La Superintendencia de Sociedades presenta a la comunidad empresarial colombiana la quinta entrega de la colección Jurisprudencia Mercantil, que recopila las sentencias y autos más relevantes que produjo la Delegatura para Procedimientos Mercantiles durante 2016.


En el top 5 de los casos se encuentran: Orjuela contra KPMG, Parra contra Salnuvet Ldta, Terreros contra Uribe, Corredor contra Induesa y Daccach contra Hakim y otros.

Las actuaciones de la Supersociedades en estos casos se convierten en referencia para los abogados y demás interesados en los conflictos societarios.

La publicación es digital y está disponible de forma gratuita. Para acceder al libro haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó una enmienda al documento de la referencia, para aclarar que el cálculo del deterioro de un instrumento financiero se realiza aplicando la NIIF 9.

 

Para conocer el documento completo, haga clic aquí.

La Contaduría General de la Nación, en el marco de sus competencias constitucionales y legales, pone a disposición de las empresas que se encuentran bajo el ámbito de aplicación de la Resolución No. 414 de 2014 y sus modificaciones, las guías de aplicación relacionadas con:

 

a) la Definición de políticas contables
b) la presentación de estados financieros.

 

Para su consulta, ingrese a Guías de aplicación haciendo clic aquí.

A partir del próximo 01 de enero de 2017, las cerca de 9.000 entidades o personas extranjeras sin domicilio en Colombia que tengan una inversión en el territorio nacional y que al momento de enajenar esta inversión se encuentran obligadas a cumplir con las obligaciones tributarias, deberán presentar sus declaraciones de manera virtual.

 

Así lo señaló el Subdirector de Gestión de Fiscalización Internacional de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN-, José Alejandro Mejía Giraldo, quien además indicó que estas personas deberán presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios con pago del impuesto a cargo generado por cada operación o transacción, directamente o a través de su representante, agente o apoderado, en los bancos y demás entidades autorizadas, ubicados en la jurisdicción de la DIAN que corresponda a la dirección del representante, agente o apoderado del inversionista según el caso.

 

El directivo destacó como principales cambios en el tema los siguientes:
• El formulario a utilizar será el 150, a partir del 01 de enero de 2017 (www.dian.gov.co/servicioalciudadano/formularios)

Igualmente, las operaciones que se realicen a partir del 1 de enero de 2017 y de las cuales se genere corrección o extemporaneidad se deberán presentar en este mismo formulario.

Sin embargo, debe tenerse en cuenta que cuando se realice una corrección del año 2016 y anteriores esta se deberá efectuar en el formulario que presentó la declaración inicial.

• Las operaciones del año 2016 que aún no se han declarado podrán ser declararlas en el formulario de renta 110 para personas jurídicas o 210 para personas naturales. Por lo tanto, para estas operaciones se podrán usar ambos formularios.

• La declaración se presentara de manera virtual con firma electrónica, lo cual genera mayor trazabilidad, confiabilidad y seguridad jurídica.

• Por ende, los representantes, agentes o apoderados de estas sociedades deberán contar con mecanismo digital si aún no lo tienen.

• Los contribuyentes tendrán una sola declaración, tanto para las personas naturales, como para las personas jurídicas.

• Permite el pago virtual, evitando desplazamiento a bancos. • La declaración se podrá presentar en cualquier parte del país y en el exterior.

 

“Anteriormente, los contribuyentes que enajenaban su inversión presentaban la declaración en un formulario de “Renta personas jurídicas” (Formulario 110) o en un formulario de renta para “Personas Naturales” (Formulario 210). Igualmente tenían que presentar la declaración de manera litográfica, ya que de manera virtual no era factible”, agregó el Subdirector de Gestión de Fiscalización Internacional.

 

Recordó a los representantes, agentes o apoderados de los inversionistas extranjeros que para poder declarar de la nueva forma deberán estar inscritos en la hoja 3 del Registro Único Tributario (RUT) de esta entidad inversora.

 

“Si ya se encuentra inscrito, deberá verificar que el tipo y número de documento sea el mismo con el cual se registró como persona natural. Si estos son diferentes, ejemplo: si en el RUT de la sociedad inversora tiene como tipo de documento “documento de identificación”, pero en su RUT como persona natural está el tipo de documento “pasaporte” deberá realizar la actualización correspondiente en el RUT de la persona jurídica”, subrayó Mejía Giraldo.

 

¿En qué momento se debe presentar la declaración?
En la declaración de renta por cambio de la titularidad de la inversión extranjera se presentará una declaración por cada operación o transacción realizada, al mes siguiente de la operación. Para el caso esta declaración, se presentará través del representante, agente o apoderado en Colombia.

 

En esta declaración se debe indicar el cambio de la titularidad de la inversión comprende todos los actos que implican la transferencia de la titularidad de los activos fijos en que está representada, ya sean acciones o aportes en sociedades nacionales, u otros activos poseídos en el país por extranjeros sin residencia o domicilio en el mismo, incluyendo las transferencias que se realicen a los nacionales.

Por medio de la Circular Externa 053 del 15 de diciembre de 2016, la Superintendencia Financiera hizo modificaiones a las instrucciones impartidas mediante la Circular Externa 028 de 2016, relacionadas con eventos que generen interrupciones en la prestación de los servicios y que impiden la realización de operaciones a los consumidores financieros.

 

El siguiente es el texto completo de la Circular 53:

 

Apreciados señores:

En atención a las inquietudes y preocupaciones presentadas por la las entidades vigiladas respecto del cumplimiento de las instrucciones impartidas mediante la Circular Externa 028 de 2016, esta Superintendencia, en ejercicio de sus facultades, en especial las conferidas por el numeral 9º del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, imparte las siguientes instrucciones:

 

PRIMERA: Modificar el subnumeral 2.3.3.1.22. del Capítulo I del Título II de la Parte I de la Circular Básica Jurídica.

 

SEGUNDA: Modificar el subnumeral 3.5.1. del Capítulo I del Título III de la Parte I de la Circular Básica Jurídica.

 

TERCERA: La presente circular rige a partir del 1º de enero de 2017.

 

Se anexan las páginas objeto de modificación.

 

Cordialmente,

GERARDO HERNÁNDEZ CORREA

Desde el pasado mes de noviembre, a la fecha, más de 30 mil personas han activado la nueva firma electrónica que hoy les permite adelantar los trámites ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN, con mayor facilidad.

 

Con la expedición de la Resolución 70 del 3 de noviembre de 2016, la DIAN inició la implementación de la nueva firma electrónica que consiste en la combinación de una identidad electrónica y una contraseña de uso único, que permite a los ciudadanos cumplir con sus obligaciones tributarias a través de los Servicios Informáticos Electrónicos de la Entidad.

 

Así lo precisó Cecilia Rico Torres, Directora de Ingresos de la Entidad, quien destacó que la nueva firma electrónica permite a la DIAN avanzar en el propósito de innovar y brindar un mejor servicio, facilitando a los clientes que puedan cumplir con los deberes formales de manera virtual, dejando así atrás los archivos magnéticos de validación o mecanismos digitales como son conocidos hoy, y que en algunas ocasiones presentaban dificultad para los ciudadanos-clientes.

 

Entre los beneficios que trae este nuevo servicio, están: el no tener el riesgo de pérdida del archivo de la firma; la eliminación de los incidentes con la máquina virtual de Java y el navegador de internet, además de evitarse los trámites de renovación de la firma digital por olvido de la contraseña, entre otros.

 

La funcionaria agregó que para todos los ciudadanos-clientes que hoy tienen mecanismo digital para el cumplimiento de obligaciones a nombre propio o de terceros, la Entidad implementará de manera gradual y progresiva la migración a la nueva firma electrónica, iniciando el mes anterior con los 3.767 Grandes Contribuyentes, etapa que culminó el 2 de diciembre pasado y en la presente semana se continuó con las personas jurídicas, proceso que irá hasta el 31 de marzo de 2017 y cobija a un total de 1.186.870 empresas y personas jurídicas en general.

 

Posteriormente se cerrará el proceso con las personas naturales que no se encuentren vinculadas a Grandes Contribuyentes o a Personas Jurídicas, entre el 1 y el 30 de junio de 2017, tal como lo establece el cronograma de migración estipulado en la Resolución 70 de 2016. http://www.dian.gov.co/descargas/normatividad/2016/Resoluciones/Resolucion_000 070_03_Noviembre_2016.pdf

 

Es preciso que los contribuyentes tengan claro que hasta tanto no se realice el procedimiento de migración a la nueva firma electrónica, estará vigente el mecanismo de firma digital actual.

 

Finalmente, la Directora de Ingresos destacó que los obligados que cuentan con mecanismo digital podrán efectuar fácilmente el procedimiento de migración a la nueva firma electrónica a través de los servicios en línea, siempre y cuando el mecanismo digital actual esté vigente. Para adelantar este procedimiento es necesario realizar el paso a paso que se describe a continuación:

 

- Ingresar a la página de la Dian www.dian.gov.co por la opción usuarios registrados
- Seleccionar el botón de “Gestionar mi Firma Electrónica” el cual le permite cambiar el mecanismo de firma digital actual, al nuevo Instrumento de Firma Electrónica (IFE)
- Verificar los datos de correo electrónico y números telefónicos
- Formalizar la renovación (migración) haciendo uso del mecanismo de firma digital.
- Consultar en el correo electrónico, donde recibirá la comunicación que le permitirá finalizar el procedimiento
- Activar la Firma Electrónica definiendo la contraseña de seguridad.

La legalidad y la ciberseguridad son una preocupación primordial para las empresas y organizaciones del mundo. Los daños que enfrentan las organizaciones por parte de dichos ataques cibernéticos son difíciles de sobrevalorar. De hecho, la firma de investigación IDC calcula que el costo global de los ataques cibernéticos excedió los $400 mil millones en el 2015.

 

Es así, como el gobierno nacional a través de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, y la Fiscalía General de la Nación; 100% Legal Colombia (gremio que asocia a gran parte de los fabricantes y distribuidores de software), la Cámara Colombiana de Informática y Telecomunicaciones – CCIT, el Convenio Nacional Antipiratería, la Alcaldía de Barranquilla y otras organizaciones aliadas, se han unido para lanzar la campaña ‘Sea Serio Barranquilla’, con el objetivo de crear conciencia acerca del respeto de los derechos de autor y decirle no a la piratería informática, tintas y cartuchos para impresoras, contrabando y evasión de impuestos.

 

Las cifras
 Cada siete minutos las organizaciones sufren algún tipo de ataque de software malicioso.
 En 2015 se descubrieron 430 millones de nuevas unidades de software malicioso, un 36 por ciento más que en el 2014.
 En el 2015, se robaron o perdieron más de 500 millones de registros de información personal a través de violaciones de datos.

 

A través de casos reales de organizaciones que incurrieron en sanciones por el incumplimiento de Ley 603 de 2000, la cual faculta a la Dian para “verificar el estado de cumplimiento de las normas sobre derechos de autor, para impedir que, a través de su violación, se evadan tributos”, la campaña pretende educar a los consumidores sobre las consecuencias legales y riesgos informáticos a los que se pueden exponer.

 

“Como una organización aliada a la campaña ´Sea serio´, buscamos generar conciencia en los directivos y la gerencia de las empresas – públicas y privadas, acerca de los riesgos de adquirir y usar software pirata; queremos invitar a que las compañías revisen internamente y tomen las medidas correctivas para evitar problemas mayores. Así mismo, estamos haciendo un llamado a los distribuidores para que sigan los lineamientos de los fabricantes y eviten de esa manera poner en riesgo a sus clientes al tiempo que previenen la imposición de sanciones muy graves para ellos”, afirma Marco Casarín, gerente de Microsoft.

 

Ante la estrecha relación que existe entre el uso de software falsificado o ilegal, e infecciones de malware con potencial riesgo de ataque, otras autoridades se unen a la lucha contra la piratería. Según cifras de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, cerca de 110 empresas actualmente responden a procesos judiciales por casos relacionados con propiedad intelectual, enfrentando penas hasta de 8 años de cárcel, y multas hasta de mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.

 

El director de Gestión de Fiscalización, de la DIAN Leonardo Sicard Abad, indicó que “iniciativas como estas refuerzan los ingentes esfuerzos hechos por La Entidad en el control a compra y venta de software ilegal y la utilización de equipos de cómputo de contrabando”.

 

En el marco de este lanzamiento se ha dado estímulo a las sociedades Puerto de Barranquilla-Sociedad Portuaria y a la empresa Grupo Prodeco que han recibido en mano de sus presidentes la distinción 100% Legal Colombia por su compromiso con la legalidad y su ejemplo de buenas prácticas y cumplimiento.

La Junta Directiva del Banco de la República decidió reducir la tasa de interés de intervención en 25 puntos básicos y la fijó en 7,5%. En esta decisión, la Junta tomó en consideración principalmente los siguientes aspectos:

 

  • En noviembre la inflación anual al consumidor y el promedio de las medidas de inflación básica disminuyeron y se situaron en 5,96% y 5,74%, respectivamente, completándose cuatro meses consecutivos en los que la reducción de la inflación excedió los pronósticos del equipo técnico del Banco y del mercado. Las expectativas de inflación de los analistas a uno y dos años se sitúan en 4,36% y 3,58%, y las que se derivan de los papeles de deuda pública a 2, 3 y 5 años se encuentran entre 3,8% y 4,4%.
  • Los efectos de los fuertes choques transitorios de oferta que desviaron la inflación de la meta siguen diluyéndose rápidamente. Así lo indica la desaceleración del IPC de alimentos y, en menor medida, el comportamiento reciente de los precios que más se vieron impactados por la fuerte depreciación nominal pasada.
  • La actividad económica mundial sigue débil y es probable que en 2017 se registre una leve recuperación. En los Estados Unidos continuó el endurecimiento gradual de la política monetaria, el dólar se ha fortalecido y las tasas de interés internacionales de largo plazo aumentaron. Los términos de intercambio de Colombia siguen recuperándose debido al incremento en los precios del petróleo. En este entorno, la reciente depreciación del peso ha sido moderada.
  • En el tercer trimestre la economía colombiana se expandió 1,2% anual, cifra inferior a lo esperado por el equipo técnico del Banco y por el mercado. La demanda interna cayó 1,1%, debido a la menor inversión y a la desaceleración del consumo. Estos resultados y las nuevas cifras de actividad económica del cuarto trimestre sugieren que en todo 2016 el crecimiento económico podría ser ligeramente inferior al 2%.
  • Las nuevas cifras confirman que el déficit en cuenta corriente continúa reduciéndose. La proyección del equipo técnico del Banco indica un déficit en cuenta corriente de 4,7% del PIB en 2016 (equivalente a US 13,2 mil millones).
  • Tomando en cuenta el nivel actual de las medidas de inflación básica y las expectativas de inflación, varios cálculos de la tasa de interés real de política se sitúan por encima de su promedio desde 2005. Asimismo, el crédito se ha desacelerado con fuerza, en especial la cartera comercial.


En síntesis, la economía colombiana continúa ajustándose a los fuertes choques registrados desde 2014 y el déficit en la cuenta corriente disminuye gradualmente. La inflación sigue descendiendo más rápidamente que lo anticipado, aunque las medidas de inflación básica y las expectativas de inflación a un año aún superan la meta. Los efectos de varios de los choques transitorios de oferta que han afectado la inflación y sus expectativas siguen revirtiéndose y se espera que esta tendencia continúe.

Las acciones de política monetaria han asegurado el proceso de convergencia de la inflación a la meta y reafirman el compromiso de la Junta de alcanzar la meta de 3% ± 1 p.p. en 2017. En este entorno, y frente a una dinámica del producto más débil que la proyectada, la Junta Directiva decidió reducir el grado contraccionista de la postura de la política monetaria disminuyendo la tasa de interés de intervención en 25 pbs.

Las acciones futuras de política dependerán de la nueva información sobre la velocidad de la convergencia de la inflación a la meta y de la intensidad, naturaleza y persistencia de la desaceleración económica, entre otros.

La Junta considera que, ante los efectos negativos de la caída en los precios del petróleo sobre las finanzas públicas, el proyecto de Reforma Tributaria estructural presentado por el Gobierno al Congreso constituye una acción fundamental que contribuye al crecimiento de largo plazo, al reforzar la sostenibilidad fiscal, propender por la estabilidad macroeconómica y preservar la calificación crediticia.

La Junta continuará haciendo un seguimiento al ajuste del gasto y su coherencia con el nivel de ingreso de largo plazo, la sostenibilidad del déficit externo y, en general, la estabilidad macroeconómica. Así mismo, reafirma el compromiso de mantener la inflación y sus expectativas ancladas en la meta.

La decisión de disminuir la tasa de interés de intervención contó con la aprobación de cuatro miembros de la Junta. Los tres restantes votaron por mantenerla inalterada.

La ministra del Trabajo, Clara López Obregón, anunció que esta semana el Gobierno Nacional presentará una propuesta de salario mínimo tanto a los representantes de las centrales obreras como a los empresarios con el propósito de buscar la concertación entre las partes.

 

Para ello, dijo la ministra López Obregón, se realizará una reunión con el Presidente de la República y el Ministro de Hacienda. Una vez se concrete la posición del Gobierno se procederá a realizar reuniones bilaterales con las partes con el propósito de debatir la propuesta.

 

La última reunión de la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales sesionó con la presencia tanto del ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas Santamaría, como de la titular de la cartera laboral, para avanzar en la negociación sobre fijación del salario mínimo. Las partes reiteraron su voluntad de diálogo y de concertación y se volverán a reunir el próximo 22 de diciembre para acercar sus respectivas posiciones.

 

Al respecto, López Obregón sostuvo que, "es de resaltar que tanto sindicatos como gremios tienen el ánimo de concertar esta importante decisión que trasciende en función de la calidad de vida de los colombianos, la justicia social y también en la construcción de paz de nuestro país".

 

aTal como lo estable la Ley 278 de 1996 que rige la CPCPSL, el 15 de diciembre venció el plazo ordinario de la negociación, y a partir de ahora empiezan las sesiones extraordinarias, las cuales se podrán extender hasta el próximo 30 de diciembre.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó una enmienda al documento de la referencia, para aclarar que en una ESAL, el término patrimonio no es adecuado, dada la inexistencia de instrumentos patrimoniales, por lo cual debe usarse el término “activo neto”.

 

La enmienda se efectúa para dar claridad a lo dispuesto en el párrafo 22.5 (a) de la NIIF para las PYMES, que establece que la obligación de entregar los remanentes a un tercero en caso de liquidación, no debe considerarse como patrimonio.

 

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