Decretos

Decretos (448)

Por medio del Decreto 1733 del 22 de diciembre de 2020, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo reglamenta la Ley 2024 de 2020, en lo respectivo a la obligación de pago en plazos justos.

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El Ministerio de Cultura publicó el Decreto 1702 del 19 de diciembre de 2020, por el cual se modifica el parágrafo del artículo 2.12.2.3.2., el artículo 2.12.2.3.3., el artículo 2.12.2.3.4., los numerales 5,6 Y 8 Y el parágrafo del artículo 2.12.2.3.5., el artículo 2.12.2.3.9., el artículo 2.12.2.4.2., se adiciona el numeral 9 y el parágrafo 2 al artículo 2.12.2.3.5. del Decreto 1080 de 2015, en lo relacionado con el incentivo tributario de deducción por inversiones y donaciones a proyectos de economía creativa de que trata el artículo 180 de la Ley 1955 de 2019.

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El Ministerio de Hacienda emitió el Decreto 1680 del 17 de diciembre de 2020, por el cual se reglamentan los artículos 260-5, 260-9, 292-2, 298, 298-1, 298-2, 2988,356-3,364-5,378,381,512-1,512-6,555-2,579, 579-2, 580, 588, 591, 592, 595, 596,599,600,602,603,605,606,607,800,803,811,876, 877, 910 Y 915 del Estatuto Tributario, artículo 170 de la Ley 1607 de 2012, artículos 221,222 Y parágrafo 7 del artículo 238 de la Ley 1819 de 2016, se modifica el epigrafe y se sustituyen unos artículos de la Sección 2 del Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, referente al calendario tributario para 2021.

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Por medio del Decreto 1633 del 14 de diciembre de 2020, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, prorroga la vigencia del Decreto 2279 de 16 de diciembre de 2019, Por el cual se modifica parcialmente el arancel de aduanas.

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El Decreto 1606 del 5 de diciembre de 2020, emitido por el Ministerio de Hacienda, reglamenta el artículo 268 de la Ley 1955 de 2019, modificado por el artículo 147 de la Ley 2010 de 2019, y se modifica y adiciona la Sección 2 del Capítulo 23 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.

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Por medio del Decreto 1550 del 28 de noviembre de 2020, el Ministerio del Interior modifica y prorroga la vigencia del Decreto 1168 de 25 de agosto de 2020 "Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID -19, y el mantenimiento del orden público y se decreta el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable", prorrogado por los Decretos 1297 del 29 de septiembre de 2020 y 1408 del 30 de octubre de 2020.

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El Ministerio de hacienda publicó el Decreto 1457 del 12 de noviembre de 2020, por el cual se reglamentan los artículos 242,242-1,245,246-1 Y 895 del Estatuto Tributario y se modifican, adicionan y se sustituyen artículos del Capítulo 10 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1, del Capítulo 7 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 1, del Capítulo 21 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 y del Título 4 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, referente a los dividendos y participaciones.

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El Gobierno nacional agilizó la expedición y revisión periódica de los reglamentos técnicos, que son aquellos documentos que establecen los requisitos obligatorios de desempeño y calidad para los productos que se comercializan en Colombia, con el fin de garantizar la seguridad de los consumidores.

A través del Decreto 1468 del 12 de noviembre de 2020, se determinó un proceso rápido y acorde con estándares internacionales, para el Análisis de Impacto Normativo (AIN). Este es un mecanismo de evaluación, que tiene como fin evidenciar tanto los resultados deseados como los impactos probables, positivos y negativos, que se generan al proponer o modificar un reglamento técnico.

El AIN sirve para demostrar que la reglamentación técnica adoptada es la mejor alternativa entre varias para mitigar los riesgos asociados a los productos.

“La norma reducirá los tiempos que toma aplicar esta herramienta de planeación. También permitirá mayor participación de los empresarios y que las entidades estatales se familiaricen con buenas prácticas regulatorias. En general, significará más eficiencia en el proceso de expedición de los reglamentos técnicos”, explicó el ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo.

Hay unos 90 reglamentos técnicos vigentes para pinturas, etiquetado, alambre de acero liso y grafilado, gasodomésticos, ollas de presión, cilindros para gases industriales y medicinales, baldosas, productos preempacados, calzado, refrigeradores, leche y bebidas alcohólicas, entre otros.

El Decreto soluciona problemas de ambigüedad y confusión, al generar claridad sobre las disposiciones aplicables en cuanto a la metodología, plazos y mecanismos.

Así mismo, no solo establece un procedimiento estándar en la elaboración de los Análisis de Impacto Normativo - AIN, sino que mejora los tiempos de producción normativa, optimizando el proceso en más de 45 días.

Es el resultado de un trabajo adelantado conjuntamente entre el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en el marco del Comité de Mejora Regulatoria y bajo los postulados de Estado Simple, Colombia Ágil, que incluye un componente destinado a intervención de normas de alto impacto y revisión de normas obsoletas.

La normatividad establece que para el periodo de notificación internacional de los reglamentos técnicos ante la Organización Mundial de Comercio (OMC), se empleará un tiempo de 60 días, alineándose con lo establecido en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (Acuerdo OTC) y la Resolución Andina 827.

Adicionalmente, establece la posibilidad de realizar algunas consultas de manera simultánea en el proceso de expedición de los reglamentos técnicos.

También define dos tipos de AIN que las entidades reguladoras podrán utilizar de acuerdo con las características de sus actos administrativos y el grado de exigencia para su cumplimiento: un AIN Simple destinado a las modificaciones menos gravosas y un AIN Completo para aquellos reglamentos técnicos nuevos o cuya modificación hace más gravosa la situación para los regulados.

Otros aspectos reglamentados son los casos de competencias conjuntas sobre un mismo tema, las buenas prácticas, los conceptos del Departamento Nacional de Planeación y la Dirección de Regulación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y la consulta pública.

El Ministerio de Hacienda publicó el Decreto 1435 del 5 de noviembre de 2020, Por el cual se reglamentan los artículos 27,46, 55, 119,206,206-1,235-2, literal e) del parágrafo 5 del artículo 240, 330, 331, 332, 333, 335 Y 336 del Estatuto Tributario y se modifica el Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, entre otros temas, sobre los aportes al sistema de seguridad social, los efectos tributarios del leasing habitacional y el impuesto de renta.

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Mediante el Decreto 1432 del 5 de noviembre de 2020, el Ministerio de Industria y Comercio modifica la NIIF 16 contenida en el anexo técnico compila torio y actualizado 1 2019, del Decreto Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información; Decreto 2420 de 2015, y se dictan otras disposiciones'.

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