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La Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá recordó a los contribuyentes con deudas de impuestos distritales que queda una semana para acceder al descuento temporal de 50% en los intereses de mora, conforme a lo establecido en el artículo 91 de la Ley 2277 de 2022.

La directora de Cobro de la SDH, Kárem Conde, señaló que el beneficio cubre todas las obligaciones vencidas al 13 de diciembre de 2022, de los impuestos distritales de Predial, Vehículos, ICA, ReteICA, Sobretasa a la Gasolina, Delineación Urbana y los demás que recauda la Administración distrital.

Es importante aclarar que para obtener el descuento en los intereses el contribuyente debe pagar la totalidad de cada obligación tributaria; es decir, las deudas que no cancelen a 30 de junio de 2023 se reliquidarán con el 100% de la tasa de interés de mora establecida en el artículo 635 del Estatuto Tributario.

Asimismo, la Entidad pondrá próximamente a disposición de los contribuyentes una herramienta para facilitar la consulta del estado de cuenta y el pago de las deudas de los impuestos Predial y de Vehículos. Solo en casos específicos tendrán que acudir a puntos de atención presencial.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, ofrece un nuevo servicio de programación de llamadas para orientación en el reporte de beneficiarios finales del RUB.

Mediante este nuevo servicio, los ciudadanos podrán programar la llamada telefónica de un agente de servicio especializado de la DIAN en el día y la hora que requieran, así podrán obtener orientación y asistencia en todo lo relacionado con el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB).

Cómo hacerlo
Ingrese a www.dian.gov.co, escoja el menú sitio web institucional, luego haga clic en el menú superior Atención al ciudadano / contáctenos / Servicio programación de llamadas o ingrese directamente al link: https://portalos.outsourcing.com.co:9558/

De esta manera, los contribuyentes podrán programar la llamada inmediatamente y uno de nuestros agentes de servicio lo contactará el día y a la hora elegida, para brindarle acompañamiento en la presentación del reporte de Beneficiarios finales, a través de los servicios digitales de la DIAN.

Recuerde:
El suministro inicial de la información en el RUB debe efectuarlo de manera electrónica por parte de las personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica o similares, constituidas, creadas u obligadas al 31 de mayo de 2023, a través de los servicios digitales de la DIAN, a más tardar, el 31 de julio de 2023, indicando la fecha en la que reporta la información.

Las personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica o similares, constituidas, creadas u obligadas a partir del 01 de junio de 2023, deberán hacer el reporte inicial de la información en el RUB de manera electrónica, a través de los sistemas informáticos de la DIAN, a más tardar dentro de los dos (2) meses siguientes a:

La inscripción en el Registro Único Tributario (RUT), o

A la inscripción en el Sistema de Identificación de Estructura Sin Personería Jurídica (SIESPJ), o

Al momento en que se encuentran obligadas por el cumplimiento de lo establecido en el artículo 4 de la Resolución 0164 de 2021, proporcionando en todo de caso, la información correspondiente a la fecha en que se efectúa el suministro de la información.

El próximo 28 de junio es la fecha límite para que los ciudadanos paguen el impuesto predial del segundo trimestre de este año, con lo que se evitarán sanciones e intereses de mora. Este es el tributo más importante de la ciudad, el cual aporta al cumplimiento de los grandes proyectos de inversión que contribuyen al Plan de Desarrollo Medellín Futuro.

“Esta es la principal renta del Distrito y representa una partida presupuestal para 2023 de $865.764 millones, por lo cual sería importante seguir posicionando a la ciudad en el indicador más alto de cultura de pago”, dijo el subsecretario de Ingresos, Henry Alejandro Morales Gómez.

Hasta el momento, ya se ha logrado el recaudo de un 70 % con respecto al cumplimiento de la meta, lo que representa $608.640 millones. Estos recursos soportan la ejecución de proyectos como Matrícula Cero, Computadores Futuro, Parques del Río Norte, Metrocable Picacho, Metro de la 80, Centros del Valle del Software y otras iniciativas para el crecimiento de la ciudad.

El pago puede hacerse a través de los canales virtuales habilitados, ingresando al portal www.medellin.gov.co/pagafacil o en la aplicación HaciendaMed. Las personas que prefieran realizarlos de manera presencial pueden dirigirse con su factura a las entidades bancarias autorizadas o a las taquillas de Tesorería, en el primer piso del Centro Administrativo Distrital.

El Ministerio de Hacienda publicó el Proyecto de Decreto “Por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 256-1, 311-1, inciso 3 del artículo 356-2 y 519 del Estatuto Tributario, modificados por los artículos 22, 23, 31 y 77 de la Ley 2277 de 2022; se sustituye el artículo 1.2.3.1., se adiciona el inciso 3 al artículo 1.2.1.5.1.5., el parágrafo al artículo 1.4.1.4.5., el parágrafo 5 al artículo 1.8.2.4.3. y el artículo 1.8.2.4.14. al Capítulo 4 del Título 2 de la Parte 8 y se modifica el parágrafo del artículo 1.2.1.5.1.7., del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, relacionados con crédito fiscal por inversiones en proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, ganancias ocasionales, calificación entidades del Régimen Tributario Especial e impuesto de timbre”.

La entidad recibirá comentarios sobre este proyecto de decreto hasta el 1 de julio de 2023.

Para conocer el Proyecto de decreto, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública – CTCP – compartió el anteproyecto de reglamentación de la profesión contable, una propuesta normativa a través de la cual se pretende, por la vía legislativa, modificar el marco regulatorio de la profesión de contador público, se expide el Código de Ética y se dictan otras disposiciones.

El documento de tres títulos desarrollados en 55 artículos responde al rezago de la Ley 43 de 1990, expedida incluso antes de la promulgación de la Constitución Política de Colombia, la necesaria adaptación de la profesión a las nuevas realidades socio económicas y sus demandas de servicios de los contadores públicos, las oportunidades de mejora señaladas por el Banco Mundial en su actualización del Informe ROSC (versión 2021) y la voluntad de fortalecer el gobierno (de la profesión) para impulsar iniciativas que incrementen su valor estratégico, sus condiciones laborales y el proceso registro, inspección, vigilancia y control sobre sus actuaciones.

El documento final, que será entregado oficialmente a las direcciones de regulación de los ministerios de Comercio, Industria y Turismo y Hacienda y Crédito Público, es el resultado del trabajo conjunto de los profesionales de la contaduría pública en las regiones del país (consolidado en el Comité Nacional para la Reglamentación de la Profesión Contable, los aportes constructivos de diferentes organizaciones gremiales y, en general, los comentarios de los grupos de interés). Con estos insumos, el CTCP adelantó el análisis necesario respecto de la viabilidad jurídica y técnica y la conveniencia para la profesión. Este es un proceso que se extendió por más de dos años.

El proyecto está estructurado en tres títulos que definen las líneas temáticas principales abordadas, los cuales condensan los aportes que a nivel nacional hicieron los contadores públicos que atendieron el llamado a su estudio de manera directa o mediante comentarios. Dichos aportes fueron evaluados y ajustados por el CTCP respecto de lo que se ha creído necesario para un conocimiento básico en el ejercicio de la profesión contable del futuro y lo que se estima debe aportar en la lucha contra la corrupción para el bienestar y crecimiento socio económico del país.

El Título Primero aborda ocho capítulos, dentro de los cuales se encuentran las definiciones y conceptos claves, así como la contextualización que facilita comprender el alcance de la normativa propuesta; las actividades que le deben ser propias y la competencia; el registro, la inscripción y el mantenimiento de su actualización profesional; su campo de acción; derechos y deberes que le son propios; la estipulación del Código de Ética al cual deben ajustarse todas sus actuaciones y conducta profesional, en concordancia con el código reconocido a nivel internacional para la profesión contable; al igual que las inhabilidades e incompatibilidades para un ejercicio generador de confianza pública para la sociedad en general, el estado y el empresariado nacional o extranjero.

El Título Segundo aborda lo relacionado con los órganos de la profesión de la contaduría pública, se determina la continuidad temporal del Consejo Técnico de la Contaduría Pública y la Unidad Administrativa Especial Junta Centra de Contadores hasta que se cumpla la condición dispuesta en el artículo 26 de la Constitución Política de Colombia, respecto de la organización de la profesión.

De esta forma, el CTCP mantendrá la función de normalización técnico contable en temas de contabilidad, información financiera, aseguramiento de la información y revisoría fiscal, pero verá incrementado su presupuesto de funcionamiento a partir de los aportes provenientes de la JCC. Esta capacidad presupuestal permitirá la ampliación a cinco del número de consejeros del organismo, con el propósito de atender los requerimientos que en materia de sostenibilidad se definan para el futuro en el mediano plazo y en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo 2023-2026.

La JCC mantendrá las funciones de registro, inspección, vigilancia y control. Sin embargo, respecto de la función disciplinaria, se modifica su estructura actual con el propósito de garantizar el debido proceso a los disciplinados y brindarles los recursos derivados de los nuevos instrumentos jurídicos.

El Título Tercero corresponde al proceso disciplinario. Este se desarrolla dentro del respeto al debido proceso, las conductas a investigar, las etapas y los recursos que le son propios. Se define claramente la prescripción y caducidad de los procesos y la tipología de las faltas, las sanciones y los recursos a los que tiene lugar el investigado que incumpla el Código de Ética o falte a la confianza recibida en la fe pública que les otorga el Estado para su actuar en materia contable y financiera.

Para consultar el documento haga clic aquí.

Para consultar la exposición de motivos haga clic aquí.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Ricardo Bonilla González, presentó el Marco Fiscal de Mediano Plazo para la vigencia 2023.

El documento contempla un informe de los resultados macroeconómicos y fiscales de 2022, el Plan Financiero actualizado para 2023 y 2024, y la estrategia macroeconómica y fiscal de mediano plazo, con las metas de superávit primario que la administración se propone alcanzar en línea con el objetivo de sostenibilidad de la deuda pública.

El Marco Fiscal de Mediano Plazo está alineado con el objetivo del Gobierno nacional de adelantar la transformación social y económica del país a través de un conjunto de políticas y medidas estructurales con base en lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) “Colombia, potencia mundial de la vida”.

Este cambio contempla una transformación productiva y una agenda amplia de reformas económicas y sociales, que incluye la Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social, y las reformas pensional “Cambio por la Vejez”, laboral “Trabajo por el Cambio” y la Reforma Estructural al Sistema de Salud, que permitirán saldar la deuda histórica con la sociedad colombiana en el marco de la estabilidad macroeconómica y la sostenibilidad de las finanzas públicas, dando pleno cumplimiento a la Regla Fiscal.

De acuerdo con el Ministro, Ricardo Bonilla, este Marco Fiscal de Mediano Plazo hace explícita la estrategia plurianual del Gobierno para alcanzar ese objetivo y saldar así la deuda social histórica con la población vulnerable del país, preservando la estabilidad macroeconómica y fiscal.

Señaló que la economía colombiana atraviesa un proceso de ajuste gradual. “El elevado crecimiento de la economía en 2022, que permitió avances significativos en materia de desempleo y pobreza multidimensional, se desaceleraría a lo largo de 2023 y 2024 antes de converger a su tendencia de mediano plazo por encima del 3%”.

Además, destacó que la estrategia fiscal de corto plazo de esta administración en respuesta a esos retos sigue de cerca cuatro principios: i) la necesidad de financiar reformas y programas sociales y económicos para alcanzar una mayor justicia social; ii) la sostenibilidad de la deuda y de las finanzas públicas; iii) el cumplimiento estricto de la regla fiscal; y iv) la preservación de la estabilidad macroeconómica.

Así, se proyecta una reducción del déficit fiscal en 2023 de 1pp del PIB (4,3% frente al 5,3% del 2022). Este ajuste permitiría un equilibrio primario por primera vez desde 2019, apalancado en el mayor recaudo tributario de las reformas tributarias de los últimos dos años y de los altos precios del petróleo, que llevarían a ingresos históricamente altos.

En 2024 se espera un ligero aumento del déficit fiscal a 4,5% del PIB. Si bien se espera un aumento del déficit frente a 2023, ello se debe a los pagos de servicio de deuda vigente y a un mayor gasto en intereses que resultaría de las mayores necesidades de financiamiento de 2023 y 2024 y de las condiciones de mercado proyectadas, manteniendo así el equilibrio primario.

Gracias a la estrategia del Gobierno con relación a los precios de los combustibles, el déficit del FEPC estaría cerca a 0 en 2024, resolviendo de forma definitiva el desafío que este fondo ha representado por años para la estabilidad fiscal. Se liberarían recursos fiscales que podrían ser destinados a financiar otros programas sociales más alineados con los objetivos de mayor justicia social y ambiental.

Para el mediano plazo se proyecta una recuperación del crecimiento económico hacia su tendencia de largo plazo (3,2%). El Gobierno mantendría una estrategia de superávits primarios que permitirían simultáneamente que la deuda converja a su nivel ancla hacia el final del horizonte de este Marco y que se alcance la estabilización de los pasivos externos de la economía.

La inflación convergería al rango meta en 2025 y el déficit de cuenta corriente alcanzaría 2,5% en 2034, permitiendo la estabilización de los pasivos externos netos.

La transformación productiva, que recoge la política de reindustrialización y la transición energética, serían tanto los motores de crecimiento como de ajuste externo en el mediano plazo.

El Gobierno nacional reafirma así su apuesta por los objetivos establecidos en el PND, priorizando la política social y los requerimientos que imponen la regla fiscal y la responsabilidad en la administración de las finanzas públicas. Este compromiso continuará sirviendo de base para el diseño de la estrategia fiscal.

Fuentes y usos del GNC en 2023
Para 2023, se estiman necesidades de financiamiento del GNC por $122,7bn (7,7% del PIB), de los cuales el 4,3% del PIB se destina a cubrir el déficit fiscal explicado por el pago de intereses.

Desde la perspectiva de las fuentes, se contemplan desembolsos por $70,7bn (4,4% del PIB), de los cuales el 39% corresponde a deuda externa, y el 61% a deuda interna. Igualmente, estos desembolsos son superiores en cerca de $10bn a los proyectados en la Actualización del Plan Financiero de diciembre, resultado de la estrategia de prefinanciamiento de las necesidades del año 2024, cuyo mayor valor se mantendrá en la disponibilidad final de caja de este año.

Para conocer el documento completo, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de resolución por la cual se adiciona un parágrafo a los artículos 8 y 10 de la Resolución 000164 del 27 de diciembre de 2021, sobre el Registro Único de Beneficiarios Finales.

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 24 de junio de 2023, a través del siguiente buzón de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) alerta a la ciudadanía acerca del envío de correos electrónicos falsos a nombre de la entidad, en los que personas inescrupulosas invitan a revisar una supuesta factura electrónica emitida a nombre del ciudadano.

La comunicación contiene enlaces fraudulentos que no corresponden a la entidad, además de incluir el mensaje pendiente de pago, induciendo a acceder a dichos enlaces. Sumado a lo anterior, es evidente que la dirección electrónica no corresponde al dominio GOV.CO

La DIAN realiza el correspondiente estudio de los mensajes para proceder con el reporte y envío de toda la evidencia digital a los entes de ciberseguridad del país, para su análisis y tratamiento.

Es necesario que los ciudadanos estén atentos ante mensajes como estos, ya que los delincuentes cibernéticos utilizan la identidad de organizaciones legítimas como la DIAN, para realizar diferentes delitos.

Conozca las recomendaciones de seguridad de la información en el sitio web: https://www.dian.gov.co/atencionciudadano/Seguridad-de-la-Informacion/Paginas/Inicio.aspx

El Ministerio de Hacienda publicó el Proyecto de Decreto “Por el cual se modifican los artículos 2.6.5.5, 2.6.5.8 y 2.6.5.15 del Decreto 1068 de 2015 Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público en relación el manejo y administración de los recursos de los Programas de Saneamiento Fiscal y Financiero de las Empresas Sociales del Estado categorizadas en riesgo medio o alto”.

La entidad recibirá comentarios sobre este proyecto de decreto hasta el 24 de junio. Para conocer el documento, haga clic aquí.

Hasta el 23 de junio, el Ministerio de Hacienda recibirá comentarios sobre el Proyecto de Decreto “Por medio del cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con los fondos de inversión colectiva y se dictan otras disposiciones”.

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

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