones tecnológicas y por eso, a través de la línea de crédito, buscamos darles herramientas asequibles para que inviertan en estos aspectos”, explicó Camilo Fernández de Soto, presidente de Colombia Productiva.
Así, las empresas que accedan a esta línea de crédito podrán invertir en capital de trabajo como costos y gastos de operación, estudios, adecuaciones y validaciones para cumplir las normas tanto internacionales como del Invima y el Ministerio de Salud.
También podrán invertir en la modernización de sus plantas, a través de la compra o arrendamiento de bienes inmuebles, maquinaria y equipo, o adecuaciones de instalaciones, locales comerciales y demás activos fijos vinculados directamente con su actividad económica.
"Esta es una línea de mediano plazo con ventajas de tasa y periodo de gracia, que los laboratorios pueden aprovechar para obtener créditos blandos en montos importantes y completar sus inversiones en mejores prácticas", señaló Javier Díaz Fajardo, presidente de Bancóldex. La línea estará abierta hasta agotar recursos.
¿Cómo acceder a la línea de crédito?
* A la línea puede acceder toda persona natural o jurídica con CIIU 2100, según clasificación del DANE, es decir, actividad económica de “Fabricación de productos farmacéuticos, sustancias químicas medicinales y productos botánicos de uso farmacéutico”.
* Los interesados deberán presentar certificado de Buenas Prácticas de Manufactura expedido por el Invima y la resolución que lo respalda.
* Las empresas deben solicitar el crédito a través de bancos, corporaciones financieras, compañías de financiamiento o cooperativas financieras con cupo disponible en Bancóldex como ‘línea de crédito Bancóldex- Colombia Productiva para el sector Farmacéutico’.
* La condición de beneficiario de la línea deberá ser validada por la entidad financiera antes del trámite del crédito.
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Con el fin de atraer inversión nacional y extranjera, contribuir al mejoramiento de las condiciones de vida y estimular el desarrollo en las regiones, el Gobierno Nacional creó el Régimen Especial en Materia Tributaria Zona Económica y Social Especial -ZESE- para las ciudades de Armenia y Quibdó y los departamentos de la Guajira, Norte de Santander y Arauca.
Las personas que tienen o van a crear una empresa y están ubicadas en algunos de los sitios mencionados anteriormente pueden acceder al beneficio de tarifa especial en el Impuesto de Renta.
1. ¿Qué es la ZONA ECONÓMICA Y SOCIAL ESPECIAL - ZESE?
La Zona Económica y Social Especial es un régimen especial en materia tributaria consagrado en el artículo 268 de la Ley 1955 de 2019 y reglamentado por el Decreto 2112 del 24 de noviembre de 2019.
2. ¿Qué territorios comprende la ZESE?
Comprende los departamentos de La Guajira, Norte de Santander, Arauca y las ciudades capitales de Armenia y Quibdó.
3. ¿Cuál es la finalidad del régimen tributario especial ZESE?
El Régimen especial tributario ZESE tiene como finalidad atraer inversión nacional y extranjera, mejorar las condiciones de vida y generar empleo en aquellas ciudades que tienen altas tasas de desempleo.
4. ¿Qué beneficios ofrece el Régimen tributario especial ZESE?
Tarifa general de renta del cero por ciento (0%) por los primeros 5 años y del 50% de la tarifa general de renta durante los 5 años siguientes. Este beneficio aplica en la misma proporcionalidad para la tarifa de retención en la fuente y autorretención a título de impuesto sobre la renta, siempre y cuando se informe al agente retenedor en la respectiva factura o documento equivalente los requisitos relacionados en el artículo 1.2.1.23.2.6 del Decreto 2112 de noviembre de 2019.
5. Quiénes son los beneficiarios del régimen tributario especial ZESE?
Son las sociedades comerciales constituidas en la ZESE dentro de los tres (3) años siguientes a la entrada en vigencia de la ley, esto es 25 de mayo de 2019; o las sociedades comerciales existentes constituidas bajo cualquiera de las modalidades definidas en la legislación vigente que se encuentren ubicados en el territorio ZESE.
6. ¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir los beneficiaros del régimen tributario especial ZESE?
Demostrar aumento del quince por ciento (15%) del empleo directo generado y mantenerlo durante el periodo de vigencia de aplicación del régimen tributario.
Desarrollo de la actividad económica dentro del territorio de la ZESE.
Demostrar que la mayor cantidad de sus ingresos provienen del desarrollo de actividades industriales, agropecuarias, comerciales, turismo o salud.
7. ¿Cuál es el procedimiento para el registro de las sociedades comerciales que se acojan al régimen tributario especial ZESE?
Las sociedades comerciales que realicen actividades industriales, agropecuarias, comerciales, turísticas o de salud y deseen acogerse al régimen especial tributario ZESE, y cumplan los requisitos establecidos en el Decreto 2112 del 24 de noviembre de 2019, que reglamenta el artículo 268 de la Ley 1955 de 2019, deben, mediante autogestión, actualizar el RUT en la columna 89 “Estado actual" registrando el código: 109 CONTRIBUYENTE ZESE.
8. ¿Qué información deben suministrar las sociedades comerciales que apliquen al régimen especial en materia tributaria ZESE?
Antes del 30 de marzo del año siguiente al año gravable en que aplica el régimen especial en materia tributaria ZESE, las sociedades comerciales deberán remitir a la DIAN la información contemplada en el artículo 1.2.1.23.2.7 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.
9. ¿Cuáles son las excepciones al régimen tributario especial ZESE?
El beneficio tributario del régimen especial ZESE no aplica a las empresas dedicadas a la actividad portuaria o a las actividades de exploración y explotación de minerales e hidrocarburos, así como a las sociedades comerciales existentes que trasladen su domicilio fiscal a cualquiera de los municipios pertenecientes a los departamentos o ciudades del territorio ZESE.
10. ¿A partir de cuándo se empieza a aplicar el beneficio del régimen tributario especial ZESE?
El régimen especial en materia tributaria ZESE comenzará a aplicarse desde el año 2020 inclusive.
11. ¿Qué pasa si una sociedad comercial que se encuentra con beneficio ZESE, se fusiona o se escinde?
Cuando se fusionen o escindan sociedades y una de ellas haya optado previamente por el régimen especial ZESE, la tarifa del impuesto sobre la renta a liquidar por la o las sociedades resultantes de la fusión o escisión, será la mayor entre las tarifas de dichas sociedades participantes en la fusión o escisión en el periodo fiscal en que se consolidó la fusión o escisión.
Ley devuelve a Instituciones de Educación Superior públicas descuentos por voto
Richard santaEl presidente Iván Duque presentó ante la comunidad los beneficios de la Ley 2019 con la cual se da cumplimiento a dos de los acuerdos suscritos entre el Gobierno nacional, los estudiantes y los docentes.
El primero de ellos expedir una norma que permite el reintegro por parte de la nación, de hasta el 100% del descuento otorgado en el valor de la matrícula en instituciones educación superior oficiales como beneficio a los sufragantes, y segundo se hace extensivo a las Instituciones técnicas, tecnológicas y universitarias.
"Esta Ley contribuye al fortalecimiento financiero de las Instituciones de Educación Superior públicas al reconocerles los descuentos que otorgan a los estudiantes cuando votan", explicó el presidente Duque al referirse a la entrada en vigencia de la Ley.
Desde 2009, la Nación estaba realizando giros parciales a las Universidades públicas que cubrían un porcentaje del monto que dejaban de percibir por el descuento del 10% en la matrícula, otorgado a cada estudiante sufragante.
Sancionada la Ley por parte del presidente, el Gobierno iniciará el proceso para la expedición del decreto reglamentario.
Resolución 0205, Certifica Interés para crédito de consumo y ordinario para marzo
Richard santaLa Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto en los artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010, expidió el 27 de febrero de 2020 la Resolución No. 0205 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para el siguiente periodo y modalidad de crédito:
Consumo y Ordinario: entre el 1 y el 31 de marzo de 2020.
Con la mencionada Resolución se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 18.95%, lo cual representa una disminución de 11 puntos básicos (-0.11%) en relación con la anterior certificación (19.06%).
Interés remuneratorio y de mora
En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 28.43% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
Usura
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos, cifra que para el período señalado se sitúa en 28.43% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, resultado que representa una disminución de 16 puntos básicos (-0.16%) con respecto al periodo anterior (28.59%).
Para Conocer la Resolución 0205, haga clic aquí.
Desde el 2 de marzo agende cita para devoluciones y/o compensaciones ante la DIAN
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que a partir del día 2 de marzo de 2020, el agendamiento de citas para radicar solicitudes de devolución y/o compensación se realizará UNICAMENTE a través del portal web www.dian.gov.co en el enlace “Asignación de citas".
El agendamiento corresponde a los siguientes casos de devoluciones y/o compensaciones:
1 IVA de vivienda de interés social,
2 IVA a Instituciones Oficiales de Educación Superior,
3 IVA e INC a Embajadas y Organismos Internacionales,
4 Pagos en exceso y de lo no debido,
5 Saldos a favor en renta y ventas de contribuyentes que NO cuentan con mecanismo de firma digital.
Los agendamientos corresponden a las Direcciones Seccionales de Bogotá, Bucaramanga, Cali, Medellín y Grandes Contribuyentes.