El Ministerio de hacienda publicó el Decreto 1457 del 12 de noviembre de 2020, por el cual se reglamentan los artículos 242,242-1,245,246-1 Y 895 del Estatuto Tributario y se modifican, adicionan y se sustituyen artículos del Capítulo 10 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1, del Capítulo 7 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 1, del Capítulo 21 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 y del Título 4 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, referente a los dividendos y participaciones.

Para conocer el Decreto 1457, haga clic aquí.

Por medio de la Circular Externa 033, del Noviembre 17 de 2020, la Superintendencia Financiera Imparte instrucciones relacionadas con la Taxonomía Única de Incidentes Cibernéticos – TUIC, el formato para el reporte de métricas de seguridad de la información y ciberseguridad y el protocolo de etiquetado para el intercambio de información Traffic Light Protocol, TLP.

Para conocer la Circular 033, haga clic aquí.

La Junta de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB por sus siglas en inglés), publicó para comentarios el documento técnico Fraude y Empresa en Marcha en una auditoría de estados financieros. De acuerdo con los estipulado por el organismo emisor. Este análisis fue desarrollado por el equipo del IAASB y se están recibiendo comentarios de parte de todos los interesados hasta el 12 de enero de 2021.

Los esfuerzos para abordar problemas y desafíos relacionados con el fraude y la empresa en marcha en las auditorías de estados financieros responden a las importantes preguntas que surgen con respecto al papel de los auditores en estas áreas. Muchas de las consultas regulatorias que se han convertido en algo común después de los colapsos corporativos resaltan de manera rutinaria la importancia de considerar qué más pueden hacer los auditores sobre estos dos temas.

El estallido de la pandemia COVID-19 ha aumentado el enfoque en el fraude y la empresa en marcha. Los entornos de control de muchas empresas se han visto afectados y es posible que no sean lo que eran antes. Además, la naturaleza de la evidencia que se obtiene ha cambiado significativamente, todo lo cual cambia los perfiles de riesgo de muchas auditorías, particularmente en relación con el fraude.

Señala el IAASB que un aspecto común tanto del fraude como de la empresa en marcha que se destaca continuamente se relaciona con la brecha de expectativas. Reconocemos que no podemos reducir la brecha de expectativas por sí solos, pero creemos que este documento de discusión es el primer paso estructurado para comprender mejor cómo los estándares pueden reducir significativamente esa brecha. Otros también deberán considerar qué papel tienen en la reducción de la brecha para que haya un ecosistema de informes financieros que funcione mejor.

“Las empresas, los encargados de su gobierno, los inversionistas, los reguladores y otros grupos de interés tienen un papel importante en la mejora de los informes externos en relación con el fraude y la empresa en marcha. Las respectivas responsabilidades de los distintos grupos de interés se apoyan y refuerzan mutuamente. Nuestro enfoque específico está en las responsabilidades del auditor y si deben ampliarse con respecto a estos temas en el contexto de una auditoría de estados financieros”, expresó el presidente de esta Junta, Martin Baumann.

La consulta está desarrollada a partir de un cuestionario que consta de tres preguntas.

Para conocer el documento de IAASB, haga clic aquí.

El Gobierno nacional agilizó la expedición y revisión periódica de los reglamentos técnicos, que son aquellos documentos que establecen los requisitos obligatorios de desempeño y calidad para los productos que se comercializan en Colombia, con el fin de garantizar la seguridad de los consumidores.

A través del Decreto 1468 del 12 de noviembre de 2020, se determinó un proceso rápido y acorde con estándares internacionales, para el Análisis de Impacto Normativo (AIN). Este es un mecanismo de evaluación, que tiene como fin evidenciar tanto los resultados deseados como los impactos probables, positivos y negativos, que se generan al proponer o modificar un reglamento técnico.

El AIN sirve para demostrar que la reglamentación técnica adoptada es la mejor alternativa entre varias para mitigar los riesgos asociados a los productos.

“La norma reducirá los tiempos que toma aplicar esta herramienta de planeación. También permitirá mayor participación de los empresarios y que las entidades estatales se familiaricen con buenas prácticas regulatorias. En general, significará más eficiencia en el proceso de expedición de los reglamentos técnicos”, explicó el ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo.

Hay unos 90 reglamentos técnicos vigentes para pinturas, etiquetado, alambre de acero liso y grafilado, gasodomésticos, ollas de presión, cilindros para gases industriales y medicinales, baldosas, productos preempacados, calzado, refrigeradores, leche y bebidas alcohólicas, entre otros.

El Decreto soluciona problemas de ambigüedad y confusión, al generar claridad sobre las disposiciones aplicables en cuanto a la metodología, plazos y mecanismos.

Así mismo, no solo establece un procedimiento estándar en la elaboración de los Análisis de Impacto Normativo - AIN, sino que mejora los tiempos de producción normativa, optimizando el proceso en más de 45 días.

Es el resultado de un trabajo adelantado conjuntamente entre el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en el marco del Comité de Mejora Regulatoria y bajo los postulados de Estado Simple, Colombia Ágil, que incluye un componente destinado a intervención de normas de alto impacto y revisión de normas obsoletas.

La normatividad establece que para el periodo de notificación internacional de los reglamentos técnicos ante la Organización Mundial de Comercio (OMC), se empleará un tiempo de 60 días, alineándose con lo establecido en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (Acuerdo OTC) y la Resolución Andina 827.

Adicionalmente, establece la posibilidad de realizar algunas consultas de manera simultánea en el proceso de expedición de los reglamentos técnicos.

También define dos tipos de AIN que las entidades reguladoras podrán utilizar de acuerdo con las características de sus actos administrativos y el grado de exigencia para su cumplimiento: un AIN Simple destinado a las modificaciones menos gravosas y un AIN Completo para aquellos reglamentos técnicos nuevos o cuya modificación hace más gravosa la situación para los regulados.

Otros aspectos reglamentados son los casos de competencias conjuntas sobre un mismo tema, las buenas prácticas, los conceptos del Departamento Nacional de Planeación y la Dirección de Regulación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y la consulta pública.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió el proyecto de resolución por la cual se desarrolla el registro de la factura electrónica de venta como título valor y se expide el anexo técnico de registro de la factura electrónica de venta como título valor.

La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 29 de noviembre de 2020, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

La DIAN informó a los usuarios aduaneros que a partir del 20 de noviembre de 2020 entra en vigencia la ampliación del programa de Operador Económico Autorizado, OEA, para instalaciones portuarias y operadores portuarios.

Los puertos, muelles y operadores portuarios interesados pueden presentar la solicitud descargando la "plantilla F020 Manual IP" y la autoevaluación de condiciones y requisitos desde el micrositio del OEA en el siguiente enlace de la página WEB de la DIAN: https://www.dian.gov.co/aduanas/oea/inicio/Paginas/default.aspx y radicar los documentos soporte de que trata el artículo 5 de la Resolución 15 de 2016 en forma virtual a través del buzón Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o de manera física en correspondencia en la carrera 7 # 6C-54 Edificio Sendas primer piso en correspondencia.

Recuerde que la Presentación de la Solicitud OEA ante la DIAN es gratuita. Actualmente el servicio Informático Electrónico únicamente se encuentra disponible para presentar la solicitud OEA para Exportadores.

Para presentar una solicitud OEA para Importadores, Agencias de Aduanas o Instalaciones Portuarias y Operadores Portuarios descargue el formulario 020, diligéncielo, fírmelo y preséntelo de forma manual.

Consulte el instructivo de presentación y el formulario en "Solicitud de autorización" de este sitio, haciendo clic aquí.

Jueves, 19 Noviembre 2020 08:44

Presentan nueva Guía de Gobierno Corporativo

La Cámara de Comercio de Bogotá, la Superintendencia de Sociedades y la Confederación Colombiana de Cámaras de Comercio (Confecámaras) lanzaron la nueva Guía de Gobierno Corporativo en el marco del XIX Foro Internacional de Gobierno Corporativo.

Esta Guía, busca impactar la productividad de las empresas, pues incide en el uso eficiente de recursos mediante una gestión eficaz que genera mejores y oportunas respuestas al mercado y al entorno. Adicionalmente, contribuye a la sostenibilidad dado que permite gestionar mejor los riesgos, la interacción con los grupos de interés o stakeholders permitiendo la continuidad del negocio frente a las crisis, su sostenibilidad y adaptabilidad con mayor facilidad a los cambios, haciéndolas vigentes y resilientes en el tiempo.

Nicolás Uribe Rueda, presidente de la Cámara de Comercio de Bogotá, asegura que "el 97% de las empresas son micro y pequeñas empresas, y ellas son las que requieren más apoyo para saber cómo conducir los negocios y volverlos sostenibles. En este momento donde la reactivación es una necesidad imperante, estas herramientas resultan muy útiles para las unidades productivas que mantienen la dinámica de la economía y el empleo".

"El Gobierno Corporativo no es un capricho, ya que las buenas prácticas empresariales generan rentabilidad y valor a las empresas y a todos sus grupos de interés, lo cual crea un ambiente de "felicidad social" y "paz social" en la empresa. En el contexto actual que viven las empresas, especialmente ante la crisis causada por el Covid-19, se requiere con mayor razón y vehemencia que las empresas adopten buenas prácticas de Gobierno Corporativo. En esta coyuntura es vital que las empresas se fortalezcan, para lo cual el Gobierno Corporativo ayuda a la toma de decisiones estratégicas de reestructuración de los negocios, al generarle transparencia y confianza a los socios, los acreedores y los diferentes grupos de interés. Las buenas prácticas de Gobierno Corporativo permitirán superar la crisis y que el país cuente con empresas competitivas, productivas y perdurables, para así contar con más empresa y más empleo", aseguró el Superintendente de Sociedades, Juan Pablo Liévano.

Emprendimientos
Como novedad, este año se incluyeron en la Guía herramientas para impactar emprendimientos de crecimiento acelerado. Entre ellas, que los socios de las startup deberían establecer un acuerdo que regule sus relaciones y la organización de la empresa establecimiento cómo se van a tomar decisiones y cómo se hace la valoración de intangibles, entre otros aspectos. Este acuerdo debe contemplar la entrada y salida de socios y sus derechos económicos. La cultura de la ética, el desempeño sostenible y el trabajo en equipo son otros aspectos a tener en cuenta. Los emprendimientos deben contar con un plan de transición para el ejecutivo principal y su equipo gerencial.

Esal
Para las Entidades Sin Ánimo de Lucro que contribuyen a la generación de bienestar y cohesión social la guía recomienda adoptar mecanismos para incentivar la participación de los asociados, de tal forma que conozcan y ejerzan sus derechos y responsabilidades, practicando un adecuado control. La Junta directiva o instancia equivalente debería velar porque la misión y los objetivos de la ESAL se cumplan. La conformación y el proceso de designación de los miembros de la junta directiva o instancia equivalente de la ESAL deberían ser transparente, inclusivo y con capacidad de renovación. La guía recomienda además adoptar mecanismos efectivos de transparencia y rendición de cuentas con estrategia de comunicación e información. La ESAL debería promover una cultura de adecuada y oportuna administración de conflictos de interés estableciendo una política en la cual se recojan al menos los elementos para la declaración, gestión y revelación de las situaciones de conflictos de interés.

Empresas de familia
La empresa de familiar debería regular por escrito aspectos fundamentales de las relaciones entre la familia, propietarios y la familia y así asegurar la perdurabilidad de la empresa. De este modo, se establece un marco que aclare las fronteras de actuación, los canales de comunicación y las líneas de reporte que se deben seguir al interior de la empresa, con independencia de la discrecionalidad de los diferentes actores.

La empresa de familia debería contar con una junta directiva conformada con miembros independientes. Además de aportar conocimiento y experiencia, actúan como contrapeso a las opiniones y propuestas de los integrantes de la familia, equilibrando las discusiones y aportando una visión objetiva, para que las decisiones se tomen en el mejor interés de la empresa.

Otras de las recomendaciones de la guía es que la empresa de familia debería adoptar reglas para su protección patrimonial, y establecer un plan de transición generacional para mitigar los riesgos en caso de ausencia o cambios de miembros clave del equipo gerencial que son parte de la familia.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, ha dispuesto en su página web, los formatos para exportadores FT-OA-1757 y FT-OA-1758 denominados Planilla A y Planilla B para las solicitudes presentadas por los usuarios autopartistas respecto a la calificación de los materiales originarios de la subregión, con el fin de reconocer su cumplimiento en el marco del Acuerdo suscrito con la CAN en desarrollo del Convenio de Complementación en el Sector Automotor.

El formato deberá ser diligenciado, anexando la documentación requerida y radicado. De conformidad con las medidas adoptadas por la DIAN en el marco de la actual Emergencia Sanitaria, la radicación de la información podrá realizarse de manera preferencial a través del correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., registrando en el asunto del correo la dependencia a donde va dirigido así:

Nivel Central - Subdirección de Gestión Técnica Aduanera - Coordinación Servicio de Origen, seguido de la referencia: Solicitud Exportador Autorizado o mediante radicación física en la carrera 7 # 6C-54 piso 1, de Bogotá D.C. en la Coordinación de Comunicaciones Oficiales y Control de Registro.

Consulte los formatos FT-OA-1757 y FT-OA-1758 haciendo clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó para comentarios el Grupo Técnico de Trabajo -GTT- 91 Documento de consulta sobre informes de sostenibilidad. Han sido publicados por la Fundación IFRS y por el GLENIF:

1) Documento, en español y en inglés, de la consulta sobre informes de sostenibilidad, 2) Dos documentos en ingles en el que 5 organizaciones globales, cuyos marcos, estándares y plataformas guían la mayor parte de la sostenibilidad y la presentación de informes integrados, anuncian una visión compartida de lo que se necesita para avanzar hacia la presentación de informes corporativos integrales, y 3) documento de IFAC en el que hace un llamado para una nueva Junta de Estándares de Sostenibilidad. Los documentos pueden consultarse en: http://www.ctcp.gov.co/proyectos/contabilidad-e-informacion-financiera/organismosinternacionales

El CTCP, consolidará los comentarios y recomendaciones que se reciban hasta el 25 noviembre de 2020, y los presentará en las reuniones del grupo de trabajo del GLENIF; también evaluará la pertinencia de remitir directamente al IASB las conclusiones y comentarios recibidos en los siguientes correos: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

El pasado mes de octubre, la Fundación IFRS presentó una petición de información para recibir comentarios sobre una consulta pública que busca identificar las necesidades de las partes interesadas en materia de informes de sostenibilidad y comprender lo que la Fundación podría hacer en respuesta a esas necesidades. Esta iniciativa debe entenderse en el contexto de la revisión de cinco años de la Fundación IFRS de su estrategia, que comenzó en enero de 2019.

Por efecto de la necesidad creciente y urgente de los informes de sostenibilidad y la obtención de información que sea consistente y comparable, el Grupo de Trabajo de Fideicomisarios se ha comprometido informalmente con una muestra representativa de partes interesadas involucradas en informes de sostenibilidad (incluidas las comunidades de inversores y preparadores, bancos centrales, reguladores, 3 formuladores de políticas públicas, firmas de auditoría y otros proveedores de servicios). A través de esa participación informal quedó claro que los informes de sostenibilidad continúan aumentando en importancia para esas partes interesadas, que a pesar de las diferencias de alcance y motivación, todas las partes interesadas comparten un mensaje común: existe una necesidad urgente de mejorar la coherencia y comparabilidad en los informes de sostenibilidad.

Un conjunto de estándares comparables y consistentes permitirá a las empresas generar confianza pública a través de una mayor transparencia de sus iniciativas de sostenibilidad, que sean útiles para los inversores y una audiencia aún más amplia en un contexto en que la sociedad demanda iniciativas para combatir el cambio climático. Además, muchas organizaciones ofrecen actualmente marcos, estándares y métricas, y parte de su trabajo se superpone, pero en última instancia, cada norma o marco que se establece busca generar productos específicos para sus propios grupos de interés. Algunas organizaciones se enfocan en el establecimiento de normas no financieras, algunas se centran en la creación de un marco información, y algunos se centran en marcos para divulgaciones relacionadas con el clima.

Por Lo anterior, los destinatarios objetivo de estas organizaciones también varían; los destinatarios principales podrías ser inversores o la sociedad en general. Las diferencias en el enfoque y los destinatarios se traducen en la forma en que las organizaciones se acercan a la materialidad, y algunas organizaciones se centran en el impacto de los riesgos en una empresa y otras en el tema del medio ambiente (ver discusión sobre materialidad). En respuesta a esto, ha habido un esfuerzo por parte de algunas organizaciones para construir una visión compartida sobre la cual se puede basar el sistema de presentación de los informes de sostenibilidad.

La discusión actual en la Fundación IFRS se ha centrado principalmente en los aportes que puede realizar la Fundación IFRS sobre este tema, se han recibido llamados para que la Fundación se involucre en la reducción del nivel de complejidad y busque lograr una mayor coherencia en los informes de sostenibilidad. Estas llamadas sugieren que el historial y la experiencia de la Fundación IFRS en el establecimiento de normas, y sus relaciones con reguladores globales y gobiernos de todo el mundo, podría ser útil para el establecimiento de estándares de informes de sostenibilidad.

Los fideicomisarios de la Fundación IFRS han considerado varias opciones para abordar este tema: a) mantener el statu quo actual, b) Facilitar las iniciativas existentes, c) Crear una junta de normas de sostenibilidad y convertirse en un creador de normas que trabaje con las iniciativas existentes, de tal forma que las acciones de la fundación se enfoquen en la búsqueda de la armonización y la simplificación de los informes de sostenibilidad, al tiempo que se comprenden las crecientes demandas de la urgente necesidad de coherencia y comparabilidad de estos informes.

La Superintendencia de Sociedades expidió la Circular 100-000013 del 9 de noviembre de 2020, la cual contiene la Política de Supervisión de las Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo – BIC, con la cual se establece la forma en la que se ejercerán las funciones de supervisión de éstas sociedades, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1901 de 2018 y el Decreto 2046 de 2019.

"Nuestro objetivo es que el país cuente con más sociedades competitivas, productivas y perdurables, para lo cual las sociedades pueden adoptar la condición BIC, con lo cual se busca el desarrollo sostenible mediante un triple impacto económico, social y ambiental. Así, las sociedades de condición BIC pretenden un balance entre la rentabilidad económica y la social y ambiental, al buscar no sólo la maximización del beneficio e interés de sus accionistas, sino también el interés colectivo y del medio ambiente. La política pretende que las sociedades que adopten la condición BIC cumplan con los más altos estándares a nivel normativo, para así lograr generar valor mediante el reconocimiento significativo y tangible por parte de sus grupos de interés", señaló el Superintendente de Sociedades, Juan Pablo Liévano.

La Política se sustenta sobre la base de los pilares de supervisión de la Superintendencia de Sociedades: Pedagogía, cumplimiento normativo y actuación oportuna y temprana, de la siguiente manera:

Pedagogía: Se trabajará haciendo especial énfasis en la pedagogía como base para lograr una cultura de cumplimiento normativo. Para tal efecto, la Superintendencia creará espacios de promoción, información, difusión y capacitación para las sociedades, los administradores, los empresarios y los emprendedores sobre la condición BIC sus beneficios, su regulación, al igual que sus fundamentos, requisitos, derechos, deberes, obligaciones, estándares y de los beneficios de contar con la condición BIC, desde la adopción de la misma y el cumplimiento normativo.
Cumplimiento Normativo: La Superintendencia buscará que las sociedades que adopten la condición BIC cumplan con las normas asociadas en la materia y velará por la corrección de posibles incumplimientos. El cumplimiento normativo va dirigido a que las Sociedades BIC reporten las actividades de Beneficio e Interés Colectivo desarrolladas en términos cualitativos y cuantitativos de impacto en el reporte de gestión BIC y por la observancia de las metodologías del estándar independiente adoptado.
Actuación Oportuna y Temprana: Adicionalmente a la pedagogía realizada, la Entidad pondrá en marcha verificaciones que le permitan identificar situaciones de riesgo de incumplimiento normativo con el fin de que las empresas que adopten la condición BIC realicen las correcciones del caso de manera preventiva, a fin de evitar multas, la declaratoria de pérdida de la condición BIC y el deterioro de la condición, y se presente un verdadero valor agregado en la adopción de la condición BIC para las sociedades y sus grupos de interés.

Para conocer la Circular 100-000013 haga clic aquí.

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