Circular 041, Superfinanciera modifica Formato 394
La Superintendencia Financiera emitió la Circular Externa 041 del 3 de noviembre de 2016, que tiene como referencia: Modificación del Formato 394 denominado “Cálculo de la reserva matemática para los ramos de seguros que generan el pago de una mesada o beneficio periódico” (Proforma F.3000-74).
El siguiente es el texto completo de la Circular 41:
Apreciados señores:
Como es de su conocimiento, el Decreto 36 de 2015 estableció el mecanismo que permite a las aseguradoras de vida cubrir el riesgo del deslizamiento del salario mínimo, que presentan las pensiones de renta vitalicia inmediata y renta vitalicia diferida.
Debido a lo anterior y con el fin de contar con información de los montos registrados por las entidades aseguradoras de vida por concepto de dicha cobertura, en ejercicio de las facultades establecidas en el numeral 5º del artículo 97 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y en el numeral 9° del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, esta Superintendencia imparte las siguientes instrucciones:
PRIMERA: Modificar el Formato 394 “Cálculo de la reserva matemática para los ramos de seguros que generan pago de una mesada o beneficio periódico (Proforma F-3000-74)” y su correspondiente instructivo.
SEGUNDA: Para asegurar la correcta transmisión de la información del formato descrito, las entidades destinatarias deben realizar pruebas obligatorias entre el 13 y el 17 de febrero de 2017, con la información con corte de diciembre de 2016.
TERCERA: Las entidades deben realizar la primera transmisión oficial del formato con la información con corte a 31 de marzo de 2017, de acuerdo con los plazos establecidos en el respectivo instructivo.
CUARTA: La presente circular externa rige a partir de la fecha de su publicación.
Cordialmente,
GERARDO HERNÁNDEZ CORREA
Superintendente Financiero de Colombia
Gobierno fortalece control aduanero a contrabando de confecciones y calzado
Este 2 de noviembre, el Gobierno Nacional expidió dos Decretos con el fin de fortalecer el control aduanero contra el contrabando y la subfacturación de confecciones y calzado y cumplir con el fallo de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en la controversia iniciada por Panamá.
Por ello, la DIAN aplicará una serie de controles aduaneros estrictos para mercancías con precios de importación ostensiblemente bajos, lo que permite fortalecer el sistema de riesgo de las importaciones de productos especialmente sensibles al comercio ilícito, como son las prendas de vestir y el calzado.
Para aquellas mercancías importadas por debajo de los umbrales de precios establecidos mediante el decreto, la DIAN solicitará certificados de los proveedores en el exterior, en los que se evidencie la relación comercial con su cliente, certificaciones de la existencia del proveedor en el exterior, manifiesto del representante legal del agente aduanero en el que certifique conocimiento de su cliente, manifiesto del importador en el que certifique que el valor a declarar de la mercancía corresponde al valor pagado, así como garantías específicas para su importación, entre otros.
Dichos controles aplicarán a todas las importaciones de prendas de vestir y calzado que se declaren bajo los umbrales de precios ostensiblemente bajos, y por tanto aplicarán sin discriminación alguna por país de origen de dichas importaciones.
En ese sentido, la medida aplicará tanto a las importaciones con países con acuerdo comercial vigente con Colombia, como aquellos países que no lo tienen.
Al mismo tiempo, el pasado primero de noviembre dejó de aplicar el arancel mixto establecido desde el 2013 para las importaciones de confecciones y calzado, y que fue encontrado incompatible por el Órgano de Solución de Diferencias de la OMC en el caso con Panamá, por exceder en algunos casos el arancel máximo consolidado permitido.
En su reemplazo, el Gobierno Nacional estableció un umbral de 10 dólares por kilo para prendas de vestir y entre 6 y 10 dólares por par de zapatos (dependiendo del tipo de calzado), bajo el cual aplicará temporalmente el arancel máximo consolidado en la OMC (de 40% y 35%, respectivamente) y por encima del umbral, aplicará el arancel de 15% que existió hasta el año 2013.
Lo anterior refleja las conversaciones entre los Presidentes de Colombia y Panamá y las comunicaciones entre los Ministros de Comercio de ambos países. De esta manera, el Gobierno Nacional cumple con el fallo de la OMC, que obligaba al país a corregir la medida que tenía establecida, y lo sustituye por una serie de controles que le permiten combatir eficazmente el comercio ilícito sin afectar el comercio legal.
“Nuestra filosofía no es afectar el comercio legal. El contrabando, la subfacturación y el comercio ilícito, lo que hacen es poner productos a precios artificialmente bajos que no incluyen los costos totales de producción, como sí los incluyen las empresas que juegan limpio en el país, lo cual afecta a nuestra industria y elimina empleos.”, dijo la Ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Claudia Lacouture.
“Las medidas que diseñamos nos permiten combatir eficazmente los fenómenos ilegales pero al mismo tiempo tuvimos buen cuidado de no afectar el comercio formal y cumplir plenamente con el mandato de la OMC”, agregó la Ministra Lacouture.
Aprobado en segundo debate proyecto que amplía recargo nocturno
La ministra del Trabajo, Clara López Obregón, expresó su satisfacción por la aprobación en segundo debate en la plenaria de la Cámara de Representantes, del proyecto que amplía la jornada de trabajo nocturna, la cual pasaría a partir de las ocho de la noche hasta las seis de la mañana, lo que significa dos horas más que redundarán en un aumento de los ingresos laborales de los trabajadores colombianos.
Es de recordar que con este proyecto se modifica la Ley 789 de 2002 que determinó que la jornada laboral diurna en Colombia sería entre las seis de la mañana y las diez de la noche.
López Obregón indicó que se trata de un proyecto de profundo calado social, que traerá importantes alivios a los trabajadores colombianos, quienes desde hace muchos años estaban esperando esta buena noticia. "Es una iniciativa que traerá beneficios muy importantes de carácter social, económico y a nivel de la productividad, que cobija alrededor de 455.000 trabajadores, quienes en promedio trabajan al menos una hora y 45 minutos entre las ocho y las diez de la noche", indicó MinTrabajo.
La aprobación de esta propuesta que implica un costo de 411.000 millones de pesos, significa 75.000 pesos mensuales para cada trabajador, mejoras en la productividad de la mano de obra, justa remuneración al trabajo nocturno (conciliación vida familiar) y que el país quede acorde con una jornada nocturna establecida como en la mayoría de los países de la región.
Finalmente MinTrabajo resaltó el diálogo social y la conciliación que se ha dado en el marco del trámite de este proyecto, inicialmente entre todo el gobierno nacional con un respaldo decidido del presidente Juan Manuel Santos, y posteriormente, en la subcomisión accidental que se creó en la Cámara de Representantes, con la participación de todas los partidos políticos para este tema.
Decreto 1689, MinComercio reduce plazo para pedir zonas francas transitorias
Tres meses antes de la realización de ferias, exposiciones, congresos y seminarios, sus organizadores podrán solicitar la declaratoria del evento como zona franca transitoria. Así lo establece el decreto 1689 del 24 de octubre de 2016, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, que reduce los tiempos para la solicitud.
La norma modifica los artículos 13 y 14 del decreto 1300 de 2015, que determinaba que para proceder con la declaratoria de una zona franca temporal se debía gestionar la solicitud con exactamente 4 meses de anterioridad.
Ahora, para facilitar el proceso, el tiempo se reduce a 3 meses antes de la realización del certamen, sin ser un periodo exacto, es decir que dentro de ese lapso se puede realizar la solicitud.
“Las zonas francas se han convertido en un instrumento de impulso importante a la economía nacional. Con esta regulación buscamos agilizar los trámites, para atraer la realización de grandes eventos y fortalecer su competitividad mediante la declaratoria”, afirmó la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Claudia Lacouture.
De igual manera, se reitera que el área que se solicite declarar como Zona Franca Transitoria deberá contar con mínimo 30 metros cuadrados para las oficinas donde se instalarán las entidades de control, como por ejemplo la Dian.
La zona deberá estar rodeada de cercas, murallas, vallas o canales, de manera que la entrada o salida de personas, vehículos y mercancías deba realizarse necesariamente por las puertas destinadas para el efecto.
Por otro lado, el Ministerio tendrá 15 días, después de recibida la solicitud, para aprobar, negar o enviar comentarios.
Entre enero y septiembre de 2016, MinComercio declaró 8 zonas francas transitorias para la realización de eventos, así: 6 en Cartagena, uno en Medellín y uno en Bogotá.
Los eventos beneficiados con esta característica han sido el Congreso Náutico Internacional de Colombia 2016, el Congreso Internacional de Tic ANDICOM, la Reunión del Concreto, Colombia Náutica International Boat Show, el VIII Congreso Iberoamericano de Control de Erosión y Sedimentos, el Wsava 2016, Colombiatex de las Américas y el Salón Internacional del Automóvil.
Reforma Tributaria apoyará a departamentos en proyectos de salud
El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, aseguró que en el proyecto de Ley de Reforma Tributaria, el Gobierno ha propuesto aumentar algunos impuestos, como el de los cigarrillos, que aumentarán los recursos para los programas de salud de los entes territoriales.
“En Colombia 72 personas al día mueren por tabaquismo, es decir que más de 26 mil compatriotas pierden su vida al año por el cigarrillo de acuerdo al Instituto de Evaluación Tecnológica de la Salud (2013), lo que proponemos es aumentar el impuesto a los cigarrillos, que aportará cerca de $500 mil millones destinados a mejorar la salud de los colombianos a través del régimen subsidiado”, dijo el funcionario.
De acuerdo al titular de la cartera de Hacienda todos los colombianos merecen un mejor sistema de salud que brinde mayor calidad en la atención y la Reforma traerá los recursos para generar mejoras
“Necesitamos un impuesto que modere el consumo de tabaco en el país y con este nuevo impuesto al cigarrillo se generarán más recursos para mejorar el sistema de salud de los colombianos”, resaltó Cárdenas.
Y agregó: “la Ley Anti Contrabando además endureció las penas y fortaleció a las autoridades para perseguir el delito, al mismo tiempo que se ombatirá la evasión. Así que la Reforma tributaria tiene medidas estructurales que permiten mejorar las condiciones de salud de los colombianos”.
Finalmente el Ministro de Hacienda destacó que a través de los departamentos, se discutirán las diferentes propuestas de gremios, sectores, departamentos y demás involucrados para realizar la evaluación pertinente y así dar un concepto integral.
DIAN inaugura tercer núcleo de apoyo contable y fiscal – NAF
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, inauguró el Tercer Núcleo de Apoyo Contable y Fiscal – NAF en la Corporación Universitaria Minuto de Dios, con el que 8 estudiantes del Programa de Contaduría Pública prestarán asistencia y, o asesoría fiscal sin costo alguno a contribuyentes de menores ingresos.
Vale la pena recordar que el objetivo de los NAF es aprovechar la infraestructura existente de los consultorios jurídicos de las universidades del país, con el fin de prestar asistencia o asesoría fiscal.
La población objetivo de los estudiantes de la Uniminuto corresponde a aquellos ciudadanos de baja renta, emprendedores, mipymes, personas que desarrollan actividades comerciales en la economía informal, empresas de economía solidaria y de la comunidad universitaria. Además el proyecto genera espacios para que los estudiantes interesados en temas tributarios, adquieran experiencia por medio de la práctica.
Al evento asistieron la Directora de Gestión de Ingresos de la DIAN, Cecilia Rico Torres, la Subdirectora de Gestión de Asistencia al Cliente, Adriana Solano, el Rector de la Sede Principal Uniminuto, Dr. Leonidas López Herrán, el Decano de la Facultad de Ciencias Empresariales, el Director del Programa Contaduría Pública, el Profesor Líder de los NAF, los Profesores del Programa de Contaduría Pública, y Asistentes Administrativos de la Facultad de Ciencias Empresariales, quienes dieron apertura a este tercer NAF como parte del desarrollo de su estrategia en materia de educación fiscal y Cultura de la Contribución.
Entre los servicios que ofrecerán los estudiantes están:
Orientación sobre el uso de los servicios en línea en www.dian.gov.co
Acompañamiento en trámites de inscripción, actualización y cancelación del RUT
Orientación sobre actividades económicas y responsabilidades
Acompañamiento en diligenciamiento de declaraciones de Renta de Personas Naturales, orientación tributaria para sucesiones ilíquidas
Orientación básica sobre el trámite de devoluciones y compensaciones y sobre el trámite de facturación, información general básica sobre trámites y servicios tributarios aduaneros y cambiarios y sobre responsabilidades del impuesto al consumo.
La prestación de este servicio será de lunes a viernes en el horario de 9:00 a.m. a 12:00 m y de 2:30 a 5:30 pm y los días sábados de 9:00 a.m. a 12:00 m.
Intermediación comercial fraudulenta a nombre de la DIAN
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, alerta a la ciudadanía para que no acepte ofrecimientos de terceras personas, que, a nombre de la Subdirección de Gestión Comercial de la Entidad, prometen la venta, donación, asignación, legalización o rescate de mercancía aprehendida, decomisada y abandonada a favor de la Nación.
La DIAN advierte que estas acciones las realizan personas inescrupulosas, que solicitan por su intervención la consignación de sumas de dinero en cuentas privadas, amparados en la supuesta solemnidad de contratos de prestación de servicios o asesoría, donde también se celebra la adquisición de derechos litigiosos o la adjudicación de mercancía.
Así mismo, se ha tenido conocimiento que en esta fraudulenta modalidad utilizan datos reales de funcionarios de la DIAN para llevar a cabo los supuestos procesos.
Para la DIAN es de significativa importancia aclarar al público que en los procesos de su competencia NO se utiliza intermediación de personas naturales, para ninguna modalidad de disposición de mercancías.
La única empresa contratada para prestar el servicio de intermediación comercial es la Central de inversiones -CISA S.A.
Comenzó a regir mayor control sobre operaciones de libranzas
De acuerdo con información de la Superintendencia de Sociedades comenzó a regir, de forma plena, la normativa que establece un mayor control sobre las operaciones de libranzas y promueve la transparencia en las libranzas extrabancarias. Se trata del Decreto 1348 de 2016 que había sido expedido por el gobierno nacional el pasado 22 de agosto. La norma había entrado operar de forma parcial durante el mes de septiembre y ahora será completamente exigible.
Específicamente, la medida reglamenta la revelación de información y gestión de riesgos en la venta y administración de estos negocios, de tal manera que se cumplan en adecuadas condiciones de seguridad para los compradores.
Entre otras cosas, el decreto exige al vendedor de libranzas revelar al comprador de manera clara y precisa, previo a la firma del contrato, los riesgos inherentes a las operaciones de venta y administración de cartera de operaciones de libranza.
Debe quedar constancia por escrito, por ejemplo, de que el comprador recibió información sobre los riesgos que pueden afectar el recaudo de las amortizaciones del crédito esperado, así como de la posibilidad de que el descuento de nómina o de pensiones no opere, entre otros.
La constancia escrita deberá incluir al menos la valoración de los siguientes riesgos:
- Que el deudor (trabajador cuyo salario respalda la deuda) podría incumplir la obligación
- Que la obligación podría ser pagada anticipadamente
- Que el salario del trabajador podría ser objeto de medidas cautelares por parte de otros acreedores
- Que podría ocurrir la terminación o cambio de la relación jurídica entre el trabajador y la entidad pagadora
- Que podrían darse modificaciones en la periodicidad de pago y monto de las cuotas por parte del trabajador
- Que podrían darse riesgos que afecten la solvencia de las entidades que participan en la operación (entidad pagadora, vendedores, etcétera).
También debe quedar constancia de que el comprador recibió información acerca de los indicadores de cartera de la empresa, así como sobre los procedimientos por seguir en caso de incumplimiento por parte del vendedor de las libranzas.
El decreto también señala que cuando el vendedor o administrador de las libranzas es una sociedad, las funciones de vigilancia y control le corresponderán a la Superintendencia de Sociedades, pero advierte también que esta supervisión se limitará exclusivamente a los aspectos societarios.
Adicionalmente, exige a las empresas que vendan cartera de libranzas contratar con un tercero independiente no menos de cuatro auditorías anuales, con el propósito de verificar el estado de los créditos.
Vale la pena recordar que la Superintendencia de Sociedades ha advertido en diferentes pronunciamientos que la realización de inversiones en este tipo de negocios y cualquier otro que ofrezca el mercado, debe ser precedida de un estudio cuidadoso por parte de los interesados, por tratarse de una inversión de riesgo.
En este sentido, a los particulares les corresponde adelantar el análisis de los activos ofrecidos, la razonabilidad de la operación frente a los rendimientos propuestos, entre otros, con el objetivo de determinar el riesgo que asumen mediante esta clase de inversiones.
Concepto 5973, consolidación de estados financieros en entidad del Grupo 2
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 5973 del 24 de octubre de 2016, por medio del cual se responde a una consulta que tiene como tema central si una entidad del grupo 2 de NIIF para Pymes, que tiene inversiones en otra compañía, debe consolidar estados financieros.
En su respuesta, la entidad destacó que “una entidad matriz debe presentar estados financieros en los que consolide todas las inversiones en subsidiarias. Si la entidad subsidiaria, que debe ser consolidada, no elabora estados financieros bajo los nuevos marcos normativos, esta no es una situación que pueda ser considerada al decidir si se elaboran o no los estados financieros consolidados”.
Para conocer el Concepto completo, descargue el archivo adjunto a esta noticia.
Para comentarios, proyecto de resolución valor UVT para 2017
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, divulgó el proyecto de Resolución “Por la cual se fija el valor de la Unidad de Valor Tributario – UVT aplicable para el año 2017”.
La entidad recibirá comentarios sobre el proyecto de resolución hata el 30 de octubre de 2016, en el correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Para conocer el proyecto de resolución completo, haga clic aquí.