Proyecto de resolución incorpora Norma de gastos de transferencias y subvenciones
La Contaduría General de la Nación pone a discusión pública el proyecto de resolución "Por la cual se incorpora la Norma de gastos de transferencias y subvenciones en las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público".
La entidad recibirá comentarios sobre este proyecto de resolución hasta el 22 de septiembre.
Resolución 1328, certifica Interés para de crédito de consumo en septiembre
Con base en la información semanal reportada por los establecimientos de crédito durante el período comprendido entre el 04 de agosto y el 25 de agosto de 2023, la Superintendencia Financiera en ejercicio de sus atribuciones legales, expidió la Resolución No.1328 de 2023 por medio de la cual certifica en 28.03% efectivo anual el Interés Bancario Corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 30 de septiembre de 2023.
La nueva certificación representa una disminución de 72 puntos básicos (-0.72%) frente a la vigente en agosto de 2023 (28.75%).
El interés bancario corriente es la base para el cálculo del valor máximo de los intereses remuneratorio y moratorio definidos en el Código de Comercio (artículo 884) y para determinar los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (artículo 305). Resultado de lo anterior, para septiembre de 2023 los valores resultantes para la modalidad de crédito de consumo y ordinario son:
Interés remuneratorio y de mora: 42.05% efectivo anual
Usura: 42.05% efectivo anual
Estos resultados representan una disminución de 108 puntos básicos (-1.08%) con respecto al período anterior.
MinCIT publicó para comentarios proyecto de decreto para implementación de NIIF 17
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo -MinCIT- publicó para comentarios el proyecto de decreto por el cual se adiciona el Anexo Técnico Normativo 01 de 2023 del Grupo 1, contentivo de la Norma NIIF 17 Contratos de Seguro, a los anexos incorporados en el Decreto 2420 de 2015, y se dictan otras disposiciones. Esta es la propuesta regulatoria por medio de la cual se define la implementación de la norma internacional sobre contratos de seguro en Colombia. El plazo para que los interesados y los grupos de valor en general remitan sus comentarios es del 13 de septiembre.
En mayo del presente año el Ministerio de Hacienda y Crédito Público había abierto el proceso de discusión sobre el particular. De acuerdo con las áreas de regulación de los dos ministerios, el CTCP, con fundamento en la emisión de las NIIF 17 por parte del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB por sus siglas en inglés), emitió la recomendación para la convergencia a la NIIF17, contratos de seguro en marzo de 2023.
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública – CTCP –, observando lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1314 de 2009, remitió mediante oficios electrónicos 2-2023-007588 del 22 de marzo de 2023 y CTCP con radicado No. CTCP-2023-00015 del 22 de marzo de 2023 dirigidos al Director de la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera – URF y al Director de Regulación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, respectivamente, comunicación a través de la cual recomendó la adopción en Colombia de la Norma Internacional de Información Financiera – NIIF 17, contratos de seguro, expedida por parte del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB por sus siglas en inglés) las cuales establecen los principios para el reconocimiento, medición, presentación e información a revelar de los contratos de seguro.
Esta recomendación surgió del análisis y debate de la norma internacional y los efectos probables de su implementación en el ordenamiento jurídico colombiano al tenor de los comentarios de los interesados y del juicio ejercicio de los integrantes del Comité Técnico de Expertos en Seguros.
En la propuesta, en aras de salvaguardar el esquema prudencial de las entidades aseguradoras se hace necesario establecer salvedades para la convergencia de la NIIF 17, contratos de seguro, para las reservas catastróficas del ramo de terremoto, reserva de enfermedad laboral, desviación de siniestralidad, así como para los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS) y los amparos por riesgos políticos o extraordinarios del seguro de crédito a la exportación garantizado por la Nación.
Asimismo, con el fin de promover la comparabilidad y facilitar la aplicación de la NIIF 17 se hace necesario establecer simplificaciones para los preparadores de información financiera que hacen parte de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Circular 3031, Empleadores deben renovar autorización para trabajo de horas extras
La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, firmó la circular 3031 del 30 de agosto, en la que se obliga a los empleadores poner al día la autorización para laborar horas extras.
La disposición refiere que el empleador cuenta con un término de seis meses para realizar el respectivo ajuste ante la Dirección Territorial del Ministerio del Trabajo de su jurisdicción.
“En reciente pronunciamiento de la Comisión de Expertos de la OIT presentó observaciones para Colombia en cuanto a los convenios ratificados indicando la necesidad de que se establezcan unos límites de las horas trabajadas por día y que las horas extras, sean retribuidas de manera oportuna y que existan límites a estas horas extras tanto a nivel semanal como anual como lo establecen los convenios de la OIT. Mientras dure el proceso de actualización, que no tendrá ningún costo, seguirá siendo válido el documento que en su momento fue expedido por la respectiva Dirección Territorial”, resalta la resolución.
La norma resalta que superado el término establecido para renovar este consentimiento y que no se haya hecho, perderá vigencia.
Así mismo, aclara que se sancionará a quienes desarrollen trabajo suplementario sin contar con la debida autorización.
2.500 personas podrán beneficiarse con el Programa ‘Saber Hacer Vale’
Para acceder a mejores ingresos y lograr estabilidad económica el Ministerio del Trabajo habilita las postulaciones para la cuarta convocatoria del programa ‘Saber Hacer Vale’ con 15 normas de competencia laboral en las cuales colombianas, colombianos y migrantes, podrán certificarse.
Los participantes podrán certificar sus competencias en servicios de salud, procesamiento de alimentos, turismo, mercadeo, seguridad y vigilancia privada, servicios ambientales, artesanías, agro, educación, entre otros.
El coordinador General del Programa para Fortalecer Políticas de Empleo y secretario General de la cartera laboral, Guillermo Andrés Rojas, destacó: “todas las habilidades y conocimientos adquiridos a lo largo de su vida podrán ser reconocidos con este Programa, que cuenta con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo, la Fundación Alberto Merani y el SENA”.
La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, explicó que en esta 4ta convocatoria podrán participar y acceder a los cupos disponibles: “las madres o padres cabeza de hogar, cuidadoras, jóvenes entre 18 y 28 años, también grupos poblacionales con enfoque étnico, población LGBTIQ+, mayores de 60 años, migrantes, retornados y personas con Sisbén A, B o C; porque queremos abarcar en un corto tiempo la totalidad del territorio nacional”.
La anterior convocatoria logró ampliar la cobertura de los participantes nacionales y migrantes, impactando a 4.430 personas en 30 departamentos del país, de las cuales 3.289 son mujeres, lo que corresponde al 74% y 1.487 personas que hacen parte de población migrante.
7 de septiembre inician los vencimientos para el Régimen Precios de Transferencia
La Subdirección Operativa de Fiscalización y Liquidación Internacional de la DIAN informó a los contribuyentes obligados al régimen de precios de transferencia, que:
1) Los plazos establecidos para presentar la Declaración Informativa de Precios de Transferencia y el Informe Local de la Documentación Comprobatoria año gravable 2022 y fracción 2023, inician el 7 de septiembre hasta el 20 de septiembre de 2023. (Artículos 1.6.1.13.2.28 y 1.6.1.13.2.29 del Decreto 1625 Único Reglamentario en Materia Tributaria modificado por el Decreto 2487 del 16 de diciembre de 2022).
2) El prevalidador para el año gravable 2022, se encuentra disponible para ser descargado desde el portal de la DIAN en el siguiente enlace: https://www.dian.gov.co/Transaccional/Paginas/Prevalidadores.aspx
Debe dar clic en la sección “IMPUESTOS" y buscar el prevalidador que se identifica como “Precios de Transferencia (Año gravable 2022) Versión 3.5.0-23."
3) El sistema informático para la presentación de la Declaración Informativa de Precios de Transferencia-Formulario 120 y el Formato 1125 Versión 13 para el año gravable 2022, se encuentran disponibles.
4) Respecto a la documentación comprobatoria, se encuentra disponible el Sistema Informático para el envío del Informe Local con el código de formato 1729 -Versión 8, para el año gravable 2022. En el caso del Informe Maestro, si bien los vencimientos son en diciembre, igualmente, el sistema ya se está disponible para que los contribuyentes puedan enviarlo con el código de Formato 5231 -Versión 2, para el año gravable 2022.
Para mayor información, puede consultar la Resolución 1210 del 5 de agosto de 2022, en el siguiente link: https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20001210%20de%2005-08-2022.pdf
Los manuales para la presentación de las obligaciones de precios de transferencia se encuentran en: https://www.dian.gov.co/Transaccional/Paginas/Manuales-presentacion-precios-de-transferencia.aspx
17 de septiembre, se aplicarán las pruebas escritas del proceso de selección DIAN
De acuerdo con el cronograma establecido para el concurso de méritos DIAN 2022, la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) anunciaron hoy que el próximo 17 de septiembre se llevará a cabo la jornada de aplicación de pruebas escritas en 42 ciudades, para evaluar las competencias laborales de los 243.515 aspirantes que serán citados, tras haber superado la etapa de Verificación de Requisitos Mínimos.
Es de recordar que el proceso de selección DIAN 2022 oferta un total de 4700 vacantes, así: 500 para que servidores de la entidad puedan ascender en sus cargos y 4200 para el ingreso de nuevos servidores a la planta de personal.
Para la preparación a esta jornada de pruebas escritas, los ciudadanos interesados pueden consultar a partir de hoy la Guía de Orientación al Aspirante, disponible en https://historico.cnsc.gov.co/index.php/dian-2022-guias. Este documento contiene los elementos generales, el procedimiento y las recomendaciones que los aspirantes admitidos deben tener en cuenta antes, durante y después de la aplicación de las pruebas escritas para las dos modalidades.
Para el desarrollo de este concurso de méritos, la Fundación Universitaria del Área Andina es quien actúa como operador logístico, apoyada por Legis, empresa encargada de la custodia del material para la realización de las pruebas escritas en cada ciudad de aplicación, garantizando la transparencia y la seguridad de estas.
Al respecto, la Comisionada Sixta Zúñiga, cuyo despacho lidera el proceso, afirma: “Para la CNSC es muy importante trabajar de forma articulada con las entidades y operadores para garantizar el avance y transparencia de nuestros procesos de selección, y en ese sentido, quiero resaltar el compromiso de la DIAN con el buen desarrollo de cada una de las etapas de este proceso, así como el profesionalismo y rigurosidad de la Fundación Universitaria del Área Andina y su operador Legis, que nos acompañan para seguir construyendo confianza en el mérito y el desarrollo del país"
Por su parte, el director general de la DIAN, Luis Carlos Reyes Hernández, precisó que, “Estamos avanzando en el fortalecimiento que requiere la entidad y que permita garantizar los recursos necesarios para cumplir la seguridad fiscal del país y la ejecución de los programas de gobierno. Este concurso permitirá el ingreso al sistema de carrera administrativa de 4.700 servidores públicos que reforzarán, además, las acciones de lucha contra la evasión y el contrabando".
Cronología del proceso de selección DIAN
El 15 de febrero se publicó el Acuerdo y Anexo correspondiente a las reglas del proceso de selección DIAN 2022, en la página web www.cnsc.gov.co
La etapa de inscripciones se llevó a cabo entre el 23 de febrero y el 10 de marzo para la modalidad ascenso, es decir, para los servidores de carrera que hacen parte de la DIAN, y del 15 al 29 de marzo para la modalidad abierto, en la que podía participar cualquier colombiano mayor de 18 años. Se inscribieron más de 272.000 personas.
A partir de un proceso licitatorio se seleccionó a la Fundación Universitaria del área Andina como operador de las diferentes etapas del proceso.
Luego de la Verificación de Requisitos Mínimos - VRM - el pasado 02 de agosto se dio a conocer a los aspirantes el resultado de Admitido o No Admitido, a través de la página web de la CNSC y de SIMO - Sistema de apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad. Entre el 3 y 4 de agosto los aspirantes tuvieron la posibilidad de presentar las reclamaciones frente a dichos resultados a través de SIMO.
Luego de validar las reclamaciones presentadas frente a la Verificación de Requisitos Mínimos, el veinticinco (25) de agosto se publicaron los resultados definitivos de VRM, los cuales dieron como resultado 243.515 aspirantes ADMITIDOS.
El proceso de selección DIAN 2022 continúa con la jornada de aplicación de pruebas escritas, programada para el diecisiete (17) de septiembre de 2023, y a la que serán citados los aspirantes admitidos en la Etapa de VRM.
En las próximas semanas a través del sitio web y el respectivo usuario de SIMO, será notificada dicha citación con los sitios de aplicación de pruebas escritas.
Con oportunidad se brindará más información acerca de las ciudades y los sitios de presentación de Pruebas, así como de su proceso de construcción, por lo que se recomienda a los ciudadanos consultar frecuentemente la página web de la Comisión Nacional del Servicio Civil y el aplicativo SIMO.
Resolución 261, modifica procedimiento para presentar informes financieros y contables
Por medio de la Resolución 261 del 28 de agosto de2023, la Contaduría General de la Nación modifica el Procedimiento para la preparación, presentación y publicación de los informes financieros y contables de los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública.
Proyecto de Decreto, Régimen Reservas Técnicas Entidades Aseguradoras
El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado al régimen de reservas técnicas de las entidades aseguradoras y se dictan otras disposiciones”.
La entidad recibirá comentarios sobre este proyecto de decreto hasta el 12 de septiembre.
Supersociedades mantiene sus competencias jurisdiccionales en materia societaria
El Superintendente de Sociedades, Billy Escobar Pérez, explicó con relación al comunicado expedido por la Corte Constitucional declarando inexequible la expresión “La resolución de conflictos societarios” del literal b del numeral 5 del artículo 24 de la Ley 1564 de 2012, su respeto y acatamiento del fallo, así como de todas las decisiones judiciales que se emitan relacionadas con las competencias de la entidad a su cargo.
En ese sentido, tan pronto se tenga conocimiento integral del pronunciamiento de la honorable Corte, se procederá a dar un estricto cumplimiento al mismo, velando en todo momento por el interés general, las funciones de la Entidad y el derecho de los usuarios de ésta.
Se entiende que el propósito del pronunciamiento es el de dar mayor claridad y seguridad jurídica, eliminando una expresión que se considera amplia, lo cual en ningún momento implica que la Superintendencia de Sociedades pierda sus funciones judiciales en materia societaria.
Las funciones jurisdiccionales de la Superintendencia se mantienen incólumes en la medida en que los demás apartes de la norma siguen vigentes, así como, las disposiciones regulatorias que enmarcan estas funciones en cabeza de la Entidad. En este sentido, a manera de ejemplo, la Superintendencia de Sociedades mantiene sus competencias jurisdiccionales en materia societaria, entre otros, en los siguientes asuntos:
Conflictos entre accionistas.
Conflictos entre accionistas y sociedad y viceversa. www.supersociedades.gov.co
Conflictos entre accionistas y administradores y viceversa.
Reconocimiento de presupuestos de ineficacia.
Impugnaciones de actas.
Ejercicio abusivo de derecho a voto.
Acción social (e individual) de responsabilidad.
Desestimación de la persona jurídica.
Designación de peritos.
Responsabilidad matricial.
Discrepancias sobre el acaecimiento de causales de disolución.
Garantías mobiliarias.
Se pone de presente que la Superintendencia de Sociedades es el órgano técnico más idóneo para adelantar este tipo de funciones judiciales como se ha demostrado a través de los años. Muestra de esto es el reconocimiento hecho, recientemente, por el Ministerio de la Justicia y del Derecho a nuestro Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial destacándolo por su desempeño con la calificación más alta, junto con la presencia en todas las regiones del país acompañando a todos los empresarios sin distingo alguno.
Así las cosas, el pronunciamiento de la Corte Constitucional conlleva una oportunidad para fortalecer el desarrollo de las funciones judiciales asignadas a esta Superintendencia en beneficio de todos sus usuarios. Esto nos permitirá reflexionar sobre la necesidad de seguir generando espacios de diálogo constructivo con los ciudadanos, expertos, legisladores y académicos sobre la necesidad de actualizar el régimen societario en Colombia en aquellos aspectos que lo requiera, atendiendo niveles internacionales de calidad para salvar empresas y proteger el empleo.